Section § 1647

Explanation

Esta sección subraya la importancia de mantener la seguridad al administrar sedación en las prácticas dentales. Reconoce que, si bien los dentistas han mantenido previamente un buen historial de seguridad, la creciente variedad de medicamentos y técnicas ahora requiere más regulación. La ley señala que las definiciones anteriores para los niveles de sedación no abarcaban completamente el rango utilizado en odontología, donde la sedación puede variar y a veces ser impredecible. Por lo tanto, enfatiza que quienes administran sedación profunda o anestesia deben cumplir con estándares educativos específicos, especialmente cuando existe la posibilidad de que el paciente pierda el conocimiento, intencionada o no. Para la sedación moderada, donde la pérdida de conocimiento es poco probable, se aplican diferentes estándares educativos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(a) La Legislatura encuentra y declara que los dentistas y aquellos otros proveedores calificados de servicios de anestesia que, conforme a la autorización de un dentista, administran sedación a pacientes, han mantenido en el pasado un historial encomiable de seguridad del paciente, y que el creciente número de productos farmacéuticos y técnicas utilizadas para administrarlos para la sedación del paciente requieren una regulación adicional para mantener la seguridad del paciente en el futuro.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(b) La Legislatura además encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(b)(1) Que las leyes anteriores promulgadas en 1980 contenían definiciones separadas y distintas para la anestesia general y el estado de conciencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(b)(2) Que en la práctica dental, existe un continuo de sedación utilizado que no puede definirse adecuadamente en términos de conciencia y anestesia general.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(b)(3) Que la administración de sedación a través de este continuo resulta en diferentes estados de conciencia que pueden o no ser predecibles en cada instancia.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(b)(4) Que en la mayoría de los casos, el nivel de sedación resultará en un nivel predecible de conciencia durante todo el tiempo de sedación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647(c) La Legislatura además encuentra y declara que los estándares educativos actualmente requeridos para la sedación profunda y la anestesia general deben exigirse cuando el grado de sedación en el continuo de sedación es tal que existe una posibilidad razonable de que se produzca la pérdida de conciencia, incluso si no es intencionada. Sin embargo, alcanzar el grado de sedación moderada, donde existe un margen de seguridad lo suficientemente amplio como para hacer improbable la pérdida de conciencia no intencionada, requiere estándares educativos apropiados para la administración del nivel predecible de conciencia resultante.

Section § 1647.1

Explanation

Esta sección define la 'sedación moderada' como un estado en el que una persona permanece lo suficientemente consciente como para responder a órdenes sencillas o a un ligero toque y no necesita ayuda para respirar o para que su corazón funcione normalmente. Los medicamentos utilizados para la sedación moderada deben ser lo suficientemente seguros como para evitar que el paciente caiga accidentalmente en un estado más profundo e inconsciente. Si un paciente solo se mueve cuando siente algo doloroso, no se considera que esté en sedación moderada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.1(a) Según se utiliza en este artículo, "sedación moderada" significa una depresión de la conciencia inducida por fármacos durante la cual un paciente responde intencionadamente a órdenes verbales, ya sea solo o acompañado de una ligera estimulación táctil, no se requieren intervenciones para mantener la vía aérea del paciente, la ventilación espontánea es adecuada y la función cardiovascular se mantiene generalmente.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.1(b) Los fármacos y las técnicas utilizados en la sedación moderada deberán tener un margen de seguridad lo suficientemente amplio como para hacer improbable la pérdida de conciencia no intencionada. Asimismo, los pacientes cuya única respuesta es la retirada refleja ante estímulos dolorosos no se considerarán en un estado de sedación moderada.

Section § 1647.10

Explanation

Si tienes un permiso de sedación consciente emitido antes del 1 de enero de 2022, puedes seguir las reglas de ese permiso hasta que caduque. Pero si obtienes un permiso nuevo o renovado a partir del 1 de enero de 2022, deberás cumplir con las nuevas reglas especificadas en este artículo.

El titular de un permiso de sedación consciente que posea un permiso expedido antes del 1 de enero de 2022 podrá seguir los términos de dicho permiso existente hasta su vencimiento. Cualquier permiso expedido o renovado conforme a este artículo a partir del 1 de enero de 2022 exigirá al titular del permiso cumplir con los requisitos de este artículo.

Section § 1647.12

Explanation

Esta parte de la ley entró en vigor a partir del 1 de enero de 2022.

Este artículo entrará en vigor el 1 de enero de 2022.

Section § 1647.2

Explanation

Si un dentista desea usar sedación moderada para un trabajo dental de forma ambulatoria, necesita una licencia dental válida y un permiso de anestesia general o de sedación moderada. Para pacientes menores de 13 años, el dentista necesita un endoso pediátrico adicional en el permiso de sedación. El dentista debe estar en el centro mientras el paciente está sedado. En casos que involucren a niños pequeños, debe haber dos miembros de personal adicionales presentes, y el dentista y un miembro del personal deben tener certificación en soporte vital pediátrico. El personal que monitorea al paciente debe concentrarse en la vigilancia, pero puede ayudar con tareas cortas durante el procedimiento. El dentista también debe estar preparado para manejar cualquier sedación más profunda que no fuera intencionada. Esta norma no cubre otros tipos de anestesia como la local o la sedación profunda.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(a) Un dentista podrá administrar u ordenar la administración de sedación moderada de forma ambulatoria a un paciente dental si el dentista posee una licencia o permiso de dentista activo conforme a la Sección 1638 o 1640 emitido por la junta y, además, un permiso activo de anestesia general o un permiso de sedación moderada.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(b) El titular de un permiso de sedación moderada deberá obtener un endoso pediátrico en el permiso de sedación moderada antes de administrar sedación moderada a un paciente menor de 13 años de edad.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(c)(1) El titular de un permiso de sedación moderada que administre u ordene la administración de sedación moderada deberá estar presente físicamente en el centro de tratamiento mientras el paciente esté sedado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(c)(2) Para pacientes menores de 13 años de edad, deberá haber al menos dos miembros de personal de apoyo, además del dentista operador, presentes en todo momento durante el procedimiento que implique sedación moderada. El dentista operador y un miembro del personal deberán mantener una certificación vigente en Soporte Vital Avanzado Pediátrico (PALS) y manejo de la vía aérea u otra capacitación en soporte vital pediátrico y manejo de la vía aérea aprobada por la junta, adoptada conforme a la Sección 1601.8. El miembro del personal con certificación vigente en Soporte Vital Avanzado Pediátrico (PALS) y manejo de la vía aérea u otra capacitación en soporte vital pediátrico y manejo de la vía aérea aprobada por la junta deberá dedicarse a monitorear al paciente durante el procedimiento que implique sedación moderada y podrá asistir con tareas relacionadas con el paciente de corta duración e interrumpibles, como sostener un instrumento.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(d) El titular de un permiso de sedación moderada deberá poseer la capacitación, el equipo y los suministros para rescatar a un paciente de un nivel de sedación más profundo no intencionado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.2(e) Este artículo no se aplicará a la administración de anestesia local, sedación mínima, sedación profunda o anestesia general.

Section § 1647.3

Explanation

Si un dentista en California desea administrar u ordenar sedación moderada, necesita un permiso especial. Para obtenerlo, debe solicitarlo presentando pruebas de haber completado 60 horas de capacitación, haber realizado 20 casos de sedación y contar con el equipo y los medicamentos requeridos. Si desea especializarse en sedación pediátrica, necesita capacitación y experiencia adicionales, incluyendo casos con pacientes menores de 13 años, y certificación en Soporte Vital Avanzado Pediátrico (PALS). Se aplican reglas especiales si necesitan más experiencia, permitiéndoles trabajar bajo supervisión para cumplir con los requisitos. Los registros relacionados con estos procedimientos son confidenciales, y el cumplimiento de varias normas operativas y de supervisión es obligatorio.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(a) Un dentista que desee administrar u ordenar la administración de sedación moderada deberá poseer una licencia de dentista o un permiso conforme a la Sección 1638 o 1640 emitido por la junta que esté en regla y solicitarlo a la junta en un formulario de solicitud prescrito por la junta. El dentista deberá presentar una tarifa de solicitud y presentar pruebas que demuestren que ha completado con éxito la capacitación en sedación moderada que cumple con los requisitos de la subdivisión (c).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(b) La solicitud de un permiso deberá incluir documentación de que el equipo y los medicamentos requeridos por la junta se encuentran en las instalaciones.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(c) La capacitación en la administración de sedación moderada será aceptable si cumple con todo lo siguiente, según lo aprobado por la junta:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(c)(1) Consiste en al menos 60 horas de instrucción.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(c)(2) Requiere la finalización satisfactoria de al menos 20 casos de administración de sedación moderada para una variedad de procedimientos dentales.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(c)(3) Cumple con los requisitos de las Guías para la Enseñanza del Control del Dolor y la Sedación a Dentistas y Estudiantes de Odontología de la American Dental Association, incluyendo, entre otros, la certificación de competencia para rescatar a los pacientes de un nivel de sedación más profundo de lo previsto, y para manejar la vía aérea, el acceso intravascular o intraóseo, y los medicamentos de reversión.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(d) Un dentista puede solicitar una autorización pediátrica para un permiso de sedación moderada confirmando todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(d)(1) Finalización exitosa de una residencia en odontología pediátrica acreditada por la Commission on Dental Accreditation (CODA) o la capacitación equivalente en sedación moderada pediátrica, según lo determine la junta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(d)(2) Finalización exitosa de al menos 20 casos de sedación moderada en pacientes menores de 13 años para establecer competencia en sedación moderada pediátrica, tanto en el momento de la solicitud inicial como en la renovación. El solicitante o titular del permiso deberá mantener y proporcionar prueba de estos casos a solicitud de la junta por hasta tres períodos de renovación del permiso.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(d)(3) Para proporcionar sedación moderada a niños menores de siete años, un dentista deberá establecer y mantener competencia actual para esta población pediátrica completando 20 casos de sedación moderada en niños menores de siete años en el período de 24 meses inmediatamente anterior a la solicitud de la autorización pediátrica y para cada período de renovación del permiso.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(d)(4) Certificación actual en Soporte Vital Avanzado Pediátrico (PALS) y manejo de la vía aérea u otra capacitación en soporte vital pediátrico y manejo de la vía aérea aprobada por la junta, adoptada conforme a la Sección 1601.8.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(e) Un titular de permiso de sedación moderada con una autorización pediátrica deberá mantener una certificación actual y continua en Soporte Vital Avanzado Pediátrico (PALS) y manejo de la vía aérea u otra capacitación en soporte vital pediátrico y manejo de la vía aérea aprobada por la junta, adoptada conforme a la Sección 1601.8, durante la vigencia del permiso.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(f) Los solicitantes de una autorización pediátrica que de otro modo califiquen para la autorización pediátrica pero carezcan de suficientes casos de sedación moderada en pacientes menores de 13 años pueden administrar sedación moderada a pacientes menores de 13 años bajo la supervisión directa de un titular de permiso de anestesia general o sedación moderada que posea una autorización pediátrica. El solicitante puede contar estos casos para los 20 requeridos a fin de calificar para su autorización pediátrica.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(g) Los titulares de permisos de sedación moderada con una autorización pediátrica que busquen proporcionar sedación moderada a niños menores de siete años, pero que carezcan de suficientes casos de sedación moderada en pacientes menores de siete años conforme al párrafo (3) de la subdivisión (d), pueden administrar sedación moderada a pacientes menores de siete años bajo la supervisión directa de un titular de permiso de anestesia general o sedación moderada que posea una autorización pediátrica para administrar anestesia general o sedación moderada a pacientes menores de siete años.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(h) Los registros de pacientes presentados a la junta conforme al párrafo (2) de la subdivisión (c) y los párrafos (2) y (3) de la subdivisión (d) serán confidenciales y no se divulgarán conforme a ninguna ley estatal, incluyendo, entre otras, la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Código de Gobierno), excepto para su divulgación conforme a una citación legalmente emitida o una solicitud por escrito de una agencia gubernamental responsable de la aplicación de leyes civiles o penales o de la concesión de licencias profesionales a individuos que esté llevando a cabo una investigación sobre el solicitante.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(i) Si los procedimientos conforme al párrafo (2) de la subdivisión (c) o al párrafo (3) de la subdivisión (d) se realizan en un consultorio dental ubicado en este estado, se aplicará lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(i)(1) Se deberán cumplir todos los requisitos de instalaciones de consultorio, equipo y personal para los titulares de permisos de sedación moderada.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(i)(2) Los procedimientos se realizarán bajo la supervisión directa de un dentista con licencia de California que posea un permiso de anestesia general o sedación moderada emitido por la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(i)(3) Para los procedimientos realizados conforme al párrafo (3) de la subdivisión (d), los procedimientos se realizarán bajo la supervisión directa de un dentista con licencia de California que posea un permiso de anestesia general o sedación moderada emitido por la junta con una autorización pediátrica emitida por la junta.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(i)(4) Los procedimientos se supervisarán en cumplimiento de la subdivisión (a) de la Sección 1682.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.3(j) Para los fines de esta sección, "en regla" significa que la licencia o el permiso está activo y no está restringido por una acción disciplinaria tomada conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, no es objeto de una queja o procedimiento de revisión sin resolver, y no es objeto de ningún procedimiento disciplinario sin resolver.

Section § 1647.4

Explanation
Un permiso de sedación moderada caducará en una fecha determinada mencionada en otra sección, a menos que se renueve según lo establecido en la ley.

Section § 1647.5

Explanation

Si tiene un permiso para administrar sedación moderada, necesita completar 15 horas de capacitación específica sobre sedación moderada antes de poder renovar su permiso. Estas horas se cuentan para sus requisitos generales de educación continua establecidos por la junta.

Se requerirá que un titular de permiso complete 15 horas de cursos de estudio aprobados relacionados con la sedación moderada como condición para la renovación de un permiso. Esos cursos de estudio se acreditarán para el total de educación continua requerido por la junta de conformidad con la Sección 1645.

Section § 1647.6

Explanation

Antes de administrar sedación moderada, un proveedor de atención médica debe evaluar la condición física del paciente y tomar su historial médico. También deben mantener registros detallados de esta evaluación y del proceso de sedación, siguiendo reglas específicas establecidas por la junta.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.6(a) Se realizará una evaluación física y se tomará un historial médico antes de la administración de sedación moderada.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.6(b) Los registros de la evaluación física, el historial médico y los procedimientos de sedación moderada utilizados se mantendrán según lo exijan las regulaciones de la junta.

Section § 1647.7

Explanation

Si quieres obtener o renovar un permiso para administrar sedación moderada en un consultorio dental, la junta podría pedir una revisión de ti y de tu consultorio. Esto incluye revisar tu equipo, personal y los procedimientos que usas. Si no pasas la inspección, tu permiso será suspendido a menos que apruebes una nueva inspección en un plazo de 30 días. Los dentistas deben pasar estas inspecciones al menos cada seis años, o corren el riesgo de perder sus permisos. Los nuevos solicitantes que completen el curso requerido pueden obtener un permiso temporal de un año antes de esta inspección. Si no la aprueban, el permiso temporal se cancela de inmediato. La junta puede contratar a expertos para estas inspecciones, pero solo la junta decide quién recibe un permiso y quién debe ser inspeccionado.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.7(a) Antes de la emisión o renovación de un permiso para administrar sedación moderada, la junta podrá, a su discreción, exigir una inspección y evaluación in situ del titular de la licencia y de las instalaciones, el equipo, el personal y los procedimientos utilizados por el titular de la licencia. El permiso de cualquier dentista que haya reprobado una inspección y evaluación in situ quedará automáticamente suspendido 30 días después de la fecha en que la junta notifique al dentista el incumplimiento, a menos que, dentro de ese período, el dentista haya vuelto a realizar y aprobado una inspección y evaluación in situ. Todo dentista al que se le haya expedido un permiso conforme a este artículo deberá someterse a una inspección y evaluación in situ al menos una vez cada seis años. La negativa a someterse a una inspección dará lugar a la denegación o revocación automática del permiso.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.7(b) Un solicitante que haya completado con éxito el curso requerido por la Sección 1647.3 podrá obtener un permiso temporal de un año por parte de la junta antes de la inspección y evaluación in situ. La falta de aprobación de la inspección y evaluación dará lugar a la terminación inmediata y automática del permiso temporal.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.7(c) La junta podrá contratar con organizaciones o individuos públicos o privados expertos en sedación moderada ambulatoria dental para realizar inspecciones y evaluaciones in situ. Sin embargo, la junta no podrá delegar su autoridad para emitir permisos o para determinar las personas o instalaciones que deben ser inspeccionadas.

Section § 1647.8

Explanation

Esta sección de la ley establece que las tarifas para solicitar o renovar un permiso, así como la tarifa para las inspecciones en el lugar, no deben ser más altas que una cantidad específica detallada en otra sección. También menciona la intención de que se contrate suficiente personal para gestionar este programa, asegurando que las tarifas recaudadas cubran los costos de operación y aplicación del programa.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.8(a) La tarifa de solicitud para un permiso o renovación bajo este artículo no excederá la cantidad prescrita en la Sección 1724.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.8(b) La tarifa por una inspección in situ no excederá la cantidad prescrita en la Sección 1724.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1647.8(c) Es la intención de la Legislatura que la junta contrate personal suficiente para administrar el programa y que las tarifas establecidas de conformidad con esta sección sean equivalentes a los costos de administración y cumplimiento incurridos por la junta al llevar a cabo este artículo.

Section § 1647.9

Explanation

Si un dentista infringe las normas de este artículo, se considera una conducta profesional indebida y puede perder su licencia o que se la suspendan. Sin embargo, si la infracción no causa daño físico, se podría otorgar libertad condicional en su lugar. Cualquier acción legal seguirá procedimientos gubernamentales específicos, y la junta puede usar todas sus facultades legales en estos casos.

Una violación de este artículo constituye conducta profesional indebida y es motivo para la revocación o suspensión del permiso o licencia del dentista, o ambos. La junta emitirá términos de libertad condicional solo para violaciones que no resulten en daño corporal. Los procedimientos bajo esta sección se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta tendrá todas las facultades otorgadas en el mismo.