Section § 75

Explanation

Esta ley crea una comisión dentro del departamento, centrada en la Salud y Seguridad y la Compensación de Trabajadores. La comisión tiene ocho miembros con derecho a voto, divididos equitativamente entre representantes de los sindicatos y empleadores. Los nombramientos los realizan el Gobernador, el Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea, con reglas específicas para la representación de organismos públicos. Las decisiones requieren el acuerdo de la mayoría y deben incluir votos tanto de representantes laborales como de empleadores.

La presidencia se alterna anualmente entre representantes laborales y de empleadores, comenzando con un representante laboral en 1994. Los mandatos iniciales para los miembros de la comisión son de cuatro años, pero se aplican fechas de vencimiento escalonadas específicas para los primeros nombrados, y las vacantes se cubren por el resto del mandato.

La comisión se reúne cada dos meses y cuando es necesario. Las reuniones están abiertas al público, y los miembros reciben una compensación de $100 por día de asistencia, junto con los gastos de viaje necesarios, de un fondo designado.

(a)CA Trabajo Code § 75(a) Existe en el departamento la Comisión de Salud y Seguridad y Compensación de Trabajadores. La comisión estará compuesta por ocho miembros con derecho a voto. Cuatro miembros con derecho a voto representarán a los sindicatos, y cuatro miembros con derecho a voto representarán a los empleadores. No más de un miembro empleador representará a organismos públicos. Dos de los miembros empleadores y dos de los miembros laborales serán nombrados por el Gobernador. El Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea nombrarán cada uno a un representante empleador y a un representante laboral. El representante de empleadores públicos será nombrado por el Gobernador. Ninguna acción de la comisión será válida a menos que sea acordada por la mayoría de los miembros y por no menos de dos miembros que representen a los sindicatos y dos miembros que representen a los empleadores.
(b)CA Trabajo Code § 75(b) La comisión seleccionará a uno de los miembros que representen a los sindicatos para presidir la comisión durante el año natural 1994, y a partir de entonces la comisión seleccionará alternativamente a un representante empleador y a un representante de los sindicatos para presidir la comisión por mandatos de un año.
(c)CA Trabajo Code § 75(c) Los mandatos iniciales de los miembros de la comisión serán de cuatro años, y ocuparán el cargo hasta el nombramiento de un sucesor. Sin embargo, los mandatos iniciales de un miembro empleador y un miembro laboral nombrados por el Gobernador vencerán el 31 de diciembre de 1995; los mandatos iniciales de los miembros nombrados por el Comité de Reglas del Senado vencerán el 31 de diciembre de 1996; los mandatos iniciales de los miembros nombrados por el Presidente de la Asamblea vencerán el 31 de diciembre de 1997; y el mandato inicial de un miembro empleador y un miembro laboral nombrados por el Gobernador vencerá el 31 de diciembre de 1998. Cualquier vacante se cubrirá mediante nombramiento para el mandato restante.
(d)CA Trabajo Code § 75(d) La comisión se reunirá cada dos meses y a convocatoria del presidente. Las reuniones estarán abiertas al público. Los miembros de la comisión recibirán cien dólares ($100) por cada día de asistencia efectiva a las reuniones de la comisión y a otros asuntos oficiales de la comisión y también recibirán sus gastos de viaje reales y necesarios incurridos en el desempeño de su deber como miembro. El pago de dietas y gastos de viaje se realizará con cargo al Fondo Rotatorio de Administración de Compensación de Trabajadores, cuando sea asignado por la Legislatura.

Section § 76

Explanation
Esta sección de la ley permite a la comisión contratar empleados como funcionarios, asistentes y expertos según sea necesario. Todos los empleados serán gestionados por el presidente o un funcionario ejecutivo designado por ellos. La contratación debe seguir las reglas de la Ley del Servicio Civil del Estado. Sin embargo, hay una excepción para un puesto, según lo permite la Constitución de California.

Section § 77

Explanation

Esta sección explica que la comisión es responsable de revisar continuamente el sistema de compensación para trabajadores de California para asegurar que previene eficazmente las lesiones y enfermedades laborales. La comisión puede realizar estudios y debe considerar los programas de compensación para trabajadores de otros estados. Todos los departamentos estatales relevantes y las organizaciones autorizadas deben proporcionar información cuando se les solicite. La comisión emite un informe anual sugiriendo mejoras y lo comparte con el Gobernador, la Legislatura y el público.

La comisión también debe recomendar periódicamente formas de mejorar y simplificar los avisos de las aseguradoras y los empleadores autoasegurados. Además, la comisión asume las funciones de la ahora abolida Comisión de Salud y Seguridad, incluyendo la gestión de subvenciones para programas de prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales.

