(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(a) Un especialista en enfermería clínica es un enfermero/a registrado/a con educación avanzada, que participa en la práctica clínica experta, la educación, la investigación, la consulta y el liderazgo clínico como los componentes principales de su rol.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(b) La junta puede establecer categorías de especialistas en enfermería clínica y los estándares que deben cumplir los enfermeros/as para presentarse como especialistas en enfermería clínica en cada categoría. Los estándares deberán tener en cuenta los tipos de niveles avanzados de práctica de enfermería que se realizan o pueden realizarse y la educación clínica y didáctica, la experiencia, o ambas, necesarias para practicar de manera segura en esos niveles. Al establecer los estándares, la junta deberá consultar con especialistas en enfermería clínica, médicos y cirujanos designados por la Junta Médica de California con experiencia en especialistas en enfermería clínica, y organizaciones de atención médica que emplean especialistas en enfermería clínica.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c) Un enfermero/a registrado/a que cumpla con uno de los siguientes requisitos puede solicitar convertirse en especialista en enfermería clínica:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c)(1) Poseer un título de maestría en un campo clínico de enfermería.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c)(2) Poseer un título de maestría en un campo clínico relacionado con la enfermería con cursos en los componentes a los que se refiere la subdivisión (a).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c)(3) A más tardar el 1 de julio de 1998, cumplir con los siguientes requisitos:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c)(3)(A) Licencia actual como enfermero/a registrado/a.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c)(3)(B) Desempeñar el rol de especialista en enfermería clínica según se describe en la subdivisión (a).
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(c)(3)(C) Cumplir con cualquier otro criterio establecido por la junta.
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(d)(1) Un enfermero/a registrado/a que solicite ser especialista en enfermería clínica deberá pagar una tarifa no reembolsable de no menos de quinientos dólares ($500), pero sin exceder de mil quinientos dólares ($1,500), para la evaluación de sus cualificaciones para usar el título de “especialista en enfermería clínica”.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(d)(2) La tarifa a pagar por un certificado temporal para practicar como especialista en enfermería clínica no será inferior a treinta dólares ($30) ni superior a cincuenta dólares ($50).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(d)(3) Se deberá pagar una tarifa de renovación bienal al presentar una solicitud para renovar el certificado de especialista en enfermería clínica, y esta será establecida por la junta en no menos de ciento cincuenta dólares ($150) y no más de mil dólares ($1,000).
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(d)(4) La tarifa de penalización por no renovar un certificado dentro del plazo prescrito será el 50 por ciento de la tarifa de renovación vigente en la fecha de renovación de la licencia, pero no menos de setenta y cinco dólares ($75) ni más de quinientos dólares ($500).
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 2838.2(d)(5) Las tarifas autorizadas por esta subdivisión no excederán la cantidad necesaria para cubrir los costos de la junta para administrar esta sección.