(a)CA Trabajo Code § 2699.3(a) Una acción civil por un empleado agraviado conforme a la subdivisión (a) o (f) de la Sección 2699 que alegue una violación de cualquier disposición enumerada en la Sección 2699.5 comenzará solo después de que se hayan cumplido los siguientes requisitos:
(1)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)
(A)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)(A) El empleado agraviado o su representante deberá presentar un aviso por escrito mediante presentación en línea ante la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral y por correo certificado al empleador de las disposiciones específicas de este código que se alega han sido violadas, incluyendo los hechos y teorías que sustentan la supuesta violación.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)(A)(B) Un aviso presentado ante la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral conforme a la subsección (A) y cualquier respuesta del empleador a dicho aviso deberán ir acompañados de una tarifa de presentación de setenta y cinco dólares ($75). Las tarifas requeridas por esta subsección están sujetas a exención de acuerdo con los requisitos de las Secciones 68632 y 68633 del Código de Gobierno.
(2)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)(A)(2)
(A)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)(A)(2)(A) La agencia notificará al empleador y al empleado agraviado o su representante por correo certificado que no tiene la intención de investigar la supuesta violación dentro de los 60 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso recibido conforme al párrafo (1). Al recibir dicho aviso o si no se proporciona ningún aviso dentro de los 65 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso entregado conforme al párrafo (1), el empleado agraviado podrá iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)(A)(B) Si la agencia tiene la intención de investigar la supuesta violación, notificará al empleador y al empleado agraviado o su representante por correo certificado su decisión dentro de los 65 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso recibido conforme al párrafo (1). Dentro de los 120 días calendario a partir de esa decisión, la agencia podrá investigar la supuesta violación y emitir cualquier citación apropiada. Si la agencia determina que no se emitirá ninguna citación, notificará al empleador y al empleado agraviado de esa decisión dentro de los cinco días hábiles siguientes por correo certificado. Al recibir dicho aviso o si la agencia no emite ninguna citación dentro de los plazos prescritos por la subsección (A) y esta subsección o si la agencia no proporciona notificación oportuna o alguna, el empleado agraviado podrá iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699.
(C)CA Trabajo Code § 2699.3(a)(1)(A)(C) No obstante cualquier otra disposición de la ley, un demandante podrá, por derecho propio, enmendar una demanda existente para añadir una causa de acción que surja en virtud de esta parte en cualquier momento dentro de los 60 días de los períodos de tiempo especificados en esta parte.
(b)CA Trabajo Code § 2699.3(b) Una acción civil por un empleado agraviado conforme a la subdivisión (a) o (f) de la Sección 2699 que alegue una violación de cualquier disposición de la División 5 (que comienza con la Sección 6300) que no sean las enumeradas en la Sección 2699.5 comenzará solo después de que se hayan cumplido los siguientes requisitos:
(1)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(1) El empleado agraviado o su representante deberá notificar mediante presentación en línea ante la División de Seguridad y Salud Ocupacional y por correo certificado al empleador, con una copia a la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral, las disposiciones específicas de la División 5 (que comienza con la Sección 6300) que se alega han sido violadas, incluyendo los hechos y teorías que sustentan la supuesta violación.
(2)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)
(A)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)(A) La división inspeccionará o investigará la supuesta violación conforme a los procedimientos especificados en la División 5 (que comienza con la Sección 6300).
(i)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)(A)(i) Si la división emite una citación, el empleado no podrá iniciar una acción conforme a la Sección 2699. La división notificará al empleado agraviado y al empleador por escrito dentro de los 14 días calendario de certificar que el empleador ha corregido la violación.
(ii)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)(A)(ii) Si al final del período de inspección o investigación previsto en la Sección 6317, la división no emite una citación y el empleado agraviado impugna esa decisión, el empleado podrá impugnar esa decisión ante el tribunal superior. En tal acción, el tribunal superior seguirá los precedentes de la Junta de Apelaciones de Seguridad y Salud Ocupacional. Si el tribunal determina que la división debería haber emitido una citación y ordena a la división que emita una citación, entonces el empleado agraviado no podrá iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699.
