Section § 30471

Explanation

Esta ley establece que si alguien no presenta un informe requerido, no proporciona información adicional cuando se le solicita, no permite inspecciones o proporciona información falsa, está cometiendo un delito menor. Puede ser multado con hasta $1,000 por cada infracción.

Cualquier persona que no presente o se niegue a presentar cualquier informe que deba realizarse, o que no proporcione o se niegue a proporcionar un informe suplementario u otros datos requeridos por la junta, o que no permita o se niegue a permitir una inspección por parte de la junta, de conformidad con la Sección 30435, o que presente un informe falso o fraudulento es culpable de un delito menor y estará sujeto a una multa que no exceda de mil dólares ($1,000) por cada infracción.

Section § 30472

Explanation
Si alguien debe elaborar o firmar un informe y a sabiendas elabora un informe falso para intentar evadir responsabilidades legales, está cometiendo un delito menor. Esto puede resultar en una multa de entre $300 y $5,000, hasta un año en la cárcel del condado, o ambas penas, dependiendo de lo que decida el tribunal.

Section § 30473

Explanation

Esta ley establece que es un delito grave (felonía) crear, alterar o usar sellos fiscales o impresiones de medidores falsos con la intención de evadir impuestos. Se aplica a cualquiera que falsifique, reutilice, contrafaga o manipule estos sellos o máquinas, o intente hacerlos pasar por auténticos. Si es sorprendido, podría enfrentar de dos a cuatro años de prisión, una multa entre $1,000 y $25,000, o ambas penas.

Cualquier persona que falsa o fraudulentamente fabrique, falsifique, altere, reutilice o contrafaga cualquier sello o impresión de medidor provisto o autorizado bajo esta parte, o manipule cualquier máquina medidora autorizada bajo esta parte, o cause o procure que se fabrique, falsifique, altere, reutilice o contrafaga falsa o fraudulentamente, cualquier dicho sello o impresión de medidor o a sabiendas y voluntariamente emita, publique, haga pasar o presente como genuino cualquier dicho sello o impresión de medidor falso, falsificado, alterado, reutilizado o contrafago, con el propósito de evadir el impuesto impuesto por esta parte, es culpable de un delito grave y está sujeto a prisión por dos, tres o cuatro años, o a una multa no menor de mil dólares ($1,000) y no mayor de veinticinco mil dólares ($25,000), o a ambas, multa y prisión.

Section § 30473.5

Explanation

Esta ley prohíbe poseer, vender o comprar sellos fiscales falsos o no adheridos en California. Si alguien maneja menos de 2,000 de estos sellos, puede enfrentar una multa de hasta $5,000, un año de cárcel, o ambas penas. Si son 2,000 o más, la multa puede ser de hasta $50,000, además de la misma posible pena de cárcel. Cualquier multa recaudada se destina al Fondo de Cumplimiento de Productos de Cigarrillos y Tabaco. La ley aclara qué son los 'sellos no adheridos' y asegura que los sellos incautados sean destruidos.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 30473.5(a) Cualquier persona que posea, venda u ofrezca vender, o compre u ofrezca comprar, sellos o impresiones de medidor falsos, fraudulentos o no adheridos, previstos o autorizados bajo esta parte en una cantidad inferior a 2,000, es culpable de un delito menor, punible con una multa que no exceda los cinco mil dólares ($5,000) o con prisión no mayor de un año en una cárcel del condado, o con ambas, la multa y la prisión.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 30473.5(b) Cualquier persona que posea, venda u ofrezca vender, o compre u ofrezca comprar, sellos o impresiones de medidor falsos, fraudulentos o no adheridos, previstos o autorizados bajo esta parte en una cantidad de 2,000 o superior, es culpable de un delito menor, punible con una multa que no exceda los cincuenta mil dólares ($50,000) o con prisión no mayor de un año en una cárcel del condado, o con ambas, la multa y la prisión. El tribunal ordenará que cualquier multa impuesta sea depositada en el Fondo de Cumplimiento de Productos de Cigarrillos y Tabaco.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 30473.5(c) Para los fines de esta sección, "sellos no adheridos" significa sellos por los cuales el impuesto ha sido pagado previamente por un distribuidor con licencia y previamente adheridos a un paquete. "Sellos no adheridos" no incluye ningún rollo de sellos sin usar y sin aplicar o sellos sueltos adquiridos de la junta o su agente autorizado y en posesión de un distribuidor con licencia.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 30473.5(d) La junta destruirá cualquier sello incautado bajo esta sección.

