Section § 1900

Explanation

Esta sección busca permitir que los higienistas dentales trabajen plenamente en sus funciones para ayudar a cubrir las necesidades de atención dental de todos en el estado. Incluye diferentes tipos de higienistas dentales para garantizar una cobertura de servicios amplia y efectiva.

Es la intención de la Legislatura, mediante la promulgación de este artículo, permitir la plena utilización de los higienistas dentales registrados, los higienistas dentales registrados en práctica alternativa y los higienistas dentales registrados con funciones ampliadas, a fin de satisfacer las necesidades de atención dental de todos los ciudadanos del estado.

Section § 1901

Explanation

Esta ley establece la Junta de Higiene Dental de California dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, asumiendo las funciones previamente atribuidas al Comité de Higiene Dental de California. Cualquier referencia al Comité ahora se refiere a la Junta. La ley es temporal, con fecha de vencimiento el 1 de enero de 2028, después de la cual la Junta será evaluada por comités legislativos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1901(a) Por la presente se crea en el Departamento de Asuntos del Consumidor una Junta de Higiene Dental de California en la que recae la administración de este artículo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1901(b) Siempre que los términos “Comité de Higiene Dental de California” o “comité” se utilicen en este artículo, se refieren a la Junta de Higiene Dental de California.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1901(c) Siempre que el término “Comité de Higiene Dental de California” se utilice en cualquier otra ley, se refiere a la Junta de Higiene Dental de California.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1901(d) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2028, y a partir de esa fecha queda derogada. No obstante cualquier otra ley, la derogación de esta sección somete a la junta de higiene a revisión por parte de los comités de política pertinentes de la Legislatura.

Section § 1902

Explanation

Esta sección define términos clave relacionados con la práctica dental en California. Explica que la 'Junta de Higiene Dental' y la 'Junta Dental' se refieren a organismos reguladores específicos del estado. La 'supervisión directa' significa que un dentista debe estar presente cuando se realizan ciertos procedimientos dentales, mientras que la 'supervisión general' permite procedimientos sin la presencia del dentista. La 'profilaxis oral' se refiere a los procedimientos de limpieza profesional destinados a mantener la salud bucal.

Para los fines de este artículo, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902(a) “Junta de higiene dental” significa la Junta de Higiene Dental de California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902(b) “Junta dental” significa la Junta Dental de California.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902(c) “Supervisión directa” significa la supervisión de procedimientos dentales basada en las instrucciones dadas por un dentista con licencia que debe estar físicamente presente en el centro de tratamiento durante la realización de dichos procedimientos.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902(d) “Supervisión general” significa la supervisión de procedimientos dentales basada en las instrucciones dadas por un dentista con licencia que no está obligado a estar físicamente presente en el centro de tratamiento durante la realización de dichos procedimientos.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902(e) “Profilaxis oral” significa procedimientos dentales preventivos y terapéuticos que incluyen desbridamientos bacterianos con la eliminación completa, supra y subgingivalmente, de sarro, depósitos blandos, placa y manchas, y el alisado de las superficies dentales. El objetivo de este tratamiento es crear un entorno en el que el paciente pueda mantener tejidos duros y blandos sanos.

Section § 1902.1

Explanation
Esta ley subraya que la tarea principal de la junta de higiene dental es proteger al público. Si la protección del público entra en conflicto con otros objetivos, la seguridad de las personas tiene la máxima prioridad.

Section § 1902.2

Explanation

Esta ley exige que los titulares de licencias dentales y de higiene dental informen su estado laboral cuando obtienen su licencia por primera vez y cada vez que la renuevan. Deben especificar si trabajan a tiempo completo o parcial en California o fuera de ella, si se han jubilado o si ocupan puestos administrativos que no implican atención al paciente. Esta información debe publicarse en el sitio web de la junta de higiene dental. Además, los titulares de licencias pueden proporcionar detalles sobre sus antecedentes culturales y sus habilidades lingüísticas. Estos datos se recopilan anualmente, se agrupan por ubicación y totales estatales, y se ponen a disposición en línea. La ley establece que los costos de estas actividades deben ser cubiertos por el Fondo Estatal de Higiene Dental.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a) Un titular de licencia deberá informar, al momento de la licencia inicial y en cualquier solicitud posterior de renovación o licencia inactiva, el estado de práctica o empleo del titular de la licencia, designado como uno de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(1) Práctica o empleo a tiempo completo en una práctica dental o de higiene dental de 32 horas semanales o más en California.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(2) Práctica o empleo a tiempo completo en una práctica dental o de higiene dental de 32 horas o más fuera de California.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(3) Práctica o empleo a tiempo parcial en una práctica dental o de higiene dental por menos de 32 horas semanales en California.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(4) Práctica o empleo a tiempo parcial en una práctica dental o de higiene dental por menos de 32 horas semanales fuera de California.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(5) Empleo administrativo de higiene dental que no incluye atención directa al paciente, según lo pueda definir adicionalmente la junta de higiene dental.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(6) Jubilado.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(a)(7) Otro estado de práctica o empleo, según lo pueda definir adicionalmente la junta de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(b) La información recopilada de conformidad con el apartado (a) se publicará en el sitio web de la junta de higiene dental.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(c)(1) Un titular de licencia podrá informar en una solicitud de renovación, y la junta de higiene dental, según corresponda, recopilará información sobre los antecedentes culturales y la competencia en idiomas extranjeros del titular de la licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(c)(2) La información recopilada de conformidad con este apartado se agregará anualmente, basándose en las categorías utilizadas por la junta de higiene dental en la recopilación de los datos, tanto en totales estatales como en totales por código postal de la ubicación principal de práctica o empleo.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(c)(3) La información agregada bajo este apartado se compilará anualmente y se informará en el sitio web de la junta de higiene dental, según corresponda, a más tardar el 1 de julio de cada año.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.2(d) Es la intención de la Legislatura utilizar los fondos del Fondo Estatal de Higiene Dental para cubrir cualquier costo incurrido por la junta de higiene dental en la implementación de esta sección.

Section § 1902.3

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales con licencia en otros estados enseñar en facultades de higiene dental en California sin una licencia estatal, siempre que obtengan un permiso especial. Este permiso dura cuatro años y no es renovable. Para obtenerlo, el solicitante debe tener una oferta de trabajo de una facultad aprobada, ser graduado de un programa de higiene dental acreditado y demostrar credenciales o experiencia en su especialización. También deben aprobar un examen de derecho y ética de California, completar un curso que cubra habilidades clínicas específicas, presentar huellas dactilares y pagar las tarifas de solicitud.

Un higienista dental registrado con licencia en otro estado podrá enseñar en una facultad de higiene dental sin tener licencia en este estado si la persona posee un permiso especial. Un permiso especial tendrá una validez de cuatro años, sujeto a la subdivisión (g), después de lo cual el permiso no será renovado. La junta de higiene dental podrá emitir un permiso especial para ejercer la higiene dental en una disciplina en una facultad de higiene dental en este estado a cualquier persona que presente una solicitud y cumpla con todos los siguientes requisitos de elegibilidad:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(a) Presentar pruebas satisfactorias de tener un contrato pendiente con una facultad de higiene dental de California aprobada por la junta de higiene dental como profesor/a a tiempo completo o parcial, profesor/a asociado/a, profesor/a asistente, miembro de la facultad o instructor/a.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(b) Presentar pruebas satisfactorias de haberse graduado de una facultad de higiene dental aprobada por la junta de higiene dental.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(c) Presentar pruebas satisfactorias de haber sido certificado/a como diplomado/a de un comité de especialidad o, en su lugar, establecer las cualificaciones para tomar un examen de comité de especialidad o presentar pruebas satisfactorias de haber completado un programa educativo avanzado en una disciplina de una facultad de higiene dental aprobada por la junta de higiene dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(d) Presentar pruebas satisfactorias de haber completado con éxito un examen de derecho y ética de California desarrollado y administrado por la junta de higiene dental.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(e) Si enseña durante las sesiones de práctica clínica, presentar pruebas satisfactorias de haber completado con éxito un curso de curetaje periodontal de tejidos blandos, anestesia local y analgesia con óxido nitroso-oxígeno aprobado por la junta de higiene dental.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(f) Cumplir con los requisitos de presentación de huellas dactilares según lo dispuesto en la Sección 1916.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1902.3(g) Pagar una tarifa de solicitud, sujeta a una tarifa de renovación bienal, según lo dispuesto en la subdivisión (k) de la Sección 1944.

Section § 1903

Explanation

Esta ley explica cómo se forma y se gestiona la junta de higiene dental en California. La junta tiene nueve miembros: siete nombrados por el Gobernador, uno por el Comité de Reglas del Senado y uno por el Presidente de la Asamblea. Se describen roles específicos para estos miembros, incluyendo que deben tener credenciales profesionales relevantes. Algunos mandatos de los miembros de la junta se especifican por dos o cuatro años según su función, y ningún miembro puede servir más de dos mandatos consecutivos. Las vacantes se cubren solo por la duración restante del mandato. Los miembros de la junta reciben una dieta diaria por sus servicios. El Gobernador puede volver a nombrar a antiguos miembros de la junta, y se elige un presidente, un vicepresidente y un secretario de entre los miembros de la junta. La junta también puede nombrar a un director ejecutivo, y la sección está programada para ser derogada en 2028.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1) La junta de higiene dental estará compuesta por nueve miembros de la siguiente manera:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1)(A) Siete miembros nombrados por el Gobernador de la siguiente manera:
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1)(A)(i) Dos miembros serán miembros públicos.
(ii)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1)(A)(ii) Un miembro será un dentista general o de salud pública en ejercicio que posea una licencia vigente en California.
(iii)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1)(A)(iii) Cuatro miembros serán higienistas dentales registrados que posean licencias vigentes en California. De los miembros higienistas dentales registrados, uno deberá tener licencia en práctica alternativa o en funciones extendidas, uno deberá ser educador de higiene dental y dos deberán ser higienistas dentales registrados. Ningún miembro público deberá haber tenido licencia bajo este capítulo dentro de los cinco años siguientes a la fecha de su nombramiento ni tener ningún interés financiero actual en un negocio relacionado con la odontología.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1)(B) Un miembro público nombrado por el Comité de Reglas del Senado.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(1)(C) Un miembro público nombrado por el Presidente de la Asamblea.
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(2)(A) El primer nombramiento por el Comité de Reglas del Senado o el Presidente de la Asamblea conforme a esta subdivisión se realizará al vencimiento del mandato de un miembro público que esté programado para ocurrir, o que ocurra de otra manera, a partir del 1 de enero de 2019.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(2)(A)(B) Es la intención de la Legislatura que los miembros del comité nombrados antes del 1 de enero de 2019 permanezcan como miembros de la junta de higiene dental hasta que expire su mandato o, salvo que la ley disponga lo contrario, lo que ocurra primero.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(3) Para los fines de esta subdivisión, un dentista de salud pública es un dentista cuyo empleador principal o lugar de empleo se encuentra en cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(3)(A) Una clínica de atención primaria con licencia bajo la subdivisión (a) de la Sección 1204 del Código de Salud y Seguridad.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(3)(B) Una clínica de atención primaria exenta de licencia conforme a la subdivisión (c) de la Sección 1206 del Código de Salud y Seguridad.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(3)(C) Una clínica propiedad u operada por un hospital o sistema de salud público.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(a)(3)(D) Una clínica propiedad y operada por un hospital que mantiene el contrato principal con un gobierno del condado para cumplir la función del condado bajo la Sección 17000 del Código de Bienestar y Instituciones.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(b)(1) Salvo lo especificado en el párrafo (2), los miembros de la junta de higiene dental serán nombrados por un período de cuatro años. Cada miembro ocupará el cargo hasta el nombramiento y la calificación de su sucesor o hasta que haya transcurrido un año desde el vencimiento del mandato para el cual fue nombrado el miembro, lo que ocurra primero.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(b)(2) Para el mandato que comienza el 1 de enero de 2012, dos de los miembros públicos, el miembro dentista general o de salud pública, y dos de los miembros higienistas dentales registrados, que no sean el miembro educador de higiene dental o el miembro higienista dental registrado con licencia en práctica alternativa o en funciones extendidas, cumplirán cada uno un mandato de dos años, que expira el 1 de enero de 2014.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(c) No obstante cualquier otra disposición de la ley y sujeto a la subdivisión (e), el Gobernador podrá nombrar a la junta de higiene dental a una persona que haya servido previamente como miembro del comité anterior o de la junta de higiene dental, incluso si el mandato anterior de la persona expiró.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(d) La junta de higiene dental elegirá un presidente, un vicepresidente y un secretario de entre sus miembros.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(e) Ninguna persona podrá servir como miembro de la junta de higiene dental por más de dos mandatos consecutivos.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(f) Una vacante en la junta de higiene dental se cubrirá mediante nombramiento para el mandato restante.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(g) Cada miembro de la junta de higiene dental recibirá una dieta y gastos según lo dispuesto en la Sección 103.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(h) Cada autoridad nominadora tendrá la facultad de destituir de su cargo en cualquier momento a cualquier miembro de la junta nombrado por dicha autoridad conforme a la Sección 106.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(i) La junta de higiene dental, con la aprobación del director, podrá nombrar a una persona exenta del servicio civil que será designada como director ejecutivo y que ejercerá las facultades y desempeñará los deberes delegados por la junta de higiene dental y conferidos al director ejecutivo por este artículo.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 1903(j) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2028, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 1904

Explanation
La junta de higiene dental debe tener un mínimo de dos reuniones cada año y puede celebrar reuniones adicionales en lugares convenientes según sea necesario para gestionar sus asuntos de manera efectiva.

Section § 1905

Explanation

Esta sección describe las responsabilidades de la junta de higiene dental. Debe evaluar y aprobar los programas educativos para higienistas dentales, y puede retirar la aprobación si hay preocupaciones. Se encarga de las licencias, determinando si los solicitantes cumplen los requisitos, emitiendo y renovando licencias, y supervisando los exámenes. La junta también establece las tarifas, hace cumplir los requisitos de educación continua y tiene la autoridad para denegar, suspender o revocar licencias. Además, asesora sobre las prácticas de higiene dental y crea reglas sobre los niveles de supervisión. Finalmente, puede contratar al personal necesario para ejecutar estas funciones de manera efectiva.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a) La junta de higiene dental desempeñará las siguientes funciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(1) Evaluar todos los programas educativos de higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados en práctica alternativa e higienistas dentales registrados con funciones ampliadas que soliciten aprobación y conceder o denegar la aprobación de dichas solicitudes de conformidad con los reglamentos adoptados por la junta de higiene dental. Cualquier programa educativo aprobado por la junta dental antes o el 30 de junio de 2009, se considerará aprobado por la junta de higiene dental. Cualquier programa de higiene dental acreditado por la Comisión de Acreditación Dental podrá ser aprobado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(2) Retirar o revocar su aprobación previa de un programa educativo de higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado con funciones ampliadas de conformidad con los reglamentos adoptados por la junta de higiene dental. La junta de higiene dental podrá retirar o revocar la aprobación de un programa de higiene dental si la Comisión de Acreditación Dental ha indicado su intención de retirar la aprobación o la ha retirado.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(3) Revisar y evaluar todas las solicitudes de licencia de higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados en práctica alternativa e higienistas dentales registrados con funciones ampliadas para verificar si el solicitante cumple con los requisitos de licencia apropiados especificados por ley y reglamentos, mantener registros de solicitudes, cobrar las tarifas de solicitud, emitir y renovar licencias, y realizar cualquier otra tarea incidental a los procesos de solicitud y licencia.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(4) Determinar el tipo apropiado de examen de licencia de conformidad con las disposiciones de este artículo, y desarrollar o hacer desarrollar y administrar exámenes de acuerdo con los reglamentos adoptados por la junta de higiene dental.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(5) Determinar el monto de las tarifas evaluadas bajo este artículo, sin exceder el costo real.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(6) Determinar y hacer cumplir los requisitos de educación continua especificados en la Sección 1936.1.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(7) Denegar, suspender o revocar una licencia bajo este artículo, o de otra manera hacer cumplir las disposiciones de este artículo. Dichos procedimientos se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta de higiene dental tendrá todos los poderes otorgados en el mismo.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(8) Hacer recomendaciones a la junta dental con respecto a las cuestiones del ámbito de práctica de la higiene dental.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(a)(9) Adoptar, modificar y revocar normas y reglamentos para implementar las disposiciones de este artículo, incluyendo el monto de la supervisión requerida por un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa o un higienista dental registrado con funciones ampliadas de un asistente dental registrado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1905(b) La junta de higiene dental podrá emplear a los empleados y examinadores que considere necesarios para llevar a cabo sus funciones y responsabilidades bajo este artículo.

Section § 1905.1

Explanation

Esta ley establece que la junta de higiene dental puede colaborar con la junta dental. Pueden contratar a la junta dental para que ayude a investigar a las personas que solicitan o ya tienen licencias relacionadas con la higiene dental.

La junta de higiene dental podrá celebrar contratos con la junta dental para llevar a cabo lo dispuesto en este artículo. La junta de higiene dental podrá celebrar contratos con la junta dental para realizar investigaciones de los solicitantes y los titulares de licencias conforme a este artículo.

Section § 1906

Explanation

Esta sección de la ley explica que la Junta de Higiene Dental es responsable de crear y modificar normas para hacer cumplir los requisitos de un artículo legal específico sobre higiene dental. Estas normas deben seguir ciertos procedimientos gubernamentales. Las normas no pueden imponer nuevos requisitos a los dentistas o consultorios dentales a menos que se permita explícitamente. Hasta que la Junta de Higiene Dental establezca nuevas normas, las normas existentes de la junta dental seguirán aplicándose a todos los tipos de higienistas dentales registrados. La Junta de Higiene Dental es la autoridad encargada de hacer cumplir estos reglamentos para los higienistas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1906(a) La Junta de Higiene Dental adoptará, modificará y revocará reglamentos para implementar los requisitos de este artículo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1906(b) Todos los reglamentos adoptados por la Junta de Higiene Dental deberán cumplir con las disposiciones del Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1906(c) Ningún reglamento adoptado por la Junta de Higiene Dental impondrá un requisito o una prohibición directamente a un dentista con licencia o sobre la administración de un consultorio dental, a menos que este artículo lo autorice específicamente.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1906(d) A menos que sea contrario a las disposiciones de este artículo, los reglamentos adoptados por la junta dental seguirán aplicándose a los higienistas dentales registrados, los higienistas dentales registrados en práctica alternativa y los higienistas dentales registrados con funciones ampliadas hasta que la Junta de Higiene Dental adopte otros reglamentos. Todas las referencias en esos reglamentos a "junta" significarán la Junta de Higiene Dental, la cual será la única encargada de hacer cumplir los reglamentos con respecto a los higienistas dentales registrados, los higienistas dentales registrados en práctica alternativa y los higienistas dentales registrados con funciones ampliadas.

Section § 1907

Explanation

Esta ley explica que los higienistas dentales registrados en California también pueden realizar las tareas que normalmente hacen los asistentes dentales registrados. Aquellos que tenían una licencia de higienista dental antes de finales de 2005 pueden realizar estas tareas automáticamente. Sin embargo, cualquier persona con licencia a partir del 1 de enero de 2006, necesita obtener una licencia de asistente dental separada y posiblemente tomar cursos adicionales antes de realizar el trabajo de asistente dental.

Las siguientes funciones pueden ser realizadas por un higienista dental registrado, además de las autorizadas conforme a las Secciones 1908 a 1914, ambas inclusive:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1907(a) Todas las funciones que puede realizar un asistente dental registrado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1907(b) Todas las personas que posean una licencia como higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado en funciones extendidas al 31 de diciembre de 2005, están autorizadas a realizar las funciones de un asistente dental registrado especificadas en este capítulo. Todas las personas a las que se les expida una licencia como higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado en funciones extendidas a partir del 1 de enero de 2006, deberán solicitar y obtener una licencia de asistente dental registrado de conformidad con el inciso (d) de la Sección 1752.1 y completar con éxito cualquier educación adicional requerida por el inciso (b) de la Sección 1752.4 antes de realizar las funciones de un asistente dental registrado especificadas en este capítulo.

Section § 1908

Explanation

Esta sección define lo que los higienistas dentales pueden y no pueden hacer en su práctica. Pueden evaluar la salud bucal, desarrollar e implementar planes de cuidado de higiene dental, y proporcionar educación y exámenes de salud. Sin embargo, los higienistas dentales no pueden diagnosticar, crear planes de tratamiento completos, realizar cirugías, quitar o trabajar en empastes permanentes, recetar medicamentos, o administrar la mayoría de las formas de anestesia, con algunas excepciones como la administración de óxido nitroso y cierta anestesia local.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(a) La práctica de la higiene dental incluye la evaluación y el desarrollo de la higiene dental, la planificación y la implementación de un plan de atención de higiene dental. También incluye la educación sobre salud bucal, el asesoramiento y los exámenes de salud.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(b) La práctica de la higiene dental no incluye ninguno de los siguientes procedimientos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(b)(1) Diagnóstico y planificación integral del tratamiento.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(b)(2) Colocación, condensación, tallado o remoción de restauraciones permanentes.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(b)(3) Cirugía o corte en tejido duro y blando, incluyendo, entre otros, la extracción de dientes y el corte y sutura de tejido blando.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(b)(4) Prescripción de medicamentos.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1908(b)(5) Administración de anestesia local o general o sedación consciente oral o parenteral, excepto la administración de óxido nitroso y oxígeno, ya sea administrados solos o en combinación entre sí, o anestesia local de conformidad con la Sección 1909.

Section § 1909

Explanation

Esta ley explica que un higienista dental registrado en California puede realizar ciertos procedimientos, pero solo bajo la supervisión directa de un dentista con licencia. Antes de realizar estas tareas, el higienista debe demostrar que ha completado un curso aprobado por la junta. Los procedimientos que pueden realizar incluyen el curetaje de tejido blando, la administración de anestesia local y el uso de óxido nitroso y oxígeno, ya sea por separado o juntos.

Un higienista dental registrado está autorizado para realizar los siguientes procedimientos bajo la supervisión directa de un dentista con licencia, después de presentar a la junta de higiene dental evidencia de la finalización satisfactoria de un curso de instrucción, aprobado por la junta de higiene dental, en los procedimientos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1909(a) Curetaje de tejido blando.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1909(b) Administración de anestesia local.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1909(c) Administración de óxido nitroso y oxígeno, ya sea administrados solos o en combinación entre sí.

Section § 1910

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales registrados realizar ciertos procedimientos bajo supervisión general. Pueden llevar a cabo tratamientos preventivos y terapéuticos como limpiezas y alisado radicular, usar agentes especiales para la salud bucal, tomar impresiones para cubetas de blanqueamiento y utilizar dispositivos de luz para el blanqueamiento dental.

Un higienista dental registrado está autorizado para realizar los siguientes procedimientos bajo supervisión general:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910(a) Intervenciones preventivas y terapéuticas, incluyendo profilaxis oral, detartraje y alisado radicular.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910(b) Aplicación de agentes tópicos, terapéuticos y subgingivales utilizados para el control de caries y enfermedad periodontal.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910(c) La toma de impresiones para cubetas de blanqueamiento y la aplicación y activación de agentes con dispositivos de fotopolimerización no láser.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910(d) La toma de impresiones para cubetas de blanqueamiento y la colocación de dispositivos de blanqueamiento dental en la consulta.

Section § 1910.5

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales registrados en California realizar ciertas funciones adicionales más allá de las especificadas en otra sección, bajo condiciones específicas. Pueden decidir qué radiografías tomar a pacientes nuevos y realizar restauraciones terapéuticas provisionales después del diagnóstico y plan de un dentista. Estas acciones solo pueden llevarse a cabo en consultorios dentales o en entornos de salud pública con comunicación de telesalud con el dentista supervisor. Los higienistas dentales deben completar una capacitación específica aprobada por la junta de higiene dental antes de realizar estas funciones. La ley establece los reglamentos para la capacitación necesaria y entró en vigor el 1 de enero de 2018.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a) Además de las funciones especificadas en la Sección 1910, un higienista dental registrado está autorizado para realizar las siguientes funciones adicionales, según se especifica:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(1) Determinar qué radiografías realizar a un paciente que no ha recibido un examen inicial por parte del dentista supervisor con el propósito específico de que el dentista realice un diagnóstico y un plan de tratamiento para el paciente. En estas circunstancias, el higienista dental deberá seguir los protocolos establecidos por el dentista supervisor. Este párrafo solo se aplica en los siguientes entornos:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(1)(A) En un consultorio dental.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(1)(B) En un entorno de salud pública, utilizando telesalud, según se define en la Sección 2290.5, con el propósito de comunicarse con el dentista supervisor, incluyendo, entre otros, escuelas, programas Head Start y preescolares, y clínicas comunitarias.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(2) Colocar restauraciones protectoras, que para este propósito se identifican como restauraciones terapéuticas provisionales, y se definen como una restauración provisional directa colocada para estabilizar el diente hasta que un dentista con licencia diagnostique la necesidad de un tratamiento definitivo posterior. Una restauración terapéutica provisional consiste en la eliminación de material blando del diente utilizando únicamente instrumentación manual, sin el uso de instrumentación rotatoria, y la posterior colocación de un material restaurador adhesivo. La anestesia local no será necesaria para la colocación de restauraciones terapéuticas provisionales. Las restauraciones terapéuticas provisionales se colocarán únicamente de acuerdo con los dos puntos siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(2)(A) En cualquiera de los siguientes entornos:
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(2)(A)(i) En un consultorio dental.
(ii)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(2)(A)(ii) En un entorno de salud pública, utilizando telesalud, según se define en la Sección 2290.5, con el propósito de comunicarse con el dentista supervisor, incluyendo, entre otros, escuelas, programas Head Start y preescolares, y clínicas comunitarias.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(a)(2)(B) Después del diagnóstico, plan de tratamiento e instrucción para realizar el procedimiento proporcionados por un dentista.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(b) Las funciones descritas en el apartado (a) podrán ser realizadas por un higienista dental registrado solo después de completar un programa que incluya capacitación en la realización de dichas funciones, o después de presentar pruebas, a satisfacción de la junta de higiene dental, de haber completado un curso aprobado por la junta de higiene dental en dichas funciones.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(c) A más tardar el 1 de enero de 2018, la junta de higiene dental adoptará reglamentos para establecer los requisitos de los cursos de instrucción para los procedimientos autorizados a ser realizados por un higienista dental registrado y un higienista dental registrado en práctica alternativa de conformidad con las Secciones 1910.5 y 1926.05, utilizando los protocolos de capacitación basados en competencias establecidos por el Proyecto Piloto de Fuerza Laboral de Salud (HWPP) No. 172 a través del Departamento de Acceso y Información de Atención Médica. La junta de higiene dental utilizará el plan de estudios presentado por la junta dental de conformidad con la Sección 1753.55 para adoptar el lenguaje reglamentario para la aprobación de los cursos de instrucción para la restauración terapéutica provisional. Cualquier enmienda posterior a los reglamentos para el plan de estudios de restauración terapéutica provisional que sea promulgada por la junta de higiene dental deberá ser acordada por la junta dental y la junta de higiene dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1910.5(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2018.

Section § 1911

Explanation
Los higienistas dentales registrados en California pueden ofrecer servicios educativos, capacitación y exámenes de detección sin supervisión. Si encuentran algún problema de salud bucal durante los exámenes, deben remitir al paciente a un dentista. En programas de salud pública, eventos patrocinados u organizaciones sin fines de lucro, también pueden proporcionar servicios preventivos como la aplicación de fluoruro y selladores, y pueden presentar reclamos de seguro por estos servicios. Las organizaciones sin fines de lucro deben estar mayormente apoyadas por donaciones o fondos gubernamentales, y la prestación de estos servicios no significa que estén practicando la odontología sin licencia. Las definiciones específicas de "evento patrocinado" y "entidad patrocinadora" se remiten a otra sección.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(a) Un higienista dental registrado podrá proporcionar, sin supervisión, servicios educativos, programas de capacitación en salud bucal y exámenes de detección de salud bucal.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(b) Un higienista dental registrado deberá remitir a cualquier paciente examinado con posibles anomalías bucales a un dentista para un examen exhaustivo, diagnóstico y plan de tratamiento.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(c) En cualquier programa de salud pública creado por ley federal, estatal o local o administrado por una entidad gubernamental federal, estatal, del condado o local, en un evento patrocinado por una entidad patrocinadora o en una organización sin fines de lucro, un higienista dental registrado podrá proporcionar, sin supervisión, servicios preventivos de higiene dental además de los exámenes de detección bucal, incluyendo, entre otros, la aplicación de fluoruros y selladores de fosas y fisuras. Un higienista dental registrado que ejerza según lo descrito en esta subdivisión podrá presentar, o permitir que se presenten, cualquier reclamo de seguro o de terceros por los servicios al paciente realizados según lo autorizado en este artículo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(d) Para los fines de esta sección, se aplicará lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(d)(1) “Organización sin fines de lucro” significa una corporación sin fines de lucro exenta de impuestos apoyada y mantenida en su totalidad o en parte sustancial por donaciones, legados, obsequios, subvenciones, fondos gubernamentales o contribuciones, en forma de dinero, bienes o servicios, donde se realizan servicios de higiene dental. Una organización sin fines de lucro no se interpretará como que está ejerciendo la odontología sin licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(d)(2) “Evento patrocinado” se definirá como en el párrafo (4) de la subdivisión (b) de la Sección 1626.6.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1911(d)(3) “Entidad patrocinadora” se definirá como en el párrafo (6) de la subdivisión (b) de la Sección 1626.6.

Section § 1911.5

Explanation

Esta ley establece que un higienista dental registrado en California está autorizado a aplicar barniz de flúor a los pacientes sin necesidad de que un dentista los supervise.

No obstante la Sección 1912, un higienista dental registrado puede aplicar, sin supervisión, barniz de flúor a un paciente.

Section § 1912

Explanation
Un higienista dental registrado puede realizar ciertos procedimientos sin que un dentista lo supervise directamente, pero estos deben realizarse bajo supervisión general. Esto significa que un dentista no necesita estar presente, pero debe supervisarlo de alguna manera, a menos que la situación pueda causar dolor severo o riesgos graves para la salud si no se tratan de inmediato.

Section § 1913

Explanation
Esta ley establece que los higienistas dentales registrados en California pueden realizar diversos procedimientos y servicios que se encuentran dentro de su ámbito profesional, siempre y cuando hayan recibido la educación y capacitación necesarias. Estas actividades deben realizarse bajo el nivel de supervisión requerido, según lo especificado en las regulaciones pertinentes.

Section § 1914

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales registrados utilizar materiales o dispositivos que están permitidos para las tareas que realizan, siempre y cuando tengan la educación y capacitación adecuadas y trabajen bajo la supervisión correcta.

Un higienista dental registrado puede utilizar cualquier material o dispositivo aprobado para su uso en la realización de un servicio o procedimiento dentro de su ámbito de práctica bajo el nivel de supervisión adecuado, si cuenta con la educación y capacitación apropiadas requeridas para utilizar el material o dispositivo.

Section § 1915

Explanation

En California, solo profesionales específicos están autorizados a realizar trabajos de higiene dental. Esto incluye a los higienistas dentales registrados, aquellos en práctica alternativa o con funciones extendidas, y los dentistas con licencia. Sin embargo, existen algunas excepciones. Los estudiantes en programas dentales pueden practicar bajo supervisión, y los asistentes dentales pueden realizar tareas limitadas como aplicar flúor, tomar impresiones para cubetas de blanqueamiento y aplicar selladores, siempre que sigan las normas de la junta dental. Los asistentes dentales registrados tienen permisos adicionales, como pulir y blanquear dientes, mientras que aquellos con funciones extendidas también pueden aplicar selladores. Además, los higienistas dentales de otros lugares pueden realizar demostraciones con fines educativos.

Ninguna persona que no sea un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa, o un higienista dental registrado con funciones extendidas o un dentista con licencia puede dedicarse a la práctica de la higiene dental o realizar procedimientos de higiene dental en pacientes, incluyendo, pero no limitado a, el raspado supragingival y subgingival, la evaluación de higiene dental y la planificación del tratamiento, excepto para las siguientes personas:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(a) Un estudiante matriculado en una escuela de odontología o de higiene dental que esté realizando procedimientos como parte del plan de estudios regular de dicho programa bajo la supervisión del profesorado de dicho programa.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(b) Un asistente dental que actúe de acuerdo con las normas de la junta dental al realizar los siguientes procedimientos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(b)(1) Aplicar agentes tópicos no en aerosol y no cáusticos.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(b)(2) Aplicar flúor tópico.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(b)(3) Tomar impresiones para cubetas de blanqueamiento.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(c) Un asistente dental registrado que actúe de acuerdo con las normas de la junta dental al realizar los siguientes procedimientos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(c)(1) Pulir las superficies coronales de los dientes.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(c)(2) Aplicar agentes blanqueadores.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(c)(3) Activar agentes blanqueadores con un dispositivo de fotopolimerización no láser.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(c)(4) Aplicar selladores de fosas y fisuras.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(d) Un asistente dental registrado con funciones extendidas que actúe de acuerdo con las normas de la junta dental al aplicar selladores de fosas y fisuras.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1915(e) Un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa, o un higienista dental registrado con funciones extendidas con licencia en otra jurisdicción, que realice una demostración clínica con fines educativos.

Section § 1916

Explanation

Para obtener una licencia de higiene dental en California, los solicitantes deben presentar imágenes electrónicas de sus huellas dactilares para verificar su identidad y revisar sus antecedentes penales a nivel estatal y federal. Si un solicitante es de fuera del estado y no puede proporcionar huellas dactilares electrónicas, deberá presentar una tarjeta de huellas dactilares en formato físico. El Departamento de Justicia de California (DOJ) investiga los antecedentes penales del solicitante y remite las solicitudes de verificación de antecedentes penales federales al FBI. Luego, el DOJ revisa los hallazgos del FBI y comparte esta información con la junta de higiene dental. La junta también solicita actualizaciones continuas sobre cualquier nuevo arresto. El costo de procesar estas verificaciones se cubre con una tarifa cobrada por el DOJ. La información recopilada se utiliza para decidir si la licencia del solicitante debe ser denegada basándose en condenas anteriores o en procesos penales en curso.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(a)(1) Un solicitante de licencia bajo este artículo deberá proporcionar imágenes electrónicas de huellas dactilares para su presentación a agencias de justicia penal estatales y federales, incluyendo, entre otras, la Oficina Federal de Investigaciones, con el fin de establecer la identidad del solicitante y para los demás fines descritos en esta sección.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(a)(2) No obstante el párrafo (1), un solicitante o titular de licencia de fuera del estado que resida fuera del estado para quien no exista un registro electrónico de las huellas dactilares del titular de la licencia deberá proporcionar una copia física de la tarjeta de huellas dactilares del solicitante o titular de la licencia si las imágenes electrónicas de huellas dactilares no están disponibles o no se comparten en el estado de residencia del solicitante o titular de la licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(b) La junta de higiene dental deberá presentar las imágenes o la tarjeta de huellas dactilares al Departamento de Justicia con el fin de obtener información de antecedentes penales sobre condenas y arrestos a nivel estatal y federal, incluyendo arrestos por los cuales el Departamento de Justicia establezca que la persona está en libertad bajo fianza o bajo su propia palabra en espera de juicio o apelación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(c) Una vez recibidas, el Departamento de Justicia remitirá a la Oficina Federal de Investigaciones las solicitudes de información resumida de antecedentes penales federales recibidas de conformidad con esta sección. El Departamento de Justicia revisará la información devuelta por la Oficina Federal de Investigaciones y compilará y difundirá la respuesta a la junta de higiene dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(d) El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a la junta de higiene dental de conformidad con el inciso (p) de la Sección 11105 del Código Penal.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(e) La junta de higiene dental solicitará al Departamento de Justicia el servicio de notificación de arrestos posteriores, según lo dispuesto de conformidad con la Sección 11105.2 del Código Penal.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(f) La información obtenida como resultado de la toma de huellas dactilares se utilizará de conformidad con la Sección 11105 del Código Penal, y para determinar si el solicitante está sujeto a la denegación de la licencia de conformidad con la División 1.5 (que comienza con la Sección 475) o la Sección 1943.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1916(g) El Departamento de Justicia cobrará una tarifa suficiente para cubrir el costo de procesar la solicitud descrita en esta sección.

Section § 1917

Explanation

Para convertirse en higienista dental registrado/a en California, debe completar un programa educativo aprobado, aprobar varios exámenes, incluyendo un examen nacional de higiene dental y un examen de leyes y ética de California, y cumplir con criterios específicos de experiencia o educación dentro de los últimos tres años. También necesita capacitación en ciertos procedimientos y una certificación válida de soporte vital básico. Finalmente, debe presentar su solicitud y pagar las tarifas correspondientes.

La junta de higiene dental otorgará la licencia inicial como higienista dental registrado/a a una persona que cumpla con todos los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(a) Finalización de un programa educativo para higienistas dentales registrados/as, aprobado por la junta de higiene dental, acreditado por la Comisión de Acreditación Dental e impartido por una institución postsecundaria que otorga títulos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(b) Dentro de los tres años anteriores, una persona haya completado cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(b)(1) Finalización satisfactoria del examen de higiene dental administrado por la Junta Examinadora Regional Occidental o cualquier otro examen clínico o de higiene dental aprobado por la junta de higiene dental.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(b)(2) Graduación de una universidad de higiene dental acreditada en California y aprobada por la junta de higiene dental.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(c) Finalización satisfactoria del Examen Nacional de la Junta de Higiene Dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(d) Finalización satisfactoria del examen de leyes y ética de California según lo prescrito por la junta de higiene dental.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(e) Presentación de un formulario de solicitud completo y todas las tarifas requeridas por la junta de higiene dental.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(f) Finalización satisfactoria de la instrucción aprobada por la junta de higiene dental en curetaje de tejido blando gingival, analgesia con óxido nitroso-oxígeno y anestesia local.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917(g) Certificación actual y válida en soporte vital básico ofrecida por un curso consistente con la Sección 1016, 1016.2 o 1017 del Título 16 del Código de Regulaciones de California.

Section § 1917.1

Explanation

Esta sección de la ley permite a la junta de higiene dental otorgar una licencia como higienista dental en California, incluso si no realizaron el examen clínico estatal, siempre que cumplan con criterios específicos. Estos incluyen tener ya una licencia de otro estado, haber trabajado un cierto número de horas, aprobar un examen de leyes y ética, y presentar pruebas de educación y experiencia. Otros requisitos incluyen no haber sido objeto de medidas disciplinarias por otro estado, no haber reprobado exámenes anteriores varias veces y haber completado la educación continua. Si no se cumplen estos criterios, la junta puede revocar la licencia. Además, la junta de higiene dental proporciona a los solicitantes de otros estados información sobre las áreas que necesitan higienistas dentales y posibles oportunidades de empleo en clínicas sin fines de lucro y hospitales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a) La junta de higiene dental puede otorgar una licencia como higienista dental registrado a un solicitante que no haya tomado un examen clínico ante la junta de higiene dental, si el solicitante presenta todo lo siguiente a la junta de higiene dental:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(1) Un formulario de solicitud completo y todas las tarifas requeridas por la junta de higiene dental.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(2) Prueba de una licencia vigente como higienista dental registrado emitida por otro estado que no esté revocada, suspendida o restringida de otra manera.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(3) Prueba de que el solicitante ha estado en práctica clínica como higienista dental registrado o ha sido miembro de la facultad a tiempo completo en un programa de educación en higiene dental acreditado por un mínimo de 750 horas al año durante al menos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud conforme a esta sección. El requisito de práctica clínica se considerará cumplido si el solicitante proporciona prueba de al menos tres años de práctica clínica y se compromete a completar los dos años restantes de práctica clínica presentando a la junta de higiene dental una copia de un contrato pendiente para practicar higiene dental en cualquiera de las siguientes instalaciones:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(3)(A) Una clínica de atención primaria con licencia conforme al inciso (a) de la Sección 1204 del Código de Salud y Seguridad.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(3)(B) Una clínica de atención primaria exenta de licencia conforme al inciso (c) de la Sección 1206 del Código de Salud y Seguridad.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(3)(C) Una clínica propiedad u operada por un hospital público o sistema de salud.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(3)(D) Una clínica propiedad y operada por un hospital que mantiene el contrato principal con un gobierno del condado para cumplir la función del condado conforme a la Sección 17000 del Código de Bienestar e Instituciones.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(4) Desempeño satisfactorio en un examen de leyes y ética de California y cualquier examen que pueda ser requerido por la junta de higiene dental.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(5) Prueba de que el solicitante no ha sido objeto de acción disciplinaria por ningún estado en el que el solicitante tenga o haya tenido previamente cualquier licencia profesional o vocacional. Si el solicitante ha sido objeto de acción disciplinaria, la junta de higiene dental revisará esa acción para determinar si justifica la negativa a emitir una licencia al solicitante.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(6) Prueba de graduación de una escuela de higiene dental acreditada por la Comisión de Acreditación Dental.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(7) Prueba de finalización satisfactoria del Examen Nacional de la Junta de Higiene Dental y de un examen clínico estatal, examen clínico regional de licencia o cualquier otro examen clínico de higiene dental aprobado por la junta de higiene dental.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(8) Prueba de que el solicitante no ha reprobado el examen clínico estatal, el examen administrado por la Junta Examinadora Regional Occidental o cualquier otro examen clínico de higiene dental aprobado por la junta de higiene dental para obtener la licencia para practicar higiene dental conforme a este capítulo más de una vez o una vez dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud de una licencia conforme a esta sección.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(9) Documentación de la finalización de un mínimo de 25 unidades de educación continua obtenidas en los dos años anteriores a la solicitud, incluida la finalización de cualquier requisito de educación continua impuesto por la junta de higiene dental a los higienistas dentales registrados con licencia en este estado en el momento de la solicitud.
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(10) Evidencia satisfactoria de haber completado con éxito un curso o educación y capacitación en anestesia local, analgesia con óxido nitroso-oxígeno y curetaje de tejidos blandos periodontales aprobado por la junta de higiene dental.
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(a)(11) Cualquier otra información especificada por la junta de higiene dental en la medida en que se requiera de los solicitantes de licencia por examen conforme a este artículo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(b) La junta de higiene dental puede solicitar periódicamente la verificación del cumplimiento de los requisitos del párrafo (3) del inciso (a) y puede revocar la licencia al constatar que no se ha cumplido el requisito de empleo o cualquier otro requisito del párrafo (3) del inciso (a).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(c) La junta de higiene dental proporcionará en el paquete de solicitud a cada higienista dental de otro estado conforme a esta sección la siguiente información:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(c)(1) La ubicación de las áreas de escasez de personal dental en el estado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1917.1(c)(2) Cualquier clínica sin fines de lucro, hospital público y programa de educación en higiene dental acreditado que busque contratar a profesionales con licencia para la prestación de servicios o fines de capacitación en higiene dental.

Section § 1917.3

Explanation

Si alguien que intenta obtener una licencia de higienista dental en California reprueba el examen clínico tres veces o causa una lesión grave a un paciente durante el examen, no podrá volver a tomar el examen hasta que haya completado una capacitación adicional aprobada por la junta de higiene dental.

No obstante la Sección 135, un examinado para una licencia de higienista dental registrado que no apruebe el examen clínico requerido por la Sección 1917 después de tres intentos o no apruebe el examen clínico como resultado de una única incidencia de causar trauma grave a un paciente no será elegible para una nueva reexaminación hasta que el examinado haya completado exitosamente educación correctiva en un programa de higiene dental aprobado o una organización comparable aprobada por la junta de higiene dental.

Section § 1918

Explanation

La junta de higiene dental otorgará una licencia de higienista dental registrado con funciones ampliadas a quien: ya tenga una licencia de higienista dental en California, complete una capacitación clínica aprobada en una instalación afiliada a una escuela, apruebe el examen de la junta y presente una solicitud con las tarifas requeridas.

La junta de higiene dental otorgará licencia como higienista dental registrado en funciones extendidas a la persona que cumpla con todos los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1918(a) Posea una licencia vigente como higienista dental registrado en California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1918(b) Complete una capacitación clínica aprobada por la junta de higiene dental en una instalación afiliada a una facultad de odontología bajo la supervisión directa del profesorado de la facultad de odontología.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1918(c) Apruebe satisfactoriamente un examen requerido por la junta de higiene dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1918(d) Complete un formulario de solicitud y pague todas las tarifas de solicitud requeridas por la junta de higiene dental.

Section § 1920

Explanation

Si usted era un higienista dental con licencia en funciones ampliadas o práctica alternativa a partir del 1 de julio de 2009, obtendrá automáticamente una licencia estándar de higienista dental, a menos que ya tenga una. Esta nueva licencia vencerá al mismo tiempo que la anterior y deberá renovarse bajo las mismas reglas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1920(a) A una persona que posea una licencia vigente y activa como higienista dental registrado en funciones ampliadas o como higienista dental registrado en práctica alternativa el 1 de julio de 2009, se le expedirá automáticamente una licencia de higienista dental registrado, a menos que la persona ya posea una licencia vigente y activa de higienista dental registrado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1920(b) Una licencia de higienista dental registrado expedida de conformidad con esta sección vencerá en la misma fecha que la licencia de higienista dental registrado, de higienista dental registrado en práctica alternativa o de higienista dental registrado en funciones ampliadas de la persona, y estará sujeta a los mismos requisitos de renovación y otros impuestos por ley o reglamento a una licencia.

Section § 1921

Explanation
Un higienista dental con capacitación adicional, ya sea en funciones ampliadas o en práctica alternativa, puede hacer todo lo que un higienista dental regular tiene permitido hacer, además de cualquier otra tarea especial que tenga.
Además de cualquier otra obligación o función autorizada por ley, un higienista dental registrado con funciones ampliadas o un higienista dental registrado en práctica alternativa puede realizar cualquiera de las obligaciones o funciones autorizadas para ser realizadas por un higienista dental registrado.

Section § 1922

Explanation

Para convertirse en higienista dental registrado en práctica alternativa en California, debe aprobar un examen sobre la ley y la ética de California, completar una solicitud, pagar las tarifas requeridas y cumplir uno de dos criterios. O bien, ya debe ser un higienista dental con licencia en California, con al menos 2,000 horas de experiencia laboral en los últimos tres años, y haber completado una licenciatura o educación equivalente con cursos adicionales específicos. Alternativamente, puede calificar si ha sido aceptado en la fase de empleo del Proyecto Piloto de Fuerza Laboral de Salud No. 155.

La junta de higiene dental otorgará licencia como higienista dental registrado en práctica alternativa a una persona que demuestre un desempeño satisfactorio en un examen de derecho y ética de California requerido por la junta de higiene dental y que complete un formulario de solicitud y pague todas las tarifas de solicitud requeridas por la junta de higiene dental y cumpla con cualquiera de los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1922(a) Posee una licencia actual de California como higienista dental registrado y cumple con los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1922(a)(1) Ha ejercido la práctica de la higiene dental, según se define en la Sección 1908, como higienista dental registrado en cualquier entorno, incluyendo, entre otros, entornos educativos y entornos de salud pública, por un mínimo de 2,000 horas durante los 36 meses inmediatamente anteriores.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1922(a)(2) Ha completado con éxito un título de licenciatura o su equivalente, reconocido como un mínimo de 120 horas crédito semestrales o 180 horas crédito trimestrales en educación postsecundaria, de un colegio o institución de educación superior que esté acreditada por una agencia de acreditación nacional o regional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, y un mínimo de 150 horas de requisitos educativos adicionales, según lo prescrito por la junta de higiene dental mediante reglamento, que sean consistentes con las buenas prácticas dentales y de higiene dental, incluyendo, pero no necesariamente limitado a, técnica y teoría de higiene dental, incluyendo gerontología y emergencias médicas, y administración de empresas y gestión de la práctica.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1922(b) Ha recibido una carta de aceptación en la fase de utilización laboral del Proyecto Piloto de Fuerza Laboral de Salud No. 155 establecido por el Departamento de Acceso y Información de Atención Médica de conformidad con el Artículo 1 (que comienza con la Sección 128125) del Capítulo 3 de la Parte 3 de la División 107 del Código de Salud y Seguridad.

Section § 1924

Explanation

Si un higienista dental en California participó en un proyecto de capacitación especial y estableció su propia consulta antes del 30 de junio de 1997, puede seguir operando su consulta sin necesidad de una licencia adicional, siempre que cumpla ciertas reglas. Debe seguir trabajando personalmente en la consulta, adherirse a los procedimientos especificados y solo puede traspasar el negocio a un dentista con licencia.

Una persona con licencia de higienista dental registrada que haya completado las clases prescritas a través del Proyecto Piloto de Recursos Humanos de Salud (HMPP) y que haya establecido una práctica independiente bajo el HMPP antes del 30 de junio de 1997, se considerará que ha cumplido con los requisitos de licencia según la Sección 1922, y estará autorizada a continuar operando la práctica que actualmente opera, siempre y cuando siga los requisitos de prescripción y funciones según lo especificado en las Secciones 1922, 1925, 1926, 1927, 1928, 1930 y 1931, y la subdivisión (b) de la Sección 1929, y siempre y cuando continúe practicando y operando personalmente la práctica o hasta que venda la práctica a un dentista con licencia.

Section § 1925

Explanation

Esta sección de la ley describe dónde puede trabajar un higienista dental registrado en práctica alternativa. Pueden ser empleados por un dentista o por otro higienista de práctica alternativa, trabajar como contratistas independientes o dirigir su propia práctica. También pueden trabajar en tipos específicos de clínicas, como clínicas de atención primaria o especializadas, clínicas propiedad de hospitales públicos y en corporaciones profesionales bajo leyes corporativas específicas. La ley también establece las condiciones bajo las cuales estas prácticas pueden operar legalmente.

Un higienista dental registrado en práctica alternativa puede ejercer, de conformidad con la subdivisión (a) de la Sección 1907, la subdivisión (a) de la Sección 1908, las subdivisiones (a) y (b) de la Sección 1910, la Sección 1910.5 y la Sección 1926.05, como empleado de un dentista o de otro higienista dental registrado en práctica alternativa, como contratista independiente, como propietario único de una práctica de higiene dental alternativa, en una clínica de atención primaria o clínica especializada que esté autorizada de conformidad con la Sección 1204 del Código de Salud y Seguridad, en una clínica de atención primaria exenta de licencia de conformidad con la subdivisión (c) de la Sección 1206 del Código de Salud y Seguridad, en una clínica propiedad u operada por un hospital público o sistema de salud, en una clínica propiedad y operada por un hospital que mantiene el contrato principal con un gobierno del condado para cumplir el rol del condado bajo la Sección 17000 del Código de Bienestar e Instituciones, o en una corporación profesional bajo la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox (que comienza con la Sección 13400) de la Parte 4 de la División 3 del Título 1 del Código de Corporaciones.

Section § 1926

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales registrados que trabajan en entornos de práctica alternativa realizar funciones específicas en diversas ubicaciones. Pueden trabajar en hogares privados para quienes no pueden salir, escuelas, lugares a los que los pacientes son trasladados temporalmente para atención ambulatoria, áreas con escasez de profesionales dentales y consultorios dentales. Incluso si un área pierde su certificación de escasez, las prácticas existentes pueden continuar, pero los higienistas deben mantener informados a los pacientes sobre los dentistas disponibles para una atención dental más amplia.

Además de las prácticas autorizadas en la Sección 1925, un higienista dental registrado de práctica alternativa puede realizar las funciones autorizadas conforme al subapartado (a) de la Sección 1907, el subapartado (a) de la Sección 1908, y los subapartados (a) y (b) de la Sección 1910 en los siguientes entornos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926(a) Residencias de personas con movilidad reducida.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926(b) Escuelas.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926(c) Centros residenciales y otras instituciones y entornos médicos a los que un paciente de un centro residencial haya sido trasladado para servicios ambulatorios.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926(d) Áreas con escasez de profesionales de la salud dental, según lo certificado por el Departamento de Acceso y Información de Atención Médica de acuerdo con las directrices de la oficina existentes. Si se elimina la certificación de área con escasez de profesionales de la salud dental, un higienista dental registrado de práctica alternativa con una práctica existente en el área puede continuar prestando servicios de higiene dental, y deberá proporcionar anualmente a los pacientes atendidos en una práctica existente una lista de dentistas en el área anterior con escasez de profesionales de la salud dental que puedan atender al paciente para servicios integrales.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926(e) Consultorios dentales.

Section § 1926.01

Explanation

Esta sección explica que los higienistas dentales con capacitación especial, conocidos como 'higienistas dentales registrados en práctica alternativa', pueden realizar tareas que normalmente requieren la consulta de un dentista en entornos específicos como hogares para personas con movilidad reducida, centros residenciales, áreas con escasez de servicios dentales y consultorios dentales. Deben consultar con un dentista colaborador y tener a otra persona en el lugar que pueda realizar RCP, así como equipo de emergencia como oxígeno, fácilmente disponible.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(a) Además de las prácticas autorizadas en la Sección 1925, un higienista dental registrado en práctica alternativa puede realizar las funciones autorizadas conforme a los incisos (a) y (b) de la Sección 1909 con consulta documentada con un dentista colaborador en los siguientes entornos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(a)(1) Residencias de personas confinadas en el hogar.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(a)(2) Centros residenciales y otras instituciones y entornos médicos a los que un paciente de un centro residencial haya sido trasladado para servicios ambulatorios.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(a)(3) Áreas con escasez de profesionales de la salud dental, según lo certificado por el Departamento de Acceso a la Atención Médica e Información de conformidad con las directrices de la oficina existentes.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(a)(4) Consultorios dentales.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(b) El higienista dental registrado en práctica alternativa deberá tener todo lo siguiente inmediatamente disponible cuando se realicen los servicios autorizados en esta sección:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(b)(1) Una persona adicional capacitada en soporte vital básico y cualificada para administrar reanimación cardiopulmonar durante una emergencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.01(b)(2) Equipo y suministros para respuesta a emergencias, incluido oxígeno.

Section § 1926.05

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales registrados que trabajan en prácticas alternativas realizar ciertas tareas en diversos entornos, como hogares para personas confinadas en el hogar, escuelas, centros residenciales y otras instituciones, consultorios dentales o médicos, y áreas con escasez de profesionales de la salud dental. Para algunas tareas, primero necesitan un diagnóstico, un plan de tratamiento e instrucciones de un dentista.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(a) Además de los deberes especificados en la Sección 1926, un higienista dental registrado en práctica alternativa está autorizado para realizar los deberes conforme a la Sección 1910.5, en los siguientes entornos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(a)(1) Residencias de personas confinadas en el hogar.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(a)(2) Escuelas.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(a)(3) Centros residenciales y otras instituciones.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(a)(4) Entornos dentales o médicos.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(a)(5) Áreas con escasez de profesionales de la salud dental, según lo certificado por el Departamento de Acceso a la Atención Médica e Información de acuerdo con las directrices de la oficina existentes.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.05(b) Un higienista dental registrado en práctica alternativa está autorizado para realizar los deberes conforme al párrafo (2) del inciso (a) de la Sección 1910.5 en los entornos especificados en esta sección después de que haya habido un diagnóstico, un plan de tratamiento y una instrucción para realizar el procedimiento proporcionados por un dentista.

Section § 1926.1

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales que trabajan en entornos alternativos operar clínicas dentales móviles. Deben registrar estas clínicas ante la junta de higiene dental y seguir reglas específicas. La junta puede inspeccionar las clínicas para asegurarse de que cumplen con los estándares. Si una clínica no sigue las reglas, se considera una conducta no profesional, y el higienista podría enfrentar sanciones como libertad condicional o multas. La junta puede emitir citaciones por cualquier infracción, y las multas recaudadas se destinan a un fondo especial para la higiene dental.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.1(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, un higienista dental registrado en práctica alternativa podrá operar una clínica móvil de higiene dental en los entornos enumerados en la Sección 1926.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.1(b) El higienista dental registrado en práctica alternativa deberá registrar la clínica móvil de higiene dental ante la junta de higiene dental en cumplimiento de las Secciones 1926.2 y 1926.3.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.1(c) La junta de higiene dental podrá realizar revisiones e inspecciones anunciadas y no anunciadas de una clínica móvil de higiene dental para asegurar el cumplimiento continuo de los requisitos para la aprobación continua bajo este artículo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.1(d) Constituirá conducta profesional indebida si se determina que la clínica móvil de higiene dental no cumple con cualquiera de los requisitos necesarios para la obtención de la licencia, y el higienista dental registrado en práctica alternativa podrá ser puesto en libertad condicional con condiciones, se le podrá emitir una citación y multa, o se le podrá retirar el registro de la clínica móvil de higiene dental si no se demuestra el cumplimiento dentro de plazos razonables, según lo establecido por la junta de higiene dental.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.1(e) La junta de higiene dental, por sí misma o a través de un representante autorizado, podrá emitir una citación que contenga multas y órdenes de cese al higienista dental registrado en práctica alternativa por cualquier violación de esta sección, la Sección 1926.2, la Sección 1926.3, o cualquier reglamento adoptado en virtud de las mismas. Cualquier multa recaudada de conformidad con esta sección se depositará en el Fondo Estatal de Higiene Dental establecido de conformidad con la Sección 1944.

Section § 1926.2

Explanation

Esta sección de la ley permite a los higienistas dentales registrados en práctica alternativa operar una clínica móvil de higiene dental. Estas clínicas deben estar registradas y seguir las normas de la junta de higiene dental, las cuales no deben limitar la competencia. También deben pagar ciertas tarifas. Algunas unidades móviles, como las exentas de licencia según ciertos códigos de salud, no tienen que cumplir con esta ley. Sin embargo, los propietarios de unidades móviles exentas deben informar a la junta de higiene dental dentro de los 60 días posteriores al inicio de los servicios. Los profesionales que trabajan en estas unidades exentas no necesitan cumplir con la norma de registro.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.2(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, un higienista dental registrado en práctica alternativa podrá operar una clínica móvil de higiene dental registrada como consultorio o instalación de higiene dental. El propietario u operador de la clínica o unidad móvil de higiene dental deberá estar registrado y operar de conformidad con las regulaciones establecidas por la junta de higiene dental, las cuales no estarán diseñadas para prevenir o disminuir la competencia en las áreas de servicio, y deberá pagar las tarifas descritas en la Sección 1944.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.2(b) Una unidad de servicio móvil, según se define en el inciso (b) de la Sección 1765.105 del Código de Salud y Seguridad, y una unidad móvil operada por una entidad exenta de licencia conforme al inciso (b), (c) o (h) de la Sección 1206 del Código de Salud y Seguridad, están exentas de este artículo. No obstante esta exención, el propietario u operador de la unidad móvil deberá notificar a la junta de higiene dental dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se presten por primera vez servicios de higiene dental en la unidad móvil, o la fecha en que se apruebe la solicitud de la unidad móvil conforme a la Sección 1765.130 del Código de Salud y Seguridad, lo que ocurra primero.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.2(c) Un titular de licencia que ejerza en una unidad móvil descrita en el inciso (b) no está sujeto al inciso (a) en lo que respecta a esa unidad móvil.

Section § 1926.3

Explanation

Si eres un higienista dental registrado en práctica alternativa en California, debes informar a la junta de higiene dental sobre la ubicación de tus consultorios o si no tienes una ubicación fija. Si utilizas equipo portátil, debes registrar el lugar donde lo guardas. La junta puede inspeccionar tus instalaciones y equipo para asegurarse de que cumplen con los requisitos. Si encuentran problemas, podrías enfrentar consecuencias como libertad condicional, multas o la pérdida de tu registro. La junta también puede imponer multas por incumplir estas normas, y el dinero de las multas se destina a un fondo específico para la higiene dental.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.3(a) Toda persona que esté o en el futuro sea licenciada como higienista dental registrada en práctica alternativa en este estado deberá registrar ante el director ejecutivo, en los formularios prescritos por la junta de higiene dental, la instalación física del higienista dental registrado en práctica alternativa o, si el higienista dental registrado en práctica alternativa tiene más de una instalación física conforme a la Sección 1926.4, todas las instalaciones físicas. Si el higienista dental registrado en práctica alternativa no tiene una instalación física, el higienista dental registrado en práctica alternativa deberá notificar al director ejecutivo. Una persona licenciada por la junta de higiene dental deberá registrarse ante el director ejecutivo dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de su licencia como higienista dental registrado en práctica alternativa.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.3(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.3(b)(1) Un higienista dental registrado en práctica alternativa que utilice equipo portátil para practicar la higiene dental deberá registrar ante el director ejecutivo, en los formularios prescritos por la junta de higiene dental, la instalación física del higienista dental registrado en práctica alternativa donde se mantiene el equipo portátil.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.3(b)(2) La junta de higiene dental podrá realizar revisiones e inspecciones anunciadas y no anunciadas de las instalaciones físicas y el equipo de un higienista dental registrado en práctica alternativa descritos en el párrafo (1) para asegurar el cumplimiento continuo de los requisitos para la aprobación continua bajo este artículo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.3(c) Constituirá conducta no profesional si la instalación física o el equipo del higienista dental registrado en práctica alternativa se encuentra en incumplimiento de cualquier requisito necesario para la licencia y un higienista dental registrado en práctica alternativa podrá ser puesto en libertad condicional con términos, se le podrá emitir una citación y multa, o se le podrá retirar el registro de la instalación física de su propiedad si no se demuestra el cumplimiento dentro de plazos razonables, según lo establecido por la junta de higiene dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1926.3(d) La junta de higiene dental, por sí misma o a través de un representante autorizado, podrá emitir una citación que contenga multas y órdenes de cese al higienista dental registrado en práctica alternativa por cualquier violación de esta sección, la Sección 1925, la Sección 1926.4, o cualquier reglamento adoptado en virtud de las mismas. Cualquier multa recaudada conforme a esta sección se depositará en el Fondo Estatal de Higiene Dental establecido conforme a la Sección 1944.

Section § 1926.4

Explanation
Si un higienista dental con práctica alternativa en California desea abrir una segunda oficina, debe solicitarlo a la junta de higiene dental, pagar la tarifa requerida y obtener permiso por escrito. También necesita pagar una tarifa de renovación cada dos años para mantener la ubicación de práctica adicional.

Section § 1927

Explanation

Esta ley establece que un higienista dental que trabaja de forma independiente en una práctica alternativa no puede afirmar, sugerir o anunciar que puede proporcionar servicios dentales o diagnósticos más allá de lo que los higienistas tienen permitido hacer, lo que incluye revisar la salud bucal, planificar tratamientos de higiene dental y realizar dichos tratamientos. Además, no pueden contratar a otro higienista dental para proporcionar atención al paciente a menos que ese higienista también trabaje dentro del marco de la práctica alternativa.

Un higienista dental registrado en práctica alternativa no deberá hacer ninguna de las siguientes acciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1927(a) Inferir, pretender, anunciar o implicar que él o ella es de alguna manera capaz de proporcionar servicios dentales o realizar cualquier tipo de diagnóstico dental más allá de evaluar el estado de higiene dental de un paciente, proporcionar un plan de tratamiento de higiene dental y proporcionar los servicios de higiene dental asociados.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1927(b) Contratar a un higienista dental registrado para proporcionar servicios directos al paciente que no sea un higienista dental registrado en práctica alternativa.

Section § 1928

Explanation
Esta ley permite a los higienistas dentales registrados para practicar de forma independiente presentar reclamos de seguro por los servicios que brindan a los pacientes.

Section § 1929

Explanation

Esta ley permite que los higienistas dentales que trabajan en entornos alternativos contraten a otros higienistas con las mismas cualificaciones. También pueden contratar y supervisar a asistentes dentales que ayudan con tareas como retraer las mejillas y usar herramientas de succión en la boca.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1929(a) Un higienista dental registrado en práctica alternativa puede contratar a otros higienistas dentales registrados en práctica alternativa para asistir en su práctica.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1929(b) Un higienista dental registrado en práctica alternativa puede contratar y supervisar a asistentes dentales que realicen retracción intraoral y succión.

Section § 1930

Explanation
Si eres un higienista dental que trabaja en un entorno alternativo, necesitas demostrar a la junta de higiene dental que tienes un dentista con el que puedes colaborar para asesoramiento, remisiones y emergencias.

Section § 1931

Explanation

Este apartado de la ley permite a los higienistas dentales en práctica alternativa prestar servicios sin necesidad de una verificación inicial de un dentista o médico. Sin embargo, si continúan prestando servicios durante 18 meses o más, deben obtener una prueba escrita de que un dentista o médico con licencia ha examinado al paciente y ha recetado servicios de higiene dental. Estas recetas pueden ser válidas por un máximo de dos años. La Junta de Higiene Dental puede emprender acciones legales contra los higienistas que no sigan estas normas, lo que podría llevar a la suspensión o revocación de su licencia por conducta profesional indebida.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(a)(1) Un higienista dental en práctica alternativa podrá prestar servicios a un paciente sin obtener una verificación escrita de que el paciente ha sido examinado por un dentista o médico y cirujano con licencia para ejercer en este estado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(a)(2) Si el higienista dental en práctica alternativa presta servicios a un paciente 18 meses o más después de la primera fecha en que la persona presta servicios a un paciente, la persona deberá obtener una verificación escrita de que el paciente ha sido examinado por un dentista o médico y cirujano con licencia para ejercer en este estado. La verificación deberá incluir una receta para servicios de higiene dental según lo descrito en el apartado (b).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(b) Un higienista dental registrado en práctica alternativa podrá prestar servicios de higiene dental a un paciente que presente al higienista dental registrado en práctica alternativa una receta escrita para servicios de higiene dental emitida por un dentista o médico y cirujano con licencia para ejercer en este estado. La receta será válida por un período de tiempo basado en el juicio profesional del dentista o médico y cirujano, pero no excederá de dos años a partir de la fecha de su emisión.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(c)(1) La junta de higiene dental podrá solicitar una orden judicial contra cualquier higienista dental registrado en práctica alternativa que preste servicios de conformidad con esta sección, si la junta de higiene dental tiene causa razonable para creer que los servicios se están prestando a un paciente que no ha recibido una receta para dichos servicios de un dentista o médico y cirujano con licencia para ejercer en este estado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1931(c)(2) La prestación de servicios de conformidad con esta sección sin obtener una receta de acuerdo con el apartado (b) constituirá conducta profesional indebida por parte del higienista dental registrado en práctica alternativa, y motivo para que la junta de higiene dental revoque o suspenda la licencia del higienista dental registrado en práctica alternativa de conformidad con la Sección 1947.

Section § 1932

Explanation

Esta ley permite a la junta de higiene dental otorgar una licencia provisional a un solicitante de higienista dental si cumple con todos los demás requisitos de licencia. La junta puede establecer condiciones específicas para este tipo de licencia, como aprobar un examen de competencia, someterse a evaluaciones médicas, evitar el alcohol o las drogas, o participar en un programa de rehabilitación. El solicitante también podría necesitar practicar solo bajo supervisión o tomar cursos de educación adicionales. Una licencia provisional dura tres años, durante los cuales el titular de la licencia puede solicitar cambios en las condiciones o pedir una licencia regular. El proceso debe seguir ciertos procedimientos gubernamentales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a) La junta de higiene dental podrá, a su entera discreción, emitir una licencia provisional a un solicitante que haya cumplido con todos los requisitos para la obtención de la licencia como higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado con funciones ampliadas. La junta de higiene dental podrá exigir, como término o condición para la emisión de la licencia provisional, que el solicitante cumpla con ciertos requisitos adicionales, incluyendo, entre otros, los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(1) Completar con éxito un examen de competencia profesional.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(2) Someterse a una evaluación médica o psicológica.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(3) Someterse a tratamiento médico o psicológico continuo.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(4) Abstenerse del uso de alcohol o drogas.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(5) Someterse a pruebas de fluidos aleatorias para detectar abuso de alcohol o sustancias controladas.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(6) Someterse a participación continua en un programa de rehabilitación aprobado por la junta de higiene dental.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(7) Restringir el tipo o las circunstancias de la práctica.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(8) Someterse a educación continua y cursos.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(9) Cumplir con los requisitos de notificación a la junta de higiene dental sobre cualquier cambio de empleador o empleo.
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(10) Cumplir con el monitoreo de la licencia provisional.
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(11) Cumplir con todas las leyes y regulaciones que rigen la práctica de la higiene dental.
(12)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(a)(12) Limitar la práctica del solicitante a un entorno supervisado y estructurado en el que las actividades del solicitante sean supervisadas por una persona específica.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(b) La duración de una licencia provisional es de tres años. Durante la vigencia de la licencia, el titular de la licencia podrá solicitar a la junta de higiene dental una modificación de un término o condición de la licencia o la emisión de una licencia que no sea provisional.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1932(c) Los procedimientos bajo esta sección se llevarán a cabo de acuerdo con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta de higiene dental tendrá todas las facultades otorgadas en dicho capítulo.

Section § 1933

Explanation

Si pierde o destruye su licencia profesional, puede obtener un reemplazo pagando una tarifa y presentando una declaración escrita que explique lo que le sucedió a la original.

Se le expedirá una licencia sustituta a un licenciatario previa solicitud y pago de la tarifa requerida. La solicitud deberá ir acompañada de una declaración jurada o declaración que contenga pruebas satisfactorias de la pérdida o destrucción del certificado de licencia.

Section § 1934

Explanation

Si eres un higienista dental con licencia en California y cambias tu dirección física o correo electrónico, debes informar a la junta de higiene dental dentro de 30 días. Si cambias tu nombre legal, debes proporcionar documentación a la junta dentro de 10 días.

Un titular de licencia que cambie su dirección física registrada o dirección de correo electrónico deberá notificar a la junta de higiene dental dentro de los 30 días siguientes al cambio. Un titular de licencia que cambie su nombre legal deberá proporcionar a la junta de higiene dental la documentación del cambio dentro de los 10 días.

Section § 1935

Explanation

Esta ley establece que una licencia otorgada bajo este artículo vence a la medianoche del último día del mes de nacimiento del titular de la licencia, durante el segundo año de un período de licencia de dos años, a menos que haya una excepción. Para mantener la licencia activa, el titular debe solicitar la renovación y pagar la tarifa requerida antes de que venza, utilizando el formulario de la junta de higiene dental.

Si no se renueva, una licencia emitida conforme a las disposiciones de este artículo, a menos que se exceptúe específicamente, vence a las 12 de la medianoche del último día del mes de la fecha de nacimiento legal del titular de la licencia durante el segundo año de un período de dos años. Para renovar una licencia no vencida, el titular de la licencia deberá, antes del momento en que la licencia de otro modo vencería, solicitar la renovación en un formulario prescrito por la junta de higiene dental y pagar la tarifa de renovación prescrita por este artículo.

Section § 1936

Explanation

Si su licencia de higiene dental en California ha vencido, tiene hasta cinco años para renovarla. Para renovar, debe completar el formulario necesario y pagar todas las tarifas de renovación y recargos por mora adeudados. La renovación entra en vigor en la última fecha en que complete el formulario, pague la tarifa de renovación o pague el recargo por mora. Una vez renovada, su licencia es válida hasta la próxima fecha de vencimiento programada.

Salvo que se disponga lo contrario en este artículo, una licencia vencida podrá renovarse en cualquier momento dentro de los cinco años siguientes a su vencimiento mediante la presentación de una solicitud de renovación en un formulario prescrito por la junta de higiene dental y el pago de todas las tarifas de renovación y recargos por mora acumulados. Si la licencia se renueva después de su vencimiento, el titular de la licencia, como condición previa para la renovación, también deberá pagar el recargo por mora prescrito por este artículo. La renovación conforme a esta sección será efectiva en la fecha en que se presente la solicitud, en la fecha en que se pague la tarifa de renovación, o en la fecha en que se pague el recargo por mora, si lo hubiera, lo que ocurra en último lugar. Si se renueva de esta manera, la licencia seguirá en vigor hasta la fecha de vencimiento prevista en la Sección 1935 que ocurra después de la fecha efectiva de la renovación.

Section § 1936.1

Explanation

Esta ley exige que los higienistas dentales en California completen educación continua para renovar sus licencias cada dos años. Deben informarse sobre los avances en higiene dental a través de cursos aprobados o medios equivalentes. La junta realizará auditorías aleatorias al 5% de los titulares de licencias para asegurar el cumplimiento. Además, parte de esta educación debe cubrir temas específicos en atención al paciente, salud y seguridad, y derecho y ética, con un máximo de 10 horas requeridas por período de renovación. Todos los proveedores de cursos deben ser aprobados por la junta de higiene dental o considerados aprobados si están reconocidos por la junta dental.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1936.1(a) La junta de higiene dental exigirá, como condición para la renovación de la licencia, que los titulares de licencias presenten garantías satisfactorias para la junta de higiene dental de que, durante el período de dos años anterior, se han informado sobre los avances en la práctica de la higiene dental ocurridos desde la emisión original de sus licencias, mediante la realización de uno o más cursos de estudio satisfactorios para la junta de higiene dental, o por otros medios considerados equivalentes por la junta de higiene dental. La junta de higiene dental adoptará, modificará y revocará reglamentos que prevean la suspensión de las licencias al final del período de dos años hasta que se cumplan las garantías establecidas en esta sección. La junta de higiene dental realizará auditorías aleatorias de al menos el 5 por ciento de la población de titulares de licencias cada año para asegurar el cumplimiento del requisito de educación continua.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1936.1(b) La junta de higiene dental también exigirá, como condición para la renovación de la licencia, que los titulares de licencias completen con éxito una parte de las horas de educación continua requeridas en áreas específicas adoptadas en los reglamentos por la junta de higiene dental. La junta de higiene dental podrá prescribir este curso obligatorio dentro de las áreas generales de atención al paciente, salud y seguridad, y derecho y ética. El curso obligatorio prescrito por la junta de higiene dental no excederá de 10 horas por período de renovación. Cualquier curso obligatorio exigido por la junta de higiene dental se acreditará para los requisitos de educación continua establecidos por la junta de higiene dental de conformidad con el apartado (a).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1936.1(c) Los proveedores de los cursos a los que se refiere esta sección deberán ser aprobados por la junta de higiene dental. Los proveedores aprobados por la junta dental se considerarán aprobados por la junta de higiene dental.

Section § 1937

Explanation
Si su licencia está suspendida, seguirá caducando normalmente y podrá renovarla cuando corresponda. Sin embargo, renovar una licencia suspendida no significa que pueda empezar a trabajar o realizar las actividades para las que sirve hasta que la suspensión se levante oficialmente. Por lo tanto, debe esperar a la rehabilitación antes de hacer cualquier cosa que su licencia le permita.

Section § 1938

Explanation
Si su licencia es revocada, seguirá caducando como lo haría normalmente. No puede simplemente renovar una licencia revocada. Para restablecerla después de que haya caducado, debe pagar tanto la tarifa de renovación que debía antes de que caducara como cualquier tarifa por retraso adicional que se haya acumulado cuando la licencia fue revocada.

Section § 1939

Explanation

Si su licencia no se renueva dentro de los cinco años posteriores a su vencimiento, no podrá simplemente renovarla o rehabilitarla. En su lugar, tendrá que empezar de nuevo y solicitar una nueva licencia, cumpliendo con todos los requisitos como si fuera un solicitante nuevo.

Una licencia que no se renueva dentro de los cinco años siguientes a su vencimiento no podrá ser renovada, restaurada, rehabilitada o reexpedida. El titular de la licencia podrá solicitar y obtener una nueva licencia al cumplir con todos los requisitos de un nuevo solicitante establecidos en este artículo.

Section § 1940

Explanation

Si un profesional de higiene dental desea inactivar su licencia, debe presentar una solicitud utilizando un formulario de la junta de higiene dental. Para reactivar la licencia, necesita presentar un formulario con prueba de haber completado las horas de educación continua requeridas en los últimos dos años. Incluso con una licencia inactiva, debe seguir pagando las cuotas de renovación cada dos años. La junta debe informar a los solicitantes en un plazo de 30 días si su solicitud para cambiar el estado de la licencia está completa o si se necesita más información.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1940(a) Un licenciatario que desee una licencia inactiva deberá presentar una solicitud a la junta de higiene dental en un formulario proporcionado por la junta de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1940(b) Para restaurar una licencia inactiva a estado activo, el licenciatario deberá presentar una solicitud a la junta de higiene dental en un formulario proporcionado por la junta de higiene dental, acompañada de pruebas de que el licenciatario ha completado el número requerido de horas de educación continua aprobada de conformidad con este artículo dentro de los dos años anteriores a la fecha de la solicitud.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1940(c) El titular de una licencia inactiva continuará pagando a la junta de higiene dental la cuota bienal de renovación requerida.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1940(d) Dentro de los 30 días siguientes a la recepción de una solicitud, ya sea para restaurar una licencia inactiva o para inactivar una licencia, la junta de higiene dental informará al solicitante por escrito si la solicitud está completa y ha sido aceptada para su tramitación o si es deficiente y, en su caso, la información específica requerida para completar la solicitud.

Section § 1941

Explanation

Esta sección describe las pautas para la aprobación de programas educativos para Higienistas Dentales Registrados (RDHs) en California. La junta de higiene dental es responsable de conceder y renovar la aprobación solo si los programas mantienen altos estándares de instrucción y cumplen con criterios específicos, como los de la Comisión de Acreditación Dental de la Asociación Dental Americana. Los programas nuevos deben realizar un estudio de viabilidad para demostrar su necesidad y obtener la aprobación de la junta antes de buscar la acreditación. Los programas deben estar asociados con un colegio o escuela dental acreditada y centrarse en proporcionar educación superior que conduzca a un título. Los RDHs incluyen varios tipos de higienistas dentales registrados reconocidos en esta sección.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941(a) La junta de higiene dental concederá o renovará la aprobación únicamente a aquellos programas educativos para higienistas dentales registrados (RDHs) que mantengan continuamente un estándar de instrucción de alta calidad y, cuando corresponda, cumplan con los estándares mínimos establecidos por la Comisión de Acreditación Dental de la Asociación Dental Americana o un organismo equivalente, según lo determine la junta de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941(b) Un nuevo programa educativo para higienistas dentales registrados (RDHs) deberá presentar un estudio de viabilidad que demuestre la necesidad de un nuevo programa educativo y deberá solicitar la aprobación de la junta de higiene dental antes de buscar cualquier aprobación requerida para la acreditación inicial de la Comisión de Acreditación Dental de la Asociación Dental Americana o un organismo equivalente, según lo determine la junta de higiene dental. La junta de higiene dental podrá aprobar, aprobar provisionalmente o denegar la aprobación de un nuevo programa educativo para higienistas dentales registrados (RDHs).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941(c) Para los fines de esta sección, un programa educativo nuevo o existente para higienistas dentales registrados (RDHs) significa un programa proporcionado por un colegio o institución de educación superior que esté acreditado por una agencia de acreditación regional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos y que tenga como propósito principal ofrecer cursos de nivel universitario que conduzcan a un título asociado o superior, que esté afiliado o sea dirigido por una escuela dental aprobada por la junta dental, o que esté acreditado para ofrecer programas de nivel universitario o paralelos a la universidad por la Comisión de Acreditación Dental de la Asociación Dental Americana o un organismo equivalente, según lo determine la junta de higiene dental.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941(d) Para los fines de esta sección, “RDHs” significa higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados en práctica alternativa o higienistas dentales registrados con funciones extendidas.

Section § 1941.5

Explanation

Esta sección de la ley trata sobre el proceso mediante el cual la junta de higiene dental de California supervisa la aprobación y el cumplimiento continuo de los programas educativos para higienistas dentales y prácticas de higiene dental especializadas. Los programas educativos deben certificar regularmente que cumplen con los requisitos de la junta de higiene dental. La junta puede realizar evaluaciones y visitas in situ, tanto anunciadas como no anunciadas, para asegurar que los programas se adhieran a estos estándares. Si se determina que un programa no cumple, puede enfrentar un período de prueba, multas o la revocación de su aprobación si los problemas no se corrigen de manera oportuna. Además, se pueden emitir citaciones por violaciones de esta ley o de las regulaciones relacionadas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941.5(a) La junta de higiene dental renovará la aprobación de los programas educativos para un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa o un higienista dental registrado en funciones extendidas que certifiquen a la junta de higiene dental, en un formulario prescrito por esta, que el programa continúa cumpliendo con los requisitos prescritos por la junta de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941.5(b) La junta de higiene dental podrá realizar encuestas periódicas, evaluaciones y visitas in situ anunciadas y no anunciadas a los programas educativos existentes y nuevos para un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa o un higienista dental registrado en funciones extendidas, a fin de asegurar el cumplimiento continuo de los requisitos del programa educativo y los estándares de la Comisión de Acreditación Dental para la aprobación continua.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941.5(c) Un programa educativo existente o nuevo para un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa o un higienista dental registrado en funciones extendidas que se determine que no cumple con los requisitos del programa educativo y los estándares de la Comisión de Acreditación Dental podrá ser puesto en período de prueba con condiciones, recibir una citación y multa, o que se le retire su aprobación si no se cumple con los requisitos dentro de plazos razonables y específicos.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1941.5(d) La junta de higiene dental, o a través de un representante autorizado, podrá emitir una citación que contenga multas y órdenes de cese para cualquier programa educativo aprobado para un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa o un higienista dental registrado en funciones extendidas por cualquier violación de esta sección o de las regulaciones adoptadas de conformidad con esta sección.

Section § 1942

Explanation

Esta sección explica qué es una 'instalación dental extramuros', que es una clínica asociada con un programa de higiene dental con fines de enseñanza, ubicada fuera del campus principal. Dichas instalaciones deben ser registradas ante la junta de higiene dental por el programa. El registro incluye detalles sobre la supervisión del profesorado, los tipos de tratamientos, el nombre y la ubicación de la instalación, la fecha de inicio, la disciplina relacionada y el equipo disponible. También debe haber una copia del contrato entre el programa educativo y la instalación. Cualquier actualización de esta información debe ser comunicada a la junta de higiene dental.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1942(a) Según se utiliza en este artículo, “instalación dental extramuros” significa cualquier instalación clínica que ha contratado con un programa educativo de higiene dental aprobado para la instrucción en higiene dental, que existe fuera o más allá de los muros, límites o recintos del campus principal del programa aprobado, y en la cual se prestan servicios de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1942(b) Un programa educativo de higiene dental aprobado deberá registrar una instalación dental extramuros ante la junta de higiene dental. Dicho registro deberá ir acompañado de información proporcionada por el programa de higiene dental relativa a la supervisión del profesorado, el alcance del tratamiento a prestar, el nombre y la ubicación de la instalación, la fecha en que comenzará la operación, la disciplina de la cual forma parte la instrucción, y una breve descripción del equipo y las instalaciones disponibles. La información anterior deberá complementarse con una copia del acuerdo entre el programa educativo de higiene dental aprobado o la universidad matriz, y la institución afiliada que establece la relación contractual. Cualquier cambio en la información inicialmente proporcionada a la junta de higiene dental deberá ser comunicado a la junta de higiene dental.

Section § 1943

Explanation

Esta ley permite a la junta de higiene dental negar a una persona la oportunidad de presentarse al examen para convertirse en higienista dental con licencia en algunas situaciones. Pueden decir que no si la persona ha hecho algo que podría llevar a la suspensión o revocación de su licencia, si ha ayudado a cometer actos que requieren una licencia, o si otro estado ya ha suspendido o revocado su licencia por razones similares. Si hay procedimientos al respecto, seguirán reglas gubernamentales específicas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1943(a) La junta de higiene dental podrá denegar una solicitud para presentarse a un examen de licencia como higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado con funciones ampliadas en cualquier momento antes de la obtención de la licencia por cualquiera de las siguientes razones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1943(a)(1) El solicitante cometió un acto que constituye un motivo para la suspensión o revocación de la licencia conforme a este código o que constituye un motivo para la denegación de la licencia conforme a la Sección 480.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1943(a)(2) El solicitante cometió o ayudó e instigó la comisión de cualquier acto para el cual se requiere una licencia conforme a este capítulo.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1943(a)(3) Otro estado o territorio suspendió o revocó la licencia que había emitido al solicitante por un motivo que constituye una base en este estado para la suspensión o revocación de la licencia conforme a este artículo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1943(b) Los procedimientos conforme a esta sección se llevarán a cabo de acuerdo con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta de higiene dental tendrá todas las facultades otorgadas en el mismo.

Section § 1944

Explanation

Esta ley explica cómo la junta de higiene dental establece las tarifas para diversas licencias de higienistas dentales y actividades relacionadas en California. La junta decide las tarifas para aspectos como solicitudes de licencia, renovaciones, exámenes y revisiones de programas educativos. La mayoría de las tarifas tienen límites máximos, como las tarifas de solicitud que no exceden los $250 y las tarifas de renovación con un tope de $500. Los retrasos conllevan costos adicionales, y las escuelas enfrentan cargos específicos por revisiones de currículo. Las tarifas recaudadas se destinan a un fondo especial utilizado para la regulación de la higiene dental. El objetivo general es cubrir los costos regulatorios razonables, y no se pueden imponer otras tarifas fuera de las aquí descritas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a) La junta de higiene dental establecerá mediante resolución el monto de las tarifas relacionadas con el otorgamiento de licencias a un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa y un higienista dental registrado con funciones ampliadas. Las tarifas establecidas por resolución de la junta de higiene dental vigentes al 30 de junio de 2009, en lo que respecta al otorgamiento de licencias a higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados en práctica alternativa e higienistas dentales registrados con funciones ampliadas, permanecerán en vigor hasta que sean modificadas por la junta de higiene dental. Las tarifas están sujetas a las siguientes limitaciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(1) La tarifa de solicitud para una licencia original y la tarifa por la emisión de una licencia original no excederán los doscientos cincuenta dólares ($250).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(2) La tarifa de examen para la obtención de la licencia como higienista dental registrado no excederá el costo real del examen.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(3) La tarifa de examen para la obtención de la licencia como higienista dental registrado con funciones ampliadas no excederá el costo real del examen.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(4) La tarifa de examen para la obtención de la licencia como higienista dental registrado en práctica alternativa no excederá el costo real de la administración del examen.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(5) La tarifa de renovación bienal no excederá los quinientos dólares ($500).
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(6) La tarifa por mora no excederá la mitad de la tarifa de renovación. Cualquier licencia vencida podrá ser restaurada solo previo pago de todas las tarifas, incluida la tarifa por mora, y el cumplimiento de todos los demás requisitos aplicables de este artículo.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(7) La tarifa por la emisión de una licencia duplicada para reemplazar una perdida o destruida, o en caso de cambio de nombre, no excederá los veinticinco dólares ($25) o la mitad de la tarifa de renovación, lo que sea mayor.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(8) La tarifa por la certificación de la licencia no excederá la mitad de la tarifa de renovación.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(9) La tarifa por cada revisión de currículo y revisión de estudio de viabilidad para programas educativos de higienistas dentales que no estén acreditados por una agencia aprobada por la junta de higiene dental no excederá los dos mil cien dólares ($2,100).
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(10) La tarifa por cada revisión o aprobación de los requisitos de cursos para la licencia o procedimientos que requieren capacitación adicional no excederá los setecientos cincuenta dólares ($750).
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(11) La tarifa inicial de solicitud y bienal para un proveedor de educación continua no excederá los quinientos dólares ($500).
(12)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(12) El monto de las tarifas a pagar en relación con los permisos emitidos conforme a la Sección 1962 es el siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(12)(A) La tarifa inicial del permiso es un monto igual a la tarifa de renovación de la licencia del solicitante para ejercer la higiene dental vigente en la última fecha de renovación regular anterior a la fecha en que se emite el permiso.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(12)(B) Si el permiso expirará en menos de un año después de su emisión, entonces la tarifa inicial del permiso es un monto igual al 50 por ciento de la tarifa de renovación vigente en la última fecha de renovación regular anterior a la fecha en que se emite el permiso.
(13)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(13) La tarifa para que la junta de higiene dental realice una visita in situ a programas educativos para un higienista dental registrado, un higienista dental registrado en práctica alternativa o un higienista dental registrado con funciones ampliadas para asegurar el cumplimiento de los requisitos del programa educativo no excederá el costo real incurrido por la junta de higiene dental para la recuperación de costos de los gastos de la visita in situ.
(14)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(a)(14) La tarifa para una licencia de jubilado no excederá la mitad de la tarifa actual de renovación de licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(b) Las tarifas de renovación y por mora serán fijadas por la junta de higiene dental mediante resolución en no más del monto actual de la tarifa de renovación para una licencia para ejercer bajo este artículo ni menos de cinco dólares ($5).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(c) Las tarifas fijadas por la junta de higiene dental mediante resolución de conformidad con esta sección no estarán sujetas a la aprobación de la Oficina de Derecho Administrativo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(d) Las tarifas recaudadas de conformidad con esta sección serán recaudadas por la junta de higiene dental y depositadas en el Fondo Estatal de Higiene Dental, que por la presente se crea. Todo el dinero de este fondo, previa asignación por la Legislatura en la Ley de Presupuesto anual, se utilizará para implementar este artículo.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(e) No se cobrarán otras tarifas o cargos que los enumerados en esta sección por la junta de higiene dental en relación con el otorgamiento de licencias a higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados en práctica alternativa o higienistas dentales registrados con funciones ampliadas.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(f) La tarifa por el registro de una instalación dental extramural no excederá los doscientos cincuenta dólares ($250).
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(g) La tarifa por el registro de una unidad móvil de higiene dental no excederá los ciento cincuenta dólares ($150).
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(h) La tarifa de renovación bienal para una unidad móvil de higiene dental no excederá los doscientos cincuenta dólares ($250).
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(i) La tarifa para un permiso de oficina adicional no excederá los doscientos cincuenta dólares ($250).
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(j) La tarifa de renovación bienal para una oficina adicional según se describe en la Sección 1926.4 no excederá los doscientos cincuenta dólares ($250).
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(k) La tarifa inicial de solicitud y bienal de permiso especial es un monto igual a la tarifa de renovación bienal especificada en el párrafo (6) de la subdivisión (a).
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 1944(l) Las tarifas de esta sección no excederán un monto suficiente para cubrir el costo regulatorio razonable de la implementación de este artículo.

Section § 1947

Explanation

Esta ley establece que si eres un higienista dental o tienes tipos especiales de licencias de higienista dental en California, tu licencia puede ser retirada o suspendida. Esto puede ocurrir si incumples alguna de las normas enumeradas en este artículo relacionadas con la práctica de la higiene dental.

Una licencia emitida conforme a este artículo y una licencia emitida conforme a este capítulo a un higienista dental registrado, a un higienista dental registrado en práctica alternativa, o a un higienista dental registrado con funciones ampliadas podrá ser revocada o suspendida por la junta de higiene dental por cualquier razón especificada en este artículo para la suspensión o revocación de una licencia para ejercer la higiene dental.

Section § 1949

Explanation

Esta sección explica que la licencia de un higienista dental puede ser revocada, suspendida, o pueden enfrentar amonestaciones o un periodo de prueba por acciones como comportamiento poco profesional o incompetencia. También se aplica si obtuvieron su licencia por error o cometieron negligencia repetida. Cualquier procedimiento disciplinario debe seguir reglas específicas del gobierno estatal, y la junta de higiene dental tiene la autoridad para hacer cumplir estas acciones.

Un titular de licencia puede ver su licencia revocada o suspendida, o puede ser amonestado o puesto en libertad condicional por la junta de higiene dental por conducta profesional indebida, incompetencia, negligencia grave, actos repetidos de negligencia en la profesión del titular de la licencia, recibir una licencia por error, o por cualquier otra causa aplicable al licenciado prevista en este artículo. Los procedimientos bajo este artículo se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta de higiene dental tendrá todas las facultades concedidas en el mismo.

Section § 1950

Explanation

Si un profesional de higiene dental con licencia es condenado por un delito relacionado con sus deberes profesionales, la junta de higiene dental puede tomar medidas como revocar, suspender, reprender o poner al profesional en libertad condicional. Un registro certificado de la condena es prueba suficiente para estas acciones. La junta puede proceder cuando hay una declaración de culpabilidad o una declaración de no refutación (nolo contendere) por un delito relacionado. La junta también puede actuar si no es posible apelar, si la condena es confirmada en apelación, o si se concede la libertad condicional incluso si la condena es posteriormente desestimada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950(a) Un titular de licencia puede ver su licencia revocada o suspendida, o puede ser reprendido o puesto en libertad condicional por la junta de higiene dental, por la condena de un delito sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes del titular de la licencia. El registro de la condena o una copia certificada por el secretario del tribunal o por el juez en cuyo tribunal ocurrió la condena será prueba concluyente de la condena.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950(b) La junta de higiene dental iniciará procedimientos conforme a esta sección al recibir una copia certificada del registro de la condena. Una declaración o veredicto de culpabilidad o una condena posterior a una declaración de nolo contendere presentada por un cargo de delito grave o de cualquier delito menor sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes del titular de la licencia se considera una condena dentro del significado de esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950(c) La junta de higiene dental puede reprender a un titular de licencia u ordenar la suspensión o revocación de una licencia, o su colocación en libertad condicional, o puede negarse a emitir una licencia, cuando ocurra cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950(c)(1) Ha transcurrido el plazo para apelar.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950(c)(2) La sentencia condenatoria ha sido confirmada en apelación.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950(c)(3) Se emite una orden que concede la libertad condicional suspendiendo la imposición de la sentencia, independientemente de una orden posterior bajo cualquier disposición del Código Penal, incluyendo, entre otras, la Sección 1203.4 del Código Penal, que permite a una persona retirar su declaración de culpabilidad y presentar una declaración de no culpabilidad, o anular el veredicto de culpabilidad, o desestimar la acusación, información o auto de procesamiento.

Section § 1950.5

Explanation

Esta ley enumera diversas acciones consideradas como conducta profesional indebida para alguien con licencia en higiene dental. Incluye acciones como obtener honorarios mediante engaño, ayudar a personas sin licencia o con licencia a practicar de forma indebida, y cometer faltas sexuales con pacientes. Otras infracciones incluyen el uso de nombres falsos, publicidad engañosa, tratamientos excesivos, consultorios insalubres, amenazar a pacientes, alterar expedientes médicos y no informar sobre fallecimientos o emergencias de pacientes. Estas acciones pueden resultar en sanciones legales como multas, prisión o la pérdida de la licencia.

Se define como conducta profesional indebida por parte de una persona con licencia bajo este artículo, entre otras, cualquiera de las siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(a) La obtención de cualquier tarifa mediante fraude o tergiversación.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(b) La ayuda o instigación a cualquier persona sin licencia para practicar la odontología o la higiene dental.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(c) La ayuda o instigación a una persona con licencia para practicar la odontología o la higiene dental de manera ilegal.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(d) La comisión de cualquier acto o actos de abuso sexual, conducta indebida o relaciones sexuales con un paciente que estén sustancialmente relacionados con la práctica de la higiene dental.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(e) El uso de cualquier nombre falso, asumido o ficticio, ya sea como individuo, empresa, corporación o de otra manera, o cualquier nombre que no sea el nombre bajo el cual la persona tiene licencia para ejercer, en publicidad o de cualquier otra manera que indique que la persona está practicando o practicará la odontología, excepto el nombre especificado en un permiso válido emitido de conformidad con la Sección 1962.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(f) La práctica de aceptar o recibir cualquier comisión o el reembolso, de cualquier forma o manera, de honorarios por servicios profesionales, radiografías, recetas u otros servicios o artículos suministrados a los pacientes.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(g) El uso por parte del titular de la licencia o de cualquier agente del titular de la licencia de declaraciones publicitarias de carácter que tiendan a engañar o inducir a error al público.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(h) La publicidad de superioridad profesional o la publicidad de la realización de servicios profesionales de manera superior. Esta subdivisión no prohibirá la publicidad permitida por la subdivisión (h) de la Sección 651.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(i) El empleo o el uso de solicitantes.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(j) Publicidad en violación de la Sección 651.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(k) Publicidad para garantizar cualquier servicio de higiene dental, o para realizar cualquier procedimiento de higiene dental sin dolor. Esta subdivisión no prohibirá la publicidad permitida por la Sección 651.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(l) La violación de cualquiera de las disposiciones de esta división.
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(m) Permitir que cualquier persona opere equipo radiográfico dental sin haber cumplido los requisitos para hacerlo, según lo determine la junta de higiene dental.
(n)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(n) La administración claramente excesiva de medicamentos o tratamientos, o el uso claramente excesivo de procedimientos de tratamiento, o el uso claramente excesivo de instalaciones de tratamiento, según lo determine la práctica y los estándares habituales de la profesión de higiene dental.
Cualquier persona que viole esta subdivisión es culpable de un delito menor y será castigada con una multa no menor de cien dólares ($100) ni mayor de seiscientos dólares ($600), o con prisión por un período no menor de 60 días ni mayor de 180 días, o con ambas, multa y prisión.
(o)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(o) El uso de amenazas o acoso contra cualquier paciente o titular de la licencia por proporcionar pruebas en cualquier acción disciplinaria posible o real, u otra acción legal; o el despido de un empleado basado principalmente en el intento del empleado de cumplir con las disposiciones de este capítulo o de ayudar en el cumplimiento.
(p)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(p) La suspensión o revocación de una licencia emitida, o la disciplina impuesta, por otro estado o territorio por motivos que serían la base de una disciplina en este estado.
(q)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(q) La alteración del expediente de un paciente con intención de engañar.
(r)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(r) Condiciones de la oficina insalubres o inseguras, según lo determine la práctica y los estándares habituales de la profesión de higiene dental.
(s)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(s) El abandono del paciente por parte del titular de la licencia, sin previo aviso por escrito al paciente de que el tratamiento se suspenderá y antes de que el paciente tenga amplia oportunidad de obtener los servicios de otro higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado en funciones extendidas, y siempre que la salud del paciente no se vea comprometida.
(t)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(t) La tergiversación intencional de hechos relacionados con una acción disciplinaria a los pacientes de un titular de licencia disciplinado.
(u)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(u) El uso de fraude en la obtención de cualquier licencia emitida de conformidad con este artículo.
(v)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(v) Cualquier acción o conducta que hubiera justificado la denegación de la licencia.
(w)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(w) La ayuda o instigación a un higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado en funciones extendidas para practicar la higiene dental de manera negligente o incompetente.
(x)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(x) La falta de informar por escrito a la junta de higiene dental dentro de los siete días cualquiera de los siguientes: (1) el fallecimiento del paciente del titular de la licencia durante la realización de cualquier procedimiento de higiene dental; (2) el descubrimiento del fallecimiento de un paciente cuya muerte esté relacionada con un procedimiento de higiene dental realizado por el titular de la licencia; o (3) excepto por una hospitalización programada, el traslado a un hospital o centro de emergencias para tratamiento médico por un período superior a 24 horas de cualquier paciente como resultado de un tratamiento dental o de higiene dental. Al recibir un informe de conformidad con esta subdivisión, la junta de higiene dental podrá realizar una inspección de la oficina de práctica de higiene dental si la junta de higiene dental considera que es necesario.
(y)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(y) Un higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado en funciones extendidas deberá informar a la junta de higiene dental sobre todos los fallecimientos ocurridos en su práctica, con una copia enviada a la junta dental si el fallecimiento ocurrió mientras trabajaba como empleado en un consultorio dental. Un dentista deberá informar a la junta dental sobre todos los fallecimientos ocurridos en su práctica, con una copia enviada a la junta de higiene dental si el fallecimiento fue el resultado de un tratamiento realizado por un higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado en funciones extendidas.
(z)CA Negocios Y Profesiones Code § 1950.5(z) Hacer a sabiendas una declaración o firmar un certificado u otro documento que represente falsamente la existencia o inexistencia de un hecho directa o indirectamente relacionado con la práctica de la higiene dental.

Section § 1951

Explanation

Esta ley permite a la junta de higiene dental sancionar a los profesionales con licencia, poniéndolos en libertad condicional con ciertas condiciones. Estas pueden incluir capacitación adicional o exámenes, exámenes médicos si es necesario, límites en su práctica profesional, el reembolso de honorarios a los pacientes y la realización de servicio comunitario en lugar de una suspensión, excepto en casos de infracciones relacionadas con la calidad de la atención.

La junta de higiene dental podrá sancionar a un titular de licencia sometiéndolo a un régimen de libertad condicional bajo diversos términos y condiciones que pueden incluir, entre otros, los siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1951(a) Exigir al titular de licencia que obtenga capacitación adicional en un curso de educación correctiva aprobado por la junta de higiene dental o que apruebe un examen al finalizar la capacitación en un curso de educación correctiva aprobado por la junta de higiene dental, o ambos. El examen podrá ser escrito u oral, o ambos, y podrá ser un examen práctico o clínico, o ambos, a opción de la junta de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1951(b) Exigir al titular de licencia que se someta a un examen diagnóstico completo por parte de uno o más médicos designados por la junta de higiene dental, si así lo justifica la condición física o mental del titular de licencia. Si la junta de higiene dental exige al titular de licencia que se someta a un examen, la junta de higiene dental deberá recibir y considerar cualquier otro informe de un examen diagnóstico completo realizado por uno o más médicos elegidos por el titular de licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1951(c) Restringir o limitar la extensión, el alcance o el tipo de práctica del titular de licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1951(d) Exigir la restitución de honorarios a los pacientes del titular de licencia o a los pagadores de servicios, a menos que la restitución ya se haya realizado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1951(e) Ofrecer la opción de servicio comunitario alternativo en lugar de la totalidad o parte de un período de suspensión en casos que no sean violaciones relacionadas con la calidad de la atención.

Section § 1952

Explanation

Esta ley establece que se considera conducta profesional indebida para las personas con licencia en el campo dental realizar ciertas acciones relacionadas con las drogas y el alcohol. Se les prohíbe poseer o usar drogas ilegales, excepto si un médico las receta. Tampoco pueden usar drogas o alcohol de una manera que pueda dañarlos a ellos mismos o a otros, especialmente si afecta su trabajo. Si son declarados culpables de violar las leyes de drogas o tienen múltiples condenas relacionadas con drogas o alcohol, su licencia profesional podría estar en riesgo. Un registro de culpabilidad es prueba suficiente para tomar medidas, y la junta dental puede suspender o revocar una licencia basándose en estas condenas.

Se considera conducta profesional indebida para una persona con licencia bajo este artículo realizar cualquiera de las siguientes acciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1952(a) Obtener o poseer, en violación de la ley, o excepto según lo indicado por un médico y cirujano, dentista o podólogo con licencia, una sustancia controlada, según se define en la División 10 (que comienza con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad, o cualquier medicamento peligroso según se define en la Sección 4022.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1952(b) Usar una sustancia controlada, según se define en la División 10 (que comienza con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad, o un medicamento peligroso según se define en la Sección 4022, o bebidas alcohólicas u otras sustancias intoxicantes, en una medida o de una manera peligrosa o perjudicial para sí mismos, para cualquier persona o para el público, en la medida en que el uso menoscabe la capacidad del titular de la licencia para llevar a cabo con seguridad para el público la práctica autorizada por su licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1952(c) Ser condenado por un cargo de violación de cualquier estatuto o reglamento federal, o cualquier estatuto o reglamento de este estado, que regule sustancias controladas, según se define en la División 10 (que comienza con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad, o cualquier medicamento peligroso, según se define en la Sección 4022, o ser condenado por más de un delito menor, o cualquier delito grave, que involucre el uso o consumo de alcohol o drogas, si la condena está sustancialmente relacionada con la práctica autorizada por su licencia.
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1952(c)(1) El registro de la condena o una copia certificada por el secretario del tribunal o por el juez en cuyo tribunal se dictó la condena, será prueba concluyente de una violación de esta sección. Una declaración o veredicto de culpabilidad o una condena posterior a una declaración de nolo contendere se considera una condena dentro del significado de esta sección.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1952(c)(2) La junta de higiene dental puede ordenar la suspensión o revocación de la licencia, o puede negarse a emitir una licencia, cuando haya transcurrido el plazo para apelar o la sentencia condenatoria haya sido confirmada en apelación, o cuando se dicte una orden de libertad condicional que suspenda la imposición de la sentencia, independientemente de una orden posterior bajo cualquier disposición del Código Penal, incluyendo, pero no limitado a, la Sección 1203.4 del Código Penal, que permita a una persona retirar una declaración de culpabilidad y presentar una declaración de no culpabilidad, o anular el veredicto de culpabilidad, o desestimar la acusación, la información o la imputación.

