FarmaciaClínicas Correccionales
Section § 4187
Esta ley define términos clave relacionados con las instalaciones y el personal de atención médica dentro de las instituciones correccionales en California. Una 'clínica correccional' se refiere a las clínicas administradas por el estado para proporcionar atención médica a los presos. El 'director ejecutivo' es el principal administrador de atención médica, mientras que el 'director médico ejecutivo' es el médico principal y la 'directora ejecutiva de enfermería' es la enfermera principal en estas clínicas. Un 'dentista supervisor' es el dentista de más alto rango. Además, una 'clínica correccional con licencia' es específicamente una clínica que cumple con los requisitos de licencia del estado.
Section § 4187.1
Esta ley establece que las clínicas correccionales en California, que son instalaciones aprobadas dentro de las prisiones, pueden obtener medicamentos de ciertas fuentes, como farmacias correccionales o la Farmacia Central de Suministro del Departamento de Correcciones y Rehabilitación. Esto se permite para ayudar con el tratamiento de los reclusos, ya sea bajo las órdenes de un médico o mediante protocolos de salud especiales para reclusos. Solo profesionales cualificados como médicos, dentistas o farmacéuticos pueden dispensar estos medicamentos, y deben seguir reglas específicas sobre recetas y etiquetado. Las clínicas correccionales deben mantener registros detallados sobre los medicamentos que manejan durante al menos tres años, y estos registros deben estar disponibles para inspecciones. Antes de que una clínica correccional pueda operar bajo estas reglas, debe tener una licencia, y cada ubicación de clínica necesita su propia licencia que no puede ser transferida ni utilizada en otro lugar. Cualquier cambio en la dirección de la clínica debe ser informado a las autoridades con antelación.
Section § 4187.2
Esta sección describe las reglas para crear políticas de servicios de farmacia en clínicas correccionales, las cuales deben ser aprobadas por un comité central. Estas políticas requieren las firmas del personal clave antes de que se otorgue una licencia de clínica. El director ejecutivo se encarga de las operaciones de los servicios de farmacia, mientras que el farmacéutico asegura el cumplimiento de las políticas. Si hay un cambio en el director ejecutivo, debe informarse dentro de los 30 días. Además, un farmacéutico debe inspeccionar la clínica al menos cada tres meses.
Section § 4187.3
Section § 4187.4
Section § 4187.5
Esta ley permite los sistemas automatizados de dispensación de medicamentos en clínicas correccionales, asegurando que sigan procedimientos detallados para la seguridad, protección y precisión. Los farmacéuticos deben autorizar la retirada de medicamentos después de revisar las recetas, a menos que surjan circunstancias urgentes que requieran la dispensación inmediata de medicamentos. El sistema necesita revisiones mensuales regulares por parte de un farmacéutico para su mantenimiento y precisión, y el abastecimiento debe realizarse bajo la supervisión de un farmacéutico con licencia. Los sistemas automatizados deben ser operados por farmacias correccionales con licencia, que conservan la propiedad de los medicamentos hasta que son dispensados. Solo las personas autorizadas pueden manejar estos medicamentos, garantizando la rendición de cuentas.