Section § 3075

Explanation

Esta sección describe las reglas para establecer y administrar programas de aprendizaje en California, especialmente en los oficios de la construcción y para bomberos. Los programas pueden ser gestionados por comités conjuntos o empleadores individuales y deben ser aprobados por el jefe. Los nuevos programas se justifican cuando no existen otros en el área, los programas actuales no pueden satisfacer la demanda o han sido considerados inadecuados.

Si un nuevo programa se superpone con procesos de trabajo existentes, la aprobación también requiere el consentimiento del Consejo de Aprendizaje de California, a menos que no se presenten objeciones. Las decisiones pueden ser apeladas en ciertos casos, especialmente en lo que respecta a los oficios de la construcción y de bomberos.

La sección exige la publicación pública de decisiones y estándares propuestos en línea, y existe un sistema para notificaciones públicas sobre actualizaciones. Solo programas aprobados específicos pueden enviar aprendices a ciertos proyectos, como aquellos que deben cumplir con los requisitos de salario prevaleciente o de mano de obra calificada.

(a)CA Laboral Code § 3075(a) Un programa de aprendizaje puede ser administrado por un comité conjunto de aprendizaje, un comité unilateral de aprendizaje de gestión o laboral, o un empleador individual. Los programas pueden ser aprobados por el jefe en cualquier oficio en el estado o en una ciudad o área comercial, siempre que las necesidades de capacitación de aprendices justifiquen su establecimiento. Cuando exista un convenio colectivo, un programa deberá ser patrocinado conjuntamente a menos que cualquiera de las partes del convenio renuncie por escrito a su derecho de representación. Los comités conjuntos de aprendizaje estarán compuestos por un número igual de representantes de empleadores y empleados.
(b)CA Laboral Code § 3075(b) Para los fines de la subdivisión (a), se considerará que las necesidades de capacitación de aprendices en los oficios de la construcción y en los programas de bomberos justifican la aprobación de un nuevo programa de aprendizaje solo si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
(1)CA Laboral Code § 3075(b)(1) No existe un programa de aprendizaje aprobado bajo este capítulo que sirva al mismo oficio o profesión y área geográfica.
(2)CA Laboral Code § 3075(b)(2) Los programas de aprendizaje existentes aprobados bajo este capítulo que sirven al mismo oficio o profesión y área geográfica no tienen la capacidad, o descuidan o se niegan, a enviar suficientes aprendices a empleadores calificados en un sitio de obras públicas que han solicitado aprendices y están dispuestos a cumplir con los estándares de aprendizaje aplicables, según lo demuestre un patrón sostenido de solicitudes no atendidas.
(3)CA Laboral Code § 3075(b)(3) Los programas de aprendizaje existentes aprobados bajo este capítulo que sirven al mismo oficio y área geográfica han sido identificados por el Consejo de Aprendizaje de California como deficientes en el cumplimiento de sus obligaciones bajo este capítulo.
(c)CA Laboral Code § 3075(c) Para los fines de la subdivisión (b), un programa de aprendizaje existente sirve al “mismo oficio o profesión” que un programa de aprendizaje propuesto cuando habría una superposición sustancial en los procesos de trabajo cubiertos por los programas o cuando los graduados del programa existente estarían calificados para realizar una porción sustancial del trabajo que sería realizado por los graduados del nuevo programa.
(d)CA Laboral Code § 3075(d) Las decisiones del jefe con respecto a las solicitudes de nuevos programas de aprendizaje en los oficios de la construcción y para bomberos pueden ser apeladas por cualquier parte interesada ante el Consejo de Aprendizaje de California. Para los fines de esta sección, una solicitud de expansión de un programa existente para incluir una ocupación adicional se considerará una solicitud de un “nuevo programa de aprendizaje”.
(e)CA Laboral Code § 3075(e) Las decisiones del jefe con respecto a las solicitudes de nuevos programas de aprendizaje fuera de los oficios de la construcción y de bomberos son finales y no están sujetas a apelación administrativa, excepto según lo dispuesto de otro modo en esta sección.
(f)CA Laboral Code § 3075(f) Las decisiones del jefe con respecto a las solicitudes de nuevos programas de aprendizaje se publicarán en el sitio web de Internet de la división, lo que constituirá la única forma de notificación y servicio. Las apelaciones ante el Consejo de Aprendizaje de California bajo esta sección deben presentarse dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la decisión del jefe.
(g)CA Laboral Code § 3075(g) El jefe no aprobará un nuevo programa de aprendizaje que incluya un número sustancial de procesos de trabajo cubiertos por un programa en los oficios de la construcción o de bomberos, ni aprobará la modificación de los estándares de aprendizaje para incluir esos procesos de trabajo, a menos que se aplique alguna de las siguientes condiciones:
(1)CA Laboral Code § 3075(g)(1) El programa es de los oficios de la construcción o un programa de bomberos y está sujeto a las normas y reglamentos del Consejo de Aprendizaje de California.
(2)CA Laboral Code § 3075(g)(2) El Consejo de Aprendizaje de California ha otorgado su consentimiento para la aprobación del programa o la modificación de los estándares de aprendizaje. Si ninguna parte presenta una objeción ante el jefe a la aprobación del programa o modificación propuestos alegando superposición de procesos de trabajo bajo esta subdivisión, no se requerirá que el jefe busque el consentimiento del Consejo de Aprendizaje de California antes de aprobar el programa o la modificación.
(h)CA Laboral Code § 3075(h) Al menos 30 días antes de la aprobación de un nuevo programa de aprendizaje, o de una modificación de los estándares de aprendizaje para incluir nuevos procesos de trabajo, la división publicará en su sitio web de Internet una copia de los estándares de aprendizaje propuestos, lo que constituirá la única forma de notificación y servicio de que una solicitud sobre el programa o modificación propuestos está pendiente. No obstante la subdivisión (e), la decisión del jefe con respecto a cualquier nuevo programa de aprendizaje o modificación de los estándares de aprendizaje para incluir nuevos procesos de trabajo puede ser apelada ante el Consejo de Aprendizaje de California si no se proporciona la notificación bajo esta subdivisión.
(i)CA Laboral Code § 3075(i) La división creará un método en su sitio web de Internet para que los miembros del público puedan suscribirse para recibir actualizaciones por correo electrónico cuando se publiquen nuevas decisiones o estándares de aprendizaje propuestos de conformidad con esta sección.
(j)CA Laboral Code § 3075(j) Solo los siguientes programas pueden enviar aprendices a proyectos sujetos a requisitos de salario prevaleciente o de mano de obra calificada y capacitada:
(1)CA Laboral Code § 3075(j)(1) Programas en los oficios de la construcción aprobados antes del 1 de julio de 2018.
(2)CA Laboral Code § 3075(j)(2) Programas en los oficios de la construcción aprobados bajo el estándar de la subdivisión (b).

