Section § 4130

Explanation

Esta ley permite usar sistemas de telefarmacia para dispensar medicamentos recetados y ofrecer asesoramiento en lugares remotos. Se puede obtener una licencia para operar uno de estos sitios de dispensación remota si el área está médicamente desatendida, lo que significa que no hay una farmacia cercana en un radio de 10 millas. Estos sitios solo deben ser atendidos por farmacéuticos o técnicos de farmacia con licencia. No pueden operar en instalaciones estatales ni desplazar a empleados del estado, y cada farmacia supervisora solo puede tener una licencia. Si un sitio remoto dispensa más de 225 recetas al día, debe convertirse en una farmacia de servicio completo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(a) Un sistema de telefarmacia se utilizará para la dispensación de medicamentos recetados y la prestación de servicios relacionados de revisión del régimen farmacológico y asesoramiento al paciente en una farmacia de sitio de dispensación remoto.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(b) Si se cumplen todos los requisitos de este artículo y otras disposiciones pertinentes de este capítulo, la junta emitirá una licencia de farmacia de sitio de dispensación remoto con el propósito de aumentar el acceso a los servicios de dispensación o atención farmacéutica en el área geográfica en la que se ubicará la farmacia de sitio de dispensación remoto.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(c)(1) Una farmacia de sitio de dispensación remoto solo podrá ubicarse en un área médicamente desatendida, a menos que la junta lo apruebe de otro modo. A los efectos de esta sección, un “área médicamente desatendida” significa una ubicación que no cuenta con una farmacia que atienda al público en general dentro de un radio de 10 millas por carretera del sitio de dispensación remoto.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(c)(2) No obstante lo dispuesto en el párrafo (1), si posteriormente se establece una farmacia que atiende al público en general dentro de un radio de 10 millas por carretera de una farmacia de sitio de dispensación remoto, la farmacia de sitio de dispensación remoto podrá seguir operando.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(d) Una farmacia de sitio de dispensación remoto solo estará atendida por farmacéuticos o técnicos de farmacia, o ambos, y no empleará a personal sin licencia.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(e) Una licencia de farmacia de sitio de dispensación remoto se emitirá únicamente a la farmacia supervisora. Una farmacia supervisora no podrá obtener más de una licencia de farmacia de sitio de dispensación remoto.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(f) Una farmacia de sitio de dispensación remoto no será operada por el estado y no se ubicará en ninguna instalación estatal, incluyendo, entre otras, centros penitenciarios, hospitales estatales o centros de desarrollo. Esta sección no se interpretará como impedimento para que un farmacéutico que sea elegible para operar una farmacia de sitio de dispensación remoto de conformidad con esta sección arriende espacio en propiedades propiedad del estado, siempre que no sea con el propósito de atender a personas que de otro modo son atendidas por farmacéuticos y técnicos de farmacia empleados por el estado.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(g) Una farmacia de sitio de dispensación remoto no se ubicará ni operará con el propósito de desplazar a empleados estatales.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4130(h) Si una farmacia de sitio de dispensación remoto dispensa más de 225 recetas al día, calculado cada año natural, dejará de ser una farmacia de sitio de dispensación remoto y podrá convertirse en una farmacia de servicio completo con licencia bajo la Sección 4110 con un farmacéutico in situ si cumple con todos los requisitos para la obtención de la licencia de una farmacia.

