Medicina 2000-2529.8.1Exámenes
Section § 2170
Section § 2171
Section § 2175
Esta sección establece que la junta conservará los registros de los exámenes hasta el 1 de junio de 2070. Durante el proceso de examen, los examinados serán identificados por un número, no por su nombre. La conexión entre un número y el nombre de una persona se mantendrá confidencial hasta que se envíen los resultados del examen.
Section § 2176
Esta sección de la ley explica que la División de Licencias es responsable de realizar los exámenes para quienes buscan un certificado de médico y cirujano. Pueden usar un proceso de evaluación estándar y colaborar con otras organizaciones para obtener los materiales de examen que necesiten. También tienen la libertad de reconocer y aceptar otros exámenes escritos como equivalentes a los suyos si así lo deciden.
Section § 2177
Para convertirse en médico con licencia en California, debe aprobar todas las partes de los exámenes de licencia médica según lo decida la junta. Puede tomar cada parte por separado. Específicamente, debe aprobar el Paso 3 del Examen de Licencia Médica de EE. UU. en un máximo de cuatro intentos. Sin embargo, si le toma más de cuatro intentos pero cumple con ciertos otros requisitos, aún podría calificar para una licencia.
Section § 2179
Esta ley exige que el examen de licencia médica para médicos y cirujanos en California incluya la nutrición como un tema.
Section § 2183
Section § 2184
Esta ley establece que, para obtener la licencia en California, los solicitantes de medicina deben conseguir una puntuación aprobatoria en el examen escrito fijado por la junta. Las puntuaciones del Examen de Licencia Médica de los Estados Unidos son válidas por 10 años para la calificación de la licencia. La junta puede extender esta validez por razones como causa justificada, tiempo dedicado a formación médica adicional, o si el solicitante es un médico que ejerce activamente en otro estado o provincia canadiense. Después del período de validez y cualquier prórroga, los solicitantes deben aprobar un examen de competencia especial o equivalente para calificar.
Section § 2186
Si ya aprobaste los exámenes de la Junta Nacional de Examinadores Médicos y cumples con ciertos requisitos, no tienes que volver a presentar el examen escrito en California.