Ópticos Dispensadores RegistradosDispensación de Lentes de Contacto
Section § 2560
No puedes adaptar y ajustar lentes de contacto en California a menos que cumplas con ciertos requisitos. O debes ser un dispensador de lentes de contacto registrado, o si no estás registrado, debes trabajar bajo la supervisión de uno que sí lo esté, y esa persona debe estar físicamente presente contigo. Además, un dispensador registrado no puede supervisar a más de tres personas no registradas a la vez.
Section § 2561
Si deseas ser un dispensador de lentes de contacto registrado en California, debes solicitarlo usando los formularios de la junta y aprobar un examen específico. Este examen suele ser de un comité nacional, pero la junta puede modificarlo si es necesario. Si estás renovando tu registro y no has trabajado mucho en este campo en los últimos cinco años, es posible que debas volver a tomar este examen. Los exámenes se realizan al menos dos veces al año, y las fechas se anuncian con mucha antelación. La junta puede denegar el registro por ciertas razones y otorgará un certificado a quienes califiquen. Las personas registradas pueden llamarse a sí mismas dispensadores de lentes de contacto, pero no pueden anunciarse como especialistas.
Section § 2562
Section § 2564
Section § 2564.5
Si eres un óptico dispensador registrado que adapta lentes de contacto, necesitas tener una estación de lavado de manos limpia y separada que sea fácil de acceder. Esta estación debe incluir agua corriente limpia, jabón desinfectante y formas de secarse las manos como toallas o un secador de manos, y no puede ser parte de un baño.
Section § 2564.6
Esta ley indica que un óptico dispensador registrado debe seguir las normas establecidas en la Sección 2541.2. En esencia, significa que los ópticos tienen que cumplir con ciertas regulaciones que se detallan en esa otra sección.