Section § 3640

Explanation

Los médicos naturópatas en California pueden realizar y solicitar diversos exámenes físicos y de laboratorio para ayudar a diagnosticar a los pacientes, como análisis de sangre o radiografías. Aunque pueden solicitar estudios de imágenes como ecografías, deben hacer que un profesional de la salud calificado realice el estudio e interprete los resultados. Pueden recetar remedios naturales y de venta libre, realizar algunos tipos de terapias físicas y proporcionar educación para la salud. Estos médicos también pueden extraer pequeños objetos extraños de la piel y atender cortes menores, pero no pueden realizar suturas. Pueden administrar tratamientos utilizando múltiples métodos, incluyendo vías orales e intravenosas, siguiendo ciertas pautas. Aún deben cumplir con cualquier licencia requerida para las pruebas de laboratorio.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(a) Un médico naturópata puede ordenar y realizar exámenes físicos y de laboratorio con fines diagnósticos, incluyendo, entre otros, flebotomía, pruebas de laboratorio clínico, exámenes con espéculo, exámenes orificiales y pruebas de función fisiológica.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(b) Un médico naturópata puede ordenar estudios de diagnóstico por imágenes, incluyendo radiografías, ecografías, mamografías, densitometría ósea y otros, de acuerdo con la formación naturópata según lo determine la junta, pero deberá remitir los estudios a un profesional de la salud debidamente licenciado para que realice el estudio e interprete los resultados.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c) Un médico naturópata puede dispensar, administrar, ordenar, recetar y suministrar o realizar lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c)(1) Alimentos, extractos de alimentos, nutracéuticos, vitaminas, aminoácidos, minerales, enzimas, productos botánicos y sus extractos, medicamentos botánicos, medicamentos homeopáticos, todos los suplementos dietéticos y medicamentos de venta libre según lo definido por la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (21 U.S.C. Sec. 301 y ss.) de acuerdo con las vías de administración identificadas en el apartado (d).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c)(2) Hidroterapia fría o caliente; medicina física naturópata que incluye el uso manual de masajes, estiramientos, resistencia o examen de juego articular, pero excluye el movimiento de pequeña amplitud en o más allá del rango final del movimiento articular normal; energía electromagnética; hidroterapia de colon; y ejercicio terapéutico.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c)(3) Dispositivos, incluyendo, entre otros, dispositivos terapéuticos, anticoncepción de barrera y equipo médico duradero.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c)(4) Educación para la salud y asesoramiento de salud.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c)(5) Reparación y cuidado incidental de laceraciones y abrasiones superficiales, excepto suturas.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(c)(6) Extracción de cuerpos extraños localizados en los tejidos superficiales.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(d) Un médico naturópata puede utilizar vías de administración que incluyen oral, nasal, auricular, ocular, rectal, vaginal, transdérmica, intradérmica, subcutánea, intravenosa e intramuscular.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(e) La junta puede establecer regulaciones con respecto a las vías de administración ocular o intravenosa que sean consistentes con la educación y formación de un médico naturópata.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640(f) Nada en esta sección eximirá a un médico naturópata de cumplir con los requisitos de licencia aplicables para la realización de pruebas de laboratorio clínico, incluidos los requisitos impuestos bajo el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 1200).

Section § 3640.1

Explanation

Esta ley permite que un médico naturópata supervise a un enfermero vocacional licenciado, pero el médico no puede pedirle al enfermero que haga nada que el propio médico no esté legalmente autorizado a hacer.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.1(a) Un médico naturópata puede proporcionar supervisión y dirección a un enfermero vocacional licenciado de conformidad con las Secciones 2859 y 2859.1.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.1(b) Un médico naturópata no deberá dirigir a un enfermero vocacional licenciado bajo su empleo a realizar ninguna acción fuera del ámbito de práctica del médico naturópata.

