Consejeros Profesionales Clínicos LicenciadosIngresos
Section § 4999.100
Esta sección describe las reglas para renovar u obtener una inscripción de asociado en California. Una inscripción de asociado vence un año después de su emisión. Para renovarla, el titular debe solicitarla usando un formulario aprobado por la junta, pagar una tarifa, informar cualquier acción legal o disciplinaria, tomar un examen anual de leyes y ética, y certificar el cumplimiento de la educación continua. Una vez vencida, puede renovarse si se completan estos pasos. Sin embargo, la inscripción solo puede renovarse un máximo de cinco veces en un período de seis años. Si es necesario, se puede obtener una nueva inscripción, pero el titular no podrá trabajar en la práctica privada con esta nueva inscripción.
Section § 4999.102
Según esta ley, las licencias profesionales expedidas en esta categoría vencen a más tardar 24 meses después de su expedición, y la fecha exacta la decide la junta. Para renovar una licencia vigente, el titular de la licencia debe presentar una solicitud de renovación, pagar una tarifa establecida, certificar la finalización de la educación continua según lo exige otra ley, e informar sobre cualquier condena penal o acción disciplinaria que haya enfrentado desde su última renovación.
Section § 4999.104
Si su licencia profesional ha vencido, aún puede renovarla dentro de los tres años. Para ello, debe presentar un formulario de renovación, pagar las tarifas de renovación y por mora, confirmar que ha completado la educación requerida e informar sobre cualquier condena o acción disciplinaria desde su última renovación.
Section § 4999.106
Si dejas que tu licencia profesional caduque y han pasado más de tres años, no puedes simplemente renovarla. En su lugar, tienes que solicitar una licencia completamente nueva. Para ello, no debe haber ninguna razón por la que tu licencia hubiera sido revocada si estuviera vigente, debes aprobar los exámenes más recientes, presentar una nueva solicitud y cumplir con requisitos específicos que se detallan en otra sección de la ley.
Section § 4999.108
Si alguien tiene una licencia suspendida, aún debe pasar por el proceso para renovarla. Sin embargo, renovar una licencia suspendida no significa que puedan empezar a trabajar o hacer las cosas que la licencia cubre hasta que la suspensión sea levantada oficialmente.
Section § 4999.110
Si su licencia profesional ha sido revocada y caduca, no puede renovarla. Sin embargo, si logra rehabilitarla después de que caducó, debe pagar una tarifa para rehabilitarla. Esta tarifa incluye la tarifa de renovación que estaba vigente cuando la licencia fue renovada por última vez de forma regular, más cualquier tarifa por atraso que se adeudara en el momento en que fue revocada.
Section § 4999.112
Un consejero clínico profesional con licencia en California puede solicitar poner su licencia en estado inactivo, lo que significa que no tiene que tomar cursos de educación continua y no puede ejercer la consejería, pero aún debe pagar una tarifa reducida y seguir otras reglas. Para reactivar su licencia, deben solicitarlo a la junta, confirmar que no han cometido nada que les impida tener la licencia, pagar el resto de la tarifa y completar ciertas horas de educación continua. La cantidad de educación requerida depende de qué tan pronto vencerá la licencia una vez reactivada.
Section § 4999.113
Si eres un consejero clínico profesional en California y deseas jubilarte, puedes solicitar una 'licencia de jubilado' siempre y cuando tu licencia actual esté en regla. Esta licencia de jubilado significa que ya no podrás ejercer como consejero, pero tampoco necesitarás renovarla. Si decides volver a trabajar en un plazo de tres años, deberás cumplir ciertos requisitos, como completar la educación continua y presentar tus huellas dactilares. La cantidad de educación continua dependerá del tiempo que hayas estado jubilado. Si han pasado más de tres años, también deberás aprobar nuevamente los exámenes de licencia para reactivarla.
Section § 4999.114
Section § 4999.116
Esta ley explica cómo deben usarse los fondos del Fondo de Ciencias del Comportamiento. El dinero, una vez aprobado por la Legislatura, está destinado a ayudar a hacer cumplir las normas en el campo de las ciencias del comportamiento. La junta debe llevar un registro de cómo se gasta el dinero para las diferentes licencias o registros e informar al departamento cada año antes del 31 de mayo. Si hay dinero extra, debe usarse de maneras que se relacionen con cómo se obtuvo ese dinero, como financiar la educación y la investigación en cada área de licencia o registro.
Section § 4999.118
Si tienes una licencia o registro profesional y cambias tu nombre, debes informar a la junta por escrito dentro de los 30 días siguientes a la obtención de una nueva identificación. Incluye tu nombre antiguo y el nuevo, firma una declaración de que la información es correcta y proporciona una copia de tu nueva identificación y del documento legal que autorizó el cambio de nombre, como una orden judicial o un certificado de matrimonio.
Section § 4999.120
Esta ley detalla las tarifas que deben pagarse para obtener y mantener la licencia de consejero clínico profesional. Las solicitudes de licencia y de registro de asociado cuestan $250 y $150, respectivamente, pero la junta puede subirlas hasta $500 y $300. Los exámenes tienen tarifas de entre $150 y $250, que pueden ajustarse según los costos reales. Si no te presentas a un examen programado, pierdes la tarifa pagada. La emisión y renovación de licencias también tienen tarifas específicas, que pueden aumentar. Si renuevas tarde, se aplica una tarifa por mora. Además, hay pequeñas tarifas adicionales para trámites como la emisión de una licencia de jubilado o el reemplazo de documentos. Esta parte de la ley está vigente desde el 1 de enero de 2021.
Section § 4999.121
Al renovar una licencia específica de salud mental cada dos años en California, se añade una tarifa extra de $20. Esta tarifa adicional se destina a apoyar el Fondo de Educación para Profesionales de Salud Mental. Esta norma comenzó a aplicarse el 1 de julio de 2018.