Section § 3630

Explanation

Para obtener una licencia como médico naturópata en California, un solicitante debe presentar un formulario a la junta demostrando que cumple con criterios específicos. Primero, no debe haber cometido ningún acto o delito que le impida obtener la licencia, según se describe en una sección aparte. Segundo, el solicitante necesita un título en medicina naturópata de una escuela aprobada que cumpla con ciertos estándares educativos.

Un solicitante de una licencia como médico naturópata deberá presentar una solicitud ante la junta en un formulario proporcionado por la junta que demuestre, a satisfacción de la junta, el cumplimiento de todos los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3630(a) El solicitante no ha cometido un acto o delito que constituya motivo para la denegación de una licencia conforme a la Sección 480 y ha cumplido con los requisitos de la Sección 144.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3630(b) El solicitante ha obtenido un título en medicina naturópata de una escuela de medicina naturópata aprobada donde el título cumple sustancialmente con los requisitos educativos en el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 3623.

Section § 3631

Explanation
Si quieres ser médico naturópata con licencia en California, tienes que aprobar el Examen de Licencia para Médicos Naturópatas (NPLEX) o otra prueba aprobada por la Junta Norteamericana de Examinadores Naturópatas. Si esa junta no aprueba una prueba, la junta de California puede aplicar su propia prueba similar. También podrían hacerte tomar exámenes adicionales relacionados con lo que harás en tu práctica en California.

Section § 3633

Explanation
Esta ley permite a la junta otorgar una licencia a una persona como médico naturópata en California si ya posee una licencia válida de médico naturópata de otro estado o territorio de EE. UU. y cumple con ciertos requisitos adicionales.
La junta puede otorgar una licencia a un solicitante que tenga licencia y esté en regla como médico naturópata en otro estado, jurisdicción o territorio de los Estados Unidos, si el solicitante ha cumplido con los requisitos de las Secciones 3630 y 3631.

Section § 3633.1

Explanation

Esta ley permite a la junta otorgar una licencia a alguien que cumpla con ciertos requisitos y se haya graduado en naturopatía antes de 1986. Deben haber aprobado un examen naturopático estatal o canadiense en lugar del NPLEX. Las solicitudes debían presentarse antes de finales de 2007.

La junta puede otorgar una licencia a un solicitante que cumpla con los requisitos de la Sección 3630, pero que se graduó antes de 1986, antes de los Exámenes de Licencia para Médicos Naturópatas, o NPLEX, y aprobó un examen de licencia naturopática estatal o de una provincia canadiense. Las solicitudes bajo esta sección deberán recibirse a más tardar el 31 de diciembre de 2007.

Section § 3634

Explanation

Si usted posee una licencia bajo este capítulo, debe renovarla cada dos años según lo establecido por la junta. Si no la renueva, la licencia vencerá. La junta también puede establecer reglas sobre cómo podría renovarla tardíamente si se le pasa la fecha límite.

Una licencia emitida bajo este capítulo estará sujeta a renovación bienal, según lo prescrito por la junta, y vencerá a menos que se renueve de esa manera. La junta podrá establecer por reglamento la renovación tardía de una licencia.

