Section § 1508

Explanation
Esta ley se denomina Ley de Protección de Donaciones en Memoria de Michelle Maykin, y establece protecciones y directrices relacionadas con la donación de órganos y tejidos.

Section § 1509

Explanation

Esta ley define ciertos términos utilizados en esta parte del código laboral. Aclara que los términos 'empleado' y 'beneficios para empleados' se definen como en otra sección, la Sección 1501. Además, especifica que un 'empleador' es cualquier negocio que emplee a 15 o más personas.

A los efectos de esta parte, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Trabajo Code § 1509(a) «Empleado» y «beneficios para empleados» tienen los mismos significados establecidos en la Sección 1501.
(b)CA Trabajo Code § 1509(b) «Empleador» significa cualquier persona, sociedad, corporación, asociación u otra entidad comercial que emplee a 15 o más empleados.

Section § 1510

Explanation

La ley de California exige que los empleadores proporcionen a los donantes de órganos y médula ósea cantidades específicas de licencia remunerada: hasta 30 días hábiles para la donación de órganos y hasta 5 días hábiles para la donación de médula ósea dentro de un año. Además, los empleadores deben ofrecer hasta 30 días adicionales de licencia no remunerada para la donación de órganos. Los empleados deben verificar la necesidad médica de la donación para calificar para la licencia. El tiempo de licencia no afecta el historial de servicio ni los beneficios del empleado, y la cobertura de salud debe continuar durante la licencia remunerada.

Los empleadores pueden pedir a los empleados que utilicen parte de su licencia por enfermedad o vacaciones acumuladas durante la licencia por donación, pero esto no puede superponerse con la licencia familiar federal o estatal. Los derechos de los empleados bajo esta ley no pueden ser reducidos por acuerdos realizados después de 2011. La licencia puede tomarse en múltiples períodos, siempre que no exceda los límites anuales.

(a)CA Trabajo Code § 1510(a) Con sujeción a la subdivisión (c), un empleador concederá a un empleado las siguientes licencias remuneradas:
(1)CA Trabajo Code § 1510(a)(1) Una licencia, que no exceda de 30 días hábiles en un período de un año, a un empleado que sea donante de órganos, con el propósito de donar el órgano del empleado a otra persona. El período de un año se mide a partir de la fecha en que comienza la licencia del empleado y consistirá en 12 meses consecutivos.
(2)CA Trabajo Code § 1510(a)(2) Una licencia, que no exceda de cinco días hábiles en un período de un año, a un empleado que sea donante de médula ósea, con el propósito de donar la médula ósea del empleado a otra persona. El período de un año se mide a partir de la fecha en que comienza la licencia del empleado y consistirá en 12 meses consecutivos.
(b)CA Trabajo Code § 1510(b) Con sujeción a la subdivisión (c), un empleador concederá una licencia adicional no remunerada, que no exceda de 30 días hábiles en un período de un año, a un empleado que sea donante de órganos, con el propósito de donar el órgano del empleado a otra persona. El período de un año se mide a partir de la fecha en que comienza la licencia del empleado y consistirá en 12 meses consecutivos.
(c)CA Trabajo Code § 1510(c) Para recibir una licencia de conformidad con la subdivisión (a) o (b), un empleado deberá proporcionar una verificación por escrito al empleador de que el empleado es donante de órganos o médula ósea y de que existe una necesidad médica para la donación del órgano o la médula ósea.
(d)CA Trabajo Code § 1510(d) Cualquier período de tiempo durante el cual se le exija a un empleado ausentarse de su puesto por ser donante de órganos o médula ósea no constituye una interrupción en el servicio continuo del empleado a efectos del derecho del empleado a ajustes salariales, licencia por enfermedad, vacaciones, tiempo libre remunerado, licencia anual o antigüedad. Durante cualquier período en que un empleado tome licencia de conformidad con la subdivisión (a), el empleador mantendrá y pagará la cobertura bajo un plan de salud grupal, según se define en la Sección 5000(b) del Código de Rentas Internas de 1986, durante la duración total de la licencia, de la misma manera en que se habría mantenido la cobertura si el empleado hubiera estado activamente en el trabajo durante el período de licencia.
(e)CA Trabajo Code § 1510(e) Esta parte no afecta la obligación de un empleador de cumplir con un convenio colectivo o un plan de beneficios para empleados que otorgue mayores derechos de licencia a los empleados que los derechos previstos en esta parte.
(f)CA Trabajo Code § 1510(f) Los derechos previstos en esta parte no serán disminuidos por un convenio colectivo o un plan de beneficios para empleados celebrado a partir del 1 de enero de 2011.
(g)CA Trabajo Code § 1510(g) Un empleador podrá exigir, como condición para la recepción inicial de la licencia por donación de médula ósea u órganos de un empleado, que un empleado tome hasta cinco días de licencia por enfermedad, vacaciones o tiempo libre remunerado acumulados pero no utilizados para la donación de médula ósea y hasta dos semanas de licencia por enfermedad, vacaciones o tiempo libre remunerado acumulados pero no utilizados para la donación de órganos, a menos que hacerlo viole las disposiciones de cualquier convenio colectivo aplicable.
(h)CA Trabajo Code § 1510(h) No obstante la ley vigente, la licencia por donación de médula ósea y órganos no se tomará concurrentemente con ninguna licencia tomada de conformidad con la Ley Federal de Licencia Familiar y Médica de 1993 (29 U.S.C. Sec. 2601 et seq.) o la Ley de Derechos Familiares Moore-Brown-Roberti (Secciones 12945.2 y 19702.3 del Código de Gobierno).
(i)CA Trabajo Code § 1510(i) La licencia prevista de conformidad con esta sección podrá tomarse en uno o más períodos, pero en ningún caso excederá la cantidad de licencia establecida en las subdivisiones (a) y (b).