Section § 3075.1

Explanation

Esta ley de California anima a las agencias públicas estatales y locales a utilizar programas de aprendizaje para capacitar a personas en diversos trabajos necesarios para los servicios públicos. La idea es que los aprendizajes son una forma rentable de desarrollar las habilidades necesarias. Las agencias deben esforzarse por crear estos programas para trabajos que se pueden aprender a través de aprendizajes.

También deben considerar qué tan fácil es conseguir personal capacitado a través de estos programas y considerar la adopción de programas de aprendizaje exitosos del sector privado. Es importante destacar que estos programas deben apoyar los objetivos de acción afirmativa, asegurando que las minorías y las mujeres tengan igualdad de oportunidades para participar.

Es política pública de este estado fomentar la utilización del aprendizaje como una forma de capacitación en el puesto de trabajo, cuando dicha capacitación sea rentable para desarrollar las habilidades necesarias para prestar servicios públicos. Las agencias públicas estatales y locales harán un esfuerzo diligente para establecer programas de aprendizaje para ocupaciones que pueden ser objeto de aprendizaje en sus respectivas fuerzas laborales. Para promover esta política, las agencias públicas tomarán en consideración (a) la medida en que una oferta continua de personal capacitado esté fácilmente disponible para las agencias públicas para satisfacer sus requisitos de habilidades en las diversas ocupaciones que se determinen como aptas para el aprendizaje, y (b) la aplicación de programas establecidos en el sector privado, cuando sea apropiado. Los programas de aprendizaje del sector público deben ser totalmente compatibles con los objetivos de acción afirmativa para la participación de minorías y mujeres en los programas de aprendizaje.

Section § 3075.5

Explanation

Esta sección de la ley establece los requisitos para los programas de la industria de oficios de la construcción que buscan la aprobación de un programa de aprendizaje nuevo o expandido en California. Exige que los solicitantes presenten un plan detallado sobre el número de nuevos aprendices durante cinco años, cómo los capacitarán y financiarán, y un cronograma para asegurar compromisos de empleo para los aprendices. Los solicitantes también deben demostrar que tienen o tendrán instalaciones adecuadas para la capacitación y un plan para reclutar aprendices, dirigiéndose especialmente a mujeres y minorías subrepresentadas.

