Section § 2105

Explanation
Si eres ciudadano estadounidense y estudiaste medicina fuera de EE. UU., los hospitales de California no pueden pedirte requisitos adicionales para empezar tu formación de posgrado que no se les exigen a los graduados de EE. UU. o Canadá. Esta norma entró en vigor el 1 de enero de 2020.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2105(a) Ningún hospital con licencia de este estado, o operado por el estado o una subdivisión política del mismo, o que reciba asistencia financiera estatal, directa o indirectamente, exigirá a un individuo que en el momento de su inscripción en una escuela de medicina fuera de los Estados Unidos sea ciudadano de los Estados Unidos, que cumpla con requisitos distintos a los contenidos en el párrafo (3) de la subdivisión (a) de la Sección 2065 antes de comenzar la formación de posgrado que no se exigen a los graduados de escuelas de medicina aprobadas ubicadas en los Estados Unidos o Canadá.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2105(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

Section § 2111

Explanation

Esta ley permite a médicos extranjeros realizar estudios de posgrado en una escuela de medicina o centro médico académico aprobado en California. Estos médicos, llamados “becarios visitantes”, deben tener un nombramiento específico y estar supervisados. No pueden ejercer la medicina fuera de este rol, cobrar por sus servicios ni usar este tiempo para cumplir con los requisitos de licencia estatal. Su aprobación dura hasta tres años y debe renovarse anualmente. El decano de la escuela de medicina o el director principal del centro deben aprobar su nombramiento. La junta puede revocar la aprobación si el becario comete alguna falta, y notificará tanto al becario como a la escuela sobre cualquier queja. Si un becario desea apelar una rescisión, debe hacerlo dentro de los 30 días. Un permiso puede cancelarse si lo solicita el titular, la institución patrocinadora o si expira sin renovación. Los ciudadanos estadounidenses con títulos médicos extranjeros no están excluidos de participar en estos programas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(a) Los médicos que no son ciudadanos pero que cumplen con los requisitos de la subdivisión (b) y que buscan estudios de posgrado en una escuela de medicina o centro médico académico aprobado pueden, previa recepción de un nombramiento del decano de la escuela de medicina de California, o del decano o director médico de un centro médico académico, y previa solicitud y aprobación por parte de la junta, participar en las actividades profesionales del departamento o división de la escuela de medicina o centro médico académico al que sean nombrados. El médico estará bajo la dirección del jefe del departamento al que sea nombrado, supervisado por el personal del centro médico de la escuela de medicina o centro médico académico, y conocido para estos fines como un “becario visitante”. El becario visitante deberá llevar una etiqueta de identificación visible con el título de “becario visitante” cuando preste servicios clínicos.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(b)(1) La solicitud de aprobación se realizará en un formulario prescrito por la división y deberá ir acompañada de una tarifa fijada por la junta en una cantidad necesaria para recuperar los costos reales de procesamiento de la solicitud del programa. La solicitud deberá demostrar que la persona no califica inmediatamente para un certificado de médico y cirujano bajo este capítulo y que la persona ha completado al menos tres años de requisitos básicos de residencia de posgrado. La solicitud deberá incluir una declaración escrita de los procedimientos de reclutamiento seguidos por la escuela de medicina o el centro médico académico antes de ofrecer el nombramiento al solicitante.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(b)(2) La junta presentará al Departamento de Justicia imágenes de huellas dactilares e información relacionada requerida por el Departamento de Justicia de todos los solicitantes de permisos de la Sección 2111, según se define en esta sección, para determinar si el solicitante tiene antecedentes penales en este estado o en cualquier otra jurisdicción, incluidos países extranjeros, de conformidad con la Sección 2042. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal y federal de acuerdo con la subdivisión (p) de la Sección 11105 del Código Penal para que la junta determine si el solicitante está sujeto a la denegación de licencia bajo las disposiciones de la División 1.5 (que comienza con la Sección 475).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(b)(3) La aprobación se otorgará únicamente para el nombramiento en una escuela de medicina o centro médico académico, y a un médico no se le otorgará más de una aprobación para el mismo período de tiempo.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(b)(4) La aprobación podrá otorgarse por un máximo de tres años y se renovará anualmente. La escuela de medicina o el centro médico académico deberá presentar una solicitud de renovación en un formulario prescrito por la junta, que deberá ir acompañada de una tarifa de renovación fijada por la junta en una cantidad necesaria para recuperar los costos reales de procesamiento de la solicitud del programa.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(c) Salvo en la medida autorizada por esta sección, el becario visitante no podrá ejercer la medicina. El becario visitante o la escuela de medicina o el centro médico académico no cobrarán ninguna tarifa por los servicios médicos prestados por el becario visitante, y el becario visitante no recibirá ninguna otra compensación por ello.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(d) El tiempo transcurrido bajo nombramiento en una escuela de medicina o centro médico académico de conformidad con esta sección no se utilizará para cumplir con los requisitos de licencia.
(e)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(e)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(e)(1) La junta notificará tanto al becario visitante como al decano de la escuela de medicina que lo nombra o al decano o director médico del centro médico académico de cualquier queja presentada sobre el becario visitante.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(e)(2) La junta podrá rescindir su aprobación de un nombramiento por cualquier acto que sería motivo de disciplina si lo realizara un titular de licencia. La junta proporcionará tanto al becario visitante como al decano de la escuela de medicina o al decano o director médico del centro médico académico un aviso de rescisión por escrito que incluya el motivo de dicha rescisión. El becario visitante podrá, dentro de los 30 días siguientes a la fecha del aviso de rescisión, presentar una apelación por escrito ante la junta. La apelación deberá incluir cualquier documentación que el becario visitante desee presentar a la junta.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(f) Esta sección no impedirá que ningún ciudadano de los Estados Unidos que haya recibido un título médico de una escuela de medicina ubicada en un país extranjero y reconocida por la junta participe en cualquier programa establecido de conformidad con esta sección.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(g) Un becario visitante aprobado de conformidad con esta sección antes del 1 de enero de 2021, que participe en las actividades profesionales del departamento o división en un centro médico académico, se considerará nombrado en ese centro médico académico como si la solicitud inicial hubiera sido patrocinada por el centro médico académico.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(h) Tal como se utiliza en esta sección, “centro médico académico” tiene el mismo significado que se define en la subdivisión (a) de la Sección 2168.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(i) El permiso autorizado por esta sección podrá cancelarse en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(i)(1) A solicitud del titular del permiso.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(i)(2) A solicitud de un representante autorizado de la instalación o institución patrocinadora.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2111(i)(3) Por la junta después de que el permiso haya expirado y ya no sea elegible para renovación.

