Section § 4129

Explanation

Esta ley de California establece los requisitos para las instalaciones que mezclan medicamentos sin un paciente específico en mente, conocidas como centros de subcontratación. Dichas instalaciones necesitan una licencia especial si envían medicamentos a California. No pueden funcionar simultáneamente como farmacias de elaboración estéril en el mismo lugar. La junta puede establecer normas para hacer cumplir esto. También deben estar atentos a las directrices federales para mantenerse actualizados. Si una instalación elabora recetas personalizadas para pacientes individuales, no necesita una licencia de farmacia regular, pero debe seguir las mismas reglas que las farmacias.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129(a) Una instalación registrada como centro de subcontratación ante la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) federal deberá obtener una licencia concurrente de la junta como centro de subcontratación si elabora medicamentos estériles o no estériles para distribución no específica para un paciente dentro o hacia California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129(b) Las instalaciones de un centro con licencia de la junta como farmacia de elaboración estéril no podrán obtener una licencia concurrente de la junta como centro de subcontratación en la misma ubicación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129(c) La junta podrá adoptar reglamentos de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno) para establecer políticas, directrices y procedimientos para implementar este artículo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129(d) La junta revisará cualquier requisito formal o documento de orientación desarrollado por la FDA relacionado con los centros de subcontratación dentro de los 90 días posteriores a su publicación a fin de determinar si son necesarias revisiones para cualquier reglamento promulgado por la junta.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129(e) Un centro de subcontratación con licencia de la junta que dispense preparaciones elaboradas específicas para un paciente de conformidad con una receta para un paciente individual no estará obligado a obtener una licencia como farmacia, pero deberá cumplir con los mismos requisitos de una farmacia.

Section § 4129.1

Explanation

Si una instalación de subcontratación, que fabrica medicamentos estériles y no estériles, se encuentra en California y ya tiene licencia de la FDA, también debe obtener una licencia estatal para operar aquí. Esta licencia requiere una renovación anual y no se puede transferir a otra persona. La instalación debe seguir ciertas reglas establecidas por las autoridades federales y estatales para la fabricación de medicamentos. Antes de que la instalación pueda obtener o renovar su licencia, la junta estatal debe inspeccionarla y revisar sus procedimientos e informes de otras inspecciones. La instalación también debe informar rápidamente a la junta sobre cualquier problema, como acciones disciplinarias, retiradas de productos o quejas sobre sus productos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(a) Una instalación de subcontratación que tenga licencia de la Administración Federal de Alimentos y Medicamentos (FDA) y una dirección en este estado también deberá obtener una licencia de la junta como instalación de subcontratación antes de operar dentro de este estado. La licencia se renovará anualmente y no es transferible.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(b) Una instalación de subcontratación deberá elaborar todos los productos estériles y no estériles de conformidad con las regulaciones emitidas por la junta y con las buenas prácticas de fabricación actuales federales aplicables a las instalaciones de subcontratación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(c) No se emitirá ni renovará una licencia de instalación de subcontratación hasta que la ubicación sea inspeccionada por la junta y se determine que cumple con este artículo y las regulaciones adoptadas por la junta.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(d) No se emitirá ni renovará una licencia de instalación de subcontratación hasta que la junta realice todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(d)(1) Antes de la inspección, revise una copia actual de las políticas y procedimientos de la instalación de subcontratación para la elaboración de productos estériles y no estériles.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(d)(2) Se le proporcionen copias de todos los informes de inspección de agencias reguladoras federales y estatales, así como informes de acreditación y de certificación de las instalaciones o equipos de las dependencias de la instalación de subcontratación realizados en los 12 meses anteriores.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(d)(3) Antes de la inspección, reciba una lista de todos los medicamentos estériles y no estériles elaborados por la instalación de subcontratación según lo informado a la FDA en los últimos 12 meses.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(e) Una instalación de subcontratación con licencia conforme a esta sección deberá proporcionar a la junta todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(e)(1) Una copia de cualquier acción disciplinaria u otra acción tomada por otro estado o la FDA dentro de los 10 días siguientes a la acción.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(e)(2) Un aviso dentro de las 24 horas de cualquier notificación de retirada emitida por la instalación de subcontratación.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(e)(3) Una copia de cualquier queja relacionada clínicamente que reciba, que involucre productos elaborados por una instalación de subcontratación, de o que involucre a cualquier proveedor, farmacia o paciente en California, dentro de las 72 horas siguientes a su recepción.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.1(e)(4) Un aviso dentro de las 24 horas después de tener conocimiento de efectos adversos reportados o potencialmente atribuibles a los productos de la instalación de subcontratación.

