Section § 2080

Explanation

Esta sección establece que las reglas generales para las solicitudes se aplican a cualquier certificado emitido, como un certificado de médico y cirujano. Sin embargo, si existen reglas únicas para tipos específicos de solicitantes, estas tienen prioridad.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2080(a) Salvo que se disponga lo contrario, las disposiciones de este artículo aplicables a las solicitudes en general se aplicarán a todos los certificados emitidos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2080(b) Todo solicitante de un certificado de médico y cirujano deberá cumplir con los requisitos de este artículo, a menos que otros requisitos específicos de este capítulo sean aplicables a una clase particular de solicitante.

Section § 2081

Explanation

Esta ley exige que cualquier persona que presente una solicitud utilice un formulario en línea u otro formulario proporcionado por la junta. El solicitante debe jurar legalmente que toda la información en la solicitud y en cualquier documento de respaldo es verdadera, sabiendo que podría enfrentar sanciones por mentir.

Cada solicitud presentada se realizará mediante un formulario electrónico en línea, o en otro formulario proporcionado por la junta, y cada formulario de solicitud deberá contener una verificación legal por parte del solicitante que certifique bajo pena de perjurio que la información proporcionada por el solicitante es verdadera y correcta y que cualquier información en los documentos de respaldo proporcionados por el solicitante es verdadera y correcta.

Section § 2082

Explanation

Si deseas convertirte en médico con licencia en California, debes presentar varios documentos. Esto incluye un diploma de una escuela de medicina aprobada, expedientes académicos oficiales, prueba de haber aprobado los exámenes y prueba de haber completado la formación de posgrado. También debes confirmar tu identidad y que obtuviste todos los documentos legalmente, además de proporcionar tus huellas dactilares para una verificación de antecedentes. Si estudiaste en el extranjero, debes tener una certificación ECFMG y demostrar la finalización de todos los requisitos escolares. Estas verificaciones aseguran que no tienes antecedentes penales en California ni en ningún otro lugar.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a) Cada solicitud deberá incluir lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(1) Un diploma expedido por una escuela de medicina aprobada. Los requisitos de la escuela no deberán haber sido, en el momento de la concesión del diploma, en grado alguno inferiores a los exigidos en virtud de este capítulo o por cualquier ley de práctica médica anterior en el momento en que se concedió el diploma. En lugar de un diploma, el solicitante podrá presentar pruebas satisfactorias para la junta de haber poseído el mismo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(2) Una transcripción oficial u otra prueba oficial satisfactoria para la junta que muestre cada escuela de medicina aprobada en la que se cursó un programa de instrucción profesional presencial que cubra los requisitos mínimos para la certificación como médico y cirujano, y que la escuela otorgó un diploma y un título.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(3) Otra información relativa a la instrucción profesional y la educación preliminar del solicitante que la junta pueda requerir.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(4) Prueba de haber aprobado los exámenes escritos según lo dispuesto en el Artículo 9 (a partir de la Sección 2170) con una puntuación aceptable para la junta.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(5) Prueba de finalización satisfactoria de la formación de posgrado requerida en virtud de la Sección 2096 en un formulario aprobado por la junta.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(6) Una declaración jurada que demuestre a satisfacción de la junta que el solicitante es la persona nombrada en cada diploma y transcripción que ha presentado, que es el titular legítimo de los mismos, y que el diploma o la transcripción se obtuvo en el curso regular de instrucción profesional y examen sin fraude ni tergiversación.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(7) Tarjetas de huellas dactilares o una copia de un formulario Live Scan completado por el solicitante.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(8) A partir del 1 de enero de 2020, si el solicitante asistió a una escuela de medicina extranjera aprobada por la junta de conformidad con la Sección 2084, un Informe Oficial de Estado de Certificación de la Comisión Educativa para Graduados Médicos Extranjeros (ECFMG) presentado por la Comisión Educativa para Graduados Médicos Extranjeros que confirme que el graduado está certificado por ECFMG.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(a)(9) A partir del 1 de enero de 2020, si el solicitante asistió a una escuela de medicina extranjera aprobada por la junta de conformidad con la Sección 2084, pruebas oficiales satisfactorias para la junta de la finalización de todos los requisitos formales de la escuela de medicina para la graduación, excepto que no se requerirá que el solicitante haya completado una pasantía o servicio social o que esté admitido o licenciado para ejercer la medicina en el país en el que se completó la instrucción profesional.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2082(b) La Junta Médica de California y la Junta Médica Osteopática de California deberán presentar al Departamento de Justicia las imágenes de huellas dactilares y la información relacionada requerida por el Departamento de Justicia de todos los solicitantes del certificado de médico y cirujano, según lo definido por la Sección 2050, para determinar si el solicitante tiene antecedentes penales en este estado o en cualquier otra jurisdicción, incluidos países extranjeros, de conformidad con la Sección 2042. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal y federal de acuerdo con el inciso (p) de la Sección 11105 del Código Penal para que la junta determine si el solicitante está sujeto a la denegación de licencia según las disposiciones de la División 1.5 (a partir de la Sección 475) y la Sección 2221.