Section § 30474

Explanation

Esta ley prohíbe poseer o vender cigarrillos sin el sello fiscal o la impresión del medidor requeridos. Si te atrapan, podrías enfrentar una multa de hasta $25,000 o hasta un año de cárcel, o ambas cosas. Cada cartón de cigarrillos sin el sello añade una multa de $100.

La mitad de esta multa se destina al fiscal local para cubrir los costos, y la otra mitad va a la junta que supervisa estas regulaciones. Sin embargo, si eres un distribuidor con licencia que tiene cigarrillos antes de que se aplique el sello, estás exento de esta norma.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474(a) Cualquier persona que a sabiendas posea, o guarde, almacene o retenga con fines de venta, o venda u ofrezca vender, cualquier paquete de cigarrillos al que no esté adherido el sello o la impresión del medidor que se requiere adherir conforme a esta parte, cuando esos cigarrillos hayan sido obtenidos de cualquier fuente, es culpable de un delito menor y por cada infracción será multada con una cantidad que no exceda los veinticinco mil dólares ($25,000), o será encarcelada por un período que no exceda de un año en la cárcel del condado, o, a discreción del tribunal, estará sujeta tanto a multa como a encarcelamiento en la cárcel del condado.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474(b) Además de la multa o la sentencia, o ambas, cada persona condenada bajo esta sección pagará cien dólares ($100) por cada cartón de 200 cigarrillos, o parte de este, si esa persona a sabiendas poseyó, o guardó, almacenó o retuvo con fines de venta, o vendió u ofreció vender en violación de esta sección, según lo determine el tribunal. El tribunal ordenará que el 50 por ciento de la sanción impuesta sea transmitido a la jurisdicción fiscal local, para ser asignado a los costos de enjuiciamiento, y el 50 por ciento de la sanción impuesta sea transmitido a la junta. La junta podrá cobrar la sanción adeudada conforme a esta sección de la manera prescrita en la Sección 30483.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474(c) Esta sección no se aplicará a un distribuidor con licencia que posea, guarde, almacene o retenga cigarrillos antes de que se adhiera el sello o la impresión del medidor necesarios.

Section § 30474.1

Explanation

Esta ley prohíbe la venta o posesión para la venta de productos de tabaco o cigarrillos falsificados en California. Si alguien es sorprendido, los productos serán incautados y la persona podría ser acusada de un delito menor. Vender menos de dos cartones puede resultar en una multa de hasta $5,000, hasta un año de cárcel, o ambas, y la pérdida de su licencia comercial. Vender dos o más cartones eleva la multa hasta $50,000, con penas de cárcel y pérdida de licencia similares. El tribunal considerará la capacidad de pago de la persona antes de imponer la multa. Los productos falsificados son aquellos que tienen etiquetas o sellos falsos. El estado destruirá cualquier producto falsificado incautado.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.1(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, la venta o posesión para la venta de productos de tabaco falsificados, o la venta o posesión para la venta de cigarrillos falsificados por un fabricante, importador, distribuidor, mayorista o minorista resultará en la incautación del producto por parte de la junta o cualquier agencia de aplicación de la ley y constituirá un delito menor sancionable de la siguiente manera:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.1(a)(1) Una infracción con una cantidad total de menos de dos cartones de cigarrillos será un delito menor sancionable con una multa que no exceda de cinco mil dólares ($5,000), o pena de prisión que no exceda de un año en una cárcel del condado, o tanto multa como prisión, y también resultará en la revocación por parte de la junta de la licencia de fabricante, distribuidor o mayorista.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.1(a)(2) Una infracción con una cantidad de dos cartones de cigarrillos o más será un delito menor sancionable con una multa que no exceda de cincuenta mil dólares ($50,000) o pena de prisión que no exceda de un año en una cárcel del condado, o tanto multa como prisión, y también resultará en la revocación por parte de la junta de la licencia de fabricante, distribuidor o mayorista.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.1(b) Un tribunal considerará la capacidad de pago de un acusado al imponer multas de conformidad con esta sección.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.1(c) Para los fines de esta sección, los cigarrillos y productos de tabaco falsificados incluyen cigarrillos y productos de tabaco que tienen etiquetas de fabricación falsas, sellos o impresiones de contador falsos o fraudulentos, o una combinación de estos.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.1(d) La junta incautará y destruirá cualquier cigarrillo u otros productos de tabaco decomisados por el estado bajo esta sección.