Section § 4129.2

Explanation

Esta ley establece que las instalaciones de subcontratación ubicadas fuera de California pero dentro de los EE. UU. deben tener una licencia especial para enviar sus productos farmacéuticos a California. Deben seguir las regulaciones de California y las prácticas de fabricación federales para medicamentos estériles y no estériles. La licencia debe renovarse anualmente y requiere una inspección de la junta. Una instalación debe mostrar sus procedimientos de elaboración y los informes de inspecciones anteriores. También deben informar rápidamente a la junta sobre problemas como retiradas de productos, quejas, acciones disciplinarias o efectos adversos relacionados con sus productos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(a) Una instalación de subcontratación que está autorizada por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) federal como instalación de subcontratación y tiene una dirección fuera de este estado pero en los Estados Unidos de América es una instalación de subcontratación no residente. Una instalación de subcontratación no residente no deberá elaborar productos farmacéuticos estériles ni productos farmacéuticos no estériles para su distribución o uso en este estado sin una licencia de subcontratación emitida por la junta de conformidad con esta sección. La licencia deberá renovarse anualmente y no será transferible.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(b) Una instalación de subcontratación no residente deberá elaborar todos los productos estériles y productos no estériles que se distribuyan o utilicen en este estado en cumplimiento con las regulaciones de la junta y con las buenas prácticas de fabricación actuales federales aplicables a las instalaciones de subcontratación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(c) No se emitirá ni renovará una licencia para una instalación de subcontratación no residente hasta que la ubicación sea inspeccionada por la junta y se determine que cumple con este artículo y cualquier regulación adoptada por la junta. La instalación de subcontratación no residente deberá reembolsar a la junta todos los costos reales y necesarios incurridos por la junta al realizar una inspección de la instalación de subcontratación no residente al menos una vez al año de conformidad con la subdivisión (x) de la Sección 4400.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(d) No se emitirá ni renovará una licencia para una instalación de subcontratación no residente hasta que la junta:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(d)(1) Antes de la inspección, revise una copia actual de las políticas y procedimientos de la instalación de subcontratación no residente para la elaboración de productos estériles y la elaboración de productos no estériles.
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(d)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(d)(2)(A) Se le proporcionen copias de todos los informes de inspección de agencias reguladoras federales y estatales, así como informes de acreditación e informes de certificación de las instalaciones o equipos de las dependencias de la instalación de subcontratación no residente realizados en los 12 meses anteriores.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(d)(2)(A)(B) Para los fines de este párrafo, "estado" se refiere al estado en el que reside la instalación de subcontratación no residente.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(d)(3) Antes de la inspección, reciba una lista de todos los productos farmacéuticos estériles y productos farmacéuticos no estériles elaborados por la farmacia según lo informado a la FDA en los 12 meses anteriores.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(e) Una instalación de subcontratación no residente con licencia de conformidad con esta sección deberá proporcionar a la junta todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(e)(1) Una copia de cualquier acción disciplinaria o de otro tipo tomada por otro estado o la FDA dentro de los 10 días siguientes a la acción.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(e)(2) Aviso dentro de las 24 horas de cualquier aviso de retirada emitido por la instalación de subcontratación no residente.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(e)(3) Una copia de cualquier queja que reciba que involucre productos elaborados por una instalación de subcontratación de o que involucre a cualquier proveedor, farmacia o paciente en California dentro de las 72 horas siguientes a su recepción.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.2(e)(4) Aviso dentro de las 24 horas después de tener conocimiento de efectos adversos reportados o potencialmente atribuibles a los productos de una instalación de subcontratación no residente.

