Disposiciones GeneralesLicencia Inactiva
Section § 700
Esta sección de la ley tiene como objetivo crear un estado inactivo para las licencias de profesionales de la salud. Significa que si alguien tiene una licencia relacionada con la atención médica pero no está trabajando actualmente en ese campo, puede mantener su licencia sin ejercer activamente.
Section § 701
Esta sección de la ley trata sobre la concesión de licencias profesionales para trabajadores de la salud. «Junta» se refiere a cualquier grupo que certifica a estos profesionales. Si alguien con una licencia profesional de salud activa no está bajo una sanción como suspensión o revocación, puede solicitar una licencia inactiva. Para ello, debe pagar una tarifa de renovación habitual.
Section § 702
Si tiene una licencia o certificado inactivo de artes curativas, no puede realizar actividades que requieran una licencia activa, ni puede fingir que tiene una licencia activa.
Section § 703
Si tienes una licencia o certificado de artes curativas inactivo, puedes renovarlo durante el mismo período que si estuviera activo. No necesitarás completar ninguna educación continua que normalmente se exige para las renovaciones de licencias activas. Sin embargo, deberás pagar la misma tarifa de renovación que para una licencia activa, a menos que la junta ofrezca una tarifa más baja para el estado inactivo.
Section § 704
Si tienes una licencia médica inactiva en California y quieres activarla de nuevo, debes hacer un par de cosas. Primero, pagar una cuota de renovación, a menos que seas un médico que restaura su licencia solo para ofrecerse como voluntario de forma gratuita en áreas de bajos recursos o con necesidades médicas, en cuyo caso la cuota se exime. Segundo, debes completar cualquier educación continua que normalmente se requiere para renovar una licencia activa.