Section § 7280

Explanation

Las ciudades y condados de California pueden cobrar un impuesto a quienes se alojen en un hotel o alojamiento similar por 30 días o menos. Esto no se aplica a las personas con derechos de multipropiedad o contratos de membresía de campamento. Los alojamientos que pueden ser gravados incluyen sitios de campamento y espacios en parques de vehículos recreativos, excepto aquellos administrados por el gobierno local o exentos bajo otras normas. Esta ley no modifica los impuestos anteriores sobre las multipropiedades que existían antes del 1 de mayo de 1985. Cuando un empleado del gobierno se aloja por motivos de trabajo, es posible que no tenga que pagar el impuesto si completa un formulario oficial. Sin embargo, el propietario del inmueble debe conservar este formulario como prueba para evitar que se le cobre el impuesto.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(a) El órgano legislativo de cualquier ciudad, condado o ciudad y condado podrá imponer un impuesto sobre el privilegio de ocupar una habitación o habitaciones, u otro espacio habitable, en un hotel, posada, casa o vivienda turística, motel u otro alojamiento, a menos que la ocupación sea por un período superior a 30 días. El impuesto, cuando sea impuesto por el órgano legislativo de un condado, se aplicará únicamente a las áreas no incorporadas del condado.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(b) Para los fines de esta sección, el término “el privilegio de ocupar una habitación o habitaciones, u otro espacio habitable, en un hotel, posada, casa o vivienda turística, motel u otro alojamiento” no incluye el derecho de un propietario de un derecho de multipropiedad en una habitación o habitaciones en un proyecto de multipropiedad, o el propietario de un contrato de membresía de campamento en un sitio de campamento en un campamento, o el huésped del propietario, a ocupar la habitación, habitaciones, sitio de campamento u otra propiedad inmobiliaria en la que el propietario conserve dicho interés.
Para los fines de esta subdivisión:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(1) “Derecho de multipropiedad” significa un derecho de multipropiedad, tal como se define en el párrafo (1) de la subdivisión (x) de la Sección 11212 del Código de Negocios y Profesiones.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(2) “Contrato de membresía de campamento” significa un derecho o licencia tal como se define en la subdivisión (b) de la Sección 1812.300 del Código Civil.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(3) “Huésped de dicho propietario” significa una persona que realiza cualquiera de las siguientes acciones:
(A)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(3)(A) Ocupa propiedad inmobiliaria acompañado por el propietario de cualquiera de los siguientes:
(i)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(3)(A)(i) Un derecho de multipropiedad en dicha propiedad inmobiliaria.
(ii)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(3)(A)(ii) Un sitio de campamento en un campamento conforme a un derecho o licencia bajo un contrato de membresía de campamento.
(B)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(3)(B) Ejerce el derecho de ocupación de dicho propietario sin el pago de ninguna compensación al propietario.
(C)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(3)(C) “Huésped de dicho propietario” incluye específicamente a una persona que ocupa una unidad de multipropiedad o un sitio de campamento en un campamento conforme a cualquier forma de programa de intercambio.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(c) Para los fines de esta sección, “otro alojamiento” incluye, entre otros, un sitio de campamento o un espacio en un campamento o parque de vehículos recreativos, pero no incluye ninguno de los siguientes:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(c)(1) Cualquier instalación operada por una entidad gubernamental local.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(c)(2) Cualquier alojamiento excluido conforme a la subdivisión (b).
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(c)(3) Cualquier sitio de campamento excluido de impuestos conforme a la Sección 7282.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(d) La subdivisión (b) no afecta ni se aplica a la autoridad de ninguna ciudad, condado o ciudad y condado para recaudar un impuesto de ocupación transitoria de proyectos de multipropiedad que existían al 1 de mayo de 1985, y cuyos proyectos de multipropiedad estaban entonces sujetos a un impuesto de ocupación transitoria impuesto por una ordenanza debidamente promulgada antes del 1 de mayo de 1985, conforme a esta sección. El Capítulo 257 de los Estatutos de 1985 no podrá interpretarse en el sentido de afectar cualquier litigio pendiente en o antes del 31 de diciembre de 1985.
(e)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1) (A) Si el órgano legislativo de una ciudad, condado o ciudad y condado decide eximir de un impuesto impuesto conforme a esta sección a cualquiera de las siguientes personas cuya ocupación sea para asuntos oficiales de sus empleadores, el órgano legislativo creará un formulario estándar para solicitar esta exención y el funcionario o empleado que solicite la exención firmará el formulario bajo pena de perjurio:
(i)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(i) Un empleado o funcionario de un gobierno fuera de los Estados Unidos.
(ii)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(ii) Un empleado o funcionario del gobierno de los Estados Unidos.
(iii)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(iii) Un empleado o funcionario del gobierno estatal o del gobierno de una subdivisión política del estado.
(B)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(B) El formulario estándar descrito en el subpárrafo (A) deberá contener el requisito de que el empleado o funcionario que solicite la exención proporcione al propietario del inmueble uno de los siguientes, según lo determine el órgano legislativo de la ciudad, condado o ciudad y condado que imponga el impuesto, como prueba concluyente de que su ocupación es para asuntos oficiales de su empleador:
(i)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(B)(i) Órdenes de viaje de su empleador gubernamental.
(ii)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(B)(ii) Una orden de pago gubernamental emitida por su empleador para pagar la ocupación.
(iii)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(B)(iii) Una tarjeta de crédito gubernamental emitida por su empleador para pagar la ocupación.
(C)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(1)(C) El formulario estándar descrito en el subpárrafo (A) deberá contener el requisito de que el funcionario o empleado proporcione una identificación con fotografía, prueba de su empleo gubernamental como empleado o funcionario según se describe en la cláusula (i), (ii) o (iii) del subpárrafo (A), y prueba, de conformidad con las disposiciones del subpárrafo (B), de que su ocupación es para asuntos oficiales de su empleador gubernamental.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(e)(2) Existirá una presunción refutable de que el propietario de un inmueble no es responsable del impuesto impuesto conforme a esta sección con respecto a cualquier empleado o funcionario gubernamental descrito en la cláusula (i), (ii) o (iii) del subpárrafo (A) del párrafo (1) para quien el propietario del inmueble conserve una copia firmada y fechada de un formulario estándar que cumpla con las disposiciones de los subpárrafos (B) y (C) del párrafo (1).
(f)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280(f) Las disposiciones de la subdivisión (e) no tienen por objeto impedir que una ciudad, condado o ciudad y condado decida eximir a cualquier otra clase de personas del impuesto impuesto conforme a esta sección.