Section § 3640.2

Explanation

Esta ley permite a los asistentes naturópatas realizar ciertas tareas bajo la supervisión de un médico naturópata con licencia. Pueden administrar ciertos tipos de inyecciones y pruebas cutáneas, extraer sangre y proporcionar otros servicios de apoyo técnico, como administrar medicamentos de diversas maneras, recolectar muestras y asistir a los pacientes. La ley exige que estas tareas se realicen con las autorizaciones adecuadas y que los asistentes tengan la capacitación apropiada. Además, la ley establece un proceso para fijar los estándares de estos servicios, que incluye la opinión de varias juntas médicas y asociaciones.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, un asistente naturópata podrá realizar todo lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(a) Administrar medicamentos únicamente mediante inyecciones intradérmicas, subcutáneas o intramusculares y realizar pruebas cutáneas y servicios adicionales de apoyo técnico bajo la autorización y supervisión específicas de un médico naturópata con licencia. Un asistente naturópata también podrá realizar todas estas tareas y servicios en una clínica con licencia conforme al inciso (a) de la Sección 1204 del Código de Salud y Seguridad bajo la autorización específica de un médico naturópata.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(b) Realizar venopunción o punción cutánea con el propósito de extraer sangre bajo autorización específica y bajo la supervisión de un médico naturópata con licencia, si previamente el asistente naturópata ha cumplido con los requisitos educativos y de capacitación para asistentes médicos establecidos en la Sección 2070. Cada empleador del asistente deberá conservar una copia de cualquier certificado relacionado como registro.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c) Realizar los siguientes servicios de apoyo técnico naturópata:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(1) Administrar medicamentos por vía oral, sublingual, tópica, vaginal o rectal, o proporcionando una dosis única a un paciente para su autoadministración inmediata. Administrar medicamentos por inhalación si los medicamentos son específicos para el paciente y se le han administrado o se le administrarán repetidamente. En cada caso, antes de la administración de medicamentos por parte del asistente naturópata, el médico naturópata deberá verificar el medicamento y la dosis correctos.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(2) Aplicar y retirar vendajes.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(3) Recolectar mediante técnicas no invasivas y preservar muestras para análisis, incluyendo orina, esputo, semen y heces.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(4) Asistir a los pacientes hacia y desde una sala de examen o mesa de examen.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(5) Según lo autorizado por el médico naturópata, proporcionar información e instrucciones al paciente.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(6) Recolectar y registrar datos del paciente, incluyendo altura, peso, temperatura, pulso, frecuencia respiratoria y presión arterial, e información básica sobre las condiciones actuales y previas.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(c)(7) Realizar pruebas de laboratorio y de detección simples que se realizan habitualmente en un consultorio médico.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.2(d) Realizar servicios adicionales de apoyo técnico naturópata bajo las regulaciones y estándares establecidos por la junta. La junta, antes de la adopción de cualquier regulación, solicitará recomendaciones sobre estos estándares a las agencias públicas apropiadas, incluyendo, entre otras, la Junta Médica Osteopática de California, la Junta Médica de California, la Junta de Enfermería Registrada, la Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos del Estado de California, la división de Servicios de Campo de Laboratorio del Departamento de Salud Pública del Estado y la Junta de Terapia Física de California. La Junta de Medicina Naturopática de California también solicitará recomendaciones sobre estos estándares a asociaciones de asistentes médicos, médicos y otros, según corresponda, incluyendo, entre otras, los Médicos y Cirujanos Osteópatas de California, la Asociación Médica de California, la Sociedad de Asistentes Médicos de California y la Asociación de Asistentes Médicos de California. Nada en esta subdivisión se interpretará como que anula o modifica la parte de la Ley de Procedimiento Administrativo que se relaciona con el procedimiento para la adopción de regulaciones establecido en el Artículo 5 (que comienza con la Sección 11346) del Capítulo 3.5 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 3640.3

Explanation

Esta sección de la ley deja claro que los asistentes naturópatas en California no pueden obtener una licencia, administrar anestésicos locales ni realizar tareas como diagnósticos o tratamientos que excedan su ámbito de práctica. No pueden realizar pruebas de laboratorio clínico a menos que otras leyes los autoricen específicamente. Además, los asistentes naturópatas no tienen permitido trabajar en la atención de pacientes hospitalizados dentro de hospitales generales de atención aguda.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.3(a) Nada en este capítulo se interpretará como que autoriza la licencia de asistentes naturópatas. Nada en este capítulo se interpretará como que autoriza la administración de agentes anestésicos locales por un asistente naturópata. Nada en este capítulo se interpretará como que autoriza a la Junta de Medicina Naturopática de California a adoptar regulaciones que violen las prohibiciones sobre diagnóstico o tratamiento en la Sección 2052.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.3(b) Nada en este capítulo se interpretará como que autoriza a un asistente naturópata a realizar cualquier prueba o examen de laboratorio clínico para el cual no esté autorizado bajo el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 1200).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.3(c) No obstante cualquier otra ley, un asistente naturópata no podrá ser empleado para la atención hospitalaria en un hospital general de atención aguda con licencia, según se define en el inciso (a) de la Sección 1250 del Código de Salud y Seguridad.