(iii)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)(A)(iii) Una demanda ante el tribunal superior que alegue una violación de la División 5 (que comienza con la Sección 6300) que no sean las enumeradas en la Sección 2699.5 deberá incluir una copia del aviso de violación proporcionado a la división y al empleador conforme al párrafo (1).
(iv)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)(A)(iv) El tribunal superior no desestimará la acción por diferencias no sustanciales en los hechos o teorías entre los contenidos en el aviso de violación proporcionado a la división y al empleador conforme al párrafo (1) y la demanda presentada ante el tribunal.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(2)(A)(B) Si la división no inspecciona o investiga la supuesta violación según lo dispuesto por la Sección 6309, las disposiciones de la subdivisión (c) se aplicarán a la determinación de la supuesta violación.
(3)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(b)(3)
(A)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(b)(3)(A) Nada en esta subdivisión se interpretará en el sentido de alterar la autoridad de la división para permitir períodos de mitigación a largo plazo o para celebrar memorandos de entendimiento o acuerdos conjuntos con los empleadores en el caso de problemas de mitigación a largo plazo.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(3)(A)(B) Nada en esta subdivisión se interpretará en el sentido de autorizar a un empleado a presentar un aviso o a iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699 durante el período en que un empleador haya iniciado voluntariamente una consulta con la división para mejorar una condición en ese lugar de trabajo en particular.
(C)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(3)(A)(C) Un empleador al que se le haya notificado conforme a esta sección no podrá entonces iniciar una consulta con la división para evitar una acción en virtud de esta sección.
(4)CA Trabajo Code § 2699.3(b)(4) El tribunal superior revisará y aprobará cualquier acuerdo propuesto de supuestas violaciones de las disposiciones de la División 5 (que comienza con la Sección 6300) para asegurar que las disposiciones del acuerdo sean al menos tan efectivas como las protecciones o remedios proporcionados por la ley o regulación estatal y federal para la supuesta violación. Las disposiciones del acuerdo relacionadas con las leyes de salud y seguridad se presentarán a la división al mismo tiempo que se presentan al tribunal. Este requisito se interpretará en el sentido de autorizar y permitir a la división comentar sobre esas disposiciones del acuerdo, y el tribunal otorgará al comentario de la división el peso apropiado.
(c)CA Trabajo Code § 2699.3(c) Una acción civil por un empleado agraviado conforme a la subdivisión (a) o (f) de la Sección 2699 que alegue una violación de cualquier disposición que no sean las enumeradas en la Sección 2699.5 o la División 5 (que comienza con la Sección 6300) comenzará solo después de que se hayan cumplido los siguientes requisitos:
(1)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(c)(1)
(A)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(c)(1)(A) El empleado agraviado o su representante deberá presentar un aviso por escrito mediante presentación en línea ante la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral y por correo certificado al empleador de las disposiciones específicas de este código que se alega han sido violadas, incluyendo los hechos y teorías que sustentan la supuesta violación.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(1)(A)(B) Un aviso presentado ante la Agencia de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral conforme a la subsección (A) y cualquier respuesta del empleador a dicho aviso deberán ir acompañados de una tarifa de presentación de setenta y cinco dólares ($75). Las tarifas requeridas por esta subsección están sujetas a exención de acuerdo con los requisitos de las Secciones 68632 y 68633 del Código de Gobierno.
(C)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(1)(A)(C) Las tarifas pagadas conforme a la subsección (B) se ingresarán en el Fondo de Desarrollo Laboral y de la Fuerza Laboral y se utilizarán para los fines especificados en la subdivisión (n) de la Sección 2699.