Section § 2083

Explanation

Si solicitas un certificado para ejercer, generalmente debes pagar una cuota. Sin embargo, si eres un médico que planea ofrecer sus servicios de forma gratuita, puedes solicitar la exención de esta cuota informando a la Junta Médica de California.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2083(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), cada solicitud de certificado deberá ir acompañada de la cuota exigida por este capítulo y deberá presentarse ante la División de Licencias.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2083(b) Se eximirá la cuota de licencia para un médico y cirujano que certifique a la Junta Médica de California que la emisión de la licencia tiene como único propósito la prestación de servicios voluntarios y no remunerados.

Section § 2084

Explanation

Esta ley establece que las facultades de medicina en EE. UU. acreditadas por agencias nacionales aprobadas son automáticamente reconocidas por la junta. Para que las facultades de medicina extranjeras sean reconocidas, deben cumplir uno de estos requisitos: ser evaluadas por ciertas agencias reconocidas para asegurar que cumplen con estándares equivalentes, estar listadas en directorios médicos globales específicos, o haber tenido una aprobación previa de la junta, la cual es válida por un máximo de siete años desde la promulgación de esta ley. Esta sección entró en vigor el 1 de enero de 2020.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084(a) Las facultades de medicina acreditadas por una agencia acreditadora nacional aprobada por la junta y reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos se considerarán aprobadas por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084(b) La junta determinará que una facultad de medicina extranjera es una facultad de medicina reconocida si la facultad de medicina extranjera cumple con cualquiera de los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084(b)(1) La facultad de medicina extranjera ha sido evaluada por la Educational Commission for Foreign Medical Graduates (ECFMG) o una de las agencias de acreditación de facultades de medicina extranjeras autorizadas por la ECFMG y se considera que cumple sustancialmente los requisitos mínimos equivalentes a los requisitos de las facultades de medicina acreditadas por el Liaison Committee on Medical Education, el Committee on Accreditation of Canadian Medical Schools, o la Commission on Osteopathic College Accreditation.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084(b)(2) La facultad de medicina extranjera figura en el directorio conjunto World Directory of Medical Schools de la World Federation for Medical Education (WFME) y la Foundation for Advancement of International Medical Education and Research (FAIMER) o en el World Directory of Medical Schools.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084(b)(3) La facultad de medicina extranjera había sido previamente aprobada por la junta. La aprobación previa solo será válida por un máximo de siete años a partir de la fecha de promulgación de esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084(c) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Section § 2084.5

Explanation

Esta ley establece que ciertas escuelas de medicina —específicamente aquellas acreditadas por organizaciones reconocidas como el Comité de Enlace sobre Educación Médica, el Comité de Acreditación de Escuelas de Medicina Canadienses o la Comisión de Acreditación de Colegios Osteopáticos— cumplen automáticamente ciertos requisitos según lo especificado en otra sección. Esto entró en vigor a partir del 1 de enero de 2020.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084.5(a) No obstante cualquier otra ley, una escuela de medicina o un programa de escuela de medicina acreditado por el Comité de Enlace sobre Educación Médica, el Comité de Acreditación de Escuelas de Medicina Canadienses, o la Comisión de Acreditación de Colegios Osteopáticos se considerará que cumple con los requisitos de la Sección 2084.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2084.5(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Section § 2086

Explanation
Esta ley permite a la División de Licencias usar expertos e investigadores médicos para evaluar los programas de las facultades de medicina. Estos expertos deben tener la experiencia y educación adecuadas, según lo determine la división, para asegurar que puedan evaluar los programas de manera efectiva.