Section § 1953

Explanation

Si eres un/a higienista dental en California, sin importar tu función, cada vez que realices un servicio a un paciente, debes firmar o incluir tu número de identificación y tus iniciales junto a tu trabajo en el expediente del paciente, junto con la fecha en que lo hiciste. Incumplir esta norma repetidamente se considera conducta profesional indebida.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1953(a) Un/a higienista dental registrado/a, higienista dental registrado/a en práctica alternativa, o higienista dental registrado/a con funciones ampliadas que realice un servicio a un paciente en un consultorio dental deberá identificarse en el expediente del paciente firmando su nombre o número de identificación e iniciales junto al servicio realizado, y deberá fechar esas anotaciones de tratamiento en el expediente.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1953(b) Una violación reiterada de esta sección constituye conducta profesional indebida.

Section § 1954

Explanation
Esta ley establece que se considera conducta no profesional que los profesionales dentales con licencia prometan o realicen servicios fuera de su experiencia o capacitación formal. Esto incluye el uso inadecuado de herramientas que no se ajusta a los estándares profesionales. Sin embargo, la norma no se aplica a la investigación realizada por instituciones dentales acreditadas o a la investigación permitida por la FDA bajo exenciones específicas.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1954(a) Constituye conducta profesional indebida para una persona con licencia bajo este artículo realizar, o presentarse como capaz de realizar, servicios profesionales más allá del alcance de su licencia y campo de competencia, según lo establecido por su educación, experiencia y capacitación. Esto incluye, entre otros, el uso de un instrumento o dispositivo de una manera que no esté de acuerdo con los estándares y prácticas habituales de la profesión de higiene dental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1954(b) Esta sección no se aplicará a la investigación realizada por escuelas dentales acreditadas o escuelas de higiene dental, ni a la investigación realizada de conformidad con una exención para dispositivos de investigación emitida por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos.

Section § 1955

Explanation

Esta ley exige que un dentista o higienista dental con licencia debe proporcionar los registros de los pacientes a la junta de higiene dental en un plazo de 15 días si se solicita con el permiso del paciente. Si no lo hacen, pueden ser multados con $250 por cada día de retraso, hasta un máximo de $5,000, a menos que haya una razón justificada para la demora. Los centros de atención médica tienen 30 días para cumplir con dichas solicitudes, enfrentando multas similares. Si un titular de licencia o un centro desobedece una orden judicial para divulgar registros, podría ser multado con $1,000 por día y enfrentar cargos penales. La falta reiterada de divulgación de registros puede resultar en la suspensión o revocación de su licencia profesional, y tanto los individuos como los centros pueden enfrentar multas o prisión. Estas reglas se aplican de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo, y el término 'centro de atención médica' abarca varias clínicas con licencia o exentas.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(a)(1) Un titular de licencia que no cumpla o se niegue a cumplir con una solicitud de registros dentales o de higiene dental de un paciente que esté acompañada por la autorización escrita de dicho paciente para la divulgación de los registros a la junta de higiene dental, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la solicitud y la autorización, deberá pagar a la junta de higiene dental una sanción civil o administrativa o multa de hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares ($250) por día por cada día que los documentos no hayan sido presentados después del día 15, hasta un máximo de cinco mil dólares ($5,000), a menos que el titular de la licencia no pueda proporcionar los documentos dentro de este período por causa justificada.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(a)(2) Un centro de atención médica deberá cumplir con una solicitud de los registros dentales o de higiene dental de un paciente que esté acompañada por la autorización escrita de dicho paciente para la divulgación de los registros a la junta de higiene dental, junto con un aviso que cite esta sección y describa las sanciones por incumplimiento de esta sección. La falta de entrega de los registros de higiene dental del paciente autorizante a la junta de higiene dental dentro de los 30 días siguientes a la recepción de esta solicitud, autorización y aviso, someterá al centro de atención médica a una sanción civil o administrativa o multa, pagadera a la junta de higiene dental, de hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares ($250) por día por cada día que los documentos no hayan sido presentados después del día 30, hasta un máximo de cinco mil dólares ($5,000), a menos que el centro de atención médica no pueda proporcionar los documentos dentro de este período por causa justificada. Este párrafo no exigirá que los centros de atención médica ayuden a la junta de higiene dental a obtener la autorización del paciente. La junta de higiene dental pagará el costo razonable de la copia de los registros de higiene dental.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(b)(1) Un titular de licencia que no cumpla o se niegue a cumplir con una orden judicial emitida en la ejecución de una citación que ordene la divulgación de registros a la junta de higiene dental deberá pagar a la junta de higiene dental una sanción civil de mil dólares ($1,000) por día por cada día que los documentos no hayan sido presentados después de la fecha en que la orden judicial exige que se presenten los documentos, a menos que se determine que la orden es ilegal o inválida. Cualquier plazo de prescripción aplicable a la presentación de una acusación por parte de la junta de higiene dental se suspenderá durante el período en que el titular de la licencia esté en incumplimiento de la orden judicial y durante cualquier apelación relacionada.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(b)(2) Un titular de licencia que no cumpla o se niegue a cumplir con una orden judicial emitida en la ejecución de una citación que ordene la divulgación de registros a la junta de higiene dental es culpable de un delito menor sancionable con una multa pagadera a la junta de higiene dental que no exceda los cinco mil dólares ($5,000). La multa se añadirá a la cuota de renovación del titular de la licencia si no se paga antes de la siguiente fecha de renovación. Cualquier plazo de prescripción aplicable a la presentación de una acusación por parte de la junta de higiene dental se suspenderá durante el período en que el titular de la licencia esté en incumplimiento de la orden judicial y durante cualquier apelación relacionada.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(b)(3) Un centro de atención médica que no cumpla o se niegue a cumplir con una orden judicial emitida en la ejecución de una citación que ordene la divulgación de registros de pacientes a la junta de higiene dental, que esté acompañada por un aviso que cite esta sección y describa las sanciones por incumplimiento de esta sección, deberá pagar a la junta de higiene dental una sanción civil de hasta mil dólares ($1,000) por día por cada día que los documentos no hayan sido presentados, hasta diez mil dólares ($10,000), después de la fecha en que la orden judicial exige que se presenten los documentos, a menos que se determine que la orden es ilegal o inválida. Cualquier plazo de prescripción aplicable a la presentación de una acusación por parte de la junta de higiene dental contra un titular de licencia se suspenderá durante el período en que el centro de atención médica esté en incumplimiento de la orden judicial y durante cualquier apelación relacionada.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(b)(4) Un centro de atención médica que no cumpla o se niegue a cumplir con una orden judicial, emitida en la ejecución de una citación, que ordene la divulgación de registros a la junta de higiene dental es culpable de un delito menor sancionable con una multa pagadera a la junta de higiene dental que no exceda los cinco mil dólares ($5,000). Cualquier plazo de prescripción aplicable a la presentación de una acusación por parte de la junta de higiene dental contra un titular de licencia se suspenderá durante el período en que el centro de atención médica esté en incumplimiento de la orden judicial y durante cualquier apelación relacionada.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(c) Múltiples actos de un titular de licencia en violación de la subdivisión (b) serán sancionables con una multa que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) o con prisión en una cárcel del condado por un período no mayor de seis meses, o con ambas sanciones. Múltiples actos de un centro de atención médica en violación de la subdivisión (b) serán sancionables con una multa que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) y se informarán al Departamento de Salud Pública del Estado y se considerarán motivos para una acción disciplinaria con respecto a la licencia, incluyendo la suspensión o revocación de la licencia o permiso.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(d) La falta o negativa a cumplir con una orden judicial emitida en la ejecución de una citación que ordene la divulgación de registros a la junta de higiene dental constituye conducta profesional indebida y es motivo de suspensión o revocación de la licencia de la persona.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(e) La imposición de las sanciones civiles o administrativas autorizadas por esta sección se realizará de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1955(f) Para los fines de esta sección, un “centro de atención médica” significa una clínica o centro de atención médica con licencia o exento de licencia de conformidad con la División 2 (que comienza con la Sección 1200) del Código de Salud y Seguridad.

Section § 1956

Explanation
Esta ley establece que los profesionales dentales no deben tener políticas o prácticas que lleven a omitir tratamientos necesarios, a proporcionar atención excesiva o de mala calidad, o a cometer errores repetidos. Hacerlo se considera un comportamiento poco profesional.

Section § 1957

Explanation

Si a alguien se le ha revocado o suspendido su licencia de higiene dental en California, puede solicitar que se le restituya o que se modifique la sanción después de cierto tiempo. El tiempo de espera es de al menos tres años para infracciones graves, como conducta profesional indebida; dos años para reducir un período de libertad condicional largo; y un año para problemas como enfermedades de salud. Su solicitud debe incluir detalles específicos que la junta requiera, y la junta o un juez revisarán el caso. Analizarán aspectos como el comportamiento de la persona desde la sanción y cualquier esfuerzo que haya hecho para mejorar. Sin embargo, mientras estén cumpliendo una condena penal o enfrentando nuevas acusaciones, no podrán presentar una solicitud. La junta puede denegar solicitudes rápidamente si se presentan demasiado pronto después de una decisión anterior.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(a) Una persona cuya licencia haya sido revocada o suspendida, que haya sido puesta en libertad condicional, o cuya licencia fue entregada conforme a un acuerdo estipulado como condición para evitar una audiencia administrativa disciplinaria, podrá solicitar a la junta de higiene dental la restitución o modificación de la sanción, incluyendo la modificación o terminación de la libertad condicional, después de que haya transcurrido un período no inferior a los siguientes plazos mínimos a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión que ordena la acción disciplinaria:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(a)(1) Al menos tres años para la restitución de una licencia revocada por conducta profesional indebida o entregada conforme a un acuerdo estipulado como condición para evitar una audiencia administrativa disciplinaria.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(a)(2) Al menos dos años para la terminación anticipada, o modificación de una condición, de una libertad condicional de tres años o más.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(a)(3) Al menos un año para la modificación de una condición, o restitución de una licencia revocada por enfermedad mental o física, o terminación, o modificación de una condición, de una libertad condicional de menos de tres años.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(b) La solicitud deberá indicar cualquier hecho requerido por la junta de higiene dental.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(c) La solicitud podrá ser escuchada por la junta de higiene dental, o la junta de higiene dental podrá asignar la solicitud a un juez de derecho administrativo designado en la Sección 11371 del Código de Gobierno.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(d) Al considerar la restitución o modificación de la sanción, la junta de higiene dental o el juez de derecho administrativo que conozca de la solicitud podrá considerar lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(d)(1) Todas las actividades del peticionario desde que se tomó la acción disciplinaria.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(d)(2) La infracción por la cual el peticionario fue sancionado.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(d)(3) Las actividades del peticionario durante el tiempo en que la licencia o permiso estuvo vigente y en regla.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(d)(4) Los esfuerzos de rehabilitación del peticionario, su reputación general de veracidad y su capacidad profesional.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(e) La audiencia podrá aplazarse de vez en cuando según lo considere necesario la junta de higiene dental o el juez de derecho administrativo designado en la Sección 11371 del Código de Gobierno.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(f) La junta de higiene dental o el juez de derecho administrativo podrá imponer los términos y condiciones necesarios al titular de la licencia al restituir una licencia o permiso o modificar una sanción.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(g) No se considerará una solicitud mientras el peticionario esté cumpliendo una condena por cualquier delito penal, incluyendo cualquier período durante el cual el peticionario esté en libertad condicional o bajo palabra impuesta por un tribunal.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(h) No se considerará una solicitud mientras haya una acusación o una petición para revocar la libertad condicional pendiente contra la persona.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1957(i) La junta de higiene dental podrá denegar sin audiencia ni argumentación cualquier solicitud presentada conforme a esta sección dentro de un período de dos años a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión anterior tras una audiencia bajo esta sección. Nada de lo dispuesto en esta sección se considerará que altera las Secciones 822 y 823.

Section § 1958

Explanation

Esta ley establece que es un delito menor que alguien finja ser un higienista dental registrado o use títulos o abreviaturas relacionadas sin una licencia válida. Cubre la representación falsa de tener un título de higiene dental, no exhibir la licencia de higiene dental en el consultorio y no proporcionar información sobre las personas que practican la higiene dental cuando lo solicita la junta de higiene dental. Además, es ilegal practicar la higiene dental bajo la influencia de alcohol o drogas, si esto afecta su capacidad para tratar a los pacientes de manera segura. Las sanciones incluyen tiempo en la cárcel, una multa o ambas.

Una persona, compañía o asociación es culpable de un delito menor y, tras la condena, será castigada con prisión en una cárcel del condado por no menos de 10 días ni más de un año, o con una multa de no menos de cien dólares ($100) ni más de mil quinientos dólares ($1,500), o con ambas, multa y prisión, si realiza cualquiera de las siguientes acciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958(a) Asume el título de “higienista dental registrado”, “higienista dental registrado en práctica alternativa” o “higienista dental registrado en funciones extendidas” o añade las letras “R.D.H.”, “R.D.H.A.P.” o “R.D.H.E.F.” al nombre de la persona sin haber tenido el derecho de asumir el título conferido a la persona mediante licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958(b) Asume cualquier título, o añade cualquier letra al nombre de la persona, con la intención de representar falsamente que la persona ha recibido un título de higiene dental o una licencia bajo este artículo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958(c) Ejerce la práctica de la higiene dental sin exhibir en un lugar visible de su consultorio la licencia para practicar la higiene dental bajo este artículo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958(d) Dentro de los 10 días siguientes a la solicitud realizada por el director ejecutivo de la junta de higiene dental, no proporciona a la junta de higiene dental el nombre y la dirección de todas las personas que practican o asisten en la práctica de la higiene dental en el consultorio de la persona, compañía o asociación, en cualquier momento dentro de los 60 días anteriores a la solicitud, junto con una declaración jurada que muestre bajo qué licencia o autoridad esta persona, compañía o asociación y sus empleados están o han estado practicando o asistiendo en la práctica de la higiene dental. Esta declaración jurada no se utilizará en ningún proceso judicial bajo esta sección.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958(e) Se encuentra bajo la influencia de alcohol o una sustancia controlada mientras ejerce la práctica de la higiene dental en atención directa a pacientes, en una medida que menoscaba la capacidad del titular de la licencia para llevar a cabo la práctica de la higiene dental con seguridad para los pacientes y el público.

Section § 1958.1

Explanation

Esta ley establece que si alguien está obligado a registrarse como delincuente sexual, la junta de higiene dental de California se negará a otorgarle una licencia o revocará una existente sin posibilidad de período de prueba. Sin embargo, esta regla no se aplica si la persona ha sido oficialmente eximida de registrarse como delincuente sexual, si solo se le exige registrarse debido a un tipo específico de delito menor, o si su caso fue completamente resuelto antes de 2013. La junta aún conserva el derecho de imponer acciones disciplinarias por ciertas condenas por delitos menores.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(a) No obstante cualquier otra ley, con respecto a un individuo que está obligado a registrarse como delincuente sexual conforme a la Sección 290 del Código Penal, o su equivalente en otro estado o territorio, bajo la ley militar o bajo la ley federal, se aplicará todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(a)(1) La junta de higiene dental denegará una solicitud de licencia por parte del individuo conforme a este artículo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(a)(2) Si el individuo tiene licencia bajo este artículo, la junta de higiene dental revocará prontamente la licencia del individuo. La junta de higiene dental no suspenderá la revocación ni pondrá la licencia en período de prueba.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(a)(3) La junta de higiene dental no restablecerá ni volverá a emitir la licencia del individuo bajo este artículo. La junta de higiene dental no emitirá una suspensión de la denegación de licencia ni pondrá la licencia en período de prueba.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(b) Esta sección no se aplicará a ninguno de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(b)(1) Un individuo que haya sido eximido, conforme a la Sección 290.5 del Código Penal, de su deber de registrarse como delincuente sexual, o cuyo deber de registrarse haya sido formalmente terminado de otra manera bajo la ley de California o la ley de la jurisdicción que requiere el registro del individuo como delincuente sexual.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(b)(2) Un individuo que está obligado a registrarse como delincuente sexual conforme a la Sección 290 del Código Penal únicamente debido a una condena por delito menor bajo la Sección 314 del Código Penal. Sin embargo, nada en este párrafo prohibirá a la junta de higiene dental ejercer su discreción para disciplinar a un titular de licencia bajo otras disposiciones de la ley estatal basándose en la condena del titular de licencia bajo la Sección 314 del Código Penal.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1958.1(b)(3) Cualquier procedimiento de adjudicación administrativa bajo el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno que haya sido completamente adjudicado antes del 1 de enero de 2013. Una petición para el restablecimiento de una licencia revocada o entregada se considerará un nuevo procedimiento para los fines de este párrafo, y la prohibición de restablecer una licencia a un individuo que está obligado a registrarse como delincuente sexual será aplicable.

Section § 1959

Explanation

Si alguien tiene una licencia actual y activa como higienista dental o una de sus especializaciones en California, puede añadir letras específicas a su nombre para mostrar sus cualificaciones. Los higienistas dentales regulares pueden usar 'R.D.H.', los de práctica alternativa pueden usar 'R.D.H.A.P.', y los de funciones ampliadas pueden usar 'R.D.H.E.F.'.

Una persona que posea una licencia válida, no revocada y no suspendida como higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa o higienista dental registrado con funciones ampliadas conforme a este artículo podrá añadir las letras “R.D.H.,” “R.D.H.A.P.,” o “R.D.H.E.F.,” respectivamente, a su nombre.