Section § 2112

Explanation

Esta ley permite a los médicos no ciudadanos estudiar temas médicos avanzados en hospitales de California a través de un programa de beca. Para participar, un médico debe solicitar y ser aprobado por una junta, lo que requiere la supervisión de un médico altamente calificado y con licencia. La beca puede renovarse anualmente por un máximo de cinco años, pero no más. Los solicitantes también deben someterse a una verificación de antecedentes penales basada en huellas dactilares. Aunque estos médicos visitantes pueden aprender en estos programas, no pueden ejercer la medicina a cambio de una remuneración fuera de ellos. Los ciudadanos estadounidenses con títulos de medicina extranjeros también pueden unirse a estos programas. Un permiso para la beca puede cancelarse a solicitud o si la junta decide no renovarlo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(a) Los médicos que no son ciudadanos y que buscan estudios de posgrado podrán, previa solicitud y aprobación de la junta, participar en un programa de beca en un campo de especialidad o subespecialidad, siempre que el programa de beca se imparta en un hospital de este estado aprobado por la Joint Commission y siempre que el servicio sea satisfactorio para la junta. Dichos médicos estarán en todo momento bajo la dirección y supervisión de un médico y cirujano con licencia y certificado por la junta, reconocido como un especialista claramente sobresaliente en el campo en el que se formará el becario extranjero. El supervisor, como parte del proceso de solicitud, deberá presentar su currículum vitae y un protocolo del programa de beca que completará el becario extranjero. La aprobación del programa y del supervisor es por un período de un año, pero podrá renovarse anualmente previa solicitud y aprobación de la junta. La aprobación no podrá renovarse más de cuatro veces. La junta podrá determinar una tarifa, basada en el costo de operar este programa, que deberá pagar el solicitante en el momento de presentar la solicitud.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(b) La junta deberá presentar al Departamento de Justicia imágenes de huellas dactilares e información relacionada requerida por el Departamento de Justicia de todos los solicitantes de permisos de la Sección 2112, según se define en esta sección, para determinar si el solicitante tiene antecedentes penales en este estado o en cualquier otra jurisdicción, incluidos países extranjeros, de conformidad con la Sección 2042. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal y federal de acuerdo con el inciso (p) de la Sección 11105 del Código Penal para que la junta determine si el solicitante está sujeto a la denegación de la licencia conforme a las disposiciones de la División 1.5 (que comienza con la Sección 475).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(c) Salvo en la medida autorizada por esta sección, ningún médico visitante podrá ejercer la medicina ni recibir compensación por ello. El tiempo transcurrido bajo nombramiento en una escuela de medicina de conformidad con esta sección no podrá utilizarse para cumplir los requisitos de licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(d) Nada en esta sección impedirá a cualquier ciudadano de los Estados Unidos que haya obtenido su título de médico de una escuela de medicina ubicada en un país extranjero de participar en cualquier programa establecido de conformidad con esta sección.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(e) El permiso autorizado por esta sección podrá cancelarse en las siguientes circunstancias:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(e)(1) A solicitud del titular del permiso.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(e)(2) A solicitud de un representante autorizado de la instalación o institución patrocinadora.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2112(e)(3) Por la junta después de que el permiso haya expirado y ya no sea elegible para renovación.