Section § 2087

Explanation

Si estás intentando obtener una licencia profesional y la junta deniega tu solicitud, puedes llevar el asunto a los tribunales para buscar un certificado u otras soluciones. Si la denegación se debe a algo llamado 'conducta profesional indebida', existen reglas especiales para ello. El tribunal manejará estos casos rápidamente, dándoles prioridad sobre la mayoría de los demás casos, excepto por algunos, como los penales.

Si la junta rechaza a algún solicitante de licencia, entonces el solicitante podrá iniciar una acción en el tribunal superior, según lo dispuesto en la Sección 2019, contra la junta para obligarla a expedirle un certificado o para cualquier otra reparación adecuada. Si se le deniega un certificado al solicitante por motivos de conducta profesional indebida, se aplicarán las disposiciones del Artículo 12 (que comienza con la Sección 2220). En dicha acción, el tribunal procederá conforme a la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil, excepto que el tribunal no podrá ejercer un juicio independiente sobre la prueba. La acción será resuelta rápidamente por el tribunal y tendrá precedencia sobre todos los asuntos pendientes en el mismo, excepto los casos penales, las solicitudes de interdicto u otros asuntos a los que la ley pueda otorgar precedencia especial.

Section § 2088

Explanation

Si un médico en California no puede realizar de forma segura todas las partes de su trabajo debido a una discapacidad, puede obtener una licencia limitada. Para ello, debe pagar la tarifa correspondiente y aceptar limitar su práctica médica según un plan acordado con un médico y aprobado por la junta. La junta podría solicitarle una evaluación médica independiente para verificar su capacidad de practicar la medicina de manera segura. Proporcionar información falsa en este acuerdo puede acarrear sanciones.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2088(a) Un solicitante de una licencia de médico y cirujano o un titular de una licencia de médico y cirujano que de otro modo es elegible para dicha licencia pero no puede practicar algunos aspectos de la medicina de manera segura debido a una discapacidad, podrá recibir una licencia limitada si cumple con los dos requisitos siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2088(a)(1) Paga la tarifa de licencia inicial o de renovación correspondiente.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2088(a)(2) Firma un acuerdo en un formulario prescrito por la junta en el cual el solicitante o titular de la licencia acepta limitar su práctica de la manera prescrita por el médico revisor y acordada por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2088(b) La junta podrá exigir al solicitante o titular de la licencia descrito en el apartado (a) que obtenga una evaluación clínica independiente de su capacidad para practicar la medicina de manera segura como condición para recibir una licencia limitada conforme a esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2088(c) Cualquier persona que a sabiendas proporcione información falsa en el acuerdo presentado conforme al apartado (a) estará sujeta a cualquier sanción disponible para la junta.