Si una solicitud no cumple con estos estándares, el jefe explicará las deficiencias y ofrecerá recomendaciones. Los solicitantes pueden entonces presentar una propuesta revisada, y el jefe debe responder dentro de los 90 días.

(a)CA Laboral Code § 3075.5(a) Este artículo se aplica cuando un programa de la industria de oficios de la construcción solicita al Jefe de la División de Estándares de Aprendizaje la aprobación de un nuevo programa de aprendizaje o la expansión de un programa de aprendizaje existente a una nueva ocupación o área geográfica. Los requisitos de este artículo son adicionales a otros requisitos que puedan ser impuestos por ley o reglamento.
(b)Copy CA Laboral Code § 3075.5(b)
(1)Copy CA Laboral Code § 3075.5(b)(1) Un solicitante de un programa de aprendizaje nuevo o expandido bajo la subdivisión (a) deberá presentar al jefe un plan escrito que establezca el número de nuevos aprendices que el solicitante busca inscribir durante los próximos cinco años en el programa nuevo o expandido, nueva ocupación o nueva área geográfica. El plan debe incluir el presupuesto del solicitante para capacitar a los nuevos aprendices y una explicación detallada de cómo el solicitante tiene la intención de proporcionar financiación suficiente para cubrir ese presupuesto.
(2)CA Laboral Code § 3075.5(b)(2) El solicitante deberá presentar al jefe un plan escrito que proporcione un cronograma razonable para obtener compromisos suficientes de los empleadores para emplear a los nuevos aprendices, a fin de asegurar, en la medida de lo posible, de manera consistente con las tasas de empleo para los programas existentes en buen estado en el oficio aplicable, que los nuevos aprendices serán empleados continuamente durante todo el período de aprendizaje.
(3)CA Laboral Code § 3075.5(b)(3) El solicitante deberá presentar al jefe evidencia verificable de que ha obtenido, o obtendrá, instalaciones adecuadas y suficientes para capacitar a los nuevos aprendices. El jefe, o su representante, inspeccionará personalmente las instalaciones dentro de los seis meses posteriores a la aprobación final del programa.
(4)CA Laboral Code § 3075.5(b)(4) El solicitante deberá presentar al jefe un plan para la contratación y selección de los nuevos aprendices. El plan deberá incluir la publicidad de las nuevas oportunidades de aprendizaje dentro del área geográfica y el alcance a organizaciones que promuevan oportunidades de aprendizaje para mujeres y minorías subrepresentadas.
(c)CA Laboral Code § 3075.5(c) El jefe no aprobará una solicitud que no cumpla con cualquiera de los requisitos de este artículo. Si el jefe no aprueba una solicitud debido a su incumplimiento de este artículo, el jefe deberá, dentro de los 90 días, proporcionar al solicitante una explicación detallada de las deficiencias en la solicitud y recomendaciones para abordar esas deficiencias a fin de obtener la aprobación del programa. El solicitante podrá presentar una solicitud nueva o modificada al jefe dentro de los 90 días siguientes a la recepción de las recomendaciones del jefe. El jefe deberá proporcionar una respuesta detallada a una solicitud nueva o modificada dentro de los 90 días siguientes a su recepción.

Section § 3075.6

Explanation

Esta ley exige que cada aprendiz en un programa de aprendizaje de oficios de la construcción y edificación reciba una actualización detallada al menos dos veces al año. El informe debe incluir cuántas horas de capacitación en el puesto de trabajo e instrucción relacionada han completado, cuántas horas totales se necesitan para graduarse y la fecha en que se espera que se gradúen.

Cada programa de aprendizaje de oficios de la construcción y edificación deberá proporcionar a cada aprendiz, al menos semestralmente, un informe que muestre el número de horas de capacitación en el puesto de trabajo e instrucción relacionada y complementaria que el aprendiz ha acumulado para la graduación, el número total de horas de capacitación en el puesto de trabajo e instrucción relacionada y complementaria que son necesarias para la graduación, y la fecha de graduación prevista del aprendiz.