Section § 2113

Explanation

Esta ley permite a una persona que no califica inmediatamente para una licencia médica de California practicar la medicina si tiene un puesto de profesorado a tiempo completo en una escuela de medicina o centro médico académico aprobado. Necesitan un certificado especial de la junta médica, que es principalmente para el desempeño de sus funciones laborales. Para obtener el certificado, deben cumplir ciertas condiciones, como haber practicado la medicina en otro lugar durante al menos cuatro años y presentar una variedad de documentos. Este certificado es temporal, válido por un año pero puede renovarse dos veces. Sin embargo, el titular del certificado no puede admitir pacientes en ciertas instalaciones a menos que la instalación esté vinculada a la escuela de medicina. Tampoco pueden dedicarse a la práctica médica regular ni facturar por servicios médicos sin una licencia completa. Si surge un problema, el certificado puede ser revocado, y existe un proceso para apelar esa decisión. Finalmente, el certificado puede ser cancelado a petición o si expira.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(a) Cualquier persona que no califique inmediatamente para un certificado de médico y cirujano bajo este capítulo y a quien el decano de una escuela de medicina aprobada, o el decano o director médico de un centro médico académico, en este estado le ofrezca un puesto de profesorado a tiempo completo, podrá, previa solicitud y aprobación de la junta, obtener un certificado de registro para ejercer la medicina solo en la medida en que la práctica sea incidental y una parte necesaria de las funciones de esa persona según lo aprobado por la junta en relación con el puesto de profesorado. Un certificado de registro no autoriza a un registrado a admitir pacientes en un centro de enfermería o en un centro de vida asistida o especializada a menos que dicho centro esté formalmente afiliado a la escuela de medicina patrocinadora. Una beca clínica no se presentará como un nombramiento de servicio de profesorado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b) La solicitud de un certificado de registro se realizará en un formulario prescrito por la junta y deberá ir acompañada de una tarifa de registro fijada por la junta en una cantidad necesaria para recuperar los costos reales de procesamiento de la solicitud del programa. Para calificar para el certificado, un solicitante deberá presentar todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(1) Si el solicitante es graduado de una escuela de medicina que no sea de los Estados Unidos o Canadá, evidencia documental satisfactoria para la junta de que el solicitante ha tenido licencia para practicar la medicina y la cirugía durante no menos de cuatro años en otro estado o país cuyos requisitos para la obtención de la licencia sean satisfactorios para la junta, o ha estado dedicado a la práctica de la medicina en los Estados Unidos durante al menos cuatro años en instalaciones aprobadas, o ha completado una combinación de esa licencia y formación.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(2) Si el solicitante es graduado de una escuela de medicina en los Estados Unidos o Canadá, evidencia documental de que la escuela de medicina está aprobada por la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(3) Certificación por escrito del jefe del departamento en el que se nombrará al solicitante de todo lo siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(3)(A) El solicitante estará bajo la dirección del jefe del departamento.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(3)(B) No se permitirá al solicitante practicar la medicina a menos que sea incidental y una parte necesaria de las funciones del solicitante según lo aprobado por la junta en la subdivisión (a).
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(3)(C) El solicitante será responsable ante el presidente o jefe de división de la escuela de medicina o del centro médico académico para la especialidad en la que el solicitante practicará.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(3)(D) El solicitante será supervisado de la misma manera que otros nuevos miembros del profesorado, incluyendo, según corresponda, la revisión por parte del personal médico de la escuela de medicina o del centro médico académico patrocinador.
(E)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(3)(E) El solicitante no será nombrado para un puesto de supervisión al nivel de jefe de departamento o jefe de división de una escuela de medicina o centro médico académico.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(4) Demostración por parte del decano de la escuela de medicina, o del decano o director médico de un centro médico académico, de que el solicitante posee las cualificaciones requeridas para asumir el puesto al que será nombrado y que incluirá una declaración escrita de los procedimientos de contratación seguidos por la escuela de medicina o el centro médico académico antes de ofrecer el puesto de profesorado al solicitante.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(b)(5) La junta presentará al Departamento de Justicia imágenes de huellas dactilares e información relacionada requerida por el Departamento de Justicia de todos los solicitantes para el registro de la Sección 2113, según se define en esta sección, para determinar si el solicitante tiene antecedentes penales en este estado o en cualquier otra jurisdicción, incluidos países extranjeros, de conformidad con la Sección 2042. El Departamento de Justicia proporcionará una respuesta a nivel estatal y federal de acuerdo con la subdivisión (p) de la Sección 11105 del Código Penal para que la junta determine si el solicitante está sujeto a la denegación de la licencia bajo las disposiciones de la División 1.5 (que comienza con la Sección 475).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(c) Un certificado de registro se emitirá solo para un puesto de profesorado en una escuela de medicina aprobada, o centro médico académico, y a una persona no se le emitirá más de un certificado de registro para el mismo período de tiempo.