Section § 2090

Explanation

Esta ley aclara que, al solicitar una licencia de médico o cirujano, los candidatos no están obligados a revelar ninguna condición de salud que no afecte su capacidad para ejercer de manera segura, o si tienen una condición pero están recibiendo tratamiento que les permite ejercer de forma segura. Sin embargo, los solicitantes podrían tener que divulgar su participación en programas de tratamiento si esto se debe a una acción disciplinaria. Si los solicitantes tienen condiciones que sí afectan su práctica, la junta ofrecerá información sobre licencias de práctica probatoria o limitada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2090(a) La junta no exigirá a un solicitante de una licencia de médico y cirujano o de una licencia de formación de posgrado de médico y cirujano que divulgue cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2090(a)(1) Una afección o trastorno que no afecte la capacidad del solicitante para ejercer la medicina de manera segura.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2090(a)(2) Una afección o trastorno para el cual el solicitante esté recibiendo tratamiento adecuado y que, como resultado del tratamiento, no afecte la capacidad del solicitante para ejercer la medicina de manera segura.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2090(b) Esta sección no prohíbe que la junta exija a un solicitante que divulgue su participación en un programa de tratamiento de salud mental o trastorno por uso de sustancias, incluyendo un programa para profesionales con deterioro, que resulte de una acusación o acción disciplinaria iniciada por una junta de licencias dentro o fuera de California.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2090(c) Si un solicitante divulga que actualmente tiene una afección o trastorno que afecta su capacidad para ejercer la medicina de manera segura, la junta proporcionará al solicitante información sobre la disponibilidad de una licencia de práctica probatoria o limitada.

Section § 2092

Explanation

Esta ley exige que la junta dé prioridad a las solicitudes de médicos que planean trabajar en áreas con servicios médicos insuficientes o que buscan atender a poblaciones sin atención médica adecuada. Los solicitantes deben presentar pruebas de su intención, como una carta de su empleador que confirme su oferta de trabajo y la fecha de inicio en dichas áreas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2092(a) La junta desarrollará un proceso para otorgar estatus de revisión prioritaria a la solicitud de un solicitante para un certificado de médico y cirujano que pueda demostrar que tiene la intención de ejercer en un área médicamente desatendida o servir a una población médicamente desatendida según se define en la Sección 128552 del Código de Salud y Seguridad.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2092(b) Un solicitante puede demostrar su intención de ejercer en un área médicamente desatendida o servir a una población médicamente desatendida proporcionando la documentación adecuada, incluyendo, entre otros, una carta del empleador que indique que el solicitante ha aceptado un empleo y que establezca la fecha de inicio.

Section § 2096

Explanation

Esta sección de la ley explica los requisitos para obtener una licencia de médico y cirujano en California. Establece que los solicitantes que asistieron a facultades de medicina en EE. UU. y Canadá deben completar al menos 12 meses de formación de posgrado aprobada por la junta. Aquellos de otras facultades de medicina extranjeras deben completar al menos 24 meses de dicha formación. La formación debe ser verificada por un funcionario del programa y aprobada por los consejos de educación médica especificados en EE. UU. o Canadá.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2096(a) Además de otros requisitos de este capítulo, antes de que se pueda emitir una licencia de médico y cirujano, cada solicitante, incluido un solicitante que presente su solicitud de conformidad con el Artículo 5 (que comienza con la Sección 2105), deberá demostrar, mediante pruebas satisfactorias para la junta, que el solicitante ha recibido crédito por al menos 12 meses de formación de posgrado aprobada por la junta para graduados de facultades de medicina de los Estados Unidos y Canadá, o 24 meses de formación de posgrado aprobada por la junta para graduados de facultades de medicina extranjeras aprobadas por la junta de conformidad con la Sección 2084, que no sean facultades de medicina canadienses, de conformidad con la certificación del director del programa, el funcionario institucional designado o la autoridad delegada para el programa de formación de posgrado aprobado en el que participó el solicitante.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2096(b) La formación de posgrado requerida por esta sección deberá obtenerse en un programa de formación de posgrado aprobado por el Consejo de Acreditación para la Educación Médica de Posgrado (ACGME) en los Estados Unidos, el Real Colegio de Médicos y Cirujanos de Canadá (RCPSC) en Canadá, o el Colegio de Médicos de Familia de Canadá (CFPC) en Canadá.

