El ContratoCancelación o Falta de Renovación
Section § 660
Esta sección aclara las definiciones relacionadas con las pólizas de seguro de automóvil en California. Explica qué constituye una póliza de seguro de automóvil, especificando los tipos de vehículos cubiertos, como automóviles de pasajeros privados y motocicletas, pero excluye ciertas pólizas, como las que cubren garajes u operaciones de estacionamiento público. La sección también define los tipos de cobertura, incluyendo la cobertura de responsabilidad civil, daños físicos y colisión.
Describe la 'renovación' como la extensión de la cobertura con la misma aseguradora o una aseguradora relacionada, con protocolos específicos para notificar al asegurado si la cobertura se traslada a una aseguradora afiliada. La falta de pago de primas, la cancelación, la no renovación y el vencimiento se definen en términos de terminación de la cobertura del seguro debido a pagos atrasados o al final del plazo de la póliza.
Section § 661
Esta ley describe las razones específicas por las que una compañía de seguros puede cancelar una póliza de seguro de automóvil. Estas incluyen la falta de pago de la prima, una licencia de conducir suspendida o revocada, fraude al presentar un reclamo, hacer declaraciones falsas sobre información importante como el historial de conducción, o un cambio significativo en el riesgo. Si un conductor proporciona información incorrecta accidentalmente, puede evitar la cancelación corrigiéndola y pagando cualquier prima adicional dentro de los 20 días posteriores a la notificación de cancelación. Añadir un pequeño deducible no se considera una cancelación de la cobertura. Esta ley no se aplica a los escenarios de no renovación.
Section § 662
Esta ley establece que una compañía de seguros debe dar un aviso previo adecuado antes de cancelar la póliza de seguro de alguien. Normalmente, se requiere un aviso de 20 días antes de que la cancelación pueda hacerse efectiva, excepto cuando se debe a que la persona asegurada no pagó su prima a tiempo. En esos casos, solo se necesita un aviso de 10 días, y este debe explicar el motivo de la cancelación. Si la persona asegurada se pone al día con sus pagos dentro de esos 10 días, la cancelación no se llevará a cabo. Además, si el asegurado lo solicita por escrito, la compañía de seguros debe proporcionar el motivo de la cancelación al menos 15 días antes de la fecha de cancelación. Es importante destacar que esta regla no se aplica a las no renovaciones de pólizas. Además, las notificaciones a los titulares de gravámenes pueden enviarse electrónicamente si estos están de acuerdo.
Section § 662.1
En California, si se cancela una póliza de seguro y hay un acreedor prendario u otra parte con un interés en ella, enviarles un aviso (por correo, correo electrónico, fax o en persona) es suficiente para terminar su interés. Este aviso debe enviarse un cierto número de días antes de que termine la póliza, según lo especificado por otra norma (Sección 662). Además, el acreedor prendario o la parte interesada no puede pedir una forma de aviso más estricta de la aquí especificada.
Section § 663
Esta ley exige a las compañías de seguros que notifiquen a los titulares de pólizas antes de que expire su póliza de seguro de automóvil. Deben ofrecer una renovación, con detalles sobre la prima, al menos 20 días antes del vencimiento, o proporcionar un aviso de no renovación al menos 30 días antes del vencimiento. Si se rechaza una oferta verbal de renovación, se debe entregar una confirmación por escrito. Si no pueden contactar al asegurado verbalmente, deben enviar una oferta por escrito 20 días antes del vencimiento.
Si la aseguradora no notifica, la póliza permanece vigente por 30 días adicionales, a menos que se adquiera una nueva póliza. Las aseguradoras no están obligadas a enviar un aviso de no renovación si han entregado un aviso de vencimiento o cancelación al menos 30 días antes. Estos requisitos entraron en vigor el 1 de enero de 2019.
Section § 663.5
Section § 664
Section § 664.5
Section § 665
Si su seguro de auto se cancela por una razón que no sea la falta de pago de la prima, o si su aseguradora no renueva su póliza, deben informarle sobre un programa que podría ayudarle a obtener un seguro. Esta información debe incluirse en el aviso de cancelación o de no renovación.
Section § 666
Si una compañía de seguros cancela su cobertura sin explicar el motivo, usted puede solicitar una razón por escrito para la cancelación. Debe solicitarlo al menos 15 días antes de la fecha de cancelación. La compañía de seguros tiene entonces cinco días para responder con el motivo. Solo pueden enviar esta información electrónicamente si usted la solicitó de forma electrónica.
Section § 667
Esta sección de la ley establece que el Comisionado de Seguros, las compañías de seguros y sus representantes no pueden ser demandados por revelar los motivos de cancelación o no renovación de una póliza de seguro. Esta protección se aplica a cualquier comentario hecho por escrito, verbalmente o compartido durante audiencias relacionadas con la cancelación o no renovación de una póliza.
Section § 667.5
Section § 668
Section § 669
Si una compañía de seguros rompe intencionalmente una regla establecida en la Sección 663, está cometiendo un delito menor. Como resultado, la compañía podría ser multada con hasta $1,000 por cada vez que infrinja la regla.
Section § 669.5
Esta ley de California exige que las aseguradoras no pueden negarse a renovar el seguro de automóvil para agentes del orden público, miembros de la Patrulla de Caminos de California o bomberos si estuvieron involucrados en un accidente mientras conducían un vehículo de emergencia oficial durante el trabajo. Estas protecciones también se extienden a los bomberos voluntarios en relación con el seguro de su empleador regular.