Section § 1

Explanation

Esta es la introducción a un conjunto de leyes que tratan sobre impuestos y cuestiones de ingresos. Se llama el Código de Ingresos y Tributación.

Esta ley se conocerá como el Código de Ingresos y Tributación.

Section § 2

Explanation
Esta sección de la ley establece que si alguna parte de este código es similar a leyes existentes sobre el mismo tema, su propósito es actualizar o reafirmar esas leyes, no crear leyes nuevas.

Section § 3

Explanation

Esta sección garantiza que cualquier persona que ya ocupe un cargo público cuando este nuevo código entre en vigor pueda mantener su puesto bajo sus condiciones actuales, siempre y cuando su función siga existiendo en el nuevo código.

Todas las personas que, en el momento en que este código entre en vigor, ocupen un cargo en virtud de cualquiera de las leyes derogadas por este código, y cuyos cargos sean continuados por este código, seguirán ocupándolos de acuerdo con su mandato anterior.

Section § 4

Explanation
Esta ley establece que si una acción o procedimiento legal comenzó antes de que este código entrara en vigor, o si alguien tenía ciertos derechos antes de ese momento, las nuevas reglas no cambiarán esas acciones o derechos. Sin embargo, cualquier procedimiento que se lleve a cabo a partir de ahora debería intentar seguir las nuevas reglas en la medida de lo posible.

Section § 5

Explanation

Esta sección explica que las normas generales que se presentan a continuación servirán para interpretar y comprender el resto de este código, salvo que exista un motivo válido para no aplicarlas.

A menos que el contexto exija lo contrario, las disposiciones generales que se establecen a continuación rigen la interpretación de este código.

Section § 6

Explanation

Esta ley establece que los títulos y encabezados utilizados en las divisiones o secciones legales no tienen la intención de cambiar o influir en las leyes y normas reales descritas en el documento. Esencialmente, los encabezados son solo para organización y no afectan cómo se aplica o interpreta la ley.

Los encabezados de división, parte, capítulo, artículo y sección no afectan de ninguna manera el alcance, significado o intención de las disposiciones de este código.

Section § 7

Explanation

Si una tarea o autoridad es otorgada a una persona o junta por este código, otra persona, como un adjunto o una persona autorizada, puede realizarla en su lugar. Sin embargