Section § 4128

Explanation

Esta ley permite a las farmacias hospitalarias especializadas preparar medicamentos para pacientes cuando estos hospitales son de la misma propiedad y están a menos de 75 millas de distancia entre sí. Pueden reenvasar y codificar con barras grandes cantidades de medicamentos en paquetes más pequeños de dosis única, específicamente para su uso dentro de estos hospitales. La definición de "propiedad común" significa que los detalles de propiedad de estas farmacias deben coincidir con los archivados ante la junta pertinente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128(a) No obstante lo dispuesto en la Sección 4029, una farmacia hospitalaria centralizada de empaquetado podrá preparar medicamentos, realizando las siguientes funciones especializadas, para su administración únicamente a pacientes hospitalizados dentro de su propio hospital general de atención aguda y uno o más hospitales generales de atención aguda si los hospitales son de propiedad común y están ubicados dentro de un radio de 75 millas entre sí:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128(a)(1) Preparar paquetes de dosis unitaria para administración única a pacientes hospitalizados a partir de envases a granel, si cada paquete de dosis unitaria está codificado con barras conforme a la Sección 4128.4.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128(a)(2) Preparar medicamentos estériles compuestos en dosis unitaria para administración a pacientes hospitalizados, si cada medicamento compuesto en dosis unitaria está codificado con barras conforme a la Sección 4128.4.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128(a)(3) Preparar medicamentos compuestos en dosis unitaria para administración a pacientes hospitalizados, si cada paquete de dosis unitaria está codificado con barras conforme a la Sección 4128.4.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128(b) A los efectos de este artículo, “propiedad común” significa que la información de propiedad archivada ante la junta conforme a la Sección 4201 para la farmacia con licencia es consistente con la información de propiedad archivada ante la junta para la(s) otra(s) farmacia(s) con licencia a los efectos de preparar medicamentos conforme a esta sección.

Section § 4128.2

Explanation

Esta ley explica que las farmacias hospitalarias de empaque centralizado en California necesitan una licencia especial de la junta, además de su licencia de farmacia regular. Para obtener esta licencia especializada, deben presentar una solicitud utilizando formularios específicos proporcionados por la junta y pasar una inspección para asegurar que cumplen con todas las normas. Esta licencia solo está disponible para farmacias hospitalarias y debe renovarse cada año, lo que implica otra inspección. La licencia tampoco es transferible a otra farmacia. Estas reglas comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2025.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(a) Además del requisito de licencia de farmacia descrito en la Sección 4110, una farmacia hospitalaria de empaque centralizado deberá obtener una licencia especializada de la junta antes de realizar las funciones descritas en la Sección 4128.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(b) Un solicitante que busque una licencia especializada conforme a este artículo deberá presentar su solicitud a la junta mediante los formularios establecidos por la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(c) Antes de emitir la licencia especializada, la junta inspeccionará la farmacia y se asegurará de que la farmacia cumpla con este artículo y las regulaciones establecidas por la junta.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(d) Una licencia para realizar las funciones descritas en la Sección 4128 solo podrá emitirse a una farmacia que esté autorizada por la junta como farmacia hospitalaria.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(e) Una licencia emitida conforme a este artículo deberá renovarse anualmente y es intransferible.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(f) Un solicitante que busque la renovación de una licencia especializada deberá presentar su solicitud a la junta mediante los formularios establecidos por la junta.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(g) Una licencia para realizar las funciones descritas en la Sección 4128 no se renovará hasta que la farmacia haya sido inspeccionada por la junta y se determine que cumple con este artículo y las regulaciones establecidas por la junta.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.2(h) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2025.

Section § 4128.3

Explanation

Esta ley permite a una farmacia hospitalaria centralizada preparar y almacenar una cantidad limitada de medicamentos en dosis unitaria antes de recibir recetas específicas. El objetivo es asegurar que el hospital pueda proporcionar atención de forma continua a sus pacientes, basándose en los patrones de recetas anteriores para estos pacientes.

Una farmacia hospitalaria centralizada de empaque puede preparar y almacenar una cantidad limitada de los medicamentos en dosis unitaria autorizados por la Sección 4128 con antelación a la recepción de una receta específica para un paciente, en una cantidad que sea necesaria para asegurar la continuidad de la atención para una población identificada de pacientes hospitalizados del hospital de cuidados agudos generales, basándose en un historial documentado de recetas para esa población de pacientes.

Section § 4128.4

Explanation

Esta ley exige que cualquier medicamento de un solo uso fabricado por la farmacia central de un hospital tenga un código de barras que el personal de atención médica pueda escanear en la cabecera del paciente. Esto asegura que administren el medicamento correcto al paciente correcto, en la cantidad y forma correctas. El software utilizado para el escaneo, llamado software de administración de medicamentos con código de barras, ayuda a prevenir errores de medicación al verificar la información con el expediente médico electrónico del paciente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.4(a)  Cualquier medicamento en dosis unitaria producido por una farmacia hospitalaria centralizada de envasado deberá llevar un código de barras para ser legible por máquina en la cabecera del paciente hospitalizado utilizando software de administración de medicamentos con código de barras.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.4(b) El software de administración de medicamentos con código de barras permitirá a los profesionales de la salud asegurar que, antes de administrar un medicamento a un paciente hospitalizado, sea el medicamento correcto, para el paciente hospitalizado correcto, en la dosis correcta y por la vía de administración correcta. El software verificará que el medicamento cumple estos criterios leyendo el código de barras del medicamento y comparando la información obtenida con el expediente médico electrónico del paciente hospitalizado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.4(c)  Para los fines de esta sección, “software de administración de medicamentos con código de barras” significa un sistema informatizado diseñado para prevenir errores de medicación en entornos de atención médica.

Section § 4128.5

Explanation

Esta ley exige que las etiquetas de los medicamentos en dosis unitaria elaborados por una farmacia hospitalaria centralizada de envasado incluyan detalles específicos. Estos detalles deben incluir la fecha de preparación, la fecha de caducidad, el nombre y la cantidad del medicamento, las necesidades de almacenamiento, el número de lote o de control, y el nombre de la farmacia. Además, los farmacéuticos deben poder utilizar el número de lote o de control para fines de seguimiento y encontrar información sobre los ingredientes del medicamento, sus fechas de caducidad y el número del Código Nacional de Medicamentos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a) Cualquier etiqueta para cada medicamento en dosis unitaria producido por una farmacia hospitalaria centralizada de envasado deberá mostrar una etiqueta legible para humanos que contenga todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(1) La fecha en que se preparó el medicamento.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(2) La fecha límite de uso.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(3) La denominación establecida del fármaco.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(4) La cantidad de cada principio activo.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(5) Requisitos especiales de almacenamiento o manipulación.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(6) El número de lote o número de control asignado por la farmacia hospitalaria centralizada de envasado.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(a)(7) El nombre de la farmacia hospitalaria centralizada de envasado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(b) Para fines de control de calidad e investigación, un farmacéutico deberá poder recuperar toda la siguiente información utilizando el número de lote o número de control descrito en la subdivisión (a):
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(b)(1) Los componentes utilizados en el producto farmacéutico.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(b)(2) La fecha de caducidad de cada uno de los componentes del fármaco.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4128.5(b)(3) El número del Directorio Nacional de Códigos de Medicamentos.

Section § 4128.6

Explanation
Esta ley establece que todas las tareas relacionadas con la formulación y el envasado de medicamentos deben realizarse únicamente en una farmacia hospitalaria que cuente con la licencia adecuada. La farmacia debe cumplir con todas las leyes y normas federales y estatales pertinentes, especialmente las relativas a la preparación de medicamentos formulados o estériles cuando sea necesario.

Section § 4128.7

Explanation

Esta ley establece que una farmacia hospitalaria centralizada de empaquetado y sus farmacéuticos deben asegurar que cualquier medicamento de dosis única que preparen sea seguro, eficaz, de alta calidad y esté etiquetado con precisión.

Una farmacia hospitalaria centralizada de empaquetado y los farmacéuticos que trabajan en ella serán responsables de la integridad, potencia, calidad y concentración indicada en la etiqueta de cualquier producto farmacéutico en dosis unitaria preparado por la farmacia hospitalaria centralizada de empaquetado.