AcupunturaAdministración y Disposiciones Generales
Section § 4925
Esta ley forma parte de las normas sobre acupuntura en California, conocida como la Ley de Licencias de Acupuntura. Explica que cada vez que la Ley menciona 'certificado' o 'certificación', en realidad se refiere a 'licencia' o 'licenciamiento'. De manera similar, 'certificar' significa 'licenciar', y 'titular de certificado' significa 'licenciatario'. Además, si ve 'Comité de Acupuntura' o 'comité', se refiere a la 'Junta de Acupuntura' o 'junta'.
Section § 4926
Esta sección busca adoptar un enfoque holístico de la salud al apoyar la práctica de la medicina asiática, especialmente la acupuntura, que se centra en tratar las causas fundamentales de las enfermedades en lugar de solo los síntomas. El objetivo es mejorar el acceso a la acupuntura y eliminar las barreras legales innecesarias que limitan su uso. También establece que los acupunturistas deben ser regulados adecuadamente como proveedores de atención médica primaria para garantizar la seguridad y el bienestar públicos.
Section § 4927
Esta sección define términos clave relacionados con la práctica de la acupuntura. La «Junta» se refiere a la Junta de Acupuntura que supervisa las licencias. Un «acupunturista» es alguien con una licencia válida para practicar la acupuntura. La «acupuntura» implica el uso de agujas en el cuerpo para controlar el dolor o problemas de salud, incluyendo técnicas como la electroacupuntura y las ventosas. Un «acupunturista supervisor» debe tener cinco años de práctica y cumplir reglas específicas para supervisar a otros. Un «asistente de acupuntura» puede realizar tareas básicas, como la retirada de agujas y las ventosas, bajo supervisión directa, pero no puede realizar procedimientos complejos ni diagnósticos. Los asistentes deben estar inscritos en un programa de formación y certificados en técnicas de aguja limpia. Los «servicios básicos de apoyo a la acupuntura» incluyen procedimientos menores, pero excluyen actividades que requieran mayor habilidad o juicio.
Section § 4927.5
Esta ley describe lo que califica como un 'programa educativo y de capacitación aprobado' para acupunturistas. Para calificar, una escuela debe ofrecer al menos 3,000 horas de capacitación, con mínimos específicos para la instrucción en el aula y clínica, y tener su plan de estudios aprobado por la junta. Las escuelas también necesitan la aprobación institucional completa bajo secciones específicas del código de educación estatal y ya sea la acreditación o un plan para la acreditación de la comisión correspondiente. La junta debe revisar y aprobar el plan de estudios con prontitud.
Section § 4928
Esta sección establece la Junta de Acupuntura, la cual está compuesta por siete miembros responsables de hacer cumplir y administrar las normas de este capítulo. También señala que esta sección dejará de tener efecto el 1 de enero de 2028.
Section § 4928.1
Esta sección explica que, incluso si otras leyes sugieren lo contrario, el fin o la derogación de la Sección 4928 significa que la junta será revisada por comités legislativos específicos.
Section § 4928.2
Esta ley establece que la máxima prioridad de la Junta de Acupuntura debe ser siempre proteger al público en lo que respecta a la concesión de licencias, la regulación y la disciplina de los profesionales. Si alguna vez hay un conflicto entre la seguridad pública y otros objetivos, la seguridad pública prevalece.
Section § 4929
Esta sección detalla la composición y el proceso de nombramiento de la junta de acupuntura. Requiere que tres miembros de la junta sean acupunturistas experimentados, mientras que cuatro deben ser miembros públicos sin licencias médicas. El Gobernador nombra a la mayoría de los miembros, y todos necesitan la aprobación del Senado. El Gobernador, el Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea participan en los nombramientos. Los miembros de la junta pueden ser destituidos por negligencia en el deber o mala conducta después de recibir cargos formales y tener la oportunidad de responder.
Section § 4930
Section § 4931
Section § 4933
Esta sección describe las responsabilidades y los procedimientos de la junta que supervisa las prácticas de acupuntura. La junta es responsable de administrar este conjunto de leyes y puede crear o modificar reglas para ayudar a hacerlas cumplir, siguiendo procedimientos gubernamentales específicos. Para que la junta pueda llevar a cabo sus asuntos, deben estar presentes al menos cuatro miembros, incluyendo un acupunturista. Cualquier decisión requiere que más de la mitad de los presentes estén de acuerdo.
Section § 4933.5
Section § 4934
La ley permite que una junta nombre a un director ejecutivo que no tiene que seguir las reglas habituales para los empleados estatales, con la aprobación del director. Sin embargo, esta facultad para nombrar a dicho funcionario terminará el 1 de enero de 2028, fecha en la que la ley expirará.
Section § 4934.1
Esta sección solicita a la Comisión Milton Marks “Little Hoover” que revise a fondo ciertos aspectos de la práctica y educación de la acupuntura en California y que informe sus hallazgos a la Legislatura a más tardar el 1 de septiembre de 2004. Incluye el análisis del ámbito de práctica, las necesidades educativas y los exámenes nacionales frente a los estatales para acupunturistas. La Comisión también debe evaluar varios procesos de aprobación relacionados con la educación en acupuntura. Los costos de esta revisión, con un límite de $250,000, serán pagados por la junta utilizando el Fondo de Acupuntura.
Section § 4934.2
Esta sección exige que una junta realice dos estudios específicos antes del 1 de septiembre de 2004. Primero, deben investigar el papel de los asistentes de acupuntura sin licencia y determinar si es necesario licenciarlos y regularlos. Segundo, deben examinar cómo auditar mejor y asegurar la calidad y relevancia de sus cursos, y luego informar sus hallazgos y sugerencias al departamento y comité correspondientes.