(a)CA Trabajo Code § 77(a) La comisión realizará un examen continuo del sistema de compensación para trabajadores, según se define en la Sección 4 del Artículo XIV de la Constitución de California, y de las actividades del estado para prevenir lesiones industriales y enfermedades profesionales. La comisión podrá realizar o contratar los estudios que considere necesarios para cumplir con sus responsabilidades. En el cumplimiento de sus funciones, la comisión examinará los programas de compensación para trabajadores de otros estados y las actividades para prevenir lesiones industriales y enfermedades profesionales. Todos los departamentos y agencias estatales, y cualquier organización de calificación autorizada por el Comisionado de Seguros conforme al Artículo 3 (que comienza con la Sección 11750) del Capítulo 3 de la Parte 3 de la División 2 del Código de Seguros, cooperarán con la comisión y, previa solicitud razonable, proporcionarán la información y los datos en su poder que la comisión considere necesarios para el cumplimiento de sus responsabilidades. La comisión emitirá un informe anual sobre el estado del sistema de compensación para trabajadores, incluyendo recomendaciones para modificaciones administrativas o legislativas que mejorarían el funcionamiento del sistema. El informe se pondrá a disposición del Gobernador, la Legislatura y el público que lo solicite.
(b)CA Trabajo Code § 77(b) A más tardar el 1 de julio de 2003, y periódicamente a partir de entonces según lo considere necesario, la comisión emitirá un informe y recomendaciones sobre la mejora y simplificación de los avisos que deben ser proporcionados por las aseguradoras y los empleadores autoasegurados.
(c)CA Trabajo Code § 77(c) La comisión sucede y se le confieren todas las facultades, deberes, propósitos, responsabilidades y jurisdicción de la Comisión de Salud y Seguridad, que por la presente queda abolida, incluyendo la administración de subvenciones para ayudar a establecer programas eficaces de prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales.

Section § 77.5

Explanation

Esta ley exige que la comisión revise y evalúe los estándares de atención médica antes del 1 de julio de 2004. Deben examinar los estándares médicos basados en evidencia y revisados por expertos, tanto dentro de EE. UU. como de otros sistemas a nivel internacional. Esta revisión debe incluir diversas guías de tratamiento médico y procedimientos de revisión médica independiente. Los hallazgos deben actualizarse periódicamente.

Para el 1 de octubre de 2004, deben presentar un informe con sus hallazgos y cualquier recomendación para la creación de un programa de utilización de tratamientos médicos al director administrativo.

(a)CA Trabajo Code § 77.5(a) A más tardar el 1 de julio de 2004, la comisión realizará una encuesta y evaluación de los estándares de atención basados en evidencia, revisados por pares y reconocidos a nivel nacional, incluyendo los estándares existentes de utilización de tratamientos médicos, incluida la revisión médica independiente, tal como se utilizan en otros estados, a nivel nacional y en otros sistemas de beneficios médicos. La encuesta se actualizará periódicamente.
(b)CA Trabajo Code § 77.5(b) A más tardar el 1 de octubre de 2004, la comisión emitirá un informe de sus hallazgos y recomendaciones al director administrativo para fines de la adopción de un programa de utilización de tratamientos médicos.

Section § 77.8

Explanation
Esta ley exige que la Comisión de Salud y Seguridad y Compensación de Trabajadores estudie cómo las reclamaciones de COVID-19 han afectado el sistema de compensación de trabajadores. Esto incluye analizar los impactos en varios beneficios como los de indemnización, médicos y por fallecimiento, y cómo estos varían entre diferentes trabajos. El estudio también debe evaluar el efecto de ciertas secciones de leyes relacionadas. Un informe preliminar o final debía entregarse a la Legislatura y al Gobernador antes del 31 de diciembre de 2021, y el informe final debía entregarse antes del 30 de abril de 2022.

Section § 78

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Esta sección de la ley trata sobre una comisión que revisa y aprueba solicitudes de subvenciones de empleadores y organizaciones de empleados. Estas subvenciones tienen como objetivo ayudar a crear programas que prevengan lesiones y enfermedades en el lugar de trabajo. Se da prioridad a las industrias con altas tasas de lesiones o condiciones peligrosas. El dinero para estas subvenciones proviene de multas recaudadas y es administrado por el Fondo Rotatorio de Administración de Compensación para Trabajadores. La legislatura debe asignar estos fondos, que el departamento utilizará, previa aprobación de la comisión.

(a)CA Trabajo Code § 78(a) La comisión revisará y aprobará las solicitudes de empleadores y organizaciones de empleados, así como las solicitudes presentadas conjuntamente por una organización de empleadores y una organización de empleados, para subvenciones que ayuden a establecer programas eficaces de prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales. La comisión establecerá políticas para la evaluación de estas solicitudes y dará prioridad a las solicitudes que propongan enfocarse en industrias y ocupaciones de alto riesgo, incluidas aquellas con altas tasas de lesiones o enfermedades, y aquellas en las que los empleados están expuestos a una o más sustancias o condiciones peligrosas o donde exista una necesidad demostrada de investigación para determinar estrategias eficaces para la prevención de enfermedades o lesiones ocupacionales.
(b)CA Trabajo Code § 78(b) Las sanciones civiles y administrativas evaluadas y recaudadas de conformidad con las Secciones 129.5 y 4628 se depositarán en el Fondo Rotatorio de Administración de Compensación para Trabajadores. Los fondos en el fondo, cuando sean asignados por la Legislatura para financiar las subvenciones bajo el inciso (a) y otras actividades y gastos de la comisión establecidos en este código, serán gastados por el departamento, previa aprobación de la comisión.