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(d)(1) Un certificado de registro es válido por un año a partir de su fecha de emisión y puede renovarse dos veces.
Una solicitud de renovación se presentará en un formulario prescrito por la junta y deberá ir acompañada de una tarifa de renovación fijada por la junta en una cantidad necesaria para recuperar los costos reales de procesamiento de la solicitud del programa.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(2) El decano de la escuela de medicina, o el decano o director médico de un centro médico académico, podrá solicitar la renovación del registro presentando un plan al comienzo del tercer año del nombramiento del registrado que demuestre el progreso continuo del registrado hacia la obtención de la licencia y, si el registrado es graduado de una escuela de medicina que no sea de los Estados Unidos o Canadá, que al registrado se le ha emitido un certificado por la Comisión Educativa para Graduados Médicos Extranjeros. La junta podrá, a su discreción, extender el registro por un período de dos años para facilitar la finalización del proceso de obtención de la licencia por parte del registrado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(e) Si el registrado es graduado de una escuela de medicina que no sea de los Estados Unidos o Canadá, el registrado deberá cumplir los requisitos de la Sección 2065 o 2135, según corresponda, para obtener un certificado de médico y cirujano. No obstante cualquier otra disposición legal, la junta podrá aceptar la práctica clínica en un nombramiento de conformidad con esta sección como tiempo calificatorio para cumplir los requisitos de formación de posgrado de la Sección 2065, y, a su discreción, eximir del examen y de los requisitos de certificación de la Comisión Educativa para Graduados Médicos Extranjeros especificados en el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 2065 en caso de que el registrado solicite un certificado de médico y cirujano. Como condición para eximir de cualquier examen o del requisito de certificación de la Comisión Educativa para Graduados Médicos Extranjeros, la junta, a su discreción, podrá exigir a un solicitante que apruebe un examen de competencia clínica aprobado por la junta. La junta no eximirá de ningún examen a un solicitante que no haya completado al menos un año en el puesto de profesorado.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(f) Excepto en la medida autorizada por esta sección, el registrado no podrá ejercer la medicina, facturar individualmente por los servicios médicos prestados por el registrado, ni recibir compensación por ello, a menos que al registrado se le emita un certificado de médico y cirujano.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(g) Al prestar servicios clínicos, el registrado deberá llevar una etiqueta de identificación visible que contenga el título de “profesor visitante” o “miembro del profesorado visitante”, según corresponda, y la institución en la que se presten los servicios deberá obtener una declaración firmada de cada paciente al que el registrado preste servicios, reconociendo que el paciente entiende que los servicios son prestados por una persona que no posee un certificado de médico y cirujano pero que está cualificada para participar en un programa especial como profesor o miembro del profesorado visitante.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(h) La junta notificará tanto al registrado como al decano de la escuela de medicina, o al decano o director médico de un centro médico académico, de cualquier queja presentada sobre el registrado. La junta podrá cancelar un registro por cualquier acto que sería motivo de disciplina si lo realizara un titular de una licencia. La junta proporcionará tanto al registrado como al decano de la escuela de medicina, o al decano o director médico de un centro médico académico, una notificación escrita de la cancelación y la base de dicha cancelación. El registrado podrá, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la notificación de cancelación, presentar una apelación por escrito ante la junta. La apelación deberá incluir cualquier documentación que el registrado desee presentar a la junta.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(i) Un registrado al que se le concedió un certificado de registro antes del 1 de enero de 2021 para ejercer la medicina de conformidad con esta sección en un centro médico académico se considerará autorizado en ese centro médico académico como si la solicitud inicial hubiera sido patrocinada por el centro médico académico.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(j) Tal como se utiliza en esta sección, “centro médico académico” tiene el mismo significado que se define en la subdivisión (a) de la Sección 2168.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(k) El certificado de registro autorizado por esta sección podrá ser cancelado en las siguientes circunstancias:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(k)(1) A petición del titular del certificado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(k)(2) A petición de un representante autorizado de la instalación o institución patrocinadora.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2113(k)(3) Por la junta después de que el certificado haya expirado y ya no sea elegible para renovación.