Section § 3640.5

Explanation

Esta ley permite a los médicos naturópatas en California suministrar o recetar medicamentos si se cumplen ciertas condiciones. Primero, deben trabajar bajo procedimientos o protocolos estandarizados creados junto con su médico supervisor. Estos procedimientos deben detallar quién puede recetar, qué medicamentos pueden recetarse y bajo qué circunstancias, incluyendo el nivel de supervisión necesario. El médico supervisor no necesita estar físicamente presente, pero debe aprobar los procedimientos y estar disponible por teléfono. Los médicos naturópatas pueden recetar ciertas sustancias controladas, pero existen reglas adicionales para los medicamentos de la Lista III. Además, los médicos naturópatas deben haber completado una formación en farmacología. Su autoridad para recetar se trata de la misma manera que si fuera ejercida por su médico supervisor.

Nada en este capítulo o en cualquier otra ley se interpretará como una prohibición para que un médico naturópata suministre o recete medicamentos cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(a) Los medicamentos son suministrados o recetados por un médico naturópata de acuerdo con procedimientos o protocolos estandarizados desarrollados por el médico naturópata y su médico y cirujano supervisor.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(b) El médico naturópata ejerce sus funciones de conformidad con un procedimiento estandarizado, según se define en los incisos (a), (b), (d), (e), (h) e (i) de la Sección 2836.1 y el párrafo (1) del inciso (c) de la Sección 2836.1, o un protocolo. El procedimiento o protocolo estandarizado deberá ser desarrollado y aprobado por el médico y cirujano supervisor, el médico naturópata y, cuando corresponda, el administrador de la instalación o su representante designado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(c) El procedimiento o protocolo estandarizado que cubre el suministro de medicamentos deberá especificar qué médicos naturópatas pueden suministrar o recetar medicamentos, qué medicamentos pueden ser suministrados o recetados bajo qué circunstancias, el alcance de la supervisión del médico y cirujano, el método de revisión periódica de la competencia del médico naturópata, incluyendo la revisión por pares, y la revisión del procedimiento estandarizado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(d) El suministro o la prescripción de medicamentos por un médico naturópata ocurre bajo la supervisión de un médico y cirujano. La supervisión del médico y cirujano no se interpretará como un requisito de la presencia física del médico, pero sí incluye todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(d)(1) Colaboración en el desarrollo del procedimiento estandarizado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(d)(2) Aprobación del procedimiento estandarizado.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(d)(3) Disponibilidad por contacto telefónico en el momento del examen del paciente por parte del médico naturópata.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(e) Para los fines de esta sección, un médico y cirujano no supervisará a más de cuatro médicos naturópatas a la vez.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(f) Los medicamentos suministrados o recetados por un médico naturópata pueden incluir sustancias controladas de la Lista III a la Lista V conforme a la Ley Uniforme de Sustancias Controladas de California (División 10 (que comienza con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad) y se limitarán además a aquellos medicamentos acordados por el médico naturópata y el médico y cirujano según se especifica en el procedimiento estandarizado. Cuando las sustancias controladas de la Lista III, según se definen en la Sección 11056 del Código de Salud y Seguridad, son suministradas o recetadas por un médico naturópata, las sustancias controladas deberán ser suministradas o recetadas de acuerdo con un protocolo específico para el paciente aprobado por el médico tratante o supervisor. Se proporcionará una copia de la sección del procedimiento estandarizado del médico naturópata relacionada con las sustancias controladas, previa solicitud, a un farmacéutico con licencia que dispense medicamentos, cuando exista incertidumbre sobre la prescripción del médico naturópata.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(g) La junta ha certificado que el médico naturópata ha completado satisfactoriamente la formación académica adecuada en farmacología que cubre los medicamentos a ser suministrados o recetados bajo esta sección. La junta establecerá los requisitos para la finalización satisfactoria de este inciso.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(h) El uso del término “suministro” en esta sección, en las instalaciones de salud definidas en los incisos (b), (c), (d), (e) e (i) de la Sección 1250 del Código de Salud y Seguridad, incluirá ambos de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(h)(1) Recetar un medicamento de acuerdo con el procedimiento estandarizado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(h)(2) Transmitir una orden de un médico y cirujano supervisor.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(i) Para los fines de esta sección, “orden de medicamentos” u “orden” significa una orden de medicación que se dispensa a o para un usuario final, emitida por un médico naturópata como profesional individual, dentro del significado de la Sección 1306.02 del Título 21 del Código de Regulaciones Federales.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(j) No obstante cualquier otra ley, se aplica lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(j)(1) Una orden de medicamentos emitida de conformidad con esta sección será tratada de la misma manera que una receta del médico supervisor.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(j)(2) Todas las referencias a receta en este código y en el Código de Salud y Seguridad incluirán las órdenes de medicamentos emitidas por médicos naturópatas.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.5(j)(3) La firma de un médico naturópata en una orden de medicamentos emitida de acuerdo con esta sección se considerará la firma de un prescriptor para los fines de este código y del Código de Salud y Seguridad.