Section § 30474.5

Explanation

Esta ley, conocida como la Ley de Prevención de Cigarrillos del Mercado Negro y Corrupción Callejera, aborda el problema de la venta de cigarrillos del mercado negro, que causa pérdidas significativas de ingresos en California. Su objetivo es proporcionar recursos a fiscales y a las fuerzas del orden para formar un grupo de trabajo que combata estas actividades ilegales.

Cualquier persona condenada por vender cigarrillos sin impuestos debe pagar una multa adicional de $100 por cartón, y el dinero se destina a un fondo especial. Este fondo financia subvenciones para que las jurisdicciones locales creen grupos de trabajo multiagenciales que combatan la venta de cigarrillos del mercado negro.

La ley está vigente desde el 1 de enero de 2003 hasta el 1 de enero de 2006, o hasta que los fondos del fondo hayan sido asignados en su totalidad. La ley involucra a la Oficina de Planificación de la Justicia Penal y a la Junta Estatal de Ecualización en la administración del programa de subvenciones.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(a) Esta sección se conocerá y podrá citarse como la Ley de Prevención de Cigarrillos del Mercado Negro y Corrupción Callejera.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(b) La Legislatura encuentra que la venta de cigarrillos del mercado negro y sin impuestos ha resultado en la pérdida de cientos de millones de dólares en ingresos para el estado, privando a la atención médica estatal y a los programas diseñados para ayudar a los niños.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(c) Es la intención de la Legislatura, al promulgar la ley que añade esta sección, proporcionar recursos a los fiscales y al personal de las fuerzas del orden locales, y permitir que las jurisdicciones locales desarrollen un grupo de trabajo multiagencial con el propósito de reducir significativamente las ventas de cigarrillos del mercado negro y crear un elemento disuasorio para esas ventas mediante la investigación y el enjuiciamiento focalizados de las ventas de cigarrillos del mercado negro, y otros delitos asociados y crímenes relacionados.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(d) Además de la multa o sentencia, o ambas, impuestas por la Sección 30474, cada persona condenada bajo la Sección 30474 pagará cien dólares ($100) por cada cartón de 200 cigarrillos, o parte de este, poseídos a sabiendas, o guardados, almacenados o retenidos con el propósito de venta, o vendidos u ofrecidos para la venta en violación de la Sección 30474, según lo determine el tribunal. El tribunal ordenará que la multa de cien dólares ($100) impuesta bajo esta sección sea transmitida al Contralor para su depósito en el Fondo de Reducción de Ventas Ilegales, que por la presente se crea. Previa asignación por la Legislatura, los fondos del fondo se asignarán a la Oficina de Planificación de la Justicia Penal para la financiación de un programa de subvenciones competitivo que será establecido por la Legislatura para otorgar subvenciones a las jurisdicciones locales con el propósito de establecer un grupo de trabajo multiagencial, cuya composición incluirá fiscales y personal de las fuerzas del orden locales y podrá incluir personal de las fuerzas del orden estatales, con el propósito de reducir significativamente las ventas de cigarrillos del mercado negro, y crear un elemento disuasorio para esas ventas mediante la investigación y el enjuiciamiento focalizados de las ventas de cigarrillos del mercado negro y otros delitos asociados y crímenes relacionados. No más del 5 por ciento del monto transmitido de la multa de cien dólares ($100) impuesta bajo esta sección podrá retenerse para financiar los costos de administración del programa de subvenciones competitivo.
(e)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(e) La Oficina de Planificación de la Justicia Penal consultará con la Junta Estatal de Ecualización en la administración del programa de subvenciones competitivo.
(f)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(f)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(f)(1) La multa de cien dólares ($100) por cada cartón de 200 cigarrillos poseídos a sabiendas, o guardados, almacenados o retenidos con el propósito de venta, o vendidos u ofrecidos para la venta en violación de la Sección 30474, según lo autorizado bajo el inciso (d), solo se impondrá por el período que comienza el 1 de enero de 2003 y termina el 1 de enero de 2006.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 30474.5(f)(2) Esta sección permanecerá en vigor hasta el 1 de diciembre de 2006, o hasta que todos los fondos restantes en el Fondo de Reducción de Ventas Ilegales el 1 de enero de 2006 hayan sido asignados por la Legislatura para su distribución a la Oficina de Planificación de la Justicia Penal para financiar el programa de subvenciones competitivo establecido bajo esta sección, lo que ocurra más tarde.

Section § 30475

Explanation

Si transporta cigarrillos o productos de tabaco en California sin los permisos y documentos requeridos, podría estar cometiendo un delito menor. La pena por esto incluye una multa de hasta $1,000, hasta un año en la cárcel del condado, o ambas.

