Section § 4970

Explanation

Esta ley describe las tarifas que los acupunturistas con licencia deben pagar en California. Hay diferentes tarifas para varias solicitudes, licencias y renovaciones. Por ejemplo, la tarifa de solicitud inicial es de $250, pero puede subir hasta $350, y los solicitantes extranjeros pagan $350, pudiendo llegar a $500. Las tarifas para los exámenes se fijan en $800. Si pierde una licencia de bolsillo o de pared, los reemplazos cuestan $50 cada uno. Los proveedores de educación continua deben pagar varias tarifas, como $500 por la aprobación y entre $10 y $20 por hora de curso solicitada. Esta estructura de tarifas entró en vigor el 1 de enero de 2021.

El monto de las tarifas prescritas para los acupunturistas con licencia será el establecido en esta sección, a menos que la junta fije una tarifa más baja de acuerdo con la Sección 4972:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(a) La tarifa de solicitud será de doscientos cincuenta dólares ($250) y podrá aumentarse a no más de trescientos cincuenta dólares ($350).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(b) La tarifa de solicitud para solicitantes extranjeros será de trescientos cincuenta dólares ($350) y podrá aumentarse a no más de quinientos dólares ($500).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(c) Las tarifas de examen y reexamen serán de ochocientos dólares ($800).
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(d) La tarifa de licencia inicial será de quinientos dólares ($500), excepto que si la licencia vence en menos de un año después de su emisión, la tarifa de licencia inicial será un monto equivalente al 50 por ciento de la tarifa de licencia inicial. La tarifa de licencia inicial incluirá un registro de licencia de pared si se especifica un lugar de práctica en la solicitud.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(e) La tarifa de renovación será de quinientos dólares ($500) y podrá aumentarse a no más de setecientos setenta y cinco dólares ($775) y, si la junta fija una tarifa más baja, será un monto suficiente para apoyar las funciones de la junta en la administración de este capítulo. La junta evaluará la tarifa de renovación bienalmente.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(f) La tarifa por mora se establecerá de acuerdo con la Sección 163.5.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(g) La tarifa de licencia de pared será de cincuenta dólares ($50).
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(h) La tarifa de renovación de licencia de pared será de cincuenta dólares ($50).
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(i) Si una licencia de bolsillo se pierde o destruye, la tarifa de reemplazo de licencia de bolsillo es de cincuenta dólares ($50).
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(j) La tarifa de endoso es de cien dólares ($100).
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(k) Si una licencia de pared se pierde o destruye, la tarifa de reemplazo de licencia de pared es de cincuenta dólares ($50).
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(l) La tarifa de aprobación para cada proveedor de educación continua será de quinientos dólares ($500) y podrá aumentarse a no más de setecientos dólares ($700).
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(m) La tarifa de aprobación de renovación bienal para cada proveedor de educación continua será de quinientos dólares ($500) y podrá aumentarse a no más de setecientos dólares ($700).
(n)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(n)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(n)(1) Las tarifas para las solicitudes de cursos de educación continua se cobrarán al proveedor de educación continua con un mínimo de diez dólares ($10) por hora de educación continua solicitada para ofrecer, y un máximo de veinte dólares ($20) por hora de educación continua solicitada para ofrecer, permitiendo la aprobación de un máximo de 50 horas por solicitud de curso.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(n)(2) Las tarifas por horas de curso se prorratearán en incrementos de media hora.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(n)(3) Un curso aprobado podrá ofrecerse por un período de un año a partir de la fecha de aprobación del curso por parte de la junta.
(o)CA Negocios Y Profesiones Code § 4970(o) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2021.

Section § 4971

Explanation

Esta sección detalla las tarifas relacionadas con los programas de tutoría de acupuntura. Especifica los costos asociados con la supervisión de un aprendiz de acupuntura, incluyendo las tarifas de solicitud y renovación, y estas tarifas pueden aumentar dentro de límites establecidos. También cubre los costos para los aprendices de acupuntura en cuanto a su solicitud y renovación, junto con las multas por pagos atrasados. Estas regulaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2021.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a) El monto de las tarifas establecidas para los programas de tutoría de acupuntura será el siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a)(1) La tarifa de solicitud y registro para supervisar a un aprendiz de acupuntura será de cien dólares ($100) y podrá aumentarse a no más de doscientos dólares ($200).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a)(2) La tarifa de renovación anual para la aprobación de supervisar a un aprendiz de acupuntura será de doscientos dólares ($200) y podrá aumentarse a no más de quinientos dólares ($500).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a)(3) La tarifa de solicitud para un aprendiz de acupuntura será de mil dólares ($1,000) y podrá aumentarse a no más de dos mil quinientos dólares ($2,500).
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a)(4) La tarifa de renovación anual para un aprendiz de acupuntura será de quinientos dólares ($500) y podrá aumentarse a no más de seiscientos dólares ($600).
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a)(5) La tarifa por mora para un supervisor se establecerá de conformidad con la Sección 163.5.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(a)(6) La tarifa por mora para un aprendiz de acupuntura será de cien dólares ($100) y podrá aumentarse a no más de doscientos dólares ($200).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4971(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2021.

Section § 4972

Explanation
Esta sección establece que las tarifas determinadas por una junta deben figurar oficialmente en los reglamentos que la junta adopta.

Section § 4974

Explanation

Cada mes, la junta debe informar al Contralor cuánto dinero recibió y de dónde provino durante el mes anterior. Luego, deben entregar todo ese dinero al Tesorero para que lo deposite en una cuenta especial llamada Fondo de Acupuntura. Este fondo se utiliza para apoyar las actividades descritas en este capítulo, pero solo si la Legislatura autoriza el uso de los fondos.

La junta informará al Contralor al comienzo de cada mes, por el mes precedente, la cantidad y la fuente de todos los ingresos recibidos por ella conforme a este capítulo, y pagará la totalidad de dicho monto al Tesorero para su depósito en el Fondo de Acupuntura, fondo que se crea para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo, previa asignación de fondos por parte de la Legislatura.