Section § 4129.3

Explanation

Esta ley exigía la presentación de un informe sobre las instalaciones de subcontratación no residentes antes del 1 de enero de 2018. El informe debía detallar las actividades de la junta en la inspección y concesión de licencias de estas instalaciones, evaluar si los ingresos por tarifas cubrían los costos y revisar los cambios en la ley federal que afectaban a estas instalaciones. También debían incluirse recomendaciones para cualquier cambio necesario para proteger la salud pública. La obligación de presentar este informe finalizó el 1 de enero de 2022.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.3(a) A más tardar el 1 de enero de 2018, la junta presentará un informe a la Legislatura sobre la regulación de las instalaciones de subcontratación no residentes. El informe se presentará a la Legislatura de la manera requerida conforme a la Sección 9795 del Código de Gobierno. Como mínimo, el informe abordará todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.3(a)(1) Una descripción detallada de las actividades de la junta relacionadas con la inspección y la concesión de licencias de las instalaciones de subcontratación no residentes.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.3(a)(2) Si los ingresos por tarifas recaudados conforme al apartado (x) de la Sección 4400 y los reembolsos de gastos de viaje recaudados conforme al apartado (c) de la Sección 4129.2 proporcionan ingresos en una cantidad suficiente para apoyar las actividades de la junta relacionadas con la inspección y la concesión de licencias de las instalaciones de subcontratación no residentes.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.3(a)(3) El estado de los cambios propuestos a la ley federal que están bajo seria consideración y que regirían las instalaciones de subcontratación y las farmacias de formulación, incluyendo, entre otros, la legislación pendiente ante el Congreso, las normas administrativas, reglamentos u órdenes bajo consideración de la FDA u otra agencia federal apropiada, y los casos pendientes ante los tribunales.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.3(a)(4) Si corresponde, modificaciones recomendadas a los deberes estatutarios de la junta relacionados con las instalaciones de subcontratación no residentes como resultado de cambios en la ley federal o cualquier modificación adicional necesaria para proteger la salud y seguridad del público.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.3(b) El requisito de presentar un informe impuesto en el apartado (a) deja de tener efecto el 1 de enero de 2022, conforme a la Sección 10231.5 del Código de Gobierno.

Section § 4129.4

Explanation

Si una junta estatal cree que una instalación que fabrica medicamentos es peligrosa para el público, puede ordenar a la instalación que detenga sus operaciones de inmediato. Esta orden de detención puede durar hasta 30 días. La junta debe informar al propietario de la instalación sobre los motivos y las leyes aplicables. El propietario tiene 15 días para solicitar una audiencia para impugnar la orden, y esta audiencia debe celebrarse en un plazo de cinco días hábiles. Si la junta decide en contra del propietario, este puede apelar. No obedecer la orden de detención se considera una falta profesional.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.4(a) Siempre que la junta tenga una creencia razonable, basada en información obtenida durante una inspección o investigación por parte de la junta, de que una instalación de subcontratación que prepara productos farmacéuticos estériles o no estériles representa una amenaza inmediata para la salud o seguridad pública, el director ejecutivo de la junta podrá emitir una orden a la instalación de subcontratación para que cese y desista inmediatamente la preparación de productos farmacéuticos estériles o no estériles. La orden de cese y desista permanecerá en vigor por no más de 30 días o la fecha de una audiencia para solicitar una orden de suspensión provisional, lo que ocurra primero.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.4(b) Siempre que la junta emita una orden de cese y desista de conformidad con el apartado (a), la junta deberá emitir inmediatamente una notificación al propietario exponiendo los actos u omisiones de los que se acusa al propietario, especificando la sección o secciones pertinentes del código y cualquier reglamento.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.4(c) La orden de cese y desista deberá indicar que el propietario, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la notificación, podrá solicitar una audiencia ante el presidente de la junta para impugnar la orden de cese y desista. La consideración de la impugnación de la orden de cese y desista por parte del propietario deberá cumplir con la Sección 11425.10 del Código de Gobierno. La audiencia se celebrará a más tardar cinco días hábiles después de la fecha en que la junta reciba la solicitud del propietario. El presidente emitirá una decisión por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a la audiencia. En ausencia del presidente de la junta, el vicepresidente de la junta podrá llevar a cabo la audiencia permitida por este apartado. El propietario o la persona en posesión o control de la instalación de subcontratación podrá solicitar la revisión de la decisión de conformidad con la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.4(d) El incumplimiento de una orden de cese y desista emitida de conformidad con esta sección constituirá conducta profesional indebida.