Section § 3075.7

Explanation
Esta ley exige que todos los programas de aprendizaje de construcción y edificación en California deben enviar información sobre los aprendices a la División de Estándares de Aprendizaje cada mes. Esto incluye detalles como nuevos registros, cualquier cambio de dirección, graduaciones y terminaciones. Los datos deben presentarse electrónicamente en un formato que la división acepte.

Section § 3076

Explanation
Esta sección describe el papel de un comité conjunto de aprendizaje cuando sus organizaciones principales les han otorgado autoridad específica. Su trabajo es definir detalles como las tareas laborales, los salarios y las condiciones de trabajo para los aprendices en oficios como la construcción o para bomberos. También deciden cuántos aprendices pueden trabajar a la vez y ayudan a resolver cualquier disputa sobre el aprendizaje. Cualquier acción disciplinaria derivada de estas disputas debe ser comunicada adecuadamente a los involucrados.

Section § 3076.3

Explanation
Esta ley exige a los patrocinadores de programas de aprendizaje establecer procedimientos de selección claros, incluyendo requisitos mínimos de educación, cualquier examen físico necesario, pruebas y entrevistas. Deben detallar cómo se pondera cada factor en el proceso de selección y presentar una declaración escrita de estos procedimientos al jefe. Los solicitantes deben recibir una copia de estos procedimientos y, si no son seleccionados, deben recibir una explicación escrita de por qué no fueron elegidos, la cual debe conservarse en archivo durante cinco años. Además, los patrocinadores deben implementar planes de acción afirmativa para minorías y mujeres de acuerdo con las regulaciones.

Section § 3076.5

Explanation

Esta sección de la ley permite a las organizaciones que patrocinan programas de aprendizaje otorgar un bono de 10 puntos a los solicitantes veteranos durante el proceso de selección. Para calificar como veterano, la persona debe haber servido en las Fuerzas Armadas de EE. UU. por al menos 181 días consecutivos después del 31 de enero de 1955, y no debe haber sido dado de baja de forma deshonrosa. Excluye a quienes sirvieron solo en fuerzas auxiliares o de reserva sin exención del servicio militar obligatorio.

Un patrocinador de programa podrá establecer en sus procedimientos de selección un crédito adicional de 10 puntos en la selección de solicitantes veteranos para programas de aprendizaje.
"Veterano", tal como se utiliza en esta sección, significa un veterano que ha servido en las fuerzas armadas de este país por al menos 181 días consecutivos desde el 31 de enero de 1955, y que ha sido dado de baja o liberado bajo condiciones que no sean deshonrosas, pero no incluye a ninguna persona que haya servido únicamente en componentes auxiliares o de reserva de las fuerzas armadas cuyos servicios en ellas no lo eximieron de la aplicación de la Ley de Entrenamiento y Servicio Selectivo de 1940 (54 Stat. 885).

Section § 3077

Explanation

Un "aprendiz" es alguien que tiene al menos 16 años y tiene un acuerdo de aprendizaje por escrito con un empleador o patrocinador del programa. La duración del aprendizaje para cada ocupación debe ser aprobada por el jefe según estándares específicos.

El término "aprendiz", tal como se utiliza en este capítulo, significa una persona de al menos 16 años de edad que ha celebrado un acuerdo por escrito, en este capítulo denominado "acuerdo de aprendizaje", con un empleador o patrocinador del programa. La duración del aprendizaje para cada ocupación sujeta a aprendizaje deberá ser aprobada por el jefe de conformidad con las normas establecidas en la Sección 3078.5.

Section § 3077.5

Explanation
Esta ley establece que cualquier organización o persona que dirija un programa de aprendizaje no puede establecer un límite de edad superior para las personas que deseen unirse como aprendices.

Section § 3078

Explanation

Esta ley describe los componentes esenciales que deben incluirse en cada acuerdo de aprendizaje en California. Especifica la inclusión de detalles como los nombres de las partes involucradas, la fecha de nacimiento del aprendiz e información sobre el oficio que se aprenderá y la duración del aprendizaje.

El acuerdo debe mencionar las horas de trabajo, los objetivos de aprendizaje y cualquier período de prueba durante el cual puede ser terminado bajo ciertas condiciones. También requiere una descripción de la estructura salarial y un método para resolver disputas que no puedan manejarse localmente.

Si un empleador no puede cumplir con sus obligaciones, el acuerdo puede ser transferido a otro empleador con ciertas aprobaciones. Además, hay una cláusula que limita la responsabilidad por lesiones sufridas durante el trabajo escolar si el empleo del aprendiz ha sido terminado. Finalmente, se pueden incluir términos adicionales si son aprobados por las autoridades pertinentes.