Section § 1511

Explanation

Esta ley exige que los empleadores devuelvan a un empleado su antiguo puesto de trabajo o uno con antigüedad, beneficios, salario y condiciones laborales similares una vez que finalice su licencia. Sin embargo, un empleador puede negarse a hacerlo si la razón no está relacionada con los derechos de licencia de la persona.

Un empleador deberá, al vencimiento de una licencia autorizada por esta parte, restituir a un empleado al puesto que ocupaba cuando comenzó la licencia o a un puesto con estatus de antigüedad, beneficios para empleados, salario y otras condiciones de empleo equivalentes. Un empleador podrá negarse a restituir a un empleado según lo requerido en esta sección debido a condiciones no relacionadas con el ejercicio de los derechos del empleado en virtud de esta parte.

Section § 1512

Explanation

Esta ley prohíbe a los empleadores impedir que los empleados ejerzan sus derechos. Los empleadores tampoco pueden castigar a los empleados que ejercen sus derechos o denuncian prácticas ilegales en el trabajo.

(a)CA Trabajo Code § 1512(a) Un empleador no deberá interferir con, restringir o negar el ejercicio o el intento de ejercicio de un derecho establecido por esta parte.
(b)CA Trabajo Code § 1512(b) Un empleador no deberá despedir, multar, suspender, expulsar, disciplinar o de cualquier otra manera discriminar a un empleado que haga cualquiera de lo siguiente:
(1)CA Trabajo Code § 1512(b)(1) Ejerza un derecho provisto bajo esta parte.
(2)CA Trabajo Code § 1512(b)(2) Se oponga a una práctica declarada ilegal por esta parte.

Section § 1513

Explanation

Esta ley permite que un empleado presente una demanda ante el tribunal superior del condado para asegurar que se cumplan las normas de esta sección. Si alguien está incumpliendo estas normas, el tribunal puede detenerlos y exigir acciones para solucionar el problema o para hacer cumplir aún más las normas.

(a)CA Trabajo Code § 1513(a) Un empleado puede presentar una acción civil ante el tribunal superior del condado correspondiente para hacer cumplir esta parte.
(b)CA Trabajo Code § 1513(b) El tribunal puede prohibir cualquier acto o práctica que viole esta parte y puede ordenar cualquier medida de reparación equitativa necesaria y apropiada para reparar la violación o para hacer cumplir esta parte.