Section § 2097

Explanation

Esta ley establece las condiciones bajo las cuales se puede renovar una licencia de médico y cirujano en California. Para renovar por primera vez, un médico debe demostrar que ha completado al menos 36 meses de formación aprobada por la junta, a menos que califique para ciertas excepciones. Si no lo han hecho, su licencia entra en estado de morosidad, pero podrían obtener una extensión de 60 días. Existe una regla especial para aquellos formados en cirugía oral y maxilofacial. Si alguien cancela o renuncia a su licencia antes de cumplir con estos requisitos de renovación, generalmente no puede recuperarla sin cumplir con los requisitos actuales. Sin embargo, esto solo se aplica a las licencias emitidas después del 1 de enero de 2022.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097(a) Además de otros requisitos de este capítulo, antes de que se pueda renovar una licencia de médico y cirujano, en el momento de la renovación inicial, un médico y cirujano deberá presentar pruebas satisfactorias a la junta de que el titular de la licencia ha recibido crédito por al menos 36 meses de formación de posgrado aprobada por la junta, de conformidad con la certificación del director del programa, el funcionario institucional designado o la autoridad delegada para el programa de formación de posgrado aprobado en el que participó el solicitante, excepto los titulares de licencias o solicitantes que cumplan los requisitos de las Secciones 2135, 2135.5, 2151, 2428, o por un titular de licencia o solicitante que utilice la práctica clínica en un nombramiento bajo la Sección 2113 como tiempo calificativo para cumplir los requisitos de formación de posgrado de la Sección 2065.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097(b) Un certificado de médico y cirujano será automáticamente puesto en estado de morosidad por la junta si el titular de un certificado de médico y cirujano no presenta pruebas satisfactorias a la junta de que el médico y cirujano ha recibido crédito por al menos 36 meses de formación de posgrado aprobada por la junta antes del vencimiento inicial de la licencia del titular. La junta podrá conceder 60 días adicionales a la fecha de vencimiento inicial de la licencia autorizada en virtud de la Sección 2423.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097(c) Un titular de licencia que haya recibido crédito por al menos 24 meses de formación de posgrado aprobada en un programa de formación de posgrado en cirugía oral y maxilofacial después de obtener un título de médico de un programa combinado de odontología y medicina acreditado por la Comisión de Acreditación Dental (CODA), deberá presentar pruebas de la finalización de esta formación satisfactorias para la junta en el momento de la renovación inicial, antes de que se pueda renovar su licencia de médico y cirujano, de conformidad con la certificación del director del programa, el funcionario institucional designado o la autoridad delegada para el programa de formación de posgrado aprobado en el que participó el titular de la licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097(d) Tras la revisión de la documentación de respaldo, la junta, a su discreción, podrá renovar una licencia de médico y cirujano a un solicitante que haya demostrado un cumplimiento sustancial de esta sección.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097(e) Un médico cuya licencia sea cancelada o que renuncie a su licencia antes de cumplir los requisitos de renovación según el apartado (a) no podrá tener su licencia restablecida bajo la Sección 2428 sin cumplir los requisitos de renovación actuales según el apartado (a), excepto las licencias emitidas originalmente bajo las Secciones 2135, 2135.5, 2151, o los titulares de licencias que utilizaron tiempo calificativo bajo la Sección 2113 para cumplir los requisitos de formación de posgrado de la Sección 2065.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097(f) Esta sección solo se aplicará a las personas a las que la junta haya emitido una licencia a partir del 1 de enero de 2022.