Todo acuerdo de aprendizaje celebrado bajo este capítulo deberá contener, directamente o por referencia:
(a)CA Laboral Code § 3078(a) Los nombres de las partes contratantes.
(b)CA Laboral Code § 3078(b) La fecha de nacimiento del aprendiz.
(c)CA Laboral Code § 3078(c) Una declaración del oficio, arte o negocio que se le enseñará al aprendiz, y el momento en que comenzará y finalizará el aprendizaje.
(d)CA Laboral Code § 3078(d) Una declaración que muestre el número de horas que el aprendiz dedicará al trabajo y los objetivos de aprendizaje que se lograrán a través de la instrucción relacionada y complementaria, excepto según lo dispuesto en la Sección 3074. En ningún caso las horas semanales combinadas de trabajo y la instrucción relacionada y complementaria requerida del aprendiz excederán el número máximo de horas de trabajo prescritas por la ley para una persona de la edad del aprendiz.
(e)CA Laboral Code § 3078(e) Una declaración que establezca un cronograma de los procesos en las divisiones comerciales o industriales en las que se enseñará al aprendiz y el tiempo aproximado que se dedicará a cada proceso.
(f)CA Laboral Code § 3078(f) Una declaración de la escala salarial gradual que se pagará al aprendiz y si el tiempo de estudio requerido será compensado.
(g)CA Laboral Code § 3078(g) Una declaración que prevea un período de prueba durante el cual el acuerdo de aprendizaje podrá ser rescindido por el patrocinador del programa a solicitud por escrito de cualquiera de las partes, y que disponga que, después del período de prueba, el acuerdo de aprendizaje podrá ser rescindido por el administrador por mutuo acuerdo de todas las partes, o cancelado por el administrador por causa justa y suficiente. El período de prueba será razonable en relación con la duración total del aprendizaje, con crédito completo otorgado por dicho período para la finalización del aprendizaje, y en ningún caso excederá el menor entre el 25 por ciento de la duración del programa o un año.
(h)CA Laboral Code § 3078(h) Una disposición de que todas las controversias o diferencias relativas al acuerdo de aprendizaje que no puedan resolverse localmente, o que no estén cubiertas por un convenio colectivo, se someterán al administrador para su determinación según lo dispuesto en la Sección 3081.
(i)CA Laboral Code § 3078(i) Una disposición de que un empleador que no pueda cumplir con su obligación en virtud del acuerdo de aprendizaje podrá, con la aprobación del administrador, transferir el contrato a cualquier otro empleador si el aprendiz consiente y el otro empleador acepta asumir la obligación del acuerdo de aprendizaje.
(j)CA Laboral Code § 3078(j) Aquellos términos y condiciones adicionales que puedan ser prescritos o aprobados por el Consejo de Aprendizaje de California o por el Jefe de la División de Estándares de Aprendizaje, en consulta con el Comité Asesor Interinstitucional de Aprendizaje, siempre que no sean inconsistentes con las disposiciones de este capítulo.
(k)CA Laboral Code § 3078(k) Una cláusula que establezca que no habrá responsabilidad por parte de la otra parte contratante por una lesión sufrida por un aprendiz que realice trabajo escolar en un momento en que el empleo del aprendiz haya sido terminado temporal o permanentemente.

Section § 3078.5

Explanation

Esta ley explica cómo se pueden estructurar los aprendizajes en California. Identifica tres enfoques principales: basado en el tiempo, basado en la competencia e híbrido. En los oficios de la construcción y para bomberos, los aprendizajes deben seguir el enfoque basado en el tiempo, que requiere al menos 144 horas de instrucción en el aula y 2,000 horas de experiencia laboral.

El enfoque basado en la competencia se centra en que los aprendices demuestren sus habilidades y conocimientos, con al menos seis meses de experiencia laboral. Los enfoques híbridos combinan horas y demostración de habilidades. Todos los estándares del programa deben ser aprobados y explicar claramente cómo el aprendizaje en el puesto de trabajo se integra con las competencias requeridas.

Si se utilizan métodos basados en la competencia o híbridos, los programas pueden emitir credenciales provisionales que demuestren que se han alcanzado hitos sustanciales de habilidades y conocimientos. Estas credenciales deben conectarse directamente con las habilidades y competencias específicas del puesto de trabajo.