Section § 1960

Explanation

Si alguien realiza ciertas acciones relacionadas con las credenciales o la práctica de la higiene dental, puede enfrentar sanciones severas. Por la primera infracción, se considera un delito menor, y la persona podría pagar una multa de entre $200 y $3,000, pasar hasta seis meses en la cárcel, o ambas cosas. Si es sorprendido de nuevo, es un delito grave con una multa mayor o más tiempo de cárcel. Estas acciones ilegales incluyen vender títulos o licencias falsas de higiene dental, usar credenciales falsas, hacer declaraciones falsas en solicitudes, practicar sin licencia y practicar bajo un nombre falso.

Por la primera infracción, una persona es culpable de un delito menor y será sancionada con una multa no menor de doscientos dólares ($200) ni mayor de tres mil dólares ($3,000), o con prisión en una cárcel del condado por un período no mayor de seis meses, o con ambas, dicha multa y prisión, y por la segunda infracción o una infracción subsiguiente es culpable de un delito grave y tras ser condenada por ello será sancionada con una multa no menor de dos mil dólares ($2,000) ni mayor de seis mil dólares ($6,000), o con prisión de conformidad con la subdivisión (h) de la Sección 1170 del Código Penal, o con ambas, dicha multa y prisión, quien realice cualquiera de las siguientes acciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(a) Venda o permute u ofrezca vender o permutar un título o expediente académico de higiene dental o una licencia emitida bajo, o que pretenda ser emitida bajo, las leyes que regulan la licencia de higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados en práctica alternativa, o higienistas dentales registrados en funciones extendidas.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(b) Compre o adquiera mediante permuta un diploma, licencia o expediente académico con la intención de que sea utilizado como prueba de la cualificación del titular para practicar la higiene dental, o en fraude de las leyes que regulan la práctica de la higiene dental.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(c) Con intención fraudulenta, elabore, intente elaborar, falsifique o altere materialmente un diploma, certificado o expediente académico.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(d) Utilice, o intente o haga que se utilice, cualquier diploma, certificado o expediente académico que haya sido comprado, emitido fraudulentamente, falsificado o alterado materialmente o para obtener la licencia como higienista dental registrado, higienista dental registrado en práctica alternativa, o higienista dental registrado en funciones extendidas.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(e) En una declaración jurada requerida a un solicitante para un examen o licencia bajo este artículo, haga deliberadamente una declaración falsa en un aspecto material.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(f) Practique la higiene dental u ofrezca practicar la higiene dental, según se define en este artículo, ya sea sin licencia, o cuando su licencia haya sido revocada o suspendida.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1960(g) Bajo cualquier nombre falso, asumido o ficticio, ya sea como individuo, empresa, corporación o de otra manera, o cualquier nombre que no sea el nombre bajo el cual tiene licencia, practique, anuncie, o de cualquier otra manera indique que practica o practicará la higiene dental, excepto un nombre especificado en un permiso válido emitido de conformidad con la Sección 1962.

Section § 1961

Explanation
Si alguien se hace pasar por higienista dental o realiza trabajo de higiene dental sin una licencia válida, y esto podría causar un daño grave a alguien, puede ser castigado con hasta un año de cárcel. Este castigo no impide que se tomen otras acciones legales en su contra.
Una persona que intencionalmente, bajo circunstancias que causen riesgo de daño corporal, enfermedad física o mental grave o muerte, ejerce, intenta ejercer, anuncia o se presenta como practicante de higiene dental sin tener en el momento de hacerlo una licencia válida, no revocada y no suspendida según lo dispuesto en este artículo, es culpable de un delito, punible con prisión en una cárcel del condado por hasta un año. El recurso previsto en esta sección no impedirá ningún otro recurso previsto por la ley.

Section § 1962

Explanation

Esta ley permite a los higienistas dentales en práctica alternativa usar ciertos nombres para su consulta que de otro modo podrían estar restringidos, siempre y cuando tengan un permiso especial de la junta de higiene dental. Grupos, parejas o higienistas individuales pueden usar los nombres permitidos si cumplen requisitos específicos: deben tener la licencia adecuada, ser propietarios o arrendar el lugar, y el nombre debe incluir términos específicos como “grupo de higiene dental”. Todos los profesionales deben tener licencias válidas y no puede haber acusaciones pendientes de conducta no profesional. Los permisos deben renovarse regularmente y pueden ser revocados si no se mantienen las condiciones. Si hay un cargo por conducta no profesional, otras acciones como la revocación de permisos se pausan hasta que se tome una decisión final sobre los cargos, a menos que ya haya ocurrido un resultado grave como la revocación de una licencia.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(a) Una asociación, sociedad, corporación o grupo de tres o más higienistas dentales registrados en práctica alternativa que ejerzan bajo un nombre que de otro modo violaría la Sección 1960 podrá ejercer bajo ese nombre si la asociación, sociedad, corporación o grupo posee un permiso vigente, no suspendido y no revocado emitido por la junta de higiene dental conforme a esta sección.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(b) Un higienista dental registrado individual en práctica alternativa o un par de higienistas dentales registrados en práctica alternativa que ejerzan la higiene dental bajo un nombre que de otro modo violaría la Sección 1960 podrá ejercer bajo ese nombre si los titulares de la licencia poseen un permiso válido emitido por la junta de higiene dental conforme a esta sección. La junta de higiene dental emitirá un permiso por escrito que autorice al titular a usar un nombre especificado en el permiso en relación con la práctica del titular si la junta de higiene dental determina todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(b)(1) El solicitante o los solicitantes son higienistas dentales registrados en práctica alternativa debidamente licenciados.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(b)(2) El lugar donde el solicitante o los solicitantes ejercen es propiedad o está arrendado por el solicitante o los solicitantes, y la práctica realizada en el lugar es de propiedad total y está controlada en su totalidad por el solicitante o los solicitantes y es un área o entorno de práctica aprobado conforme a la Sección 1926.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(b)(3) El nombre bajo el cual el solicitante o los solicitantes proponen operar contiene al menos una de las siguientes designaciones: “grupo de higiene dental”, “práctica de higiene dental” o “consultorio de higiene dental”, contiene el apellido de uno o más de los asociados, socios, accionistas o miembros del grupo, pasados, presentes o futuros, y está en conformidad con la Sección 651 y no viola las subdivisiones (i) y (l) de la Sección 1950.5.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(b)(4) Todas las personas licenciadas que ejerzan en la ubicación designada en la solicitud poseen licencias válidas y no hay cargos por conducta no profesional pendientes contra ninguna persona que ejerza en esa ubicación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(c) Un permiso emitido conforme a esta sección caducará y dejará de ser válido a menos que se renueve de la manera prevista en este artículo para la renovación de los permisos emitidos conforme a este artículo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(d) Un permiso emitido conforme a esta sección podrá ser revocado o suspendido si la junta de higiene dental determina que el titular del permiso ya no cumple con algún requisito para la emisión original de un permiso. Los procedimientos de revocación o suspensión se regirán por la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1962(e) Si se presentan cargos por conducta no profesional contra el titular de un permiso emitido conforme a esta sección, o un miembro de una asociación, sociedad, grupo o corporación a quien se le haya emitido un permiso conforme a esta sección, no se iniciarán procedimientos de revocación o suspensión del permiso hasta una determinación final de los cargos por conducta no profesional, a menos que los cargos hayan resultado en la revocación o suspensión de una licencia.

Section § 1963

Explanation
Esta sección explica que la junta de higiene dental tiene la autoridad para presentar quejas ante un tribunal si alguien incumple las normas relacionadas con la higiene dental. También pueden ayudar a presentar la ley o los hechos en el tribunal. Además, el fiscal de distrito de cada condado es responsable de procesar estas violaciones cuando ocurren en su área.

Section § 1964

Explanation

Esta ley permite a la junta de higiene dental solicitar a un tribunal superior que impida a alguien practicar la higiene dental si no tiene la licencia adecuada.

Además de los otros procedimientos previstos en este artículo, a solicitud de la junta de higiene dental, el tribunal superior de cualquier condado emitirá un mandamiento judicial para impedir que una persona sin licencia ejerza la práctica de la higiene dental, según se define en este artículo.

Section § 1965

Explanation

Si alguien está haciendo o está a punto de hacer algo indebido relacionado con las regulaciones de higiene dental, un grupo de al menos diez higienistas dentales con licencia puede pedir a un tribunal que los detenga. Este proceso sigue ciertas reglas legales.

Si una persona ha incurrido o está a punto de incurrir en un acto que constituye una infracción contra este capítulo, el tribunal superior de cualquier condado, a solicitud de 10 o más personas que posean licencias para practicar la higiene dental emitidas conforme a este artículo, podrá emitir un mandamiento judicial u otra orden apropiada que restrinja dicha conducta. Los procedimientos conforme a esta sección se regirán por el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 525) del Título 7 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil.

Section § 1966

Explanation

Esta sección de la ley expresa el objetivo de ayudar a los higienistas dentales que tienen problemas con drogas o alcohol a recuperar sus habilidades profesionales sin poner en riesgo la seguridad pública. Sugiere que la junta de higiene dental cree un programa de desvío como una alternativa a la disciplina regular. Además, la junta debe establecer uno o más comités para evaluar estos casos, con criterios específicos para la selección de los miembros del comité, y compensar a los miembros del comité por su trabajo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966(a) Es la intención de la Legislatura que la junta de higiene dental busque formas y medios para identificar y rehabilitar a los profesionales con licencia cuya competencia pueda estar afectada debido al abuso de drogas peligrosas o alcohol, para que los profesionales con licencia así afectados puedan ser tratados y reintegrados a la práctica de la higiene dental de una manera que no ponga en peligro la salud y seguridad públicas. También es la intención de la Legislatura que la junta de higiene dental establezca un programa de desvío como un enfoque alternativo voluntario a las acciones disciplinarias tradicionales.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966(b) Uno o más comités de evaluación de desvío serán establecidos por la junta de higiene dental. La junta de higiene dental establecerá criterios para la selección de cada comité de evaluación de desvío. Cada miembro de un comité de evaluación de desvío recibirá dietas y gastos según lo dispuesto en la Sección 103.

Section § 1966.1

Explanation

Esta sección de la ley describe cómo los higienistas dentales en California pueden participar en un programa de desvío si tienen problemas de consumo de sustancias. Este programa está diseñado para ayudar a los titulares de licencia a recibir tratamiento en lugar de enfrentar una acción disciplinaria inmediata. Los titulares de licencia pueden unirse al programa voluntariamente, e incluso aquellos que están siendo investigados actualmente pueden solicitarlo bajo condiciones específicas. Si alguien completa exitosamente el programa, cualquier investigación relacionada con su consumo de sustancias puede ser archivada. Sin embargo, el incumplimiento del programa puede llevar a acciones disciplinarias, y si un participante representa un riesgo para la seguridad pública, sus registros del programa de desvío pueden ser utilizados en procedimientos disciplinarios. La participación en el programa de desvío no impide que la junta investigue otras conductas no profesionales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(a) La junta de higiene dental establecerá criterios para la aceptación, denegación o terminación de los titulares de licencia en un programa de desvío. A menos que sea ordenado por la junta de higiene dental como condición del período de prueba disciplinario de un titular de licencia, solo aquellos titulares de licencia que hayan solicitado voluntariamente tratamiento y supervisión de desvío por un comité de evaluación de desvío participarán en un programa de desvío.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(b) Un titular de licencia que no sea objeto de una investigación actual puede auto-referirse al programa de desvío de forma confidencial, excepto según lo dispuesto en la subdivisión (f).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(c) Un titular de licencia bajo investigación actual por la junta de higiene dental también puede solicitar la entrada a un programa de desvío contactando a la junta de higiene dental. La junta de higiene dental puede remitir al titular de licencia que solicita participar en el programa a un comité de evaluación de desvío para la evaluación de elegibilidad. Antes de autorizar a un titular de licencia a ingresar al programa de desvío, la junta de higiene dental puede requerir que el titular de licencia, mientras esté bajo investigación actual por cualquier violación de este artículo u otras violaciones, firme una declaración de entendimiento que establezca que el titular de licencia comprende que sus violaciones de este artículo u otros estatutos, que de otro modo serían la base para la disciplina, aún pueden ser investigadas y ser objeto de acción disciplinaria.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(d) Si las razones de una investigación actual de un titular de licencia se basan principalmente en la auto-administración de cualquier sustancia controlada o drogas peligrosas o alcohol según la Sección 1951, o la posesión ilegal, prescripción o adquisición no violenta de cualquier sustancia controlada o drogas peligrosas para auto-administración que no implique daño real y directo al público, la junta de higiene dental cerrará la investigación sin más acción si el titular de licencia es aceptado en el programa de desvío de la junta de higiene dental y completa exitosamente los requisitos del programa. Si el titular de licencia se retira o es terminado del programa por un comité de evaluación de desvío, la investigación será reabierta y se impondrá acción disciplinaria, si se justifica, según lo determine la junta de higiene dental.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(e) Ni la aceptación ni la participación en el programa de desvío impedirá que la junta de higiene dental investigue o continúe investigando, o tome acción disciplinaria o continúe tomando acción disciplinaria contra cualquier titular de licencia por cualquier conducta no profesional cometida antes, durante o después de la participación en el programa de desvío.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(f) Todos los titulares de licencia firmarán un acuerdo de entendimiento de que el retiro o la terminación del programa de desvío en un momento en que un comité de evaluación de desvío determine que el titular de licencia representa una amenaza para la salud y seguridad públicas resultará en la utilización por parte de la junta de higiene dental de los registros de tratamiento de desvío en procedimientos disciplinarios o penales.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.1(g) Cualquier titular de licencia terminado del programa de desvío por incumplimiento de los requisitos del programa está sujeto a acción disciplinaria por parte de la junta de higiene dental por actos cometidos antes, durante y después de la participación en el programa de desvío. Un titular de licencia que haya estado bajo investigación por la junta de higiene dental y haya sido terminado del programa de desvío por un comité de evaluación de desvío será reportado por el comité de evaluación de desvío a la junta de higiene dental.

Section § 1966.2

Explanation

Esta sección describe las responsabilidades de un comité de evaluación de desvío. Sus tareas incluyen evaluar a los higienistas dentales que desean unirse a un programa de desvío, determinar centros de tratamiento adecuados para ellos, supervisar su progreso y decidir si pueden continuar practicando de forma segura. También pueden tener funciones adicionales según lo requiera la junta de higiene dental.

Cada comité de evaluación de desvío tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.2(a) Evaluar a aquellos licenciatarios que soliciten participar en el programa de desvío de acuerdo con las directrices prescritas por la junta de higiene dental y considerar las recomendaciones de cualquier licenciatario designado por la junta de higiene dental para servir como consultor en la admisión del licenciatario al programa de desvío.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.2(b) Revisar y designar aquellos centros de tratamiento a los que puedan ser remitidos los licenciatarios en un programa de desvío.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.2(c) Recibir y revisar información relativa a un licenciatario que participa en el programa.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.2(d) Considerar, en el caso de cada licenciatario que participa en un programa, si el licenciatario puede continuar o reanudar de forma segura la práctica de la higiene dental.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.2(e) Desempeñar otras funciones relacionadas que la junta de higiene dental pueda requerir por reglamento.

Section § 1966.3

Explanation

Esta ley permite que un comité de evaluación de desvío se reúna en privado (en sesión cerrada) para revisar informes sobre profesionales con licencia que participan en un programa de desvío, que suele ser un plan de rehabilitación o seguimiento. La reunión privada solo está permitida si es necesario proteger la privacidad del profesional con licencia.

No obstante lo dispuesto en el Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, relativo a las reuniones públicas, un comité de evaluación de desvío podrá reunirse en sesión cerrada para considerar informes relacionados con cualquier licenciado que solicite o participe en un programa de desvío. Un comité de evaluación de desvío solo se reunirá en sesión cerrada en la medida en que sea necesario para proteger la privacidad de un licenciado.

Section § 1966.4

Explanation
Si un higienista dental con licencia en California quiere unirse a un programa de desvío, debe aceptar seguir el plan de tratamiento elaborado por un comité especial y pagar por él, a menos que la junta de higiene dental decida eximir de los costos. Si no cumple con las reglas del programa, podría ser expulsado del mismo.

Section § 1966.5

Explanation

Esta ley establece que una vez que un comité ha decidido que un licenciatario dental está rehabilitado y ha completado un programa especial, todos los registros relacionados deben ser destruidos. Además, a menos que exista una excepción específica, cualquier registro sobre el tratamiento del licenciatario en este programa debe mantenerse confidencial y no puede utilizarse en procedimientos legales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.5(a) Después de que un comité de evaluación de desvío, a su discreción, haya determinado que un licenciatario ha sido rehabilitado y el programa de desvío ha finalizado, el comité de evaluación de desvío deberá purgar y destruir todos los registros relativos a la participación del licenciatario en el programa de desvío.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1966.5(b) Salvo lo autorizado por la subdivisión (f) de la Sección 1966.1, todos los registros de la junta de higiene dental y del comité de evaluación de desvío, así como los registros de los procedimientos relativos al tratamiento de un licenciatario en un programa, se mantendrán confidenciales y no estarán sujetos a descubrimiento ni a citación judicial.

Section § 1966.6

Explanation
Si usted denuncia a alguien ante la junta de higiene dental o su comité de evaluación de desvío porque le preocupa su participación en un programa especial de rehabilitación, la junta se asegurará de que usted esté protegido si alguien intenta demandarlo por difamación debido a su informe.