(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a) Para todas las derivaciones maternas o neonatales al entorno hospitalario durante el parto o el período posparto inmediato, para las cuales el lugar de nacimiento previsto era un entorno extrahospitalario al inicio del parto, o para cualquier muerte materna, fetal o neonatal que haya ocurrido en el entorno extrahospitalario durante el parto o el período posparto inmediato, y para las cuales el proveedor de atención de parto previsto sea una enfermera partera certificada en el entorno extrahospitalario, el departamento recopilará, y la enfermera partera certificada deberá presentar, dentro de los 90 días posteriores a la derivación o muerte, los siguientes datos en el formato determinado por el departamento. Los datos deberán incluir todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(1) Nombre del asistente, para la enfermera partera certificada que atendió a la paciente en el momento de la derivación, o que atendió a la paciente en el momento de la muerte materna, fetal o neonatal.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(2) Número de licencia del asistente, para la enfermera partera certificada que atendió a la paciente en el momento de la derivación, o que atendió a la paciente en el momento de la muerte materna, fetal o neonatal.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(3) La fecha de nacimiento del niño para los partos atendidos por la enfermera partera.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(4) El sexo del niño, para los partos atendidos por la enfermera partera.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(5) La fecha de nacimiento del progenitor que da a luz.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(6) La fecha de nacimiento del progenitor que no da a luz.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(7) El código postal de residencia del progenitor que da a luz.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(8) El condado de residencia del progenitor que da a luz.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(9) El peso del progenitor que da a luz (peso previo al embarazo y peso al momento del parto del progenitor que da a luz).
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(10) La altura del progenitor que da a luz.
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(11) La raza y etnia de los progenitores genéticos, a menos que el progenitor se niegue a revelarlo.
(12)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(12) La estimación obstétrica de la gestación (semanas completas), en el momento de la derivación.
(13)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(13) El número total de nacimientos vivos previos.
(14)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(14) El código de la fuente principal de pago para el parto.
(15)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(15) Cualquier complicación y procedimiento del embarazo y enfermedades concurrentes hasta el momento de la derivación o muerte.
(16)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(16) Cualquier complicación y procedimiento del trabajo de parto y el parto hasta el momento de la derivación o muerte.
(17)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(17) Cualquier condición anormal y procedimiento clínico relacionado con el recién nacido hasta el momento de la derivación o muerte.
(18)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(18) Presentación fetal al nacer, o hasta el momento de la derivación.
(19)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(19) Si este embarazo es un embarazo múltiple (más de un feto en este embarazo).
(20)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(20) Si la paciente ha tenido una cesárea previa.
(21)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(21) Si la paciente tuvo una cesárea previa, indicar cuántas.
(22)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(22) El lugar de nacimiento previsto al inicio del trabajo de parto, incluyendo, entre otros, el hogar, un centro de partos independiente, un hospital, una clínica, el consultorio de un médico u otra ubicación.
(23)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(23) Si hubo una muerte materna.
(24)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(24) Si hubo una muerte fetal.
(25)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(25) Si hubo una muerte neonatal.
(26)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(26) Derivación hospitalaria durante el período intraparto o posparto, incluyendo quién fue derivado (madre, bebé o ambos) y las complicaciones, condiciones anormales u otras indicaciones que resultaron en la derivación.
(27)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(27) El nombre del hospital de derivación, u otro método de identificación hospitalaria según se requiera, como el número de identificación del hospital.
(28)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(28) El condado del hospital de derivación.
(29)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(29) El código postal del hospital de derivación.
(30)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(30) La fecha de la derivación.