(D)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(1)(A)(D) Si el empleador no es elegible para los procesos de los párrafos (2) o (3) o elige no utilizar esos procesos, la agencia notificará al empleador y al empleado agraviado o su representante por correo certificado que no tiene la intención de investigar la supuesta violación dentro de los 60 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso recibido conforme al párrafo (1). Al recibir dicho aviso o si no se proporciona ningún aviso dentro de los 65 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso entregado conforme a la subsección (A), el empleado agraviado podrá iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699.
(E)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(1)(A)(E) Si la agencia tiene la intención de investigar la supuesta violación, notificará al empleador y al empleado agraviado o su representante por correo certificado su decisión dentro de los 65 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso recibido conforme a la subsección (A). Dentro de los 120 días calendario a partir de esa decisión, la agencia podrá investigar la supuesta violación y emitir cualquier citación apropiada. Si la agencia determina que no se emitirá ninguna citación, notificará al empleador y al empleado agraviado de esa decisión dentro de los cinco días hábiles siguientes por correo certificado. Al recibir dicho aviso o si la agencia no emite ninguna citación dentro de los plazos prescritos por la subsección (D) y esta subsección o si la agencia no proporciona notificación oportuna o alguna, el empleado agraviado podrá iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699.
(2)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)
(A)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)(A) Dentro de los 33 días siguientes a la recepción del aviso enviado por el empleado agraviado o su representante, un empleador que empleó a menos de 100 empleados en total durante el período cubierto por el aviso podrá presentar a la agencia una propuesta confidencial para subsanar una o más de las supuestas violaciones. El empleador especificará cuáles de las supuestas violaciones propone subsanar.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)(A)(B) Si la subsanación es manifiestamente suficiente o si es necesaria una conferencia para determinar si es posible una subsanación suficiente, entonces, dentro de los 14 días posteriores a la recepción de la propuesta del empleador, la agencia podrá programar una conferencia con las partes, que se llevará a cabo no más de 30 días después, para determinar si la subsanación propuesta es suficiente, qué información adicional puede ser necesaria para evaluar la suficiencia de la subsanación, y el plazo acordado por las partes para que el empleador complete la subsanación. Si la subsanación incluye el pago de salarios no pagados, la agencia también determinará en la conferencia si solicitar al empleador que pague el monto de la subsanación propuesta, incluyendo cualquier salario y daños liquidados adeudados y un 7 por ciento de interés, en fideicomiso o si proporcionará otra forma de garantía que la agencia considere adecuada. Dicha conferencia podrá ser electrónica, telefónica o en persona. Si la agencia determina que la subsanación no es manifiestamente suficiente o no actúa sobre la propuesta de subsanación del empleador, el empleado podrá proceder con una acción civil en virtud de esta parte después de 65 días calendario desde el envío del aviso requerido por esta subdivisión, a menos que este plazo sea extendido por la agencia, siempre que dicho plazo no se extienda a más de 120 días calendario después de enviado el aviso. Sin embargo, el empleador tendrá derecho a presentar una solicitud de suspensión y conferencia de evaluación temprana según lo establecido en la subdivisión (f).
(C)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)(A)(C) En la fecha límite acordada para subsanar, o antes, pero no más de 45 días después de la conferencia, el empleador deberá completar la subsanación y proporcionar una notificación jurada al empleado y a la agencia de que la subsanación se ha completado, acompañada de una auditoría de nómina y un registro de cheques si la violación implica una obligación de pago. Esta notificación también deberá incluir cualquier información que las partes consideren necesaria para determinar la suficiencia de la subsanación. La agencia verificará si la subsanación está completa dentro de los 20 días siguientes a la recepción de la notificación del empleador. Si el procedimiento de revisión de la agencia en virtud de esta sección se extiende más allá del período de 65 días establecido en esta sección, el plazo de prescripción de las supuestas violaciones permanecerá suspendido hasta que dicho procedimiento se haya completado.