Section § 4131

Explanation

Esta ley establece los requisitos para la prestación de servicios de telefarmacia entre una farmacia supervisora y una farmacia remota de dispensación. Una farmacia supervisora solo puede supervisar un sitio remoto y debe estar a menos de 150 millas por carretera, a menos que se apruebe lo contrario. Ambas farmacias deben tener el mismo propietario. El sitio remoto debe contar con al menos un técnico de farmacia cualificado si no hay un farmacéutico presente, y estos deben ser supervisados por un farmacéutico utilizando tecnología. El mismo farmacéutico puede estar a cargo de ambas ubicaciones, y ambas farmacias deben contar con personal suficiente para garantizar una operación segura.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4131(a) Una farmacia supervisora solo proporcionará servicios de telefarmacia para una única farmacia remota de dispensación.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4131(b) Una farmacia supervisora no deberá estar ubicada a más de 150 millas por carretera de una farmacia remota de dispensación, a menos que la junta lo apruebe de otro modo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4131(c) Una farmacia supervisora y una farmacia remota de dispensación deberán estar bajo propiedad común.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4131(d) A menos que esté atendida por un farmacéutico, una farmacia remota de dispensación deberá estar atendida por al menos un técnico de farmacia registrado que cumpla con las cualificaciones de la Sección 4132. Un técnico deberá permanecer bajo la supervisión y control directos de un farmacéutico de la farmacia supervisora en todo momento en que la farmacia remota de dispensación esté operativa. Para los fines de este artículo, la supervisión y el control directos no requieren que el farmacéutico esté físicamente presente en la farmacia remota de dispensación, pero el farmacéutico deberá utilizar un sistema de telefarmacia para supervisar las operaciones a través de tecnología de audio y visual desde la farmacia supervisora.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4131(e) No obstante cualquier otra ley, un farmacéutico podrá ejercer como farmacéutico responsable de una farmacia además de ejercer como farmacéutico responsable de una farmacia supervisora. El farmacéutico responsable designado de la farmacia supervisora también ejercerá como farmacéutico responsable designado en la farmacia remota de dispensación.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4131(f) No obstante cualquier otra ley, el farmacéutico responsable de la farmacia remota de dispensación y el farmacéutico de turno en la farmacia supervisora serán responsables de asegurar que tanto la farmacia supervisora como la farmacia remota de dispensación cuenten con personal suficiente para permitir una supervisión adecuada, la cual es una supervisión que no se esperaría razonablemente que resultara en un riesgo irrazonable de daño a la salud, seguridad o bienestar públicos.

Section § 4132

Explanation

Esta ley establece los requisitos para los técnicos de farmacia que trabajan en sitios de dispensación remotos en California. Para calificar, los técnicos deben tener una licencia de técnico de farmacia válida, una certificación de un programa aprobado y, además, un título de asociado en tecnología farmacéutica, un título universitario o haber completado un curso de capacitación específico. Adicionalmente, deben tener al menos 2,000 horas de experiencia en los últimos dos años. En estos sitios, los técnicos pueden realizar tareas básicas bajo la supervisión de un farmacéutico a través de un sistema de telefarmacia, pero no pueden realizar tareas que requieran juicio profesional o que impliquen consulta directa con pacientes o prescriptores. Un farmacéutico supervisor puede supervisar hasta dos técnicos en cada sitio.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a) Además de los requisitos de la Sección 4202, un técnico de farmacia deberá cumplir con cada uno de los siguientes requisitos antes de trabajar en una farmacia con sitio de dispensación remoto:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(1) Poseer una licencia de técnico de farmacia que esté vigente y en regla.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(2) Poseer y mantener una certificación emitida por un programa de certificación de técnico de farmacia aprobado por la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(3) Poseer uno de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(3)(A) Un mínimo de un título de asociado en tecnología farmacéutica.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(3)(B) Un mínimo de un título de licenciatura en cualquier materia.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(3)(C) Un certificado de finalización de un curso de capacitación especificado por los reglamentos adoptados por la junta de conformidad con la Sección 4202.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(a)(4) Completar un mínimo de 2,000 horas de experiencia trabajando como técnico de farmacia dentro de los dos años anteriores al inicio de su trabajo en la farmacia con sitio de dispensación remoto.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(b) No obstante lo dispuesto en la Sección 4115, un técnico de farmacia registrado podrá realizar tareas de entrada de pedidos, empaquetado, manipulación, repetitivas y otras tareas no discrecionales en una farmacia con sitio de dispensación remoto bajo la supervisión de un farmacéutico de una farmacia supervisora utilizando un sistema de telefarmacia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c) Un técnico de farmacia en una farmacia con sitio de dispensación remoto no deberá realizar ninguna de las siguientes acciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(1) Recibir una nueva orden de prescripción oralmente de un prescriptor u otra persona autorizada por ley para prescribir.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(2) Consultar con un paciente o su representante con respecto a una prescripción, ya sea antes o después de la dispensación, o con respecto a cualquier información médica contenida en un sistema de registro de medicamentos del paciente o en el historial clínico del paciente.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(3) Identificar, evaluar o interpretar una prescripción.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(4) Interpretar los datos clínicos en un sistema de registro de medicamentos del paciente o en el historial clínico del paciente.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(5) Consultar con cualquier prescriptor, enfermero u otro profesional de la salud o su agente autorizado.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(6) Supervisar el empaquetado de medicamentos y verificar el procedimiento y el producto del empaquetado al finalizar.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(7) Realizar cualquier función que requiera el juicio profesional de un farmacéutico con licencia.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(c)(8) Elaborar preparados farmacéuticos.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4132(d) No obstante lo dispuesto en la Sección 4115, un farmacéutico de una farmacia supervisora podrá supervisar hasta dos técnicos de farmacia en cada farmacia con sitio de dispensación remoto. Esta subdivisión no se interpretará como una alteración de la capacidad de un farmacéutico para supervisar también a los técnicos de farmacia en la farmacia supervisora.

