Section § 820

Explanation

Esta ley establece que si una agencia que otorga licencias cree que una persona con una licencia, certificado o permiso profesional podría no ser capaz de realizar su trabajo de forma segura debido a una condición mental o física, puede exigirle a esa persona que se someta a una evaluación médica o psicológica. Los resultados de esta evaluación se comparten con la persona y pueden utilizarse como prueba en procedimientos legales específicos.

Siempre que parezca que cualquier persona que posea una licencia, certificado o permiso conforme a esta división o conforme a cualquier ley de iniciativa a la que se haga referencia en esta división no pueda ejercer su profesión de manera segura debido a que la capacidad del titular de la licencia para ejercer está afectada por una enfermedad mental, o una enfermedad física que afecte la competencia, la agencia de licencias podrá ordenar que el titular de la licencia sea examinado por uno o más médicos y cirujanos o psicólogos designados por la agencia. El informe de los examinadores se pondrá a disposición del titular de la licencia y podrá ser recibido como prueba directa en los procedimientos llevados a cabo conforme a la Sección 822.

Section § 821

Explanation
Si un profesional con licencia no cumple con una orden específica relacionada con la Sección 820, su licencia puede ser retirada o suspendida temporalmente.

Section § 822

Explanation
Esta ley establece que si una agencia de licencias cree que alguien con una licencia profesional no puede trabajar de manera segura debido a una enfermedad mental o física, puede revocar, suspender o poner su licencia en periodo de prueba. La agencia también tiene la discreción de tomar otras medidas. La licencia no será devuelta hasta que la persona pueda demostrar que está lo suficientemente sana como para trabajar de nuevo de forma segura, y la agencia esté convencida de que la seguridad pública no estará en riesgo.

Section § 823

Explanation

Si la licencia profesional de alguien ha sido revocada o suspendida, el proceso para que se la restituyan debe seguir procedimientos específicos. Cuando se restituye la licencia, la agencia que la emite puede añadir condiciones que la persona debe cumplir. Estas pueden incluir capacitación adicional, exámenes para evaluar las habilidades actuales, someterse a exámenes médicos o recibir tratamiento continuo. La agencia también puede limitar el tipo o el alcance de la práctica profesional.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, el restablecimiento de un licenciado contra quien se ha tomado acción conforme a la Sección 822 se regirá por los procedimientos de este artículo. Al restablecer un certificado o licencia que ha sido revocado o suspendido bajo la Sección 822, la agencia de licencias podrá imponer términos y condiciones que deberá cumplir el licenciado después de que el certificado o licencia haya sido restablecido. La autoridad de la agencia de licencias para imponer términos y condiciones incluye, entre otros, los siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 823(a) Exigir al licenciado que obtenga capacitación profesional adicional y que apruebe un examen al finalizar dicha capacitación.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 823(b) Exigir al licenciado que apruebe un examen oral, escrito, práctico o clínico, o cualquier combinación de estos, para determinar su aptitud actual para ejercer su profesión.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 823(c) Exigir al licenciado que se someta a un examen diagnóstico completo realizado por uno o más médicos y cirujanos o psicólogos designados por la agencia de licencias. Si la agencia de licencias exige al licenciado que se someta a dicho examen, la agencia de licencias recibirá y considerará cualquier otro informe de un examen diagnóstico completo realizado por uno o más médicos y cirujanos o psicólogos elegidos por el licenciado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 823(d) Exigir al licenciado que se someta a tratamiento continuo.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 823(e) Restringir o limitar el alcance, la extensión o el tipo de práctica del licenciado.

Section § 824

Explanation

Esta ley permite a la agencia de licencias tomar medidas contra un titular de licencia conforme a la Sección 820, la Sección 822, o ambas al mismo tiempo.

La agencia de licencias puede proceder contra un licenciatario conforme a la Sección 820, o a la 822, o conforme a ambas secciones.

Section § 825

Explanation
Esta sección aclara que, al referirse a los médicos con licencia en este artículo, el término 'agencia de licencias' se refiere a un grupo específico dentro de la División de Calidad Médica.

Section § 826

Explanation

Esta ley establece que cualquier procedimiento legal relacionado con las Secciones 821 y 822 debe seguir ciertos procedimientos gubernamentales. Tanto la agencia que emite licencias como la persona que posee la licencia tienen derechos y poderes específicos definidos en esas normas gubernamentales.

Los procedimientos conforme a las Secciones 821 y 822 se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la agencia de licencias y el licenciatario tendrán todos los derechos y poderes otorgados en el mismo.

Section § 827

Explanation

Esta ley permite que una agencia de licencias celebre una reunión privada si necesitan discutir problemas de salud mental o física de un titular de licencia. La agencia solo puede hacer esto para proteger la privacidad de la persona involucrada.

No obstante lo dispuesto en el Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, relativo a las reuniones públicas, la agencia de licencias podrá reunirse en sesión cerrada para considerar cualquier prueba relacionada con la enfermedad mental o física del titular de la licencia obtenida de conformidad con los procedimientos del Artículo 820. La agencia de licencias solo se reunirá en sesión cerrada en la medida en que sea necesario para proteger la privacidad de un titular de la licencia.

Section § 828

Explanation

Esta ley establece que si no hay pruebas suficientes para tomar medidas contra un profesional con licencia después de una revisión, todos los registros relacionados deben permanecer privados y no pueden usarse en un tribunal. Si no se inician nuevas acciones contra la persona en un plazo de cinco años, estos registros deben ser destruidos. Sin embargo, si se toman nuevas acciones dentro de ese período, los registros pueden usarse en esos nuevos procedimientos y deben compartirse con la persona involucrada.

Si la agencia de licencias determina, de conformidad con los procedimientos llevados a cabo bajo la Sección 820, que no hay pruebas suficientes para iniciar una acción contra el titular de la licencia conforme a la Sección 822, entonces todos los registros de la agencia de licencias de los procedimientos, incluyendo la orden para el examen, los informes de investigación, si los hubiere, y el informe de los médicos y cirujanos o psicólogos, se mantendrán confidenciales y no estarán sujetos a descubrimiento o citación judicial. Si no se llevan a cabo más procedimientos para determinar la aptitud del titular de la licencia para ejercer durante un período de cinco años a partir de la fecha de la determinación por parte de la agencia de licencias del procedimiento conforme a la Sección 820, entonces la agencia de licencias deberá purgar y destruir todos los registros relacionados con los procedimientos. Si se inician nuevos procedimientos durante el período de cinco años contra el titular de la licencia por parte de la agencia de licencias, los registros, incluyendo el informe de los médicos y cirujanos o psicólogos, podrán utilizarse en los procedimientos y estarán a disposición del demandado de conformidad con las disposiciones de la Sección 11507.6 del Código de Gobierno.