(31)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(a)(31) Otra información según lo prescrito por el Departamento de Salud Pública del Estado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b) En caso de muerte materna, fetal o neonatal ocurrida en un entorno extrahospitalario durante el trabajo de parto o el período posparto inmediato, una enfermera partera certificada deberá presentar al departamento, dentro de los 90 días posteriores a la muerte, todos los siguientes datos además de los datos requeridos en el apartado (a):
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(1) La fecha de la muerte materna, neonatal o fetal.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(2) El lugar del parto, para los nacimientos atendidos por la enfermera partera.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(3) El condado del lugar del parto, para los nacimientos atendidos por la enfermera partera.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(4) El código postal del lugar del parto, para los nacimientos atendidos por la enfermera partera.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(5) Las puntuaciones APGAR, para los nacimientos atendidos por la enfermera partera.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(6) El peso al nacer, para los nacimientos atendidos por la enfermera partera.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(b)(7) El método de parto, para los nacimientos atendidos por la enfermera partera.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(c) Los datos presentados de conformidad con los apartados (a) y (b) serán adicionales a la información del certificado de nacimiento vivo requerida de conformidad con las Secciones 102425 y 102426 del Código de Salud y Seguridad.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(d) Para aquellos casos que impliquen una derivación hospitalaria, el departamento vinculará los datos presentados por la enfermera partera certificada, de conformidad con el apartado (a), con los datos de nacimientos vivos informados por los hospitales al departamento, de conformidad con las Secciones 102425 y 102426 del Código de Salud y Seguridad, y con los datos de alta del paciente que reflejan la hospitalización por parto e informados por los hospitales al Departamento de Acceso a la Atención Médica e Información, para que los datos adicionales que reflejen el resultado puedan incorporarse en los informes agregados presentados de conformidad con el apartado (i).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(e) El departamento podrá ajustar, mejorar o ampliar los elementos de datos que deben informarse de conformidad con los apartados (a) y (b) para coordinar mejor con otros sistemas de recopilación y presentación de datos, o para recopilar datos más precisos, siempre que se conserven los elementos de datos mínimos de los apartados (a) y (b).
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(f) El departamento tratará la información y los datos recopilados de conformidad con esta sección, para la creación de los informes descritos en el apartado (i), como registros confidenciales, y no permitirá la divulgación de ninguna información del paciente o de la enfermera partera certificada a ninguna agencia de aplicación de la ley o reguladora para ningún propósito, incluyendo, entre otros, investigaciones para fines de licencia, certificación o regulación. Este apartado no impedirá que el departamento responda a las consultas de la Junta de Enfermería Registrada sobre si un titular de licencia ha informado de conformidad con esta sección.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(g) La información recopilada por el departamento de conformidad con esta sección, y que no esté sujeta a los requisitos de confidencialidad actuales, se tratará como registros confidenciales y solo se pondrá a disposición para su uso de manera consistente con el párrafo (1) de, el párrafo (4) de, y el subpárrafo (A) del párrafo (8) de, el apartado (a) de la Sección 102430 del Código de Salud y Seguridad y de conformidad con el proceso de solicitud, revisión y aprobación establecido por el departamento de conformidad con la Sección 102465 del Código de Salud y Seguridad.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(h) En el momento de cada renovación de licencia de una enfermera partera certificada, la Junta de Enfermería Registrada enviará una notificación por escrito a la enfermera partera certificada informándole de los requisitos obligatorios de notificación de registros vitales para los nacimientos extrahospitalarios de conformidad con los apartados (a) y (b) y la Sección 102415 del Código de Salud y Seguridad, y de que una violación de esta sección someterá a la enfermera partera certificada a una acción disciplinaria o administrativa por parte de la junta.
(i)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(i)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(i)(1) El departamento informará a la Legislatura sobre los datos recopilados de conformidad con esta sección. El informe incluirá la información agregada, incluyendo, entre otros, los resultados de los partos de pacientes bajo el cuidado de una enfermera partera certificada en un entorno extrahospitalario al inicio del trabajo de parto, recopilados de conformidad con esta sección y las Secciones 102425 y 102426 del Código de Salud y Seguridad.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(i)(2) El primer informe, para reflejar un período de 12 meses, se presentará a más tardar cuatro años y medio después de que el Departamento de Salud Pública del Estado reciba una asignación según lo especificado en el apartado (m) y cada informe posterior que refleje un período de informe de 12 meses se presentará anualmente a la Legislatura cada año a partir de entonces.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(i)(3) Un informe requerido bajo este apartado se presentará en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(j) Todos los informes, incluidos los presentados a la Legislatura o puestos a disposición del público, utilizarán prácticas estándar de notificación de salud pública para la difusión precisa de estos elementos de datos, específicamente en lo que respecta a la notificación de números pequeños de manera que no se ponga en riesgo la confidencialidad u otra violación de divulgación. No se divulgará información de identificación con respecto al paciente o a la enfermera partera en los informes presentados de conformidad con el apartado (i).
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(k) Una violación de esta sección someterá a la enfermera partera certificada a una acción disciplinaria o administrativa por parte de la Junta de Enfermería Registrada.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(l) Para los fines de esta sección, "departamento" significa el Departamento de Salud Pública del Estado.
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 2746.55(m) Esta sección entrará en vigor solo cuando la Legislatura asigne fondos para implementar las disposiciones de esta sección.