Section § 4129.5

Explanation

Esta ley establece que si alguien infringe las normas descritas en este artículo o en las reglamentaciones relacionadas, puede ser multado con hasta $5,000 por cada vez que la infrinja. La multa se emite mediante una citación de la junta.

No obstante cualquier otra ley, una infracción de este artículo, o de la reglamentación adoptada en virtud del mismo, puede someter a la persona o entidad que cometió la infracción a una multa de hasta cinco mil dólares ($5,000) por cada infracción, mediante una citación emitida por la junta.

Section § 4129.8

Explanation

Esta sección permite a la junta emitir una licencia temporal a una instalación de subcontratación si es de interés público. Esta licencia temporal requiere una tarifa y puede durar hasta 180 días si es necesaria para la seguridad pública. La junta puede cancelar la licencia temporal si se otorgó por error o si se deniega la solicitud de licencia permanente. El titular de una licencia temporal no tiene derechos garantizados para conservarla, y esto no afectará ningún procedimiento disciplinario.

La junta, a su discreción, podrá emitir una licencia temporal a una instalación de subcontratación bajo las condiciones y por los períodos de tiempo que la junta determine que son de interés público. Se requerirá una tarifa de licencia temporal según lo especificado en la subdivisión (w) de la Sección 4400. Cuando sea necesario para proteger la seguridad pública, se podrá emitir una licencia temporal por un período que no exceda los 180 días, y podrá emitirse sujeta a los términos y condiciones que la junta considere necesarios. Si la junta determina que se emitió una licencia temporal por error o deniega la solicitud de una licencia permanente, la licencia temporal terminará con la primera de las siguientes: la notificación personal del aviso de terminación al titular de la licencia o la notificación por correo certificado con acuse de recibo en la dirección registrada del titular de la licencia ante la junta. No se considerará que el titular de la licencia temporal tiene un derecho de propiedad adquirido o interés en la licencia a efectos de retener una licencia temporal o a efectos de cualquier procedimiento disciplinario o de denegación de licencia ante la junta.

Section § 4129.9

Explanation

Si una instalación que prepara medicamentos emite una retirada de un fármaco porque es peligroso, debe informar a la farmacia, al médico o al paciente que recibió el medicamento en un plazo de 24 horas. También deben notificar a la junta estatal. Esta notificación rápida es obligatoria si el medicamento podría causar problemas de salud graves o la muerte, y si fue utilizado o estaba destinado a ser utilizado en California. Si el medicamento fue entregado a un médico, este debe informar al paciente. Si fue entregado a una farmacia, la farmacia debe informar al médico o al paciente, y el médico debe informar al paciente si es notificado.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.9(a) Una instalación de externalización con licencia conforme a la Sección 4129.1 o 4129.2 que emita un aviso de retirada para un medicamento estéril o no estéril preparado por la instalación de externalización, además de cualquier otra obligación, deberá contactar a la farmacia receptora, al prescriptor o al paciente del medicamento retirado y a la junta tan pronto como sea posible dentro de las 24 horas siguientes al aviso de retirada si se cumplen ambas de las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.9(a)(1) El uso o la exposición al medicamento retirado puede causar graves consecuencias adversas para la salud o la muerte.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.9(a)(2) El medicamento retirado fue dispensado, o está destinado a ser utilizado, en este estado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.9(b) Un aviso de retirada emitido conforme a la subdivisión (a) se realizará de la siguiente manera:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.9(b)(1) Si el medicamento retirado fue dispensado directamente al prescriptor, el aviso se hará al prescriptor y el prescriptor deberá asegurarse de que el paciente sea notificado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4129.9(b)(2) Si el medicamento retirado fue dispensado directamente a una farmacia, el aviso se hará a la farmacia y dicha farmacia deberá notificar al prescriptor o al paciente, según corresponda. Si la farmacia notifica al prescriptor, el prescriptor deberá asegurarse de que el paciente sea notificado.