Section § 2097.5

Explanation

Esta sección establece las reglas para renovar la licencia de médico y cirujano en California. Si un médico está en un programa de formación aprobado por la junta cuando su licencia vence, la licencia puede renovarse por primera vez. Los directores de programa deben informar a la junta si el médico abandona el programa por cualquier motivo en un plazo de 30 días. Para una segunda renovación, los médicos necesitan prueba de al menos 36 meses de formación aprobada por la junta. Si no cumplen con estos requisitos, su licencia pasa a estado de 'morosidad'. La licencia inicial se expide por 26 meses. Estas reglas se aplican a las licencias expedidas después del 1 de enero de 2022, con algunas partes que comienzan el 1 de enero de 2025. No se aplica a los médicos osteópatas.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(a)(1) No obstante la Sección 2097, la licencia de médico y cirujano podrá renovarse por primera vez si la junta recibe pruebas satisfactorias para la junta de que el titular de la licencia está inscrito en un programa de formación de posgrado aprobado por la junta de California en el momento en que la licencia expira.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(a)(2) El director del programa de formación de posgrado pertinente informará a la junta en un plazo de 30 días, en un formulario aprobado por la junta, si un titular de licencia que renueva su licencia de conformidad con esta subdivisión es dado de baja de su programa de formación por cualquier motivo, incluyendo, entre otros, renuncia, terminación o graduación.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(b) Si la licencia de médico y cirujano se renueva inicialmente de conformidad con la subdivisión (a), entonces, en el momento de su segunda renovación, además de cualquier otro requisito, la junta exigirá pruebas satisfactorias para la junta de que el titular de la licencia ha recibido crédito por al menos 36 meses de formación de posgrado aprobada por la junta, de conformidad con la certificación del director del programa, el funcionario institucional designado o la autoridad delegada para el programa de formación de posgrado aprobado en el que participó el solicitante. Un titular de licencia que no cumpla con los requisitos de esta subdivisión será automáticamente colocado en estado de morosidad por la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(c) Si la licencia de médico y cirujano se renueva inicialmente de conformidad con la subdivisión (a) y el titular de la licencia es dado de baja del programa de formación de posgrado pertinente aprobado por la junta de California, la junta podrá colocar la licencia pertinente en estado de morosidad si la junta no recibe pruebas satisfactorias para la junta de que el titular de la licencia ha recibido crédito por al menos 36 meses de formación de posgrado aprobada por la junta. Si se coloca en estado de morosidad, esa licencia volverá a su estado vigente una vez que la junta reciba pruebas satisfactorias para la junta de que el titular de la licencia está inscrito en un programa de formación de posgrado aprobado por la junta de California o ha recibido crédito por al menos 36 meses de formación de posgrado aprobada por la junta antes de que su licencia cambie a estado cancelado, de conformidad con la Sección 2428. Cualquier cambio de estado de la licencia realizado de conformidad con esta subdivisión no eximirá al titular de la licencia de los requisitos de renovación de la licencia de la subdivisión (b).
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(d)(1) No obstante cualquier otra ley, la junta expedirá una licencia inicial de médico y cirujano por un período de 26 meses.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(d)(2) Una licencia renovada de médico y cirujano estará sujeta a los requisitos de la Sección 2423.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(e) Previa revisión de la documentación de respaldo, la junta, a su discreción, podrá renovar la licencia de médico y cirujano para un solicitante que haya demostrado un cumplimiento sustancial de esta sección.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(f) Un médico cuya licencia sea cancelada o que renuncie a su licencia antes de cumplir con los requisitos de renovación de la subdivisión (b) o (c) está sujeto a los requisitos de restablecimiento de la subdivisión (e) de la Sección 2097.
(g)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(g)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(g)(1) Salvo lo dispuesto en el párrafo (2), esta sección solo se aplica a las personas a quienes la junta expida una licencia inicial de médico y cirujano a partir del 1 de enero de 2022.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(g)(2) El párrafo (1) de la subdivisión (d) solo se aplica a las personas a quienes se expida una licencia inicial a partir del 1 de enero de 2025.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 2097.5(h) Esta sección no se aplicará a la Junta Médica Osteopática de California.

Section § 2099

Explanation

Esta ley permite que la División de Licencias delegue su facultad de aprobar quién puede presentarse a exámenes y obtener licencias como médico y cirujano a un miembro de su propia división, al director ejecutivo o a otro funcionario de la junta, siempre que sea evidente que los candidatos cumplen con todos los requisitos necesarios.

No obstante cualquier otra disposición de este capítulo, la División de Licencias podrá delegar en cualquier miembro de la división su autoridad para aprobar la admisión de candidatos a exámenes y para aprobar la emisión de certificados de médico y cirujano a los solicitantes que hayan cumplido con los requisitos específicos para ello. La división podrá delegar además en el director ejecutivo u otro funcionario de la junta la autoridad para aprobar la admisión de candidatos a exámenes y para aprobar la emisión de certificados de médico y cirujano a los solicitantes que hayan cumplido con los requisitos específicos para ello en casos rutinarios a candidatos y solicitantes que cumplan claramente con los requisitos de este capítulo.