Si transporta grandes cantidades de estos productos (40,000 cigarrillos o más, o valorados en $5,000 o más) con la intención de evadir impuestos, las consecuencias son más severas. Podría enfrentar prisión por hasta un año, una multa de hasta $25,000, o ambas.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 30475(a) Cualquier transportista que transporte cigarrillos o productos de tabaco por las autopistas, carreteras o calles de este estado sin haber obtenido un permiso o sin llevar un permiso en el vehículo de transporte según lo prescrito por la Sección 30431 o sin llevar en el vehículo de transporte las facturas, conocimientos de embarque o albaranes de entrega para los cigarrillos o productos de tabaco según lo prescrito por la Sección 30432 es culpable de un delito menor y tras su condena será multado con no más de mil dólares ($1,000) o encarcelado por no más de un año en la cárcel del condado, o estará sujeto tanto a multa como a prisión a discreción del tribunal.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 30475(b) Cualquier transportista que, con la intención de eludir o evadir o con la intención de ayudar a otro a eludir o evadir los impuestos impuestos por esta parte, en cualquier momento transporte 40,000 o más cigarrillos o productos de tabaco con un valor de cinco mil dólares ($5,000) o más por las autopistas, carreteras o calles de este estado sin haber obtenido un permiso o sin llevar un permiso en el vehículo de transporte según lo prescrito por la Sección 30431 o sin llevar en el vehículo de transporte las facturas, conocimientos de embarque o albaranes de entrega para los cigarrillos o productos de tabaco según lo prescrito por la Sección 30432 será castigado con prisión en la cárcel del condado por no más de un año, o en la prisión estatal, o con una multa de no más de veinticinco mil dólares ($25,000), o estará sujeto tanto a multa como a prisión a discreción del tribunal.

Section § 30476

Explanation

Si usted tiene control sobre una máquina expendedora de cigarrillos y a sabiendas vende cigarrillos de ella que no tienen las estampillas fiscales de California, está cometiendo un delito menor. Si es condenado, podría ser multado con hasta $1,000, pasar hasta un año en la cárcel del condado, o ambas cosas, dependiendo de lo que decida el tribunal.

Cualquier persona en posesión o control de, o que tenga acceso a, una máquina expendedora de cigarrillos que a sabiendas o intencionalmente coloque para la venta en dicha máquina expendedora cigarrillos no contenidos en paquetes a los que estén adheridas estampillas fiscales o impresiones de medidor de California, es culpable de un delito menor y, tras su condena, será multada con no más de mil dólares ($1,000) o encarcelada por no más de un año en la cárcel del condado, o estará sujeta tanto a multa como a prisión a discreción del tribunal.

Section § 30477

Explanation

Si alguien infringe las reglas establecidas en esta sección, y no se menciona ninguna excepción especial, se considera un delito menor, y la persona puede ser castigada en consecuencia.

Cualquier violación de las disposiciones de esta parte, salvo que se disponga lo contrario, es un delito menor y es punible como tal.

Section § 30478

Explanation
Esta ley prohíbe a los minoristas comprar cigarrillos o productos de tabaco para revenderlos a cualquier persona que no sea un distribuidor o mayorista con licencia. Hacerlo se considera un delito menor, que es una infracción penal menor.

Section § 30479

Explanation
Si un minorista es declarado culpable de infringir cualquiera de las leyes del impuesto sobre las ventas y el uso y ha sido condenado por una infracción similar en los últimos diez años, la Junta Estatal de Ecualización cancelará todos sus permisos de impuesto sobre las ventas y el uso por un año.

Section § 30480

Explanation

Si una persona infringe intencionalmente las leyes fiscales para evitar o eludir pagos de impuestos obligatorios de $25,000 o más en un año, comete un delito grave. Esto requiere la aprobación del director ejecutivo. Las penas incluyen una multa entre $5,000 y $20,000, prisión de 16 meses a 3 años, o ambas, según lo decida el tribunal.

No obstante cualquier otra disposición de esta parte, cualquier persona que infrinja esta parte con la intención de frustrar o evadir la determinación de un monto adeudado que la ley exige que se realice es culpable de un delito grave cuando el monto de la obligación tributaria ascienda a veinticinco mil dólares ($25,000) o más en cualquier período de 12 meses consecutivos. La determinación deberá ser aprobada por el director ejecutivo o su designado. Cada delito será castigado con una multa no menor de cinco mil dólares ($5,000) ni mayor de veinte mil dólares ($20,000), o con prisión por 16 meses, dos años o tres años, o con ambas, la multa y la prisión, a discreción del tribunal.

