Consejeros Clínicos Profesionales LicenciadosLicenciamiento
Section § 4999.30
En California, se necesita una licencia para ejercer o anunciarse como consejero clínico profesional. También se debe pagar una tarifa para obtener esta licencia.
Section § 4999.32
Esta ley explica los requisitos para quienes solicitan una licencia de consejero en California y comenzaron sus estudios antes de agosto de 2012 y los terminaron antes de finales de 2018. Debes tener un título de maestría o doctorado en consejería o psicoterapia de una institución aprobada. Este título debe incluir cursos específicos, como teorías de consejería, desarrollo humano, desarrollo profesional, consejería grupal, entre otros. También necesitas experiencia práctica supervisada en un entorno clínico. Si a tu título le faltan hasta dos materias obligatorias, puedes completarlas más tarde, pero no ciertas materias críticas, a menos que hayas solicitado la licencia antes de una fecha específica. Además de tu título, necesitas capacitación adicional en temas como el abuso de sustancias, la sexualidad humana y la ética. Hay una lista detallada de temas que tu capacitación debe cubrir, incluyendo el manejo del abuso y la consejería en crisis. La junta reguladora tiene la última palabra sobre si tu título y cursos cumplen con los requisitos.
Section § 4999.33
Esta sección de la ley describe los requisitos educativos para las personas que solicitan ser consejeros clínicos profesionales con licencia en California. Cubre a los solicitantes que comenzaron sus programas de posgrado antes y después del 1 de agosto de 2012, y describe los cursos y la experiencia práctica necesarios para la obtención de la licencia. Los solicitantes necesitan un título de maestría o doctorado en consejería o psicoterapia de una institución acreditada, con cursos en áreas clave como teorías de consejería, desarrollo y ética. El programa de grado debe incluir al menos 60 unidades semestrales con cursos específicos y experiencia práctica de campo. Además, existe la posibilidad de que los solicitantes subsanen deficiencias en los cursos en ciertos casos, y la junta de licencias tiene la última palabra sobre si los programas de grado cumplen con estos requisitos.
Section § 4999.36
Si eres un consejero clínico en formación, puedes realizar ciertas actividades siempre que sean parte de tus estudios escolares supervisados y que seas llamado oficialmente "consejero clínico en formación". Todas las horas prácticas que trabajes deben coordinarse con tu escuela y el lugar donde estés adquiriendo experiencia. La escuela debe aprobar estos lugares y tener acuerdos por escrito sobre los métodos de supervisión y las evaluaciones de los estudiantes. Si has acumulado horas en una escuela diferente a la que te otorga tu título, deberás demostrar que cumplen con estos estándares. También debes informar a los clientes que no tienes licencia y estás bajo supervisión. Finalmente, ninguna de las horas que trabajes como consejero en formación puede contar para las 3,000 horas de experiencia supervisada requeridas después de graduarte.
Section § 4999.40
Esta ley exige que las instituciones educativas informen a los estudiantes si sus programas de grado cumplen con los requisitos específicos necesarios para obtener ciertas licencias. La institución debe certificar a la junta que ha notificado a los estudiantes al respecto. Si alguien solicita una licencia, su escuela también debe certificar que su plan de estudios cumple con una de las dos secciones específicas (4999.32 o 4999.33). Para los solicitantes educados en el extranjero, deben demostrar que su título es similar a un título estadounidense acreditado, utilizando una evaluación de un servicio de credenciales reconocido junto con cualquier otra información que la junta solicite.
Section § 4999.42
Si deseas registrarte como asociado, necesitas tener un título de maestría o doctorado, tener al menos 18 años y cumplir con ciertos requisitos educativos y de capacitación. Tu solicitud será denegada si tienes antecedentes penales relacionados con el abuso sexual infantil o si debes registrarte como delincuente sexual. Además, la junta seguirá reglas específicas si deniega tu solicitud por estos motivos.
