Section § 4190

Explanation

Esta sección de la ley de California define qué es una 'clínica', incluyendo clínicas quirúrgicas, centros de atención ambulatoria y centros quirúrgicos ambulatorios. Permite a las clínicas con licencia comprar medicamentos al por mayor, bajo la dirección de un médico, para tratar a sus pacientes, y exige que se mantengan registros adecuados de las transacciones de medicamentos durante al menos tres años. Las clínicas solo pueden dispensar medicamentos para el control del dolor y las náuseas, cubriendo las necesidades del paciente por un máximo de 72 horas. Cada clínica debe tener su propia licencia, y cualquier cambio de propiedad debe ser informado a la junta con al menos 30 días de antelación. Los médicos conservan su capacidad para recetar y dispensar medicamentos como de costumbre.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4190(a) Para los fines de este artículo, “clínica” significa una clínica quirúrgica con licencia conforme al párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 1204 del Código de Salud y Seguridad, un entorno ambulatorio acreditado por una agencia de acreditación, según se define en la Sección 1248 del Código de Salud y Seguridad, o un centro quirúrgico ambulatorio certificado para participar en el Programa Medicare bajo el Título XVIII de la Ley federal del Seguro Social (42 U.S.C. Sec. 1395 y siguientes).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4190(b) Una clínica con licencia de la junta puede comprar medicamentos al por mayor para su administración o dispensación, bajo la dirección de un médico y cirujano, a pacientes registrados para recibir atención en la clínica, según lo dispuesto en la subdivisión (c). Se requerirá una licencia separada para cada ubicación de la clínica. Una clínica con licencia de la junta deberá notificar a la junta cualquier cambio en la dirección de la clínica en un formulario proporcionado por la junta. La clínica deberá mantener registros del tipo y las cantidades de medicamentos comprados, administrados y dispensados, y dichos registros deberán estar disponibles y conservarse durante un mínimo de tres años para su inspección por parte de todo el personal debidamente autorizado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4190(c) El servicio de distribución de medicamentos de una clínica se limitará al uso de medicamentos para su administración a los pacientes de la clínica y a la dispensación de medicamentos para el control del dolor y las náuseas para los pacientes de la clínica. Los medicamentos no se dispensarán en una cantidad superior a la necesaria para cubrir las necesidades del paciente durante 72 horas. Los medicamentos para administración serán aquellos medicamentos aplicados directamente, ya sea por inyección, inhalación, ingestión o cualquier otro medio, al cuerpo de un paciente para sus necesidades inmediatas.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4190(d) Ninguna clínica tendrá derecho a los beneficios de esta sección hasta que haya obtenido una licencia de la junta.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4190(e) Si una clínica tiene licencia de la junta, cualquier cambio propuesto en la propiedad o interés beneficiario del licenciatario deberá ser informado a la junta, en un formulario que proporcionará la junta, al menos 30 días antes de la ejecución de cualquier acuerdo de compra, venta, intercambio, donación o cualquier otra transferencia de propiedad o interés beneficiario, o antes de cualquier transferencia de propiedad o interés beneficiario, lo que ocurra primero.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4190(f) Nada en esta sección limitará la capacidad de un médico y cirujano para recetar, dispensar, administrar o suministrar medicamentos en una clínica según lo dispuesto en las Secciones 2241.5, 2242 y 4170.

Section § 4191

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Antes de que una clínica pueda obtener una licencia para operar, debe seguir todas las reglas sobre el manejo de medicamentos establecidas por el Departamento de Salud Pública del Estado. Esto incluye llevar un registro de los inventarios de medicamentos, asegurarlos, capacitar al personal, desarrollar protocolos, mantener registros y asegurar un etiquetado y dispensación adecuados, con un enfoque en la salud y seguridad pública. Estas medidas deben ser aprobadas por el farmacéutico, el director y el administrador de la clínica. Una vez que la clínica tiene licencia, solo ciertos profesionales como médicos y farmacéuticos pueden dispensar medicamentos, siguiendo todas las leyes pertinentes.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4191(a) Antes de la emisión de una licencia de clínica autorizada bajo este artículo, la clínica deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables del Departamento de Salud Pública del Estado y de la junta relacionadas con la distribución de medicamentos para asegurar que los inventarios, los procedimientos de seguridad, la capacitación, el desarrollo de protocolos, el mantenimiento de registros, el empaquetado, el etiquetado, la dispensación y la consulta al paciente se lleven a cabo de una manera consistente con la promoción y protección de la salud y seguridad del público. Las políticas y procedimientos para implementar las leyes y regulaciones deberán ser desarrollados y aprobados por el farmacéutico consultor, el director profesional y el administrador de la clínica.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4191(b) La dispensación de medicamentos en una clínica que ha recibido una licencia bajo este artículo deberá ser realizada únicamente por un médico, un farmacéutico u otra persona legalmente autorizada para dispensar medicamentos, y solo en cumplimiento con todas las leyes y regulaciones aplicables.

