Impuestos Locales AdicionalesHacienda Pública Local
Section § 7288.1
Esta ley establece que se debe crear una autoridad local de finanzas públicas en un condado para gestionar la financiación de la prevención del abuso de drogas, la prevención del delito, los servicios de atención médica y la educación pública. Esto ocurre si la junta de supervisores del condado planea proponer un aumento de impuestos o si el superintendente de escuelas del condado recibe resoluciones de la mayoría de las juntas directivas de los distritos escolares que apoyan un aumento de impuestos. Cualquiera de los dos escenarios desencadena la creación de la autoridad financiera.
Section § 7288.2
Esta sección de la ley explica cómo se estructura la junta directiva de la autoridad local de finanzas públicas. La junta incluye un total de 10 miembros: cinco de las juntas de supervisores del condado y cinco de las juntas directivas de los distritos escolares del condado. El proceso de selección para los miembros de los distritos escolares es gestionado por la junta de educación del condado.
Si hay al menos cinco distritos escolares, ningún distrito puede tener más de un representante, pero si hay menos, cada distrito debe tener un representante. La oficina de educación del condado se considera un distrito escolar separado para estos fines.
Section § 7288.3
Esta ley permite a las autoridades locales de finanzas públicas implementar un impuesto sobre las ventas para fines generales, como hasta el 0.25%, o múltiplos de este, si se cumplen ciertas condiciones. El dinero del impuesto debe usarse para la prevención del abuso de drogas, la prevención del delito, la atención médica y la educación pública. La distribución para la educación debe seguir reglas específicas del código de educación.
La propuesta de impuesto requiere la aprobación por una mayoría de dos tercios de la junta de la autoridad, incluyendo miembros específicos de la junta según otra sección, y también debe ser aprobada por dos tercios de los votantes del condado.
Section § 7288.4
Esta ley describe cómo una autoridad local de finanzas públicas en California puede gestionar un impuesto sobre transacciones y uso, incluyendo su recaudación y administración. Si se aprueba mediante una ordenanza votada, se debe celebrar una elección especial dentro de un plazo específico, y el condado se encarga de la logística. El costo de estas elecciones es reembolsado por la autoridad local con los ingresos del impuesto si se aprueba, o proporcionalmente por las agencias locales si no se aprueba. Después de la aprobación, el impuesto no puede cobrarse hasta al menos 90 días después de que se certifiquen los resultados de la elección.
Section § 7288.5
En esta ley, cuando se habla de un “distrito escolar”, también se incluye a un distrito de colegios comunitarios. Esto significa que los colegios comunitarios se consideran como distritos escolares regulares para los propósitos de este capítulo.
Section § 7288.6
Esta sección de la ley explica cuándo comenzará a aplicarse un impuesto específico. El impuesto no se cobrará antes del 1 de enero de 1993, o hasta que otras regulaciones fiscales, las Secciones 6051.5 y 6201.5, dejen de estar vigentes, lo que ocurra más tarde.