Section § 3635

Explanation

Esta sección exige que los médicos naturópatas con licencia en California completen 60 horas de educación continua cada dos años para renovar su licencia, excepto para la primera renovación. Al menos 20 de estas horas deben centrarse en el uso de medicamentos (farmacoterapéutica). Otras restricciones incluyen un límite de 15 horas de tipos de medios específicos (como videos o revistas) y hasta 20 horas sobre un solo tema. La ley también especifica que no más de 15 horas de asistencia al parto pueden contribuir al total de 60 horas. Los cursos deben ser relevantes para las prácticas naturopáticas, osteopáticas o médicas, y deben ser aprobados por organizaciones designadas. Los proveedores de educación también deben confirmar que cumplen con estándares específicos presentando una declaración anual a la junta y serán incluidos en una lista en línea.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(a) Además de cualquier otra cualificación y requisitos para la renovación de la licencia, la junta exigirá la finalización satisfactoria de 60 horas de educación continua aprobada bienalmente. Este requisito se exime para la renovación inicial de la licencia. La educación continua deberá cumplir los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(a)(1) Al menos 20 horas deberán ser en farmacoterapéutica.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(a)(2) No más de 15 horas podrán ser en revistas médicas naturopáticas o revistas médicas osteopáticas o alopáticas, o presentaciones de audio o video, diapositivas, instrucción programada, o instrucción asistida por computadora o preceptorías.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(a)(3) No más de 20 horas podrán ser sobre un solo tema.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(a)(4) No más de 15 horas de los requisitos de educación continua para el certificado de especialidad en asistencia naturopática al parto se aplicarán a las 60 horas del requisito de educación continua.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(a)(5) El contenido del curso deberá pertenecer a la práctica de la medicina naturopática, osteopática o alopática.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635(b) Los requisitos de educación continua de esta sección podrán cumplirse a través de cursos de educación continua aprobados por la junta, la Asociación de Médicos Naturópatas de California, el Consejo de Acreditación de Educación Continua Naturopática de América del Norte, la Asociación Americana de Médicos Naturópatas, la Junta Estatal de Farmacia de California, o la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos, u otros cursos que cumplan con los estándares de educación continua para médicos y cirujanos con licencia en California. Todos los proveedores de educación continua deberán cumplir con la Sección 3635.2. Los proveedores de educación continua deberán presentar una declaración anual a la junta de que sus actividades educativas satisfacen los requisitos descritos en la Sección 3635.2 y la junta mantendrá una lista de estos proveedores en su sitio web.

Section § 3635.1

Explanation

Si usted posee una licencia profesional, debe guardar prueba de haber tomado cursos de educación continua durante seis años. El comité puede revisar sus registros de educación para asegurarse de que cumple con los requisitos de educación. Se considera una conducta poco profesional si proporciona información falsa sobre su educación al comité.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.1(a) Un licenciatario deberá conservar los certificados de finalización de cursos de educación continua durante seis años.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.1(b) El comité podrá auditar los registros de educación continua de los licenciatarios para asegurar que se cumplan los requisitos de educación continua.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.1(c) Constituirá conducta profesional indebida que un licenciatario proporcione información falsa o engañosa al comité en relación con la educación continua.

Section § 3635.2

Explanation

Esta sección establece las reglas para los proveedores de educación continua, especialmente en el campo de la medicina naturópata. El contenido debe ser equilibrado, imparcial y científicamente riguroso, con recomendaciones de atención al paciente basadas en evidencia sólida. No debe haber conflictos de intereses, como vínculos financieros con empresas que venden productos de salud, ya que estos podrían sesgar las opiniones y las enseñanzas. Si existen tales conflictos, deben ser divulgados y resueltos antes de que se presente el curso. Las formas de resolver conflictos incluyen cambiar las relaciones o el control del contenido, o hacer que el curso sea revisado por pares. El objetivo es asegurar que la educación siga siendo objetiva y basada en la evidencia.

