Medicina 2000-2529.8.1Solicitudes de Reciprocidad y de Diplomados de la Junta Nacional
Section § 2135
Esta ley explica los requisitos para obtener un certificado para ejercer como médico y cirujano en California si usted ya tiene licencia en otro estado, provincia canadiense o programa federal. Necesita tener un título de médico válido, aprobar un examen médico reconocido y tener al menos cuatro años de práctica médica sin restricciones. Su historial profesional debe estar limpio, sin medidas disciplinarias, problemas legales o pruebas de negligencia. Además, deberá haber completado una formación de posgrado aprobada. Estas normas se aplican a las solicitudes a partir del 1 de enero de 2020.
Section § 2135.5
Esta ley explica que una junta puede decidir si un médico de otro estado cumple con los requisitos de California para la educación médica y los exámenes si se cumplen varias condiciones. El solicitante debe tener una licencia válida y sin restricciones en otro estado durante al menos cuatro años, cumplir con las reglas adicionales de formación y certificación, y no debe haber tenido ninguna acción disciplinaria o problemas legales graves relacionados con su práctica médica. Esta ley entró en vigor el 1 de enero de 2020.
Section § 2141
Si está solicitando una licencia médica bajo este artículo, debe completar y presentar un formulario de solicitud proporcionado por la División de Licencias. Su solicitud debe incluir una lista de sus licencias médicas actuales, detalles sobre su educación médica y cualquier otra información que la división solicite. También debe pagar una tarifa al presentar la solicitud.
Section § 2143
Si alguien solicita un certificado de reciprocidad en California para ejercer, no necesita haber completado la formación de posgrado específica en otro estado antes de obtener la licencia allí. Sin embargo, debe cumplir con esos requisitos de formación antes de solicitar el certificado de reciprocidad en California.
Section § 2144
Esta sección de la ley permite a la División de Licencias investigar la educación y las cualificaciones de una persona que desea convertirse en médico y cirujano con licencia. Si la investigación determina que la persona no cumple con los requisitos necesarios, su solicitud de licencia puede ser denegada.
Section § 2151
Esta ley permite a la División de Licencias otorgar un certificado de médico a alguien que haya sido certificado por la Junta Nacional de Examinadores Médicos. Para calificar, la persona debe cumplir ciertos estándares que sean tan altos como los exigidos para un certificado de médico regular en la misma fecha. El solicitante debe presentar la solicitud correctamente, pagar una tarifa y demostrar que su certificación no se obtuvo mediante fraude. Tampoco deben haber cometido ningún delito o acto que los descalifique para obtener el certificado.
Section § 2153
Esta ley exige que cualquier certificado mencionado también debe explicar por qué fue emitido, además de las reglas establecidas en otra sección (Sección 164).