(D)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)(A)(D) Si la agencia determina preliminarmente que la supuesta violación ha sido subsanada, notificará al empleado agraviado y, si lo solicita el empleado agraviado, programará una audiencia dentro de los 30 días de dicha determinación. La agencia emitirá una orden no más de 20 días después de la audiencia, proporcionando una determinación sobre si la subsanación es adecuada y las razones de su determinación. Si la agencia determina que la supuesta violación ha sido subsanada, el empleado agraviado no podrá proceder con una acción civil. Si el empleado agraviado no está de acuerdo con la determinación de subsanación, el empleado agraviado podrá apelar esa determinación ante el tribunal superior. Cualquier cantidad pagada por el empleador a los empleados agraviados, excluyendo las sanciones en virtud de esta sección para subsanar la supuesta violación, se compensará con cualquier sentencia posterior dictada con respecto a esa violación, si el tribunal superior concluye que la agencia abusó de su discreción al determinar que la subsanación del empleador fue adecuada.
(E)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)(A)(E) Ninguna subsanación o propuesta de subsanación conforme a este párrafo podrá considerarse una admisión de responsabilidad por parte del empleador que presentó la propuesta de subsanación. Cualquier propuesta de subsanación se considerará una propuesta de acuerdo confidencial sujeta a la Sección 1152 del Código de Evidencia.
(F)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(2)(A)(F) Nada en este párrafo prohíbe a un empleador remediar independientemente cualquier violación ni impide que las partes acuerden su propio proceso de mediación.
(3)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(3) Si la única violación alegada que el empleador busca subsanar es una violación de la Sección 226, se aplicará el siguiente procedimiento:
(A)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(3)(A) El empleador podrá subsanar la supuesta violación dentro de los 33 días calendario a partir de la fecha del matasellos del aviso enviado por el empleado agraviado o su representante. El empleador deberá notificar por escrito dentro de ese período de tiempo por correo certificado al empleado agraviado o su representante y mediante presentación en línea ante la agencia si la supuesta violación ha sido subsanada, incluyendo una descripción de las acciones tomadas, y no podrá iniciarse ninguna acción civil conforme a la Sección 2699. Si la supuesta violación no se subsana dentro del período de 33 días, el empleado podrá iniciar una acción civil conforme a la Sección 2699.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(c)(3)(B) Si el empleado agraviado disputa que la supuesta violación de la Sección 226 ha sido subsanada, el empleado agraviado o su representante deberá proporcionar un aviso por escrito mediante presentación en línea ante la agencia y por correo certificado al empleador, incluyendo los fundamentos específicos para sustentar esa disputa, al empleador y a la agencia. Dentro de los 17 días calendario siguientes a la recepción de dicho aviso, la agencia revisará las acciones tomadas por el empleador para subsanar la supuesta violación y proporcionará un aviso por escrito de su decisión por correo certificado al empleado agraviado y al empleador. La agencia podrá otorgar al empleador tres días hábiles adicionales para subsanar la supuesta violación. Si la agencia determina que la supuesta violación no ha sido subsanada o si la agencia no proporciona notificación oportuna o alguna, el empleado podrá proceder con la acción civil conforme a la Sección 2699. Si la agencia determina que la supuesta violación ha sido subsanada, pero el empleado aún no está de acuerdo, el empleado podrá apelar esa determinación ante el tribunal superior.
(d)CA Trabajo Code § 2699.3(d) Ningún empleador podrá acogerse a las disposiciones de aviso y subsanación de esta sección más de una vez en un período de 12 meses por violaciones de las mismas disposiciones establecidas en el aviso, independientemente de la ubicación del lugar de trabajo o de si ha sido notificado con un aviso previo conforme a esta parte alegando la misma violación que no subsanó.
(e)CA Trabajo Code § 2699.3(e) Los períodos especificados en esta sección no se cuentan como parte del tiempo limitado para el inicio de la acción civil para recuperar sanciones en virtud de esta parte.
