Medicina 2000-2529.8.1Educación Médica Continua
Section § 2190
Esta ley exige que los médicos y cirujanos con licencia completen educación continua para mantenerse competentes en su práctica. La junta encargada establece los estándares educativos y puede incluir contenido sobre la prevención y el tratamiento de enfermedades crónicas a través de cambios en la nutrición y el estilo de vida. Los médicos y cirujanos deben demostrar que han cumplido con estos requisitos educativos cada cuatro a seis años.
Section § 2190.1
Esta ley establece directrices para la educación médica continua (EMC) de los médicos en California. Destaca la importancia de las actividades educativas que mejoran los conocimientos y habilidades de los médicos para proporcionar atención de calidad al paciente, al tiempo que aborda temas de salud pública y medicina preventiva.
Los cursos de EMC deben incluir competencia cultural y lingüística a partir del 1 de julio de 2006, a menos que estén estrictamente enfocados en investigación o se ofrezcan fuera del estado. Las agencias de acreditación deben crear estándares con la contribución de expertos culturales, abordando las necesidades demográficas y lingüísticas.
A partir del 1 de enero de 2022, la EMC también debe incluir un plan de estudios sobre sesgos implícitos, a menos que el enfoque del curso no implique atención directa al paciente. El contenido del curso debe cubrir la competencia cultural, las habilidades lingüísticas y la comprensión de los sesgos implícitos para mejorar los resultados de salud.
Ciertos temas no médicos, como la gestión de consultorios, no cuentan para los requisitos de EMC. Los cursos que se alinean con los estándares de contenido de asociaciones médicas de prestigio son elegibles para créditos de EMC.
Section § 2190.15
Esta ley permite a los médicos y cirujanos contabilizar tipos específicos de cursos de educación médica continua (EMC) para sus horas de EMC requeridas, pero solo hasta el 30% del total de horas exigidas. Estos cursos elegibles incluyen aquellos centrados en mejorar la gestión de la práctica para ofrecer un mejor servicio al paciente, la gestión de instalaciones de atención médica con temas como la codificación o el reembolso, y métodos educativos para quienes enseñan en facultades de medicina.
Section § 2190.2
Esta ley exige a la División de Licencias establecer reglas para los proveedores de educación médica continua (EMC) para asegurarse de que los profesionales médicos con licencia asistan a la duración completa de sus cursos.
Section § 2190.3
Section § 2190.5
Los médicos y cirujanos en California deben completar un curso único de 12 horas crédito sobre el manejo del dolor y el tratamiento de pacientes con enfermedades terminales. Aquellos con licencia después del 1 de enero de 2019 también deben aprender sobre los riesgos de adicción de los medicamentos de la Lista II. Esto debe hacerse antes de la segunda renovación de la licencia o dentro de los cuatro años de obtener su licencia. La junta verifica la finalización del curso durante la renovación de la licencia.
Los médicos que no practican la atención directa al paciente, no consultan con pacientes o viven fuera de California podrían estar exentos. Esta regla no se aplica a los de patología o radiología.
Section § 2190.6
Esta ley ofrece una alternativa para que los médicos en California cumplan con los requisitos de educación continua, permitiéndoles completar un curso único de 12 horas centrado en el tratamiento de trastornos por uso de opioides. Esto incluye capacitación específica en el tratamiento con buprenorfina. Los médicos que ya cumplen con los requisitos según las directrices federales para tratar la adicción a los opioides se consideran que cumplen automáticamente con este requisito. Los médicos deben completar este curso alternativo antes de la próxima renovación de su licencia si eligen esta opción. La junta médica es responsable de verificar si se han cumplido los requisitos.
Section § 2191
Esta ley permite a la junta considerar varios cursos especializados como parte de la educación continua para los profesionales con licencia. Estos cursos pueden incluir sexualidad humana, detección y tratamiento del abuso infantil, acupuntura, nutrición y abuso de personas mayores, entre otros. Se alienta a la junta a sugerir estos cursos basándose en las necesidades específicas de las diferentes prácticas. Se hace especial hincapié en el manejo del dolor, la detección del abuso conyugal y la atención geriátrica y al final de la vida. Si se exige un curso sobre detección de abuso conyugal, los profesionales con licencia deben completarlo en un plazo de cuatro años.