Section § 7280.5

Explanation

Esta ley permite que la agencia de reurbanización de una ciudad cobre un impuesto de ocupación transitoria, que es un impuesto sobre hoteles y alojamientos similares, como el que la ciudad ya podría estar recaudando. La agencia solo puede hacer esto si las personas pueden usar el monto pagado a la agencia para compensar lo que deben a la ciudad. Para imponer este impuesto, la agencia necesita aprobar una ordenanza, que es como una ley local, que indique claramente que proviene de la agencia de reurbanización, y debe ser formalizada y firmada adecuadamente. La tasa impositiva no puede ser superior a la tasa existente de la ciudad y se limita a ciertas áreas de proyectos de reurbanización donde los ingresos fiscales están comprometidos para bonos de reurbanización específicos. Una vez que estos impuestos se comprometen para el pago de bonos, no pueden deshacerse hasta que los bonos estén completamente pagados.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280.5(a) La agencia de reurbanización de cualquier ciudad que haya impuesto un impuesto de ocupación transitoria conforme a la Sección 7280 o 7281 también podrá, mediante ordenanza, imponer un impuesto de ocupación transitoria de acuerdo con esta parte, si la ordenanza de la ciudad da derecho a cualquier persona sujeta a un impuesto de ocupación transitoria bajo la ordenanza de la ciudad a acreditar el monto de los impuestos de ocupación transitoria adeudados a la agencia de reurbanización de esa ciudad conforme a esta sección contra el pago de los impuestos adeudados bajo la ordenanza de la ciudad.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280.5(b) Una ordenanza de una agencia de reurbanización que imponga un impuesto de ocupación transitoria conforme a esta sección deberá contener una cláusula de promulgación que establezca lo siguiente:
“La agencia de reurbanización de la Ciudad de ____ ordena lo siguiente:”
La ordenanza deberá ser firmada por el presidente de la agencia y refrendada por el secretario o la secretaria de la agencia, y entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación final, pero será operativa el primer día del primer trimestre natural que comience más de 180 días después de la adopción de la ordenanza. En todos los demás aspectos, la ordenanza deberá ser presentada y aprobada, y la notificación dada mediante publicación, de la manera prevista por la ley para las ciudades de ley general.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280.5(c) Cualquier agencia de reurbanización que adopte una ordenanza conforme a esta sección no impondrá un impuesto de ocupación transitoria que exceda la tasa del impuesto de ocupación transitoria impuesto por su ciudad, y el impuesto se impondrá únicamente sobre alojamientos ubicados en un área de proyecto de reurbanización para la cual los impuestos estén comprometidos conforme a la subdivisión (e) de la Sección 33641 del Código de Salud y Seguridad.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 7280.5(d) Cualquier pignoración conforme a la Sección 33641 del Código de Salud y Seguridad realizada con respecto a los impuestos impuestos bajo esta sección para el pago de capital e intereses de bonos de una agencia de reurbanización constituirá la obligación de un contrato entre la agencia de reurbanización y el tenedor de los bonos y estará protegida contra menoscabo por las Constituciones de los Estados Unidos y de California. Las disposiciones de esta sección que autorizan la imposición de los impuestos no podrán ser derogadas durante el tiempo que cualquiera de los bonos permanezca en circulación.

