Medicina 2000-2529.8.1Administración
Section § 2000
Section § 2001
Esta sección establece la Junta Médica de California, que forma parte del Departamento de Asuntos del Consumidor y está compuesta por 15 miembros, de los cuales 7 son miembros públicos. El Gobernador nombra a 13 miembros, 5 de ellos públicos, y los funcionarios del Senado y la Asamblea nombran cada uno a un miembro público adicional. Esta ley estará vigente hasta el 1 de enero de 2028, fecha en la que será derogada, lo que someterá a la junta a una revisión legislativa.
Section § 2001.1
La prioridad principal de la Junta Médica de California es proteger al público. Si alguna vez hay conflictos entre la seguridad pública y otros objetivos, proteger al público tiene prioridad.
Section § 2002
En esta sección de la ley, el término "junta" generalmente se refiere a la Junta Médica de California. Además, los términos "División de Calidad Médica" y "División de Licencias" también se refieren a la Junta Médica de California.
Section § 2004
Esta sección describe las responsabilidades de la junta en relación con la práctica médica en California. La junta hace cumplir las normas de la Ley de Práctica Médica, gestiona las acciones disciplinarias y decide sobre sanciones como la suspensión o revocación de certificados médicos. También revisa la calidad de la práctica médica, aprueba programas de educación médica, emite licencias y administra la educación continua para los profesionales médicos.
Section § 2006
Esta sección de la ley aclara que cualquier mención de una investigación por parte de la junta en realidad significa una investigación conjunta. Involucra tanto al Departamento de Justicia como a la Unidad de Investigación de Calidad de la Salud trabajando juntos bajo un modelo específico de aplicación de la ley y enjuiciamiento. Este arreglo ha estado vigente desde el 1 de julio de 2014.
Section § 2007
Esta sección describe los requisitos de elegibilidad para el nombramiento en una junta médica en California. Los miembros de la junta deben haber vivido en California durante al menos cinco años antes de su nombramiento. Los médicos y cirujanos pueden ser nombrados, pero no pueden tener intereses en escuelas de medicina. Cuatro miembros médicos deben ocupar puestos de profesorado en escuelas de medicina aprobadas, pero no más de cuatro pueden ser profesores a tiempo completo. Los miembros públicos no pueden tener licencias médicas.
Section § 2008
Esta ley permite a la junta crear grupos más pequeños (paneles) de entre sus miembros para llevar a cabo ciertas tareas. Cada panel debe tener al menos cuatro miembros, y no puede tener más miembros públicos que médicos con licencia. Cada año, el panel elige un presidente y un vicepresidente.
Section § 2010
Los miembros de la junta son nombrados por períodos de cuatro años. Si un miembro de la junta se va antes de tiempo, se nombra a un nuevo miembro para terminar el tiempo restante del período.
Section § 2011
Esta ley establece que la autoridad que nombró a un miembro de la junta puede destituirlo si no cumple con sus responsabilidades, no es competente o se comporta de manera poco profesional.
Section § 2012
Section § 2013
Esta sección describe las reglas para las reuniones y los procesos de toma de decisiones de la junta y de cualquier panel que esta designe. La junta puede celebrar reuniones cuando sea necesario. Para una reunión de un panel, se necesitan cuatro miembros, y para una reunión completa de la junta, deben estar presentes ocho miembros para iniciar los asuntos. Cualquier decisión requiere que más de la mitad de los presentes estén de acuerdo, siempre y cuando haya suficientes miembros para un quorum. Para que un panel discipline a un médico, la mayoría de los miembros deben estar de acuerdo, pero revocar la licencia de un médico específicamente necesita cuatro votos a favor.
Section § 2014
Esta sección exige que cualquier reunión de la junta debe ser anunciada de acuerdo con las reglas establecidas por la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas. Esta Ley asegura que las reuniones estatales se lleven a cabo de manera abierta, permitiendo que el público esté informado y participe.
Section § 2015
Section § 2015.5
Esta ley permite a la junta crear comités asesores. Estos comités pueden incluir a médicos y cirujanos con licencia y certificaciones en regla emitidas por la junta, así como a miembros del público interesados o con conocimientos sobre los temas específicos que abordará el comité. No es necesario que los miembros del comité asesor formen parte de la junta.
Section § 2016
Section § 2017
Esta ley exige que todas las actuaciones de la junta, los comités o los paneles deben quedar registradas oficialmente.
Section § 2018
Section § 2019
La oficina principal de la junta está en Sacramento, pero también pueden tener oficinas en Los Ángeles, San Diego y San Francisco. Los casos legales contra la junta deben presentarse en una de estas cuatro ciudades. La junta puede abrir más oficinas si lo necesita y puede trasladar los registros a estas otras oficinas temporalmente.