Section § 4999.46
Para obtener una licencia en ciertos campos de asesoramiento, necesitas un registro de asociado activo para empezar a acumular experiencia supervisada después de tu título, a menos que se apliquen algunas excepciones. Si terminas tu título y solicitas el registro dentro de los 90 días, con prueba de tus huellas dactilares, tus horas pueden contar incluso antes de que obtengas tu registro. No puedes trabajar en una práctica privada hasta que estés registrado. Necesitas al menos 3,000 horas de experiencia durante dos años, con horas específicas dedicadas a la práctica directa y no directa. La experiencia debe ser relevante para el asesoramiento clínico y no puede tener más de seis años de antigüedad cuando solicites la licencia. Algunos requisitos alternativos se aplicaron de 2016 a 2020.
Section § 4999.46
Section § 4999.46
Esta sección describe los requisitos para la supervisión directa en entornos de salud mental clínica. Los supervisados deben recibir al menos una hora de supervisión cada semana por la experiencia acreditada en cada entorno de trabajo. Por cada cinco horas de asesoramiento realizado semanalmente, se requiere un promedio de una hora de supervisión, pero no se pueden contabilizar más de seis horas de supervisión en total por semana. Si una persona realiza más de 10 horas de asesoramiento en una semana, debe obtener una hora adicional de supervisión. De las 104 semanas de supervisión requerida, 52 semanas deben ser de supervisión individual o triádica.
La supervisión se define como una hora de contacto cara a cara, que puede ser en persona o a través de video en tiempo real, y puede ser individual, triádica (un supervisor, dos supervisados) o grupal (un supervisor para hasta ocho supervisados). Antes de usar video para la supervisión, el supervisor debe evaluar su idoneidad dentro de los 60 días. La supervisión debe ocurrir la misma semana que las horas reclamadas, y se deben organizar alternativas durante la ausencia de un supervisor si es necesario.
Incluso después de cumplir con las horas requeridas, se exige supervisión continua semanalmente para entornos clínicos, pero la supervisión no clínica queda a discreción del supervisor. Esta ley está programada para expirar el 1 de enero de 2026.
Section § 4999.46
Esta sección establece las reglas para la supervisión de aprendices y asociados en entornos de asesoramiento clínico. Requiere al menos una hora de contacto directo con el supervisor cada semana por cada entorno de trabajo, con una hora adicional para aquellos que realizan más de 10 horas de trabajo clínico semanal. La supervisión puede ser individual, triádica (un supervisor con dos personas) o grupal (un supervisor con hasta ocho personas). Se requieren un total de 104 semanas de supervisión, de las cuales al menos la mitad deben ser individuales o triádicas. Se pueden usar alternativas durante la ausencia de un supervisor, y se permite la videoconferencia en algunos entornos. Una vez completadas las horas requeridas, la supervisión continua solo es necesaria para la práctica clínica, a menos que el supervisor decida lo contrario. Estas reglas entran en vigor el 1 de enero de 2026.
Section § 4999.46
Esta ley explica cómo los pasantes de consejería clínica, los asociados o los solicitantes de licencia pueden obtener la experiencia y supervisión necesarias para obtener su licencia. Solo deben trabajar como empleados o voluntarios, nunca como contratistas independientes. Los asociados empleados deben presentar formularios W-2 como prueba de empleo, y los voluntarios necesitan una carta de verificación. Los pasantes no pueden trabajar en consultorios privados, y la experiencia debe obtenerse en entornos legítimos de salud mental. Los asociados y pasantes no pueden recibir dinero directamente de los clientes ni tener ningún interés financiero en el negocio de su empleador. Se permiten compensaciones como estipendios para grupos subrepresentados que ingresan a la profesión. Se permiten los servicios de telesalud, y se fomenta la consejería personal. Se insta a los supervisores e instituciones educativas a apoyar este proceso. La experiencia obtenida bajo la supervisión de parientes o personas con vínculos personales no contará para las horas de licencia.
