Warning
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 66

Explanation
Esta sección de la ley establece que los servicios descritos en la Sección 65 serán proporcionados por un equipo especial dentro del departamento, llamado el Servicio Estatal de Mediación y Conciliación de California.
Los servicios del departamento conforme a la Sección 65 serán llevados a cabo por una unidad dentro del departamento que se conocerá como el Servicio Estatal de Mediación y Conciliación de California.

Section § 67

Explanation
Esta ley permite al director cobrar a empleadores privados y públicos, sindicatos y organizaciones de empleados por ciertos servicios prestados por el Servicio de Mediación y Conciliación del Estado de California. Estos servicios incluyen la gestión de elecciones, arbitraje, capacitación y asistencia, así como servicios de representación para asuntos laborales del transporte público. El director también debe crear reglas para hacer cumplir esta sección.
(a)CA Laboral Code § 67(a) No obstante cualquier otra ley, el director podrá solicitar y cobrar el reembolso de empleadores del sector privado y público, sindicatos y organizaciones de empleados por los servicios de elección, arbitraje, y capacitación y facilitación proporcionados por el Servicio de Mediación y Conciliación del Estado de California conforme a la Sección 65 y por los servicios de representación, incluida la provisión de funcionarios de audiencia, relacionados con las relaciones laborales del transporte público proporcionados por el Servicio de Mediación y Conciliación del Estado de California conforme al Código de Servicios Públicos.
(b)CA Laboral Code § 67(b) El director adoptará reglamentos para implementar esta sección.