(f)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(f)
(1)Copy CA Trabajo Code § 2699.3(f)(1) (A) No obstante cualquier otra ley, un empleador no cubierto por la subsección (A) del párrafo (2) de la subdivisión (c), al ser notificado con una citación y demanda que alegue un reclamo en virtud de la subdivisión (a) o (f) de la Sección 2699, podrá presentar una solicitud para una conferencia de evaluación temprana en los procedimientos del reclamo y una solicitud de suspensión de los procedimientos judiciales antes o simultáneamente con la contestación del demandado u otra comparecencia inicial en la acción que incluye el reclamo.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(1)(B) El propósito de la conferencia de evaluación incluirá, entre otros, la evaluación de todo lo siguiente, según corresponda:
(i)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(1)(B)(i) Si ocurrieron algunas de las supuestas violaciones y, en tal caso, si el demandado ha subsanado las supuestas violaciones.
(ii)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(1)(B)(ii) Las fortalezas y debilidades de las reclamaciones del demandante y las defensas del demandado.
(iii)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(1)(B)(iii) Si las reclamaciones del demandante, incluyendo cualquier reclamación por sanciones o medidas cautelares, pueden resolverse total o parcialmente.
(iv)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(1)(B)(iv) Si las partes deben compartir otra información que pueda facilitar la evaluación temprana y la resolución de la disputa.
(2)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(2) Una solicitud de conferencia de evaluación temprana por parte de un demandado conforme al párrafo (1) deberá incluir una declaración sobre si el demandado tiene la intención de subsanar alguna o todas las supuestas violaciones, especificar las supuestas violaciones que subsanará, si corresponde, e identificar las alegaciones que disputa.
(3)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3) Al presentar una solicitud de conferencia de evaluación temprana por parte de un demandado y, si se solicita, una suspensión de los procedimientos, un tribunal suspenderá los procedimientos y emitirá una orden que haga lo siguiente, a falta de causa justificada para denegar la solicitud del demandado en su totalidad o en parte:
(A)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(A) Programa una conferencia de evaluación temprana obligatoria para una fecha lo antes posible a partir de la fecha de la orden, pero en ningún caso más allá de los 70 días posteriores a la emisión de la orden.
(B)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(B) Ordena a un demandado que ha presentado una declaración de que tiene la intención de subsanar alguna o todas las supuestas violaciones que presente de forma confidencial al evaluador neutral y notifique al demandante, dentro de los 21 días posteriores a la emisión de la orden, el plan propuesto por el empleador para subsanar esas violaciones.
(C)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(C) Ordena a un demandado que disputa cualquier supuesta violación que presente al evaluador neutral y notifique al demandante una declaración confidencial que incluya, para uso exclusivo de la conferencia de evaluación temprana, la base y la evidencia para disputar esas supuestas violaciones.
(D)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(D) Ordena a las partes comparecer en el momento fijado para la conferencia.
(E)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(E) Ordena al demandante que presente al evaluador neutral y notifique al demandado no más de 21 días después de la notificación del plan de subsanación propuesto por el demandado, una declaración confidencial que incluya, en la medida en que sea razonablemente conocida, para uso exclusivo de la conferencia de evaluación temprana, todo lo siguiente:
(i)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(E)(i) La base fáctica de cada una de las supuestas violaciones.
(ii)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(E)(ii) El monto de las sanciones reclamadas por cada violación, si las hubiera, y la base para ese cálculo.
(iii)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(E)(iii) El monto de los honorarios de abogados y los costos incurridos hasta la fecha, si los hubiera, que se están reclamando.
(iv)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(E)(iv) Cualquier demanda de acuerdo del caso en su totalidad.
(v)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(3)(E)(v) La base para aceptar o no aceptar el plan propuesto por el empleador para subsanar alguna o todas las supuestas violaciones.