Section § 4999.46
Si eres un pasante de consejero clínico, asociado o estás en proceso de obtener tu licencia, solo puedes prestar servicios donde tu empleador lo permita. Si eres un asociado en una práctica privada o corporación profesional, tu supervisor debe estar vinculado a tu empleador y cumplir con criterios específicos. Los supervisores no pueden supervisar a más de seis personas no completamente licenciadas a la vez que estén prestando servicios clínicos de salud mental. Además, si tu supervisor no es empleado directo de tu empleador o es voluntario, se requiere un acuerdo formal para asegurar que la supervisión sea adecuada y que el acceso a los expedientes del cliente cumpla con los estándares legales.
Section § 4999.46
Esta ley permite a la junta verificar si un supervisor ha completado todas las cualificaciones necesarias auditando sus registros. Los supervisores deben guardar prueba de sus cualificaciones durante siete años después de que dejen de supervisar y proporcionar estos registros si la junta los solicita.
Section § 4999.48
Esta ley exige a una junta crear reglas sobre cómo deben ser supervisados los asociados. Estas reglas pueden cubrir quién puede ser supervisor y qué cualificaciones necesita, la educación continua que deben tener, si necesitan estar registrados o licenciados, y sus deberes generales. También otorga a la junta la autoridad para actuar si los supervisores no cumplen las reglas o son negligentemente de forma reiterada.
Section § 4999.50
Si alguien desea convertirse en un consejero clínico profesional con licencia, necesita tener un título de maestría o doctorado en un campo relevante, completar 3,000 horas de experiencia supervisada en consejería y aprobar ciertos exámenes. Una vez que cumpla con todos estos criterios, se le puede otorgar una licencia como consejero clínico profesional.
Section § 4999.51
Si está solicitando convertirse en un consejero clínico profesional con licencia o un asociado en California, debe cumplir con ciertos requisitos: No se le puede denegar una licencia por motivos específicos, como acciones disciplinarias previas; no puede haber sido condenado por ciertos delitos, especialmente aquellos que implican abuso sexual infantil o que requieren el registro como delincuente sexual; y debe pasar una verificación de antecedentes penales que implica la presentación de huellas dactilares. La junta también será notificada de cualquier arresto futuro.
Section § 4999.52
Si deseas convertirte en un consejero clínico profesional con licencia en California, debes aprobar ciertos exámenes que evalúan tus conocimientos y habilidades. La junta encargada establece el calendario y la ubicación de estas pruebas, y se realizan al menos dos veces al año. Si cumples con los requisitos educativos y no has hecho nada que te descalifique, no se te puede negar la oportunidad de rendir los exámenes, incluso si hay una queja en tu contra. Sin embargo, es posible que no obtengas tu licencia hasta que se completen las investigaciones. Si repruebas uno de los exámenes requeridos y hay una queja en tu contra, es posible que tengas que esperar hasta que el asunto se resuelva para volver a rendir la prueba. Los materiales de los exámenes pueden ser destruidos después de dos años, y tienes siete años para aprobar todas las partes del examen una vez que comienzas. Después de aprobar el examen clínico, tu puntuación es válida por siete años.
Section § 4999.53
Si quieres obtener la licencia de consejero clínico profesional en California después del 1 de enero de 2016, necesitas aprobar un examen de leyes y ética y un examen clínico. Los nuevos registrados deben realizar el examen de leyes y ética dentro de su primer año. Para poder hacer el examen clínico, primero debes terminar tu experiencia laboral supervisada, completar todos los requisitos educativos y aprobar el examen de leyes y ética.