Section § 3640.7

Explanation

Esta ley permite a los médicos naturópatas en California recetar y administrar ciertos tratamientos sin necesidad de la supervisión de otro médico. Pueden administrar epinefrina para reacciones alérgicas graves, usar hormonas naturales y sintéticas, y proporcionar diversas sustancias nutricionales como vitaminas y aminoácidos. Estos tratamientos deben ser idénticos a los disponibles sin receta médica.

No obstante los requisitos de la Sección 3640.5 o cualquier otra disposición de este capítulo, un médico naturópata puede prescribir y administrar de forma independiente lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.7(a) Epinefrina para tratar la anafilaxia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.7(b) Hormonas naturales y sintéticas.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.7(c) Vitaminas, minerales, aminoácidos, glutatión, productos botánicos y sus extractos, medicamentos homeopáticos, electrolitos, azúcares y diluyentes que pueden administrarse utilizando vías de administración, de conformidad con la subdivisión (d) de la Sección 3640, solo cuando dichas sustancias sean químicamente idénticas a las que se venden sin receta médica.

Section § 3640.8

Explanation

Esta sección de la ley describe los requisitos que un médico naturópata en California debe cumplir para poder administrar terapia intravenosa (IV). Necesitan tener una licencia naturópata válida y completar un curso específico de terapia IV aprobado por la junta. Este curso debe incluir al menos 25 horas de instrucción, cubriendo temas clave como la evaluación de resultados de laboratorio, el uso de líquidos IV, técnicas estériles, selección de venas, manejo de complicaciones, protocolos de emergencia y farmacología. El curso debe incluir experiencia práctica y un examen con una calificación aprobatoria de al menos el 70%. Los métodos de aprendizaje a distancia no pueden utilizarse para cumplir estos requisitos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(a) Para calificar para administrar terapia intravenosa (IV) en su práctica conforme a la Sección 3640.7, un médico naturópata deberá demostrar que ha cumplido con los dos requisitos siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(a)(1) Poseer una licencia vigente de médico naturópata en este estado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(a)(2) Haber completado un curso de cualificación sobre terapia IV de un proveedor de cursos aprobado por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b) El curso de cualificación deberá constar de un mínimo de 25 horas de clase sobre administración IV mediante inyección de sustancias del formulario naturopático aplicable, de las cuales al menos 14 horas de clase se identificarán como prácticas. Como mínimo, el curso de cualificación deberá haber cubierto todos los temas siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(1) Evaluación de los resultados de laboratorio, incluyendo, entre otros, el estado de líquidos, el estado cardiovascular y la función renal del paciente.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(2) El uso de líquidos IV, incluyendo, entre otros, cálculos de osmolaridad, diluyentes y mezclas pertinentes a la terapéutica IV.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(3) Técnicas estériles y mezcla.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(4) Selección de vena y sitio, preparación del sitio y técnicas de inserción.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(5) Complicaciones con las terapias, interacciones de nutrientes y medicamentos, errores y reacciones adversas, notificación de errores a las agencias apropiadas, prevención de errores y seguimiento de las complicaciones del paciente.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(6) Protocolos de emergencia, manejo y derivación.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(7) Farmacología, indicaciones, preparación y administración IV de vitaminas, minerales, aminoácidos, glutatión, botánicos y sus extractos, medicamentos homeopáticos, electrolitos, azúcares y diluyentes.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(8) Prácticas, incluyendo, entre otros, lo siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(8)(A) Observación de al menos 10 configuraciones de IV, incluyendo administración y manejo.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(8)(B) Finalización exitosa de al menos 10 configuraciones de IV, incluyendo administración y manejo.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(b)(9) Finalización exitosa de un examen con un 70 por ciento o más de respuestas correctas a un mínimo de 50 preguntas, donde el 10 por ciento o más de las preguntas tienen contenido directo relacionado con el formulario de California.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(c) Para los fines del curso de cualificación requerido por esta sección, una hora de clase se define como 50 minutos de cada segmento de 60 minutos y puede incluir tiempo dedicado a exámenes. No se otorgará crédito por educación a distancia, incluyendo, entre otros, cursos por correspondencia, cursos por internet u ofertas de video o televisión remota.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3640.8(d) Conforme a la subdivisión (e) de la Sección 3640, la junta podrá establecer regulaciones con respecto a la administración IV que sean consistentes con la educación y capacitación de un médico naturópata.

