Section § 2859

Explanation

Esta ley define qué es la enfermería vocacional en California, especificando que implica habilidades técnicas y manuales aprendidas en la escuela de enfermería y practicadas bajo la dirección de un médico, enfermero/a registrado/a o médico naturópata. Un/a enfermero/a vocacional solo puede realizar tareas dentro de los límites legales de su licencia. Al trabajar con un médico naturópata, deben seguir protocolos de supervisión específicos, que incluyen acuerdos escritos sobre deberes, supervisión, comunicación y protocolos de medicamentos. El médico naturópata debe establecer y mantener protocolos de supervisión, y los/las enfermeros/as vocacionales deben cumplirlos o enfrentarse a acciones disciplinarias por conducta profesional indebida.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(a) La práctica de la enfermería vocacional, en el sentido de este capítulo, es la realización de servicios que requieren aquellas habilidades técnicas y manuales adquiridas mediante un curso en una escuela de enfermería vocacional aprobada, o su equivalente, practicadas bajo la dirección de un médico y cirujano con licencia o enfermero/a registrado/a, según se define en la Sección 2725, o médico naturópata, según se define en la Sección 2859.1, y de conformidad con esta sección y la Sección 2859.1.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(b) Un/a enfermero/a vocacional, en el sentido de este capítulo, es una persona que ha cumplido con todos los requisitos legales para obtener una licencia como enfermero/a vocacional en este estado y que, a cambio de una compensación o beneficio personal, se dedica a la enfermería vocacional, según se define en el subapartado (a).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(c) Los cambios realizados en esta sección por la ley que añade este subapartado no autorizan a un/a enfermero/a vocacional con licencia que actúe bajo la dirección de un médico naturópata a realizar ninguna función fuera del ámbito de práctica existente de un/a enfermero/a vocacional con licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(d) Un/a enfermero/a vocacional con licencia que ejerza bajo la supervisión de un médico naturópata se limitará a realizar aquellas tareas incluidas dentro del ámbito de práctica de un médico naturópata.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(e) Un médico naturópata que supervise a un/a enfermero/a vocacional con licencia y que suministre o recete medicamentos de acuerdo con procedimientos o protocolos estandarizados desarrollados con la aprobación de un médico y cirujano supervisor, según lo autorizado en la Sección 3640.5, deberá identificar dentro del protocolo establecido que el médico naturópata es responsable de la supervisión de un/a enfermero/a vocacional con licencia o enfermeros/as y proporcionar procedimientos para la asistencia y consulta con el médico y cirujano supervisor con respecto a cualquier problema que surja relacionado con la supervisión del médico naturópata de un/a enfermero/a vocacional con licencia o enfermeros/as en el suministro o la prescripción de medicamentos.
(f)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)(1) Un médico naturópata que supervise a un/a enfermero/a vocacional con licencia establecerá un protocolo de supervisión por escrito, que incluya el acuerdo de práctica, y que contenga todo lo siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)(1)(A) Una descripción de los deberes y responsabilidades del/de la enfermero/a vocacional con licencia y, si corresponde, la divulgación del procedimiento o protocolo para el suministro o la prescripción de medicamentos, según se describe en el subapartado (e).
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)(1)(B) Políticas y procedimientos para garantizar una supervisión adecuada del/de la enfermero/a vocacional con licencia, incluyendo, entre otros, comunicación adecuada, disponibilidad de supervisión, ubicación del lugar o lugares donde se prestarán los servicios, y disponibilidad de consultas entre el médico naturópata y el/la enfermero/a vocacional con licencia con respecto a la práctica de la enfermería vocacional.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)(1)(C) Los métodos para la capacitación y evaluación continua de la competencia y cualificaciones del/de la enfermero/a vocacional con licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)(2) El protocolo de supervisión por escrito requerido por este subapartado puede proporcionarse mediante un contrato de empleo u otro documento de acuerdo de práctica.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(f)(3) Un/a enfermero/a vocacional con licencia deberá proporcionar una copia del protocolo de supervisión por escrito prescrito por este subapartado a la junta a solicitud de la junta.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859(g) Además de otros actos que constituyan conducta profesional indebida en el sentido de este capítulo, el incumplimiento de los requisitos de supervisión de este capítulo o de cualquier reglamento adoptado de conformidad con el mismo se considera conducta profesional indebida y motivo de acción disciplinaria.