Section § 4133

Explanation

Esta ley trata sobre los sistemas de telefarmacia, que permiten surtir recetas de forma remota bajo supervisión. Requiere herramientas de comunicación adecuadas, como audio y video, para conectar la farmacia principal con las ubicaciones remotas. Antes de entregar cualquier medicamento, los farmacéuticos deben revisarlo y aprobarlo, y se debe usar tecnología de código de barras para asegurar la exactitud. El asesoramiento a los pacientes debe realizarse a través de medios audiovisuales seguros antes de que reciban su medicamento. Todas las acciones y registros relacionados con las recetas deben almacenarse de forma segura durante al menos tres años, y todo debe cumplir con las leyes de privacidad.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(a) Un sistema de telefarmacia deberá mantener un sistema de comunicación de video y audio que proporcione una comunicación efectiva entre la farmacia supervisora y el personal y los pacientes de la farmacia del sitio de dispensación remoto.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(b) Un sistema de telefarmacia deberá facilitar una supervisión farmacéutica adecuada y permitir el intercambio apropiado de comunicaciones visuales, verbales y escritas para el asesoramiento al paciente y otros asuntos involucrados en la dispensación legal de medicamentos.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(c) Se deberá proporcionar asesoramiento al paciente utilizando comunicación audiovisual antes de que se dispensen todas las recetas desde una farmacia de sitio de dispensación remoto.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(d) Un sistema de telefarmacia deberá ser capaz de hacer todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(d)(1) Identificar y registrar al técnico de farmacia que prepara cada receta y al farmacéutico supervisor que revisó y autorizó la dispensación de la receta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(d)(2) Requerir que un farmacéutico revise y compare la imagen electrónica de cualquier nueva receta presentada en la farmacia del sitio de dispensación remoto con el registro de entrada de datos de la receta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(d)(3) Requerir que el técnico de farmacia utilice tecnología de código de barras para verificar la exactitud del medicamento a dispensar.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(d)(4) Requerir la confirmación visual remota por parte de un farmacéutico en la farmacia supervisora del frasco de existencias del medicamento y del medicamento a dispensar antes de la dispensación.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(d)(5) Asegurar que una receta no se venda o entregue a un paciente antes de que un farmacéutico realice la verificación final de la exactitud de la receta y libere la receta para su venta y entrega.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(e) El sistema de comunicación de video y audio utilizado para asesorar e interactuar con cada paciente o cuidador del paciente deberá ser seguro y cumplir con la Ley federal de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (Ley Pública 104-191).
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4133(f) Todos los registros de recetas dispensadas, incluidos los registros de las acciones realizadas a través del sistema de telefarmacia, deberán mantenerse en la farmacia del sitio de dispensación remoto y deberán conservarse durante tres años después de la dispensación de la receta.