(4)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(4) Si el evaluador neutral acepta el plan propuesto por el empleador para subsanar alguna o todas las supuestas violaciones, el demandado deberá presentar pruebas dentro de los 10 días calendario o un período más largo acordado por las partes o establecido por el evaluador neutral, demostrando que la subsanación se ha logrado. Si el demandado indicó que subsanaría cualquier supuesta violación y no presenta a tiempo la evidencia requerida que demuestre la corrección de la violación o violaciones al evaluador neutral y al demandante, el proceso de evaluación temprana y cualquier suspensión podrán ser terminados por el tribunal.
(5)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(5) Si el evaluador neutral y las partes acuerdan que el empleador ha subsanado las supuestas violaciones que declaró su intención de subsanar, las partes presentarán conjuntamente una declaración al tribunal exponiendo los términos de su acuerdo.
(6)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(6) Si no quedan otras supuestas violaciones en disputa, las partes y el tribunal tratarán la presentación de las partes como un acuerdo propuesto conforme a los términos y procedimientos establecidos en la subdivisión (l) de la Sección 2699.
(7)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(7) Si otras supuestas violaciones permanecen en disputa, el tribunal tendrá discreción para aplazar la consideración del acuerdo de las partes hasta después de otros procedimientos litigiosos.
(8)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(8) Al calcular las sanciones adeudadas en virtud de esta parte por cualquier violación que el empleador subsanó prontamente conforme a esta sección, el tribunal determinará la aplicabilidad de la subdivisión (j), el párrafo (2) de la subdivisión (e), el párrafo (1) de la subdivisión (g) y el párrafo (1) de la subdivisión (h) de la Sección 2699, y el tribunal considerará que las violaciones fueron subsanadas sin necesidad de un litigio prolongado.
(9)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(9) Si el evaluador neutral o el demandante no están de acuerdo en que el empleador ha subsanado las supuestas violaciones que declaró su intención de subsanar, el empleador podrá presentar una moción para solicitar al tribunal que apruebe la subsanación y presente pruebas que demuestren la corrección de las supuestas violaciones. El tribunal podrá solicitar más escritos y presentaciones de pruebas a las partes en respuesta a esa moción y pruebas.
(10)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(10) Todas las declaraciones o pruebas presentadas para los fines de la conferencia de evaluación temprana y todas las discusiones en la conferencia de evaluación temprana estarán sujetas a la Sección 1152 del Código de Evidencia.
(11)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(11) El proceso de evaluación temprana no se extenderá más allá de 30 días a menos que las partes acuerden mutuamente extender el tiempo.
(12)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(12) Las conferencias de evaluación temprana serán dirigidas por un juez o comisionado o cualquier otra persona con conocimientos y experiencia en asuntos que surjan en virtud del código que el tribunal designe.
(13)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(13) Nada en esta subdivisión afecta o modifica la inadmisibilidad de pruebas relativas a ofertas de transacción conforme a la Sección 1152 del Código de Evidencia, incluyendo, entre otros, la inadmisibilidad para probar lesiones o daños.
(14)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(14) Nada en esta subdivisión prohíbe a un empleador subsanar independientemente cualquier violación ni impide que las partes acuerden su propio proceso de mediación. Tampoco nada en esta sección prohíbe a un empleador cubierto por la subsección (A) del párrafo (2) de la subdivisión (c) solicitar una conferencia de evaluación temprana bajo otros términos y condiciones que el tribunal ponga a disposición de otros litigantes.
(15)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(15) Nada en esta subdivisión impedirá que un tribunal ordene medidas cautelares apropiadas conforme al párrafo (1) de la subdivisión (e) de la Sección 2699.
(16)CA Trabajo Code § 2699.3(f)(16) Nada en esta subdivisión limita la obligación del tribunal de aprobar acuerdos en virtud de esta parte.
(g)CA Trabajo Code § 2699.3(g) Esta sección entrará en vigor el 1 de octubre de 2024.
(Repealed (in Sec. 1) and added by Stats. 2024, Ch. 45, Sec. 2. (SB 92) Effective July 1, 2024. Operative October 1, 2024, by its own provisions.)