Section § 2859.1

Explanation

Esta ley define términos clave y establece las reglas para que los médicos naturópatas supervisen a los enfermeros vocacionales licenciados. Aclara que la supervisión no requiere que el médico esté físicamente presente, pero debe estar disponible por teléfono y adherirse a un acuerdo de práctica. Los médicos naturópatas no pueden indicar a los enfermeros que realicen ciertos procedimientos como inyecciones o procedimientos cosméticos que no estén dentro del ámbito del enfermero. Además, no pueden supervisar a enfermeros con licencias inactivas o sin licencia. Si un enfermero está en libertad condicional, el médico supervisor debe seguir estrictamente los términos de la libertad condicional.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a) A los efectos de este capítulo, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a)(1) “Médico naturópata” significa una persona que posee una licencia vigente, activa y sin restricciones de conformidad con la Ley de Médicos Naturópatas (Capítulo 8.2, a partir de la Sección 3610).
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a)(2)(A) “Supervisión” o “supervisar”, tal como se utiliza en relación con la supervisión de un enfermero vocacional licenciado por un médico naturópata, significa la supervisión de los procedimientos autorizados por esta sección y la Sección 2859 que están dentro del ámbito de práctica del médico naturópata, y significa que un médico naturópata supervisa las actividades y acepta la responsabilidad de aquellos servicios descritos en esta sección y la Sección 2859 que son realizados por un enfermero vocacional licenciado supervisado. La “supervisión” en este contexto no requiere la presencia física de un médico naturópata, pero sí requiere ambas de las siguientes:
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a)(2)(A)(i) Adherencia a una supervisión adecuada según lo acordado en el acuerdo de práctica descrito en la Sección 2859.
(ii)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a)(2)(A)(ii) Que el médico naturópata esté disponible por teléfono en el momento en que el enfermero vocacional licenciado examine al paciente.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(a)(2)(A)(B) Esta definición no prohíbe que la junta exija la presencia física de un médico naturópata como término o condición de la disciplina, reincorporación o libertad condicional de un enfermero vocacional licenciado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(b) Esta sección no autoriza a un médico naturópata a supervisar o dirigir a un enfermero vocacional licenciado para iniciar o superponer fluidos intravenosos de una manera que violaría la Sección 2860.5, incluso realizando el procedimiento fuera de un sistema de atención médica organizado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c) Esta sección no autoriza a un enfermero vocacional licenciado a realizar ninguno de los siguientes actos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c)(1) Administrar inyecciones de Botox, Juvederm, Kybella o glutatión.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c)(2) Realizar terapia de plasma rico en plaquetas.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c)(3) Realizar procedimientos de eliminación de crecimientos cutáneos.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c)(4) Realizar otros procedimientos cosméticos fuera del ámbito de práctica de un enfermero vocacional licenciado, según lo determine la junta.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c)(5) Administrar terapias de tratamiento con láser, luz, vapor o ultravioleta, a menos que sea dirigido por un médico y cirujano o un médico naturópata con un propósito médicamente necesario.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(c)(6) Iniciar o superponer fluidos intravenosos de forma independiente en atención domiciliaria sin supervisión u otro entorno no autorizado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(d) Esta sección no autoriza a un médico naturópata sin licencia a contratar, dirigir o supervisar a un enfermero vocacional licenciado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(e) Esta sección no autoriza a un médico naturópata licenciado a contratar, dirigir o supervisar a un enfermero vocacional licenciado que tenga una licencia que no esté vigente y activa.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 2859.1(f) Si un médico naturópata proporciona supervisión a un enfermero vocacional licenciado que tiene una licencia restringida debido a una orden de libertad condicional, entonces el médico naturópata supervisor deberá asegurarse de cumplir y proporcionar supervisión dentro de los términos de la orden de libertad condicional.

