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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 9100

Explanation
Esta ley define una 'sala de ventas' como cualquier área, en interiores o exteriores, donde el público puede comprar.
A los efectos de este capítulo, «sala de ventas» significa cualquier área donde se invita al público a comprar, ya sea en interiores o exteriores.

Section § 9101

Explanation

Esta ley define un "almacén operativo" como cualquier tienda mayorista o minorista donde ocurren dos cosas: se utiliza maquinaria pesada como montacargas en áreas donde los clientes compran, y los artículos se almacenan en estanterías a más de 12 pies del suelo.

A los efectos de este capítulo, "almacén operativo" significa un establecimiento mayorista o minorista en el que se dan las dos situaciones siguientes:
(a)CA Laboral Code § 9101(a) Se utiliza maquinaria pesada, incluyendo, entre otros, montacargas, en cualquier área donde el público realiza compras mientras los clientes están en las instalaciones.
(b)CA Laboral Code § 9101(b) La mercancía se almacena en estanterías a más de 12 pies de altura sobre el piso de ventas.

Section § 9102

Explanation

Si usted es propietario o gerente de un almacén donde la mercancía se guarda a más de 12 pies de altura, debe asegurar esa mercancía. Puede usar cosas como barandales, cercas o redes para mantener los artículos seguros. También podría envolver los artículos juntos o usar cordones para atarlos. Estas medidas de seguridad debían estar implementadas antes del 1 de julio de 2002.

(a)CA Laboral Code § 9102(a) El propietario, gerente u operador de un almacén operativo deberá asegurar la mercancía almacenada en estantes a más de 12 pies de altura sobre el piso de ventas. Los métodos para asegurar la mercancía incluirán barandales, cercas, redes, puertas de seguridad, portones, cables, o la unión de artículos en un palé en una sola unidad mediante envoltura retráctil, flejes metálicos o plásticos, o atando los artículos con un cordón.
(b)CA Laboral Code § 9102(b) Todos los almacenes operativos deberán cumplir con las disposiciones de esta sección a más tardar el 1 de julio de 2002.

Section § 9103

Explanation

Esta ley exige que, cuando se utilice maquinaria pesada para mover artículos de los estantes, se debe establecer una zona de seguridad para mantener a los clientes alejados de las áreas donde los artículos podrían caer. Todos los almacenes activos debían cumplir esta norma antes del 1 de julio de 2002.

(a)CA Laboral Code § 9103(a) Cuando se utilice maquinaria pesada para mover mercancía de un estante, se establecerá una zona de seguridad para bloquear temporalmente el acceso de clientes a áreas donde la mercancía podría caer durante su retirada de un estante.
(b)CA Laboral Code § 9103(b) Todos los almacenes en funcionamiento deberán cumplir con las disposiciones de esta sección a más tardar el 1 de julio de 2002.

Section § 9104

Explanation
Si usted es propietario, gerente u opera un almacén con más de 50 empleados en California, debe informar sobre cualquier lesión grave o muerte de clientes causada por la caída de mercancía. Este informe debe presentarse a la división correspondiente dentro de los 30 días posteriores al 31 de diciembre de cada año, específicamente para 2002 y 2003. Si opera varios almacenes, puede presentar un solo informe para todos, pero debe especificar en qué almacenes ocurrieron los incidentes.
Un propietario, gerente u operador de un almacén en funcionamiento que emplee a más de 50 empleados deberá presentar a la división un informe de todas las lesiones conocidas que requieran hospitalización, incluyendo tratamiento médico de sala de emergencias, o muertes ocurridas a clientes como resultado de la caída de mercancía. El informe deberá presentarse dentro de los 30 días siguientes al 31 de diciembre de 2002, y dentro de los 30 días siguientes al 31 de diciembre de 2003. Cada año, una corporación que posea, gestione u opere más de un almacén en funcionamiento podrá presentar un único informe en nombre de todos los almacenes en funcionamiento de la corporación en el estado, siempre que el informe identifique la ubicación del almacén donde ocurrió cada incidente reportable.