Section § 7281

Explanation

Las ciudades o condados de California pueden cobrar un impuesto cuando alquilas una casa móvil por un período corto (30 días o menos) si no está en un parque de casas móviles. Para los condados, este impuesto se aplica solo en las áreas que no forman parte de ninguna ciudad. Sin embargo, este impuesto no se aplica si el inquilino es un empleado del propietario u operador de la casa móvil.

El órgano legislativo de cualquier ciudad o condado podrá imponer un impuesto sobre el privilegio de alquilar una casa móvil, según se define en la Sección 18008 del Código de Salud y Seguridad, que se encuentre fuera de un parque de casas móviles para ocupación de carácter transitorio, a menos que dicha ocupación sea por un período superior a 30 días. Dicho impuesto, cuando sea impuesto por el órgano legislativo de un condado, se aplicará únicamente a las áreas no incorporadas del condado.
Esta sección no autoriza a ninguna ciudad o condado a imponer un impuesto sobre el privilegio de alquilar cualquier casa móvil cuando el inquilino sea un empleado del propietario u operador de la casa móvil.

Section § 7282

Explanation

Esta ley prohíbe a cualquier gobierno local en California, como ciudades o condados, imponer un impuesto sobre la estancia en un sitio de campamento dentro del sistema de parques estatales.

No obstante cualquier otra disposición legal, ninguna ciudad, condado, o ciudad y condado podrá gravar el privilegio de ocupar un sitio de campamento en una unidad del sistema de parques estatales.

Section § 7282.3

Explanation

Esta ley establece que ninguna ciudad o condado, incluidas las ciudades autónomas, en California puede imponer un impuesto separado sobre los productos alimenticios si esos productos alimenticios ya están siendo gravados bajo la Ley del Impuesto sobre las Ventas y el Uso existente. Esto incluye todo tipo de alimentos y bebidas, incluso bebidas alcohólicas y carbonatadas, sin importar cómo o dónde se sirvan.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 7282.3(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, ninguna ciudad, condado o ciudad y condado podrá imponer un impuesto conforme a la Sección 7280 sobre cualquier monto sujeto a impuesto bajo la Ley del Impuesto sobre las Ventas y el Uso (Parte 1 (que comienza con la Sección 6001)) con respecto a la venta de productos alimenticios.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 7282.3(b) Esta sección también se aplicará a las ciudades autónomas.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 7282.3(c) Para los fines de esta sección, "productos alimenticios" significa productos alimenticios y bebidas de todo tipo, independientemente de cómo o dónde se sirvan, e incluirá específicamente, entre otros, bebidas alcohólicas y bebidas carbonatadas de todo tipo.

Section § 7283

Explanation

Esta ley permite a una junta de supervisores crear normas, mediante una ordenanza o resolución, para cobrar los pagos de impuestos vencidos que se impusieron conforme a este capítulo.

Una junta de supervisores podrá, mediante ordenanza o resolución, establecer procedimientos para el cobro de las cantidades morosas de cualquier impuesto gravado de conformidad con este capítulo.

Section § 7283.5

Explanation

Esta sección de la ley describe el proceso para obtener un certificado de liquidación de impuestos al comprar o transferir una propiedad que podría adeudar impuestos de ocupación transitoria (como los de estancias cortas o habitaciones de hotel). Si usted está comprando una propiedad de este tipo, puede solicitar al gobierno local que emita un certificado que muestre si se adeudan impuestos. Las autoridades locales tienen 90 días para entregarle el certificado o auditar los registros fiscales del propietario actual.

Si no terminan a tiempo, usted no será responsable de ningún impuesto atrasado al comprar la propiedad. Sin embargo, si decide no obtener un certificado o no retiene suficiente dinero en depósito en garantía para cubrir el impuesto adeudado, podría terminar pagándolo más tarde. Un certificado que reciba indicará cuánto impuesto se adeuda y puede ser considerado como prueba de los impuestos adeudados en ese momento.