Además de cumplir con la subdivisión (b) de la Sección 3635, lo siguiente se aplicará a los proveedores de educación continua:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(a) El contenido de los cursos de educación continua y los materiales relacionados deberá proporcionar equilibrio, independencia, objetividad y rigor científico. Todas las recomendaciones de atención al paciente de los cursos de educación continua que involucren medicina clínica deberán basarse en evidencia aceptada por los médicos naturópatas. Toda investigación científica utilizada para respaldar las recomendaciones de atención al paciente deberá ajustarse a los estándares generalmente aceptados de diseño experimental, recopilación de datos y análisis.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(b) Se crea un conflicto de intereses cuando un individuo en posición de controlar el contenido de un curso de educación continua, o su cónyuge o pareja, tiene una relación financiera personal relevante en los últimos 12 meses con una entidad comercial que produce, comercializa, revende o distribuye bienes o servicios de atención médica consumidos por, o utilizados en pacientes que benefician al individuo en cualquier cantidad financiera y, por lo tanto, puede sesgar sus opiniones y enseñanzas con respecto al contenido de los cursos de educación continua. Esto puede incluir la recepción de un salario, regalías, derechos de propiedad intelectual, honorarios de consultoría, honorarios, participación en la propiedad como acciones, opciones sobre acciones u otra participación en la propiedad, excluyendo fondos mutuos diversificados, u otro beneficio financiero. Los beneficios financieros generalmente se asocian con roles como empleo, un puesto de gerencia o un puesto de contratista independiente, incluyendo investigación contratada y ensayos clínicos, consultoría, charlas y enseñanza, membresía en comités asesores o paneles de revisión, membresía en juntas directivas y otras actividades por las cuales se recibe o se espera una remuneración.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(c) Antes de la presentación de un curso, los proveedores de educación continua deberán identificar, divulgar y resolver todos los conflictos de intereses. Las personas que no divulguen o se nieguen a divulgar relaciones financieras relevantes no serán aprobadas como proveedores de educación continua según lo descrito en la subdivisión (b) de la Sección 3635.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d) Los conflictos de intereses se resolverán mediante uno de los siguientes mecanismos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(1) Alteración de las relaciones financieras. Los individuos pueden cambiar sus relaciones con intereses comerciales, como la interrupción de servicios contratados, eliminando así cualquier conflicto de intereses relacionado con el contenido de la educación continua.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(2) Alteración del control sobre el contenido. El control de un individuo sobre el contenido de la educación continua puede alterarse de varias maneras para eliminar la oportunidad de afectar el contenido relacionado con los productos y servicios de un interés comercial. Estos incluyen lo siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(2)(A) Elegir a otra persona para controlar esa parte del contenido. Si un presentador o planificador propuesto tiene un conflicto de intereses relacionado con el contenido, otra persona que no tenga una relación con los intereses comerciales relacionados con el contenido puede presentar o planificar esa parte del contenido.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(2)(B) Cambiar el enfoque de la actividad de educación continua para que el contenido no trate sobre productos o servicios del interés comercial que es la base del conflicto de intereses.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(2)(C) Cambiar el contenido de la asignación del individuo para que ya no trate sobre productos o servicios del interés comercial. Por ejemplo, un individuo con un conflicto de intereses con respecto a productos para el tratamiento de una afección podría abordar la fisiopatología o el diagnóstico de la afección, en lugar de la terapéutica.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(2)(D) Limitar el contenido a un informe sin recomendaciones. Si un individuo ha sido financiado por una entidad comercial para realizar una investigación, la presentación del individuo puede limitarse a los datos y resultados de la investigación. Otra persona puede ser asignada para abordar implicaciones y recomendaciones más amplias.
(E)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(2)(E) Limitar las fuentes de recomendaciones. En lugar de que una persona con un conflicto de intereses presente recomendaciones personales o seleccione personalmente la evidencia a presentar, limitar el papel de la persona a informar recomendaciones basadas en revisiones formales estructuradas de la literatura con los criterios de inclusión y exclusión establecidos como “basados en la evidencia”.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(3) El conflicto de intereses puede resolverse si el material de educación continua es revisado por pares y se cumplen ambas condiciones siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(3)(A) Todas las recomendaciones que involucran medicina clínica se basan en evidencia aceptada dentro de la profesión de medicina naturópata como justificación adecuada para indicaciones y contraindicaciones en la atención de pacientes.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 3635.2(d)(3)(B) Toda investigación científica a la que se haga referencia, se informe o se utilice en la actividad de educación continua en apoyo o justificación de las recomendaciones de atención al paciente se ajusta a los estándares generalmente aceptados de diseño experimental, recopilación de datos y análisis.

Section § 3636

Explanation

Si un médico naturópata con licencia y en regla lo solicita por escrito, la junta puede concederle el estatus inactivo. Mientras esté inactivo, no podrá ejercer como médico naturópata y no necesitará completar la educación continua. Para volver al estatus activo, deberá ponerse al día con dos años de educación continua y pagar las tarifas requeridas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3636(a) Previa solicitud por escrito, la junta podrá conceder el estatus inactivo a un médico naturópata que esté en regla y que cumpla con los requisitos de la Sección 462.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3636(b) Una persona cuya licencia esté en estatus inactivo no podrá ejercer ninguna actividad para la cual se requiera una licencia conforme a este capítulo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3636(c) Una persona cuya licencia esté en estatus inactivo estará exenta de los requisitos de educación continua mientras su licencia se encuentre en dicho estatus.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3636(d) Para restablecer una licencia a estatus activo, una persona cuya licencia esté en estatus inactivo deberá cumplir con los requisitos de educación continua correspondientes al período de dos años anterior a la reactivación y estar al día con todas las tarifas de licencia según lo determine la junta.

Section § 3637

Explanation

Esta ley establece que solo una persona, no un grupo o una empresa, puede recibir una licencia según este capítulo.

Solo una persona física puede obtener una licencia conforme a este capítulo.