Section § 4192

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Esta ley trata sobre las clínicas que solicitan una licencia de farmacia. Deben tener un director profesional, como un médico o un dentista, que sea responsable de los servicios de farmacia. Un farmacéutico consultor debe trabajar con ellos para establecer políticas adecuadas y visitar la clínica al menos cada tres meses para asegurarse de que todo esté en orden. También deben redactar un informe trimestral que confirme que la clínica cumple las normas y sugerir soluciones si es necesario. Cada dos años, se completa un formulario para verificar el cumplimiento de las leyes pertinentes. Cualquier cambio en la dirección debe ser informado a la junta en un plazo de 30 días.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4192(a) Cada clínica que solicite una licencia bajo este artículo deberá presentar pruebas de que el director profesional es responsable de la prestación segura, ordenada y legal de los servicios de farmacia. En el desempeño de las responsabilidades del director profesional, se deberá contratar a un farmacéutico consultor para que apruebe las políticas y procedimientos en conjunto con el director profesional y el administrador. Además, se exigirá al farmacéutico consultor que visite la clínica regularmente y al menos trimestralmente. Sin embargo, nada en esta sección prohibirá que el farmacéutico consultor realice visitas con una frecuencia mayor a la trimestral para revisar la aplicación de las políticas y procedimientos, basándose en el acuerdo de todas las partes que aprueban dichas políticas y procedimientos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4192(b) El farmacéutico consultor certificará por escrito trimestralmente que la clínica está, o no está, operando en cumplimiento con los requisitos de este artículo. Cada certificación escrita completada se mantendrá archivada en la clínica durante tres años e incluirá las acciones correctivas recomendadas, si procede. Antes del 1 de julio de cada año impar, el farmacéutico consultor deberá completar un Formulario de Autoevaluación de Clínica Quirúrgica, según lo determine la junta, como medio para promover el cumplimiento a través de la autoexaminación y la educación. La autoevaluación evaluará el cumplimiento de la clínica con las leyes y regulaciones vigentes e incluirá información sobre las prácticas de formulación magistral, según se especifica en la versión más reciente del Formulario de Autoevaluación de Clínica Quirúrgica aprobado por la junta y publicado en su sitio web de internet. El director profesional de la clínica y el farmacéutico consultor certificarán en la página final del Formulario de Autoevaluación de Clínica Quirúrgica que han leído, revisado y completado la autoevaluación a lo mejor de su capacidad profesional y reconocen que la falta de corrección de cualquier deficiencia identificada podría resultar en una acción por parte de la junta. El formulario completado deberá firmarse bajo pena de perjurio, mantenerse archivado en la clínica durante tres años y ponerse a disposición de la junta o su designado, previa solicitud.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4192(c) Para los fines de este artículo, "director profesional" significa un médico y cirujano que actúa en su capacidad de director médico o un dentista o podólogo que actúa en su capacidad de director en una clínica donde solo se prestan servicios dentales o podiátricos.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4192(d) Las clínicas con licencia deberán notificar a la junta dentro de los 30 días siguientes a cualquier cambio de director profesional, utilizando un formulario proporcionado por la junta.

Section § 4193

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Si una clínica tiene una licencia específica, no puede recibir tarifas adicionales por dispensar medicamentos a través del programa Medi-Cal. Además, dicha clínica no puede vender medicamentos, cobrarlos o facturar por el servicio de entregar o administrar medicamentos.

Ninguna clínica que posea una licencia conforme a este artículo será elegible para ninguna tarifa de dispensación profesional que pueda ser autorizada bajo el programa Medi-Cal (Capítulo 7 (que comienza con la Sección 14000) de la Parte 3 de la División 9 del Código de Bienestar e Instituciones). Ninguna clínica que posea una licencia conforme a este artículo ofrecerá medicamentos para la venta ni cobrará o facturará por servicios profesionales por la dispensación o administración de medicamentos.

Section § 4194

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Esta ley establece que las clínicas no pueden entregar directamente sustancias controladas de la Lista II. Sin embargo, los médicos aún pueden recetar estos medicamentos si siguen pautas legales específicas, y las clínicas pueden usar estos medicamentos en sus instalaciones siempre que se haga de forma legal.

Ninguna sustancia controlada de la Lista II será dispensada en la clínica. Esta limitación no prohíbe que un médico dispense un medicamento de la Lista II en la medida permitida por el apartado (b) de la Sección 11158 del Código de Salud y Seguridad y todas las demás disposiciones de la ley, ni impide la administración legal de medicamentos de la Lista II en las instalaciones de la clínica.

Section § 4195

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Esta ley permite a la junta inspeccionar clínicas en cualquier momento para verificar que cumplen con las normas y leyes aplicables.

La junta tendrá la autoridad para inspeccionar una clínica que esté autorizada conforme a este artículo en cualquier momento con el fin de determinar si la clínica está, o no está, operando en cumplimiento de este artículo y de todas las demás disposiciones de la ley.