Section § 6110

Explanation

Esta ley permite a cualquier agencia estatal de California ofrecer beneficios como tratamiento médico y beneficios por fallecimiento a los empleados y a sus familias si sufren lesiones o fallecimiento debido a un accidente relacionado con el trabajo, incluso si el accidente no fue culpa de nadie. Esto se aplica cuando la lesión o el fallecimiento no están ya cubiertos por otra parte de las leyes de compensación para trabajadores.

Cualquier agencia estatal podrá, mediante acción apropiada, comprometerse a proporcionar hospitalización, tratamiento médico e indemnización, incluyendo beneficios por fallecimiento, a sus empleados y a sus dependientes por lesiones o fallecimiento sufridos por accidente, independientemente de la culpa, que ocurran en el curso y como consecuencia del empleo con dicha agencia estatal, cuando la lesión o el fallecimiento no sean compensables bajo las disposiciones de la División 4 de este código.

Section § 6111

Explanation
Esta ley permite que el Fondo de Seguro de Compensación del Estado celebre un acuerdo con el Departamento de Finanzas del Estado para gestionar las reclamaciones contra cualquier agencia estatal. Estas reclamaciones deben estar relacionadas con asuntos cubiertos por este capítulo de la ley.

Section § 6112

Explanation
Esta ley establece que un acuerdo maestro debe garantizar que todos los servicios se presten a la misma tarifa para cada organismo estatal, sin ninguna variación de precio.

Section § 6113

Explanation
Esta ley establece que el fondo tiene la autoridad para gastar dinero en diversos gastos, incluyendo realizar pagos a personas que tienen reclamaciones por atención médica o para la resolución y liquidación de esas reclamaciones.

Section § 6114

Explanation
Esta ley exige que si un funcionario o empleado estatal presenta una reclamación, la agencia estatal para la que trabaja debe reembolsar al fondo por cualquier costo y servicio que se haya proporcionado para gestionar esa reclamación.

Section § 6115

Explanation

Esta ley permite que un fondo, representándose a sí mismo o a una agencia estatal, tome las acciones necesarias para recuperar dinero que un empleador o una aseguradora podrían reclamar de un tercero.

El fondo puede iniciar demandas, unirse a casos judiciales existentes o llegar a acuerdos sobre reclamaciones, todo ello en un esfuerzo por cobrar en nombre de la agencia estatal.

El fondo podrá, en su propio nombre o en nombre de la agencia estatal para la cual se prestan los servicios, realizar todas y cada una de las acciones necesarias para recuperar, en nombre de la agencia estatal, todas y cada una de las cantidades que un empleador podría recuperar de terceros conforme al Capítulo 5 de la Parte 1 de la División 4 de este código, o que una aseguradora podría recuperar conforme a la Sección 11662 del Código de Seguros, incluyendo los derechos de iniciar y proseguir acciones o de intervenir en otros procedimientos judiciales, o de transigir reclamaciones antes o después del inicio de un litigio.