Section § 2191.1
Section § 2191.2
Esta ley anima a todos los médicos y cirujanos a incluir un curso de medicina geriátrica, que se centra en el tratamiento médico de adultos mayores, y farmacología geriátrica, que trata sobre el uso de medicamentos en pacientes de edad avanzada, como parte de su formación profesional continua.
Section § 2191.4
Esta sección de la ley sugiere que, al establecer los requisitos de educación continua, la junta debería considerar incluir un curso sobre la prevención y el manejo del VIH/SIDA. Este curso se centraría en medicamentos como la PrEP (profilaxis preexposición) y la PEP (profilaxis posexposición), y cómo integrarlos en la atención primaria. También debería cubrir temas como las pruebas de VIH, el acceso a la atención, el asesoramiento a los pacientes y las derivaciones para atención y tratamiento, especialmente para grupos de alto riesgo. Las pautas para el contenido del curso deben estar en línea con las últimas recomendaciones del Servicio de Salud Pública de EE. UU. y los CDC.
Section § 2191.5
Section § 2191.6
Esta ley exige que la junta responsable de establecer los estándares de educación continua considere incluir cursos sobre afecciones crónicas relacionadas con infecciones. Estas afecciones pueden incluir el COVID prolongado, la encefalomielitis miálgica y la disautonomía, según lo establecido por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU.
Section § 2196
Esta ley exige que la junta cree y comparta regularmente información y materiales educativos sobre cómo reconocer y tratar el abuso y la negligencia infantil. Estos materiales deben enviarse a todos los médicos con licencia y hospitales de cuidados agudos generales en California. Para asegurar que los materiales sean efectivos, la junta debe colaborar con la Oficina de Prevención del Abuso Infantil.
Section § 2196.1
Esta ley exige que la junta cree y comparta regularmente información sobre cómo detectar y tratar el abuso y la negligencia de personas mayores con médicos con licencia y hospitales de cuidados agudos generales en California. Deben colaborar con la División de Servicios de Protección para Adultos para desarrollar estos materiales.
Section § 2196.2
Section § 2196.5
Section § 2196.6
Section § 2196.7
Esta ley exige que la junta reúna un grupo de trabajo, incluyendo a cualquier persona interesada, para hablar sobre cómo la nutrición y las elecciones de estilo de vida pueden ayudar a prevenir y tratar enfermedades crónicas. Esta discusión debe tener lugar en una de las reuniones trimestrales de la junta dentro de los tres años siguientes a la entrada en vigor de la ley.
Section § 2196.8
Esta ley exige que la junta cree y comparta regularmente materiales educativos sobre cómo evaluar el riesgo de un paciente de usar indebidamente o compartir ilegalmente sustancias controladas. Estos materiales también proporcionan información sobre CURES, un sistema que ayuda a rastrear las recetas de sustancias controladas. La junta debe trabajar con varios departamentos de salud y justicia para desarrollar estos recursos, asegurando que lleguen a todos los médicos con licencia y hospitales de cuidados intensivos en el estado.
Section § 2196.9
Esta ley sugiere que la junta encargada de la educación de médicos y cirujanos en California debería considerar incluir un curso sobre salud mental materna. Este curso debería cubrir las mejores prácticas para la detección de estos trastornos, siendo consciente de las diferencias culturales y reduciendo los prejuicios para generar confianza con las madres. También debería abordar los diferentes tipos de trastornos de salud mental materna y los tratamientos basados en evidencia, enfatizando la participación de las mujeres en sus planes de tratamiento. El curso debería orientar cuándo se debe consultar a especialistas como los psiquiatras. Además, el plan de estudios debe mantenerse actualizado con nuevas investigaciones y cumplir con las regulaciones específicas de salud y seguridad.