Section § 4999.55
Para obtener la licencia, tanto los solicitantes como los registrados deben aprobar un examen de ley y ética de California. Los registrados deben realizar el examen antes de renovar su registro. Si alguien no aprueba, puede volver a tomar el examen sin necesidad de volver a solicitar, pero debe pagar una tarifa. No se puede obtener un nuevo número de registro si no se ha aprobado el examen. Los registrados también deben completar al menos tres horas de educación sobre ley y ética de California en cada período de renovación, incluso si ya han aprobado el examen. Esta educación debe provenir de un proveedor aprobado por la junta.
Section § 4999.60
Si usted es un consejero clínico profesional con licencia al más alto nivel de práctica independiente en otra jurisdicción de EE. UU. y desea obtener una licencia de California, puede solicitarla si cumple ciertas condiciones. Su licencia actual debe estar activa y haberlo estado durante al menos dos años, y cualquier problema anterior con su licencia debe ser revelado. Necesita un título de maestría o doctorado relevante de una institución acreditada, tener sus huellas dactilares registradas y completar cursos específicos que cubran las leyes de California y la comprensión cultural. También necesita capacitación en denuncia de abuso infantil y evaluación del riesgo de suicidio. Finalmente, debe aprobar un examen de leyes y ética de California, aunque algunos exámenes clínicos pueden ser eximidos.
Section § 4999.61
Esta ley es para personas que estudiaron o adquirieron experiencia laboral fuera de California y desean obtener una licencia o registro profesional en el estado. Si estudiaste en una escuela fuera del estado, tu educación puede contar para tu licencia de California si se considera equivalente a los estándares de California. La experiencia laboral obtenida en otro lugar también puede contar si es similar a lo que se requiere en California. Si tienes menos de 3,000 horas supervisadas, la junta puede reconocer el tiempo que mantuviste una licencia activa de alto nivel en otro lugar. Es posible que no necesites tomar el examen clínico de California si ya aprobaste uno equivalente y tu licencia de fuera del estado está vigente.
Section § 4999.62
Esta sección explica cómo las personas que estudiaron fuera de California pueden obtener una licencia para ser consejeros clínicos profesionales en el estado. Para calificar, su formación debe ser equivalente a los estándares de California. Esto incluye tener un título de una institución acreditada y haber completado cursos específicos en áreas como prácticas supervisadas, ética, sexualidad humana, abuso y recuperación de la salud mental. Si les faltan algunos cursos, pueden completarlos mientras están registrados como asociados. Además, se requiere capacitación adicional en la evaluación e intervención del riesgo de suicidio antes de obtener la licencia.
Section § 4999.64
Si alguien toma un examen específico y lo reprueba, tiene un año desde que se le notifica para intentarlo de nuevo sin volver a solicitar, siempre y cuando pague la tarifa. Después de ese año, deberá solicitar de nuevo y cumplir con todos los criterios actuales antes de poder volver a tomar el examen.
Section § 4999.66
Si desea convertirse en un consejero clínico profesional con licencia en California, a partir del 1 de enero de 2021, debe demostrar que ha completado al menos seis horas de capacitación en la evaluación y gestión del riesgo de suicidio. Puede cumplir este requisito de tres maneras: como parte de su programa de posgrado, a través de experiencia práctica supervisada o tomando un curso de educación continua. Si renueva su licencia por primera vez después del 1 de enero de 2021, o si desea reactivarla o restablecerla, también debe completar esta capacitación. Debe guardar la prueba de haber completado este requisito y estar listo para mostrarla si se le solicita.
Section § 4999.67
Si deseas obtener una licencia como consejero clínico profesional en California después del 1 de julio de 2023, necesitarás completar al menos tres horas de capacitación sobre cómo proporcionar servicios de salud mental a distancia (por telesalud), incluyendo aprender sobre los temas legales y éticos relacionados. Puedes hacer esta capacitación como parte de tu programa de posgrado o a través de cursos de educación continua. Los que ya tienen licencia también deben hacer esta capacitación para renovar o reactivar sus licencias. Deberás guardar un comprobante de esta capacitación por si la junta te lo pide.