(a)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(a)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(a)(1) Un comprador, cesionario u otra persona o entidad que intente obtener la propiedad de un bien inmueble, cuyo propietario está obligado a recaudar el impuesto impuesto conforme a este capítulo, puede solicitar a la ciudad, al condado o a la ciudad y condado en la que se encuentre dicho bien inmueble que emita un certificado de liquidación de impuestos conforme a esta sección.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(a)(2) Una ciudad, condado o ciudad y condado que emita un certificado de liquidación de impuestos conforme a esta sección podrá cobrar una tarifa administrativa para cubrir sus costos de emisión del certificado.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b) Dentro de los 90 días siguientes a la recepción de una solicitud descrita en el apartado (a), una ciudad, condado o ciudad y condado deberá hacer una de las siguientes cosas:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b)(1) Emitir el certificado de liquidación de impuestos.
(2)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b)(2)
(A)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b)(2)(A) Solicitar al propietario actual del bien inmueble que ponga a disposición los registros de impuestos de ocupación transitoria de dicho propietario con el propósito de realizar una auditoría con respecto a los impuestos de ocupación transitoria que puedan ser adeudados y exigibles por parte del propietario del bien inmueble.
(B)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b)(2)(A)(B)
(i)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b)(2)(A)(B)(i) Completar la auditoría descrita en el subapartado (A) en o antes de los 90 días siguientes a la fecha en que los registros del propietario actual o anterior se pongan a disposición de la jurisdicción auditora y emitir un certificado de liquidación de impuestos dentro de los 30 días siguientes a la finalización de la auditoría.
(ii)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(b)(2)(A)(B)(i)(ii) Si, después de completar la auditoría, la ciudad, el condado o la ciudad y condado determina que los registros del propietario actual son insuficientes para determinar si los impuestos de ocupación transitoria pueden ser adeudados y exigibles, la ciudad, el condado o la ciudad y condado no está obligado a emitir un certificado de liquidación de impuestos como se requiere de otro modo en este apartado. La ciudad, el condado o la ciudad y condado deberá, dentro de los 30 días siguientes a dicha determinación, notificar al comprador, cesionario u otra persona o entidad que hizo la solicitud que no emitirá un certificado de liquidación de impuestos debido a la insuficiencia de los registros del propietario anterior.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(c) Si una ciudad, condado o ciudad y condado no cumple con el apartado (b), el comprador, cesionario u otra persona o entidad que obtenga la propiedad del bien inmueble no será responsable de ninguna obligación de impuestos de ocupación transitoria incurrida antes de la compra o transferencia del bien inmueble.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(d) Para un certificado de liquidación de impuestos emitido conforme a esta sección, se aplica todo lo siguiente:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(d)(1) El certificado deberá indicar el monto del impuesto adeudado y exigible para el bien inmueble en cuestión, si lo hubiera.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(d)(2) El certificado deberá indicar el período de tiempo por el cual es válido.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(d)(3) El comprador, cesionario u otra persona o entidad que obtenga la propiedad del bien inmueble puede confiar en el certificado de liquidación de impuestos como prueba concluyente de la obligación tributaria asociada con el bien inmueble a partir de la fecha especificada en el certificado.
(e)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(e) Cualquier comprador, cesionario u otra persona o entidad descrita en el apartado (a) que no obtenga un certificado de liquidación de impuestos conforme a esta sección, o que obtenga un certificado de liquidación de impuestos que indique que se adeuda un impuesto y no retenga, en beneficio de la ciudad, el condado o la ciudad y condado, fondos suficientes en la cuenta de depósito en garantía para la compra del bien inmueble para satisfacer la obligación del impuesto de ocupación transitoria, será considerado responsable por el monto del impuesto adeudado y exigible sobre el bien inmueble.
(f)CA Ingresos Y Tributación Code § 7283.5(f) Esta sección no podrá interpretarse para eximir a un propietario de las obligaciones de impuestos de ocupación transitoria incurridas cuando dicho propietario era dueño del bien inmueble.

Section § 7283.51

Explanation
Esta ley permite a las ciudades o condados emprender acciones legales para cobrar impuestos de ocupación transitoria impagos, como los de los hoteles, dentro de los cuatro años siguientes a la fecha en que se suponía que debían pagarse. Sin embargo, si hay fraude o el propietario no presentó una declaración de impuestos, este límite de tiempo no se aplica.