Section § 30481

Explanation
Esta ley establece que si alguien es acusado de infringir las normas de esta parte, la acción legal para procesarlo debe comenzar dentro de los seis años a partir de la fecha en que ocurrió el presunto delito.
Cualquier enjuiciamiento por violación de cualquiera de las disposiciones penales de esta parte deberá iniciarse dentro de los seis años siguientes a la comisión del delito.

Section § 30482

Explanation

Si alguien es declarado culpable de un delito bajo esta ley, el tribunal puede decidir que pague los costos de la investigación y el enjuiciamiento.

Cualquier dinero recaudado de estos cargos se envía al Tesorero del estado y se deposita en el Fondo de Impuestos sobre el Cigarrillo.

Cualquier persona condenada por un delito conforme a esta parte podrá serle imputados los costos de investigación y enjuiciamiento a discreción del tribunal.
Todo el dinero remitido a la junta conforme a esta parte será transmitido al Tesorero, quien lo depositará en la Tesorería del Estado y lo acreditará al Fondo de Impuestos sobre el Cigarrillo.

Section § 30483

Explanation

Esta ley permite a la junta de California cobrar órdenes de restitución o cualquier cantidad impuesta por un tribunal por delitos penales, de manera similar a cómo se cobran las deudas tributarias morosas por tabaco. Estas cantidades se consideran definitivas y son exigibles al estado tan pronto como se registran. El proceso de cobro incluye la emisión de órdenes y embargos similares a los utilizados para impuestos morosos, y estas cantidades pueden devengar intereses hasta que se paguen. No están sujetas a reembolsos ni a restricciones de plazos de prescripción y pueden hacerse cumplir mediante un gravamen fiscal estatal. Esto se aplica a las cantidades adeudadas antes, en o después del 1 de enero de 2012.

(a)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(a)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(a)(1) Las órdenes de restitución o cualquier otra cantidad impuesta por un tribunal de jurisdicción competente por delitos penales a una persona o cualquier otra entidad que sean exigibles y pagaderas a la junta podrán ser cobradas por la junta de cualquier manera prevista por la ley para el cobro de una deuda tributaria morosa por cigarrillos y productos de tabaco, incluyendo, entre otros, la emisión de una orden y embargo conforme al Artículo 4 (que comienza con la Sección 706.070) del Capítulo 5 de la División 2 del Título 9 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil de la manera prevista para las órdenes de retención de ingresos por impuestos.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(a)(2) Las cantidades impuestas por un tribunal de jurisdicción competente como orden de restitución por delitos penales se considerarán definitivas y exigibles y pagaderas al Estado de California en la fecha en que dicha cantidad se establezca en los registros de la junta.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(b) Esta parte se aplicará a las cantidades cobradas conforme a esta sección de la misma manera y con la misma fuerza y efecto y en toda su extensión como si el lenguaje de esas leyes se hubiera incorporado íntegramente a esta sección, excepto en la medida en que cualquier disposición sea inconsistente con esta sección o no sea relevante para esta sección.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(c) No obstante el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 30361), no se permitirá un reembolso o crédito por ninguna cantidad pagada o pagos aplicados conforme a esta sección.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(d) Las cantidades autorizadas para ser cobradas conforme a esta sección podrán devengar intereses a la tasa mayor entre la aplicable a las cantidades que se están cobrando o la tasa prevista en la Sección 6591.5 a partir de la fecha en que las cantidades se establezcan en los registros de la junta.
(e)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(e) Las cantidades autorizadas para ser cobradas conforme a esta sección no estarán sujetas a ningún plazo de prescripción establecido en el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 30301).
(f)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(f) No obstante el Capítulo 14 (que comienza con la Sección 7150) de la División 7 del Título 1 del Código de Gobierno, cualquier porción de las cantidades autorizadas para ser cobradas conforme a esta sección que permanezca insatisfecha podrá ser cobrada mediante el registro de un aviso de gravamen fiscal estatal. La junta podrá registrar o extender un aviso de gravamen fiscal estatal registrado en cualquier momento hasta que la cantidad adeudada, incluidos los intereses devengados, se pague en su totalidad.
(g)CA Ingresos Y Tributación Code § 30483(g) Esta sección se aplicará a partir del 1 de enero de 2012, a las cantidades autorizadas para ser cobradas conforme a esta sección que sean exigibles y pagaderas a la junta antes, en o después del 1 de enero de 2012.