Section § 2860

Explanation

Esta ley aclara que este capítulo no permite a nadie practicar la medicina o la cirugía, ni proporcionar servicios de atención respiratoria de forma ilegal. Sin embargo, un enfermero vocacional con licencia que tenga la capacitación y las habilidades adecuadas, y que su empleador apruebe, puede realizar ciertas tareas respiratorias si un médico se lo indica y si esas tareas están específicamente identificadas por la Junta de Atención Respiratoria.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860(a) Este capítulo no confiere autoridad para practicar la medicina o la cirugía, para proporcionar servicios y tratamientos de atención respiratoria, o para emprender la prevención, el tratamiento o la cura de enfermedades, dolor, lesiones, deformidades o condiciones mentales o físicas en violación de cualquier disposición de la ley.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860(b) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), un enfermero vocacional con licencia que haya recibido capacitación y demuestre una competencia satisfactoria para su empleador podrá, cuando sea dirigido por un médico y cirujano, realizar tareas y servicios respiratorios expresamente identificados por la Junta de Atención Respiratoria de California de conformidad con el apartado (a) de la Sección 3702.5.

Section § 2860.5

Explanation

Esta ley permite a los enfermeros/as vocacionales licenciados/as (LVN) realizar ciertas tareas médicas bajo la supervisión de un médico. Con la guía de un médico o un médico naturópata, los LVN pueden administrar inyecciones, extraer sangre e iniciar fluidos intravenosos si tienen la capacitación adecuada o han demostrado ser competentes. Si trabajan con un médico naturópata, este también debe estar calificado para realizar terapia intravenosa. Estas tareas deben realizarse siguiendo procedimientos estandarizados en un entorno de atención médica reconocido. Además, los LVN solo pueden hacer lo que está permitido tanto en su ámbito de práctica como en el ámbito de práctica del médico naturópata. No se permiten nuevas acciones más allá de lo que ya está permitido por la ley.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a) Sujeto a la subdivisión (b), un enfermero/a vocacional licenciado/a, cuando sea dirigido/a por un médico y cirujano licenciado/a o un médico naturópata, podrá realizar todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a)(1) Administrar medicamentos mediante inyección hipodérmica.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a)(2) Extraer sangre de un paciente, si el enfermero/a vocacional licenciado/a ha sido instruido/a por un médico y cirujano licenciado/a y ha demostrado competencia al médico y cirujano licenciado/a en el procedimiento adecuado a emplear al extraer sangre, o ha completado satisfactoriamente un curso de instrucción prescrito aprobado por la junta, o ha demostrado competencia a satisfacción de la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a)(3) Iniciar y superponer fluidos intravenosos si se cumplen todas las siguientes condiciones adicionales:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a)(3)(A) El enfermero/a vocacional licenciado/a ha completado satisfactoriamente un curso de instrucción prescrito aprobado por la junta o ha demostrado competencia a satisfacción de la junta.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a)(3)(B) El procedimiento se realiza en un sistema de atención médica organizado de acuerdo con los procedimientos estandarizados escritos adoptados por el sistema de atención médica organizado, formulados por un comité que incluye representantes del personal médico, de enfermería y administrativo. "Sistema de atención médica organizado", tal como se utiliza en esta sección, incluye instalaciones con licencia conforme a la Sección 1250 del Código de Salud y Seguridad, clínicas, agencias de atención médica domiciliaria, consultorios médicos, consultorios de médicos naturópatas y servicios de salud públicos o comunitarios. Los procedimientos estandarizados así adoptados se reproducirán por escrito y se pondrán a disposición de todo el personal médico y de enfermería.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(a)(3)(C) Si el enfermero/a vocacional licenciado/a es dirigido/a por un médico naturópata, el médico naturópata está calificado/a para administrar terapia intravenosa conforme a la Sección 3640.8.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(b) Un enfermero/a vocacional licenciado/a que actúe únicamente bajo la dirección de un médico naturópata solo realizará las funciones especificadas en esta sección que estén dentro del ámbito de las actividades autorizadas para un médico naturópata licenciado/a conforme a la Sección 3640.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.5(c) Los cambios realizados a esta sección por la ley que añade esta subdivisión no autorizan a un enfermero/a vocacional licenciado/a que actúe bajo la dirección de un médico naturópata a realizar ninguna función fuera del ámbito de práctica existente de un enfermero/a vocacional licenciado/a o de un médico naturópata.