(a)CA Laboral Code § 3078.5(a) La duración del aprendizaje podrá medirse ya sea a través de la finalización del estándar de la industria para las horas de aprendizaje en el puesto de trabajo e instrucción relacionada y complementaria, la adquisición de competencia, o una combinación híbrida de los enfoques basados en el tiempo y basados en la competencia. Sin embargo, los programas en los oficios de la construcción y para bomberos deberán utilizar el enfoque basado en el tiempo.
(1)CA Laboral Code § 3078.5(a)(1) El enfoque basado en el tiempo mide la adquisición de habilidades a través de la finalización por parte del aprendiz individual de al menos 144 horas de instrucción relacionada y complementaria y 2,000 horas de aprendizaje en el puesto de trabajo, según se describe en un programa de proceso de trabajo.
(2)CA Laboral Code § 3078.5(a)(2) El enfoque basado en la competencia mide la adquisición de habilidades a través de la demostración exitosa por parte del aprendiz individual de las habilidades y conocimientos adquiridos, según lo verifique el patrocinador del programa. Los programas que utilicen este enfoque deberán exigir a los aprendices que completen no menos de seis meses de un componente de aprendizaje en el puesto de trabajo de un aprendizaje registrado. Los estándares del programa deberán abordar cómo se integrará el aprendizaje en el puesto de trabajo en el programa, describir las competencias, cumplir con los estándares o certificaciones reconocidos por la industria, e identificar un medio apropiado de prueba y evaluación para dichas competencias.
(3)CA Laboral Code § 3078.5(a)(3) El enfoque híbrido mide la adquisición de habilidades del aprendiz individual a través de una combinación de un número mínimo especificado de horas de aprendizaje en el puesto de trabajo y la demostración exitosa de competencia, según se describe en un programa de proceso de trabajo. Los programas que utilicen este enfoque deberán exigir a los aprendices que completen no menos de seis meses de un componente de aprendizaje en el puesto de trabajo de un aprendizaje registrado.
(4)CA Laboral Code § 3078.5(a)(4) Las medidas de duración se establecerán en los estándares del programa y estarán sujetas a la aprobación de la División de Estándares de Aprendizaje, basándose en la idoneidad de las medidas para las ocupaciones aptas para el aprendizaje a las que se aplican.
(b)CA Laboral Code § 3078.5(b) Los programas que utilicen el enfoque basado en la competencia o híbrido y que emitan credenciales provisionales deben identificar cada tipo o etapa para la emisión de una credencial provisional, demostrar cómo las credenciales se vinculan a los componentes de la ocupación apta para el aprendizaje, y establecer un proceso para evaluar la demostración de competencia de un aprendiz asociada con la credencial provisional particular. Las credenciales provisionales solo podrán emitirse para componentes reconocidos de una ocupación apta para el aprendizaje y vincularán específicamente las credenciales a los conocimientos, habilidades y destrezas asociados con esos componentes.

Section § 3079

Explanation

Esta ley explica el proceso para aprobar los contratos de aprendizaje en California. Estos contratos deben ser aprobados por un comité conjunto local de aprendizaje, las partes de un convenio colectivo, o un administrador si no existe un convenio o comité. Una copia del contrato se presenta ante la División de Estándares de Aprendizaje. El contrato debe ser firmado por el empleador o su agente, o un patrocinador del programa, el aprendiz, y, si el aprendiz es menor de edad, por su padre o tutor. Si el período de formación se extiende más allá del cumpleaños número 18 del aprendiz, el contrato sigue siendo válido durante todo ese período.

Todo contrato de aprendizaje bajo este capítulo deberá ser aprobado por el comité conjunto local de aprendizaje o las partes de un convenio colectivo, o por el administrador donde no exista un convenio colectivo o un comité conjunto, una copia del cual deberá presentarse ante la División de Estándares de Aprendizaje. Todo contrato de aprendizaje deberá ser firmado por el empleador, o su agente, o por un patrocinador de programa, según lo dispuesto en la Sección 3080, y por el aprendiz, y si el aprendiz es menor de edad, por el padre o tutor del menor. Cuando un menor celebre un contrato de aprendizaje bajo este capítulo por un período de formación que se extienda hasta su mayoría de edad, el contrato de aprendizaje será igualmente vinculante por el período que pueda cubrirse durante la mayoría de edad del aprendiz.