Section § 2020
Esta ley permite a una junta específica contratar a un director ejecutivo y a otro personal diverso, como investigadores y consultores médicos, y determina su remuneración según las leyes estatales. El Fiscal General actuará como abogado de la junta tanto para asuntos judiciales como administrativos. Esta disposición es temporal y dejará de estar vigente después del 1 de enero de 2028.
Section § 2021
Esta sección de la ley describe las responsabilidades de los profesionales con licencia en cuanto a su información de contacto. Si la junta decide crear un directorio, los titulares de licencias deben proporcionar toda la información que la junta necesite para elaborarlo. Los titulares de licencias deben informar a la junta sobre cualquier cambio de dirección dentro de los 30 días, incluyendo los cambios de correo electrónico, y proporcionar tanto la dirección antigua como la nueva. Si un titular de licencia utiliza un apartado postal, también debe proporcionar una dirección física, pero puede mantenerla privada si lo prefiere. Cualquier cambio de nombre también debe ser reportado dentro de los 30 días. Además, todos los titulares de licencias deben tener una dirección de correo electrónico e informarla antes del 1 de julio de 2022, y este correo electrónico no se compartirá públicamente.
Section § 2022
Section § 2023.5
Esta ley exige que la junta médica, junto con las juntas de enfermería y de asistentes médicos, evalúen cómo se utilizan los dispositivos láser o de luz pulsada intensa para procedimientos cosméticos. Deben examinar varios aspectos, como el nivel de supervisión médica requerido, la capacitación necesaria para garantizar la seguridad y la competencia, y desarrollar directrices estandarizadas. Estas directrices deben cubrir áreas como la selección de pacientes, la educación e información a los pacientes sobre los procedimientos, la aplicación de agentes tópicos, el manejo de complicaciones del tratamiento y la gestión de situaciones de emergencia. Finalmente, esta ley aclara que no modifica las leyes sobre la práctica de la medicina sin licencia.
Section § 2024
Esta ley permite a una junta contratar consultores médicos, que son doctores con licencia, para ayudar con sus programas. Estos consultores pueden ser contratados sin un proceso de licitación competitiva, siempre y cuando se sigan ciertas reglas gubernamentales. Al investigar a un licenciatario, la junta debe contratar a un consultor que sea especialista en el campo relevante.
Section § 2024.5
Esta ley exige la creación de una Unidad de Enlace con el Denunciante dentro de la junta. Esta unidad se encargará de la interacción con el público sobre los procedimientos de quejas, ayudará a coordinar la comunicación entre los denunciantes y los investigadores, responderá preguntas sobre los procesos de apelación disciplinaria y apoyará las actividades de divulgación pública para mejorar la comprensión de los procesos de aplicación de la ley. También revisarán las solicitudes de los denunciantes sobre errores percibidos en el cierre de quejas. Sin embargo, esta unidad no comenzará a funcionar hasta que la junta reciba personal adicional según lo asignado en el presupuesto.
Section § 2025
Section § 2026
Esta ley exige que, a partir del 1 de enero de 2019 a más tardar, los profesionales licenciados o registrados por la junta deben informar a sus clientes o pacientes que están oficialmente reconocidos en el estado de California. Además, exige que se informe a los clientes que pueden verificar la licencia del profesional y presentar cualquier queja a través del sitio web de la junta o contactándolos directamente.
Section § 2027
Esta ley exige que el consejo mantenga un sitio web público con información importante sobre los profesionales médicos con licencia, tanto actuales como anteriores. Incluye si sus licencias están al día, las certificaciones que poseen y los detalles de cualquier acción disciplinaria, como suspensiones o acusaciones en su contra. Además, el sitio debe proporcionar datos históricos como acciones disciplinarias pasadas, condenas por delitos graves o ciertos delitos menores, y acuerdos importantes relacionados con mala conducta profesional. El consejo también debe ofrecer explicaciones sobre los datos y proporcionar enlaces a otros sitios de información relacionados.
Section § 2028.5
Esta ley permite a la junta iniciar un programa piloto que busca expandir el uso de la telesalud en todo el estado. Este programa podría desarrollarse con la ayuda de un grupo de trabajo que incluya a diferentes partes interesadas de los sectores público y privado, como proveedores de atención médica, expertos en tecnología y grupos de consumidores. El objetivo principal es encontrar formas efectivas de usar la telesalud para proporcionar atención médica y manejar enfermedades crónicas de manera más eficiente, al mismo tiempo que se comparten las mejores prácticas e información de salud.