Section § 2860.7

Explanation

Esta ley permite que un enfermero/a vocacional con licencia en California realice ciertas tareas médicas, como pruebas cutáneas e inmunizaciones, bajo la dirección de un médico. Si el enfermero/a vocacional trabaja con un médico naturópata, debe limitarse a lo que ese tipo de médico tiene permitido hacer. El médico supervisor debe asegurarse de que el enfermero/a vocacional sea competente para administrar inyecciones y esté preparado/a para manejar cualquier emergencia que surja. Es importante destacar que el médico no necesita estar físicamente presente cuando se realizan estas tareas, pero debe proporcionar el apoyo y el equipo necesarios para las emergencias. Cualquier cambio en esta sección no autoriza al enfermero/a vocacional a realizar ninguna función fuera de las prácticas permitidas para ellos o para el médico naturópata.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(a)(1) Un enfermero/a vocacional con licencia, actuando bajo la dirección de un médico y cirujano con licencia o un médico naturópata, puede realizar cualquiera de las siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(a)(1)(A) Pruebas cutáneas de tuberculina, pruebas cutáneas de coccidioidina y pruebas cutáneas de histoplasmina, siempre que dicha administración se realice en el curso de un programa de control de la tuberculosis.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(a)(1)(B) Técnicas de inmunización, siempre que dicha administración se realice según órdenes permanentes de un médico y cirujano con licencia supervisor o un médico naturópata, o de conformidad con las directrices escritas adoptadas por un hospital o grupo médico con el que esté asociado el médico y cirujano con licencia supervisor o el médico naturópata.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(a)(2) Un enfermero/a vocacional con licencia que actúe únicamente bajo la dirección de un médico naturópata solo realizará las funciones especificadas en esta subdivisión que estén dentro del ámbito de las actividades autorizadas para un médico naturópata con licencia según la Sección 3640.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(b) El médico y cirujano con licencia supervisor o el médico naturópata bajo cuya dirección actúe el enfermero/a vocacional con licencia de conformidad con la subdivisión (a) exigirá al enfermero/a vocacional con licencia que realice todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(b)(1) Demostrar satisfactoriamente competencia en la administración de agentes inmunizantes, incluyendo el conocimiento de todas las indicaciones y contraindicaciones para la administración de dichos agentes, y en el reconocimiento y tratamiento de cualquier reacción de emergencia a dichos agentes que constituya un peligro para la salud o la vida de la persona que recibe las inmunizaciones.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(b)(2) Poseer los medicamentos y equipos necesarios, a juicio médico del médico y cirujano con licencia supervisor o del médico naturópata, para tratar cualquier condición de emergencia y reacciones causadas por los agentes inmunizantes y que constituyan un peligro para la salud o la vida de la persona que recibe la inmunización, y demostrar la capacidad de administrar dichos medicamentos y de utilizar dicho equipo según sea necesario.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(c) Esta sección no requiere la presencia física de un médico y cirujano con licencia o un médico naturópata que dirija o supervise, ni el examen por parte de un médico y cirujano con licencia o un médico naturópata de las personas a ser examinadas o inmunizadas.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2860.7(d) Los cambios realizados en esta sección por la ley que añade esta subdivisión no autorizan a un enfermero/a vocacional con licencia que actúe bajo la dirección de un médico naturópata a realizar ninguna función fuera del ámbito de práctica existente de un enfermero/a vocacional con licencia o un médico naturópata.

Section § 2861

Explanation
Esta sección de la ley establece que las personas que no tienen licencia como enfermeras vocacionales aún pueden realizar tareas de enfermería, siempre y cuando no afirmen ser enfermeras vocacionales.

Section § 2861.5

Explanation

Si eres un profesional con licencia y prestas ayuda de emergencia fuera del trabajo, no puedes ser demandado por los errores que cometas, a menos que seas gravemente negligente.

Una persona con licencia bajo este capítulo que de buena fe preste atención de emergencia en el lugar de una emergencia que ocurra fuera tanto del lugar como del curso de su empleo no será responsable de ningún daño civil como resultado de actos u omisiones al prestar la atención de emergencia. Esta sección no se interpretará como una concesión de inmunidad por daños civiles a ninguna persona cuya conducta al prestar atención de emergencia sea gravemente negligente.

Section § 2862

Explanation

Los estudiantes matriculados en un programa de enfermería vocacional certificado pueden prestar servicios de enfermería siempre y cuando estas actividades formen parte de su plan de estudios educativo.

Los servicios de enfermería vocacional pueden ser prestados por un estudiante matriculado en una escuela de enfermería vocacional aprobada cuando estos servicios son incidentales a su curso de estudio.

Section § 2863

Explanation

Esta ley permite que las personas que siguen ciertas creencias religiosas cuiden a los enfermos sin ser enfermeros vocacionales profesionales, siempre y cuando no afirmen ser enfermeros vocacionales.