Section § 3080

Explanation
Esta ley de California permite que los acuerdos de aprendizaje, especialmente en los oficios de edificación, construcción y para bomberos, sean firmados por asociaciones de empleadores u organizaciones de empleados en lugar de empleadores individuales. Estos grupos no asumen el papel de un empleador, pero ayudan a encontrar puestos de empleo y capacitación con empleadores que asumirán la plena responsabilidad de los términos del aprendizaje. Los acuerdos también cubren el traslado de aprendices a otros empleadores si es aprobado por las autoridades pertinentes. Además, si un programa involucra a varios empleadores, debe asegurar que los aprendices tengan voz en cómo se gestiona el programa.

Section § 3080.5

Explanation
Esta ley establece que si un aprendiz forma parte de un programa de aprendizaje aprobado para los oficios de la construcción, debe ser empleado específicamente como aprendiz al realizar trabajos de construcción para los empleadores involucrados en el acuerdo de aprendizaje.

Section § 3081

Explanation

Esta ley permite al administrador investigar cualquier presunta infracción de los contratos de aprendizaje, ya sea por iniciativa propia o tras recibir una queja. Durante estas investigaciones, las partes implicadas tienen derecho a una audiencia justa después de recibir una notificación razonable. El proceso se rige por las normas establecidas por el Consejo de Aprendizaje de California o por el Jefe de la División de Estándares de Aprendizaje, según el tipo de programa de aprendizaje.

Por queja de cualquier persona interesada o por iniciativa propia, el administrador podrá investigar para determinar si ha habido una violación de los términos de un contrato de aprendizaje, celebrado conforme a este capítulo, y podrá celebrar audiencias, indagaciones y otros procedimientos necesarios para dichas investigaciones y determinaciones. Las partes de dicho contrato tendrán derecho a una audiencia justa e imparcial, previa notificación razonable de la misma. Todas estas audiencias, investigaciones y determinaciones se realizarán bajo la autoridad de reglas y procedimientos razonables prescritos por el Consejo de Aprendizaje de California para programas en los oficios de la construcción y para bomberos o por el Jefe de la División de Estándares de Aprendizaje para otros programas.

Section § 3082

Explanation

Esta ley explica cómo se manejan las decisiones de un administrador en casos relacionados con programas de aprendizaje. Cuando se toma una decisión, se envía por correo a las partes involucradas. Si la queja es sobre un programa de oficios de la construcción o de bomberos, la decisión se envía al Consejo de Aprendizaje de California. Las personas pueden apelar ante este consejo, que puede revisar el caso y celebrar una audiencia. Las apelaciones deben presentarse en un plazo de 10 días, o la decisión se vuelve definitiva. Para otros tipos de programas, la decisión del administrador es final y no hay opción de apelación.

(a)CA Laboral Code § 3082(a) La determinación del administrador deberá constar por escrito y se enviará por correo ordinario a las últimas direcciones conocidas de las partes, con prueba de notificación de conformidad con las Secciones 1013a y 2015.5 del Código de Procedimiento Civil.
(b)CA Laboral Code § 3082(b) Para las quejas que involucren programas en los oficios de la construcción y para bomberos, la determinación se presentará ante el Consejo de Aprendizaje de California. Cualquier persona perjudicada por la determinación o acción del administrador podrá apelar de la misma ante el consejo, el cual revisará el expediente completo y podrá celebrar una audiencia al respecto previa debida notificación a las partes interesadas. Si no se presenta una apelación ante el consejo dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se notifica a las partes la determinación, de conformidad con la subdivisión (a), la determinación se convertirá en la orden final del consejo.
(c)CA Laboral Code § 3082(c) Para las quejas que involucren cualquier otro programa, la determinación del administrador será definitiva.

Section § 3083

Explanation
Esta ley establece que si se toma una decisión o se llega a una conclusión final de acuerdo con la Sección 3082, se considerará definitiva y precisa si cuenta con suficiente evidencia para apoyarla. Además, todas las órdenes y decisiones tomadas bajo esta se presumen legales y razonables a primera vista.

Section § 3084

Explanation
Si no está satisfecho con una decisión final sobre un contrato de aprendizaje, puede impugnarla ante los tribunales, pero debe hacerlo dentro de los (30) días siguientes a la notificación de la decisión. Pasado ese plazo, la decisión será definitiva.

Section § 3084.5

Explanation

Si alguien incumple intencionalmente las normas relacionadas con los programas de aprendizaje, la División de Normas de Aprendizaje puede solicitar a un tribunal que impida que esa persona lo haga de nuevo. La división también puede recuperar sus gastos legales cuando busca este tipo de orden judicial.