Section § 3641

Explanation

Los médicos naturópatas en California deben mantener expedientes precisos de los pacientes, incluyendo observaciones, diagnóstico y resúmenes de tratamiento, por al menos siete años después de que un paciente sea dado de alta. Si el paciente es menor de edad, los expedientes deben conservarse hasta que el menor cumpla 19 años, o por siete años después del alta, lo que ocurra más tarde. Además, los médicos naturópatas tienen las mismas obligaciones que los médicos con licencia en cuanto a las responsabilidades de salud pública, como la notificación de enfermedades, el control de enfermedades transmisibles y el registro de estadísticas vitales, todo ello de acuerdo con su educación y capacitación.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3641(a) Un médico naturópata deberá documentar sus observaciones, diagnóstico y resumen del tratamiento en el expediente del paciente. Los expedientes de los pacientes deberán conservarse por un período no menor de siete años después del alta del paciente. Los expedientes de un menor no emancipado deberán conservarse hasta al menos un año después de que el menor haya cumplido los 18 años de edad o siete años después del alta del menor, lo que sea más largo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3641(b) Un médico naturópata tendrá la misma autoridad y responsabilidad que un médico y cirujano con licencia con respecto a las leyes de salud pública, incluidas las leyes que rigen las enfermedades y afecciones de declaración obligatoria, el control y la prevención de enfermedades transmisibles, el registro de estadísticas vitales y la realización de exámenes de salud y físicos consistentes con su educación y capacitación.

Section § 3642

Explanation

Los médicos naturópatas en California tienen ciertas restricciones sobre lo que pueden hacer. No pueden recetar ni dispensar sustancias controladas a menos que lo permitan reglas específicas, usar tratamientos de radiación o sustancias radiactivas, o realizar tratamientos que requieran una licencia diferente. Tampoco se les permite usar anestesia general o espinal, realizar abortos, hacer cirugías, o practicar acupuntura o medicina tradicional asiática a menos que tengan una licencia de acupuntura separada.

Un médico naturópata no puede realizar ninguna de las siguientes funciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(a) Recetar, dispensar o administrar una sustancia o dispositivo controlado identificado en las Secciones 801 a 971, ambas inclusive, del Título 21 del Código de los Estados Unidos, salvo que esté autorizado por este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(b) Administrar radiación ionizante terapéutica o sustancias radiactivas.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(c) Practicar o pretender practicar cualquier otro sistema o método de tratamiento más allá de lo autorizado por este capítulo, para el cual se requiere licencia, a menos que se tenga otra licencia para hacerlo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(d) Administrar anestesia general o espinal.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(e) Realizar un aborto.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(f) Realizar cualquier procedimiento quirúrgico.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 3642(g) Realizar acupuntura o medicina tradicional china y asiática, incluida la medicina herbaria china, a menos que tenga licencia como acupunturista según se define en el apartado (c) de la Sección 4927.

Section § 3643

Explanation
Esta ley deja claro que los médicos naturópatas en California no tienen permitido ejercer la medicina como lo hacen los médicos tradicionales, a menos que este capítulo lo permita específicamente.

Section § 3643.5

Explanation

Esta ley aclara que no restringe a las personas con licencia en las artes curativas de practicar bajo sus respectivas autorizaciones legales. Además, asegura que las actividades que no requieren licencia, como ciertas prácticas naturopáticas, siguen estando permitidas siempre que cumplan con las regulaciones estatales específicas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3643.5(a) Este capítulo no podrá interpretarse como una limitación a la práctica de una persona con licencia, certificada o registrada bajo cualquier otra disposición legal relacionada con las artes curativas cuando dicha persona se dedique a su práctica autorizada y con licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3643.5(b) Este capítulo no podrá interpretarse como una limitación a una actividad que no requiera licencia o que esté permitida por ley de otra manera, incluyendo la práctica de la naturopatía, cuando se realice de conformidad con las Secciones 2053.5 y 2053.6.