Este capítulo no prohíbe la enfermería vocacional o el cuidado de los enfermos, con o sin compensación o lucro personal, cuando sea realizado por los adherentes de y en conexión con la práctica de los principios religiosos de cualquier iglesia o denominación bien reconocida, siempre y cuando no se dediquen de otra manera a la práctica de la enfermería vocacional.

Section § 2864

Explanation

Esta ley establece que si tienes una licencia bajo este capítulo, puedes ser llamado/a oficialmente enfermero/a vocacional con licencia y puedes usar las iniciales 'L.V.N.' después de tu nombre.

Todo titular de licencia bajo este capítulo podrá ser conocido como enfermero/a vocacional con licencia y podrá colocar las letras “L.V.N.” después del nombre del titular de la licencia.

Section § 2866

Explanation

Si quieres ser enfermero vocacional con licencia en California, debes cumplir estas reglas: tener al menos 17 años, haber terminado la preparatoria o un programa similar aprobado por la junta, haber completado un curso en una escuela de enfermería vocacional aprobada o un programa equivalente, y asegurarte de que no haya motivos para que te nieguen la licencia, como problemas anteriores cubiertos por la Sección 480.

Un solicitante para una licencia de enfermero vocacional deberá cumplir con cada uno de los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2866(a) Tener al menos 17 años de edad.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2866(b) Haber completado satisfactoriamente al menos un curso de estudio aprobado hasta el 12º grado o su equivalente, según lo especificado por la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2866(c) Haber completado satisfactoriamente el curso de estudio prescrito en una escuela de enfermería vocacional aprobada o haberse graduado de una escuela que, a juicio de la junta, mantiene e imparte un curso equivalente a los requisitos mínimos para una escuela de enfermería vocacional aprobada en este estado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2866(d) No estar sujeto a la denegación de la licencia conforme a la Sección 480.

Section § 2867

Explanation
Si desea solicitar una licencia de enfermería vocacional en California, debe completar un formulario específico proporcionado por la junta y pagar una tarifa requerida al presentar su solicitud.

Section § 2867.5

Explanation

Si va a obtener una nueva licencia, debe pagar una tarifa inicial específica antes de que se le expida la licencia, además de cualquier otra tarifa que pueda ser requerida.

Toda persona a quien se le expida una licencia deberá, como condición previa a su expedición y además de cualquier otra tarifa que pueda ser pagadera, pagar la tarifa inicial de licencia prescrita por este capítulo.

Section § 2867.6

Explanation

Una vez que alguien aprueba el examen y paga la tarifa inicial de la licencia, recibe un permiso temporal o un recibo. Esto les permite comenzar a ejercer bajo las reglas de este capítulo.

Después de recibir los resultados de haber aprobado el examen y al recibir la tarifa de licencia inicial requerida por la subdivisión (h) de la Sección 2895, la junta emitirá un recibo o certificado temporal que servirá como un permiso válido para que el titular de la licencia ejerza bajo este capítulo.

Section § 2868

Explanation

La junta tiene la obligación de realizar al menos dos exámenes cada año para quienes deseen convertirse en enfermeros vocacionales en el estado. La junta decide cuándo y dónde se llevarán a cabo estos exámenes.

La junta celebrará no menos de dos exámenes cada año para los solicitantes que deseen ejercer la enfermería vocacional en este Estado, en las fechas y lugares que la junta determine.

Section § 2870

Explanation

Los exámenes de evaluación son principalmente escritos, pero la junta también puede decidir incluir pruebas orales o prácticas sobre los temas que elija. Estos exámenes se organizan según las reglas de la junta. Después de los exámenes, la junta tiene la última palabra para aprobar o rechazar a los candidatos, y su decisión no puede ser impugnada en ningún tribunal ni en ningún otro lugar.

Los exámenes serán escritos, pero a discreción de la junta podrán complementarse con un examen oral o práctico en las materias que la junta determine. Todos los exámenes serán realizados por las personas y de la manera y bajo las normas y reglamentos que la junta prescriba.
La junta finalmente aprobará o rechazará a todos los solicitantes. Sus acciones serán finales y concluyentes y no estarán sujetas a revisión por ningún tribunal u otra autoridad.