En cualquier caso en que una persona o personas hayan violado intencionalmente cualquiera de las leyes, reglamentos u órdenes que rigen los programas de aprendizaje, la financiación proporcionada a los programas de aprendizaje y entidades asociadas, los solicitantes de aprendizaje o los aprendices registrados bajo este capítulo, la División de Normas de Aprendizaje podrá obtener, en un tribunal de jurisdicción competente, un mandato judicial contra cualquier futura violación de dichas leyes, reglamentos u órdenes por parte de dicha persona o personas. A la división se le concederán honorarios de abogado y costas razonables al solicitar un mandato judicial.

Section § 3085

Explanation
Antes de poder llevar a alguien a los tribunales por problemas relacionados con un contrato de aprendizaje, como hacer cumplir el contrato o reclamar daños si se incumple, primero debe seguir todos los pasos para resolverlo dentro del sistema establecido por este capítulo.

Section § 3086

Explanation
Esta ley establece que los acuerdos de aprendizaje descritos en este capítulo no anulan ni invalidan ninguna parte de los convenios colectivos que ofrezcan estándares más altos para los aprendizajes.

Section § 3088

Explanation

Esta sección de la ley establece que si alguna parte de este capítulo se considera inválida o no aplicable a una persona o situación, el resto del capítulo sigue siendo válido y no se ve afectado para otras personas o situaciones.

Si alguna disposición de este capítulo o su aplicación a cualquier persona o circunstancia se declara inválida, el resto del capítulo y la aplicación de dicha disposición a otras personas y circunstancias no se verá afectada por ello.

Section § 3089

Explanation
Esta sección establece el nombre oficial de la ley como la Ley Shelley-Maloney de Normas Laborales para Aprendices de 1939. Es una ley fundamental relacionada con las normas laborales de aprendizaje en California.

Section § 3090

Explanation
Esta ley establece que la División de Normas de Aprendizaje es responsable de revisar las solicitudes de empresas que desean ofrecer programas de aprendizaje u otras capacitaciones laborales. Tienen la autoridad para aprobar o rechazar estas solicitudes. Para ayudarles en esta tarea, pueden colaborar o celebrar acuerdos con agencias del gobierno federal y también recibir reembolsos de ellas.

Section § 3091

Explanation
No se le puede cobrar una tarifa para solicitar un programa de capacitación de aprendizaje. Sin embargo, una vez que sea aceptado, es posible que tenga que pagar gastos razonables relacionados con el programa.

Section § 3091.5

Explanation

Esta ley crea una Cuenta de Fondo de Depósito Especial en la tesorería estatal para recaudar dinero de la venta de materiales didácticos a aprendices. El dinero está siempre disponible y es utilizado por el Departamento de Educación para producir y desarrollar materiales de instrucción para aprendices. No hay restricción para usar los fondos dentro de un año fiscal específico.

De conformidad con la Sección 16370 del Código de Gobierno, por la presente se autoriza en la Tesorería del Estado una Cuenta de Fondo de Depósito Especial, la cual estará compuesta por los fondos recaudados de la venta de material didáctico a personas inscritas en cualquier programa de formación de aprendices bajo este capítulo. Todos los fondos recaudados quedan por la presente asignados sin consideración del año fiscal para el apoyo del Departamento de Educación, para ser utilizados en el desarrollo y producción de material didáctico para aprendices.

Section § 3092

Explanation

Si completas con éxito un programa de formación vocacional que cumple con ciertos estándares, podrías obtener crédito para tu aprendizaje. Sin embargo, estos programas deben ser aprobados por entidades específicas como un distrito escolar o una escuela vocacional, y deben ser reconocidos por una agencia de acreditación nacional.

Un egresado exitoso de un programa de capacitación en una ocupación particular sujeta a aprendizaje de un programa de educación vocacional que cumpla con los estándares del Plan Estatal de California para la Educación Vocacional puede recibir crédito para un período de aprendizaje si el programa es establecido y aprobado conjuntamente por un distrito escolar, un superintendente de escuelas del condado, una entidad pública que dirija un centro o programa ocupacional regional, o una escuela vocacional postsecundaria privada acreditada por una agencia de acreditación regional o nacional reconocida por la Oficina de Educación de los Estados Unidos y el patrocinador del programa de la ocupación particular sujeta a aprendizaje.