Section § 4150

Explanation

Esta ley define qué es una corporación farmacéutica en California. Básicamente, es un negocio que ofrece servicios de farmacéuticos y sigue reglas específicas. Estas corporaciones deben asegurarse de que sus accionistas, funcionarios, directores y farmacéuticos cumplan con ciertos estándares profesionales, incluidos los establecidos por la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox. Además, en lo que respecta a las corporaciones farmacéuticas, la Junta de Farmacia de California es la agencia gubernamental supervisora.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4150(a) Una corporación farmacéutica significa una corporación autorizada para prestar servicios profesionales, según se define en la Sección 13401 del Código de Corporaciones, siempre y cuando dicha corporación y sus accionistas, funcionarios, directores y empleados que presten servicios profesionales y que sean farmacéuticos cumplan con la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox, este artículo y todas las demás leyes y reglamentos promulgados o adoptados ahora o en el futuro que pertenezcan a la corporación y a la gestión de sus asuntos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4150(b) Con respecto a una corporación farmacéutica, la agencia gubernamental a la que se refiere la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox es la Junta de Farmacia del Estado de California.

Section § 4151

Explanation
Si usted está involucrado en la gestión o el inicio de una corporación farmacéutica en California, la mayoría de las personas clave —como accionistas, directores y funcionarios— necesitan tener una licencia profesional, con la excepción del secretario adjunto y el tesorero adjunto.

Section § 4152

Explanation
Si una corporación farmacéutica en California desea nombrarse a sí misma o prestar servicios bajo un nombre determinado, ese nombre debe incluir la palabra 'farmacéutico', 'farmacia' o 'farmacéutico', junto con alguna indicación de que es una corporación.

Section § 4153

Explanation
Esta ley establece que si una persona que posee acciones en una corporación farmacéutica queda inhabilitada (incapacitada para ejercer), cualquier dinero ganado por sus servicios profesionales no puede beneficiarlos a ellos ni a sus acciones en la corporación.

Section § 4154

Explanation

Esta ley permite que la junta que supervisa las corporaciones farmacéuticas cree reglas para ayudarlas a lograr sus objetivos. Estas reglas pueden incluir requisitos de que, si un accionista de una farmacia queda inhabilitado o fallece, sus acciones deben venderse de nuevo a la empresa o a los demás accionistas dentro de un plazo determinado. Además, las corporaciones farmacéuticas deben tener un seguro u otra forma de garantía para protegerse contra reclamaciones de sus clientes debido a los servicios prestados.

La junta puede adoptar y hacer cumplir reglamentos para llevar a cabo los propósitos y objetivos de este artículo, incluyendo reglamentos que exijan (a) que los estatutos de una corporación farmacéutica incluyan una disposición por la cual las acciones de capital de la corporación propiedad de una persona inhabilitada, según se define en la Sección 13401 del Código de Corporaciones, o de una persona fallecida, se vendan a la corporación o a los accionistas restantes de la corporación dentro del plazo que los reglamentos puedan establecer, y (b) que una corporación farmacéutica proporcione seguridad adecuada mediante seguro o de otra manera para las reclamaciones en su contra por parte de sus pacientes o clientes que surjan de la prestación de servicios profesionales.

Section § 4155

Explanation

Esta ley aclara que una persona física o una empresa que solicita un permiso de farmacia no tiene que ser una corporación farmacéutica. Garantiza que el requisito para obtener dicho permiso no se limita a entidades corporativas.

Nada de lo dispuesto en este artículo se interpretará en el sentido de que exige que el solicitante o titular de un permiso de farmacia, de conformidad con la Sección 4110, sea una corporación farmacéutica.

Section § 4156

Explanation

Esta ley establece que una corporación farmacéutica debe seguir los mismos estándares profesionales y regulaciones legales que se aplican a los farmacéuticos individuales con licencia. No pueden actuar de maneras que se considerarían conducta poco profesional según cualquier ley o norma aplicable.

Una corporación farmacéutica no deberá realizar, ni dejar de realizar, ningún acto cuando la realización o la omisión de dicho acto constituiría conducta profesional indebida según cualquier estatuto o reglamento. En el ejercicio de su práctica, una corporación farmacéutica deberá observar y estará sujeta a las leyes y reglamentos que se aplican a una persona con licencia bajo este capítulo.