Section § 2871

Explanation
Si no apruebas la prueba inicial, puedes intentarlo de nuevo pagando la cuota requerida para repetir el examen.

Section § 2872

Explanation
Si apruebas el examen, la junta te dará una licencia. Los detalles de cómo se ve la licencia están establecidos por otra norma.

Section § 2872.1

Explanation
Si ya es enfermero/a vocacional o práctico/a con licencia en otro estado o país, podría obtener una licencia de enfermería de California sin necesidad de hacer un examen. Solo necesita presentar una solicitud, pagar la tarifa correspondiente y cumplir con otros requisitos específicos que la junta establezca.

Section § 2872.2

Explanation

Si solicitas una licencia de enfermería vocacional mediante examen, debes presentar una solicitud por escrito a la junta. Si tu solicitud se presenta dentro de los cuatro meses posteriores a la finalización de un programa aprobado por la junta, podrías obtener un permiso provisional para ejercer mientras esperas los resultados de tu examen, o por nueve meses, lo que ocurra primero. Este permiso provisional te permite trabajar bajo la supervisión de una enfermera con licencia. Si apruebas el examen, tu permiso sigue siendo válido hasta que obtengas tu licencia, pero no por más de seis meses. Si no apruebas, el permiso termina cuando recibes la notificación. Durante este tiempo, tu título sería 'enfermero vocacional con permiso provisional' o 'V.N.I.P.'.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.2(a) Un solicitante de licencia por examen deberá presentar una solicitud por escrito en el formulario prescrito por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.2(b) Si la junta recibe la solicitud de licencia por examen a más tardar cuatro meses después de la finalización de un programa de enfermería aprobado por la junta y la aprobación de la solicitud, la junta podrá emitir un permiso provisional que autorice al solicitante a ejercer la enfermería vocacional mientras se esperan los resultados del primer examen de licencia, o por un período de nueve meses, lo que ocurra primero. Un solicitante podrá presentar una solicitud de permiso provisional al mismo tiempo que presenta una solicitud de licencia por examen. La junta deberá tomar una decisión sobre si emitir el permiso provisional y, si la junta decide emitir el permiso provisional, deberá emitir el permiso provisional al solicitante dentro de los 60 días siguientes a la recepción de la solicitud completa.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.2(c) Si el solicitante aprueba el examen, el permiso provisional permanecerá en vigor hasta que la junta emita una licencia inicial o por un período máximo de seis meses después de aprobar el examen, lo que ocurra primero. Si el solicitante no aprueba el examen, el permiso provisional terminará al recibir una notificación por correo certificado, con acuse de recibo, o si el solicitante no recibe la notificación, en la fecha especificada en el permiso provisional, lo que ocurra primero.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.2(d) Un titular de permiso deberá ejercer bajo la supervisión de una enfermera vocacional con licencia o una enfermera registrada, quien deberá estar presente y disponible en las instalaciones durante el tiempo en que el titular del permiso preste servicios profesionales. La enfermera vocacional con licencia o la enfermera registrada supervisora podrá delegar al titular del permiso cualquier función enseñada en el programa básico de enfermería del titular del permiso.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.2(e) Un titular de permiso provisional no deberá usar ningún título o designación que no sea enfermero vocacional con permiso provisional o "V.N.I.P."

Section § 2872.3

Explanation

Esta ley exige que los solicitantes y los titulares de licencias proporcionen a la junta una dirección postal física y una dirección de correo electrónico antes del 1 de julio de 2022. Toda comunicación importante, como las renovaciones, se enviará por correo electrónico a menos que alguien solicite específicamente el correo ordinario. La junta también podrá enviar correos electrónicos anuales para asegurarse de que su dirección de correo electrónico esté actualizada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.3(a) Los solicitantes y los licenciatarios deberán proporcionar a la junta una dirección postal física.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.3(b) Los solicitantes y los licenciatarios deberán proporcionar a la junta una dirección de correo electrónico a más tardar el 1 de julio de 2022. A menos que un solicitante especifique por escrito una preferencia por el correo ordinario, la junta dirigirá toda la correspondencia relacionada con la licencia a los solicitantes y licenciatarios utilizando la dirección de correo electrónico registrada, incluyendo, entre otros, los avisos de renovación y los avisos de deficiencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2872.3(c) La junta podrá enviar anualmente un aviso electrónico a los solicitantes y licenciatarios para confirmar que su dirección de correo electrónico está actualizada.