Section § 4134

Explanation

Esta ley exige que los farmacéuticos realicen inspecciones mensuales y mantengan un inventario continuo de sustancias controladas en los sitios de dispensación remotos para evitar pérdidas. Las sustancias controladas deben almacenarse de forma segura, y cualquier discrepancia en el inventario debe ser reportada y abordada. Se deben elaborar informes de conciliación regulares, incluyendo verificaciones detalladas de todos los medicamentos de la Lista II, cada tres meses, revisarlos y mantenerlos archivados durante al menos tres años. Si hay una pérdida de medicamentos, es crucial reportarla dentro de los plazos especificados e investigar la causa. Los informes de cualquier discrepancia o excedente deben estar bien documentados y firmados por las partes responsables.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(a) Un farmacéutico de la farmacia supervisora deberá completar una autoinspección mensual en persona de cada farmacia de sitio de dispensación remoto utilizando un formulario designado por la junta y deberá conservar todos los informes de inspección.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(b) Se deberá mantener un inventario perpetuo de todas las sustancias controladas almacenadas en una farmacia de sitio de dispensación remoto.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(c) Todas las sustancias controladas en una farmacia de sitio de dispensación remoto deberán almacenarse en un gabinete o caja fuerte segura que esté bajo llave.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(d) Un farmacéutico de la farmacia supervisora deberá realizar funciones de inventario y conciliación de inventario en una farmacia de sitio de dispensación remoto para detectar y prevenir la pérdida de cualquier sustancia controlada.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(e) El farmacéutico a cargo de una farmacia de sitio de dispensación remoto deberá revisar todos los informes de inventario y conciliación de inventario realizados y deberá establecer y mantener métodos seguros para prevenir pérdidas de cualquier sustancia controlada. La junta deberá desarrollar políticas y procedimientos escritos para la realización de los informes de conciliación de inventario requeridos por esta sección.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(f) Un farmacéutico de la farmacia supervisora deberá elaborar un informe de conciliación de inventario de todas las sustancias controladas de la Lista II en una farmacia de sitio de dispensación remoto al menos una vez cada tres meses. Esta elaboración requerirá todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(f)(1) Un recuento físico, no una estimación, de todas las cantidades de sustancias controladas de la Lista II en la farmacia de sitio de dispensación remoto. El inventario bienal de sustancias controladas, según lo exige la ley federal, puede servir como uno de los inventarios obligatorios bajo esta sección en el año en que se realice el inventario bienal federal, siempre que el inventario bienal se haya realizado no más de tres meses después del último inventario requerido por esta sección.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(f)(2) Una revisión de todas las adquisiciones y disposiciones de sustancias controladas de la Lista II desde el último informe de conciliación de inventario.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(f)(3) Una comparación de los párrafos (1) y (2) para determinar si existen discrepancias.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(f)(4) Todos los registros utilizados para elaborar cada informe de conciliación de inventario deberán mantenerse en la farmacia de sitio de dispensación remoto durante al menos tres años en un formato fácilmente recuperable.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(g) Una farmacia de sitio de dispensación remoto deberá informar a la junta, por escrito, cualquier pérdida identificada de sustancias controladas y las posibles causas de la pérdida dentro de los 30 días posteriores al descubrimiento de la pérdida, a menos que la causa de la pérdida sea robo, desvío o uso personal, en cuyo caso el informe deberá realizarse dentro de los 14 días posteriores al descubrimiento de la pérdida. Si la farmacia de sitio de dispensación remoto no puede identificar la causa de la pérdida, la farmacia de sitio de dispensación remoto deberá emprender una investigación adicional para identificar la causa de la pérdida y las mejoras de seguridad necesarias para prevenir cualquier pérdida adicional de sustancias controladas. El farmacéutico a cargo será responsable de presentar el informe a la junta.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(h) Las posibles causas de los excedentes deberán identificarse por escrito e incorporarse al informe de conciliación de inventario.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4134(i) El informe de conciliación de inventario deberá estar fechado y firmado por la persona o personas que realizaron el inventario y refrendado por el farmacéutico a cargo de la farmacia de sitio de dispensación remoto. No se requerirá una refrenda si el farmacéutico a cargo completó personalmente el informe de conciliación de inventario. El informe de conciliación de inventario deberá mantenerse en la farmacia de sitio de dispensación remoto durante al menos tres años en un formato fácilmente recuperable.

Section § 4135

Explanation

Esta ley establece reglas para las farmacias remotas que no siempre están abiertas. Necesitan un sistema de alarma o monitoreo para proteger sus medicamentos y equipos cuando están cerradas. Los empleados no pueden entrar a menos que un farmacéutico esté presente o disponible a través de telefarmacia. También necesitan un registro de quién entra y sale, el cual el farmacéutico principal debe revisar regularmente. Además, estas ubicaciones deben guardar grabaciones de vigilancia (excluyendo conversaciones con pacientes) por 120 días.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4135(a) Mientras esté cerrada, una farmacia de sitio de dispensación remota deberá utilizar un sistema de alarma u otro sistema de monitoreo comparable para proteger su equipo, registros y suministro de medicamentos, dispositivos y otros artículos de venta restringida contra el acceso, adquisición o uso no autorizado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4135(b) A menos que un farmacéutico esté presente en la farmacia de sitio de dispensación remota, esta no deberá estar abierta ni se permitirá el acceso a sus empleados durante los horarios en que la farmacia supervisora esté cerrada. El sistema de seguridad deberá permitir el seguimiento de las entradas a la farmacia de sitio de dispensación remota y el farmacéutico a cargo deberá revisar periódicamente el registro de entradas. No se deberán proporcionar servicios de farmacia en una farmacia de sitio de dispensación remota si el sistema de telefarmacia no está disponible.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4135(c) La farmacia de sitio de dispensación remota deberá conservar una grabación de la vigilancia de las instalaciones, excluyendo las comunicaciones con los pacientes, por un mínimo de 120 días.