Section § 3644

Explanation

Esta sección describe quiénes pueden practicar la naturopatía en California sin infringir la ley. Permite que las personas con licencia o certificadas bajo otras regulaciones practiquen su profesión, a los empleados federales que realizan sus funciones y a las personas que brindan atención a familiares o en emergencias de forma gratuita. También permite a quienes dan consejos sobre o venden productos relacionados con la salud, como vitaminas y hierbas, hacerlo si no está prohibido por la ley. Las personas que practican su religión sin recetar medicamentos también pueden proporcionar información de salud. También se permite a quienes consultan desde otros estados dentro de California y a los estudiantes que trabajan bajo supervisión. Las personas sin licencia pueden decir que 'practican la naturopatía' si siguen reglas específicas, pero no pueden llamarse 'médico naturópata' sin una licencia oficial.

Este capítulo no impide ni restringe la práctica, los servicios o las actividades de cualquiera de los siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(a) Una persona con licencia, certificada o reconocida de otra manera en este estado por cualquier otra ley o reglamento, si esa persona se dedica a la profesión u ocupación para la cual tiene licencia, está certificada o reconocida de otra manera.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(b) Una persona empleada por el gobierno federal en la práctica de la medicina naturopática mientras la persona se dedica al desempeño de las funciones prescritas por las leyes y reglamentos de los Estados Unidos.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(c) Una persona que presta ayuda a un miembro de la familia o en una emergencia, si no se cobra, recibe, espera o contempla ninguna tarifa u otra contraprestación por el servicio.
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(d)(1) Una persona que hace recomendaciones sobre o se dedica a la venta de alimentos, extractos de alimentos, nutracéuticos, vitaminas, aminoácidos, minerales, enzimas, productos botánicos y sus extractos, medicamentos botánicos, medicamentos homeopáticos, suplementos dietéticos y medicamentos sin receta u otros productos de la naturaleza, cuya venta no esté prohibida de otra manera por la ley estatal o federal.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(d)(2) Una persona sin licencia descrita en esta subdivisión puede declarar que “practica la naturopatía” si cumple con la Sección 2053.6. Sin embargo, una persona sin licencia no puede usar el título de “médico naturópata” a menos que la junta le haya emitido una licencia.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(e) Una persona que se dedica de buena fe a la práctica de los principios religiosos de cualquier iglesia o creencia religiosa sin usar medicamentos recetados.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(f) Una persona que actúa de buena fe por razones religiosas por motivos de conciencia o basándose en una creencia personal, mientras obtiene o proporciona información sobre la atención médica y el uso de cualquier producto descrito en la subdivisión (d).
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(g) Una persona que proporciona las siguientes recomendaciones con respecto al cuerpo humano y su función:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(g)(1) Productos sin receta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(g)(2) Elementos naturales como el aire, el calor, el agua y la luz.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(g)(3) Dispositivos médicos aprobados, sin receta, de Clase I o Clase II, según se definen en la Sección 360c del Título 21 del Código de los Estados Unidos.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(g)(4) Vitaminas, minerales, hierbas, productos homeopáticos, productos alimenticios naturales y sus extractos, y suplementos nutricionales.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(h) Una persona con licencia en otro estado, territorio o el Distrito de Columbia para practicar la medicina naturopática si la persona es llamada incidentalmente a este estado para una consulta con un médico naturópata.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 3644(i) Un estudiante matriculado en un programa médico naturopático aprobado cuyos servicios se realizan de acuerdo con un curso de instrucción bajo la supervisión de un médico naturópata.

Section § 3645

Explanation

Esta sección explica que las personas capacitadas en naturopatía pueden usar títulos como "Naturópata", "Profesional naturópata" y "Profesional naturópata tradicional". También establece que estas personas pueden recibir educación en estos campos sin necesidad de una licencia bajo este capítulo específico.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3645(a) Este capítulo permite, y no restringe, el uso de los siguientes títulos por personas que están educadas y capacitadas como cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3645(a)(1) “Naturópata.”
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3645(a)(2) “Profesional naturópata.”
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3645(a)(3) “Profesional naturópata tradicional.”
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3645(b) Este capítulo permite, y no restringe, la educación de personas según se describe en los párrafos (1) a (3), ambos inclusive, de la subdivisión (a). Dichas personas no están obligadas a obtener una licencia bajo este capítulo.