Section § 2873

Explanation
Si tienes la educación o experiencia laboral adecuada, similar a lo que se enseña en un programa reconocido de enfermería vocacional, puedes convertirte en enfermera vocacional con licencia en California. Sin embargo, debes demostrar a la junta que cumples con todas las cualificaciones necesarias y aprobar cualquier examen requerido.

Section § 2873.5

Explanation
Si has servido en el cuerpo médico de las fuerzas armadas, prestando atención al paciente en la cabecera durante al menos 12 meses y has completado la formación de enfermería requerida, puedes obtener una licencia de enfermería. Tu servicio debe haber sido honorable y tendrás que aprobar un examen para demostrar que cumples con los requisitos.

Section § 2873.6

Explanation

Si usted trabaja como asistente técnico médico o asistente técnico médico sénior para el Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California, y ha servido en las Fuerzas Armadas de EE. UU. o en el Servicio de Salud Pública con un año dedicado a la atención de pacientes, además de haber recibido alguna capacitación en enfermería, puede obtener una licencia especial. Esto le permite ejercer la enfermería vocacional solo dentro de ese departamento mientras esté empleado. Para ejercer en otro lugar, necesitaría tomar el examen de enfermería regular en California. A partir de ahora, los nuevos empleados deben ser enfermeros con licencia o haber servido en los servicios médicos del ejército de EE. UU. o del Servicio de Salud Pública, cumpliendo requisitos específicos. Los empleados sin licencia tienen hasta seis meses para obtener su licencia de enfermería vocacional y no pueden administrar medicamentos hasta que estén licenciados. Estas condiciones no afectan a quienes tenían una licencia restringida y trabajaban en una unidad psiquiátrica que fue transferida de departamento en 1988.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2873.6(a) Toda persona que, en la fecha de entrada en vigor de esta sección, esté empleada como asistente técnico médico o como asistente técnico médico sénior por el Departamento de Correcciones y Rehabilitación, que haya prestado servicio activo en el cuerpo médico de cualquiera de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o que haya prestado servicio en el Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos, en el que haya dedicado no menos de un total de 12 meses a la atención de pacientes, que haya completado el curso básico de instrucción en enfermería requerido por el Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos, o por una rama particular de las fuerzas armadas, y que haya sido dado de baja honorablemente de dicho servicio, se le concederá una licencia restringida por empleo previa prueba de que la persona posee las cualificaciones necesarias de esta sección según lo establecido en sus registros de servicio y baja. Una licencia restringida por empleo emitida conforme a esta subdivisión autorizará a su titular a practicar la enfermería vocacional únicamente dentro de una instalación del Departamento de Correcciones y Rehabilitación y será válida solo durante el período de empleo. Para obtener una licencia no restringida como enfermero vocacional, un asistente técnico médico deberá solicitar y realizar el examen según lo requerido y normalmente administrado por la Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos del Estado de California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2873.6(b) A partir de la fecha de entrada en vigor de esta sección, ninguna persona será nombrada asistente técnico médico por el Departamento de Correcciones y Rehabilitación a menos que cumpla con uno de los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2873.6(b)(1) Sea un enfermero vocacional con licencia o un enfermero registrado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2873.6(b)(2) Haya prestado servicio activo en el cuerpo médico de cualquiera de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o haya prestado servicio en el Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos, en el que haya dedicado no menos de un total de 12 meses a la atención de pacientes, que haya completado el curso básico de instrucción en enfermería requerido por el Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos, o por una rama particular de las fuerzas armadas, y que haya sido dado de baja honorablemente de dicho servicio. El Departamento de Correcciones y Rehabilitación está autorizado únicamente a contratar personas que sean elegibles para obtener una licencia, y como condición de empleo exigirá que dichas personas obtengan una licencia como enfermero vocacional dentro de los seis meses siguientes a su contratación. La persona será supervisada por un enfermero registrado o un médico y cirujano y no administrará medicamentos hasta que obtenga la licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2873.6(c) No obstante la subdivisión (a), toda persona a la que se le concedió una licencia restringida de enfermero vocacional conforme a dicha subdivisión y que estaba empleada en la unidad psiquiátrica del Centro Médico de California en el momento de la transferencia de la unidad del Departamento de Correcciones al Departamento Estatal de Salud Mental el 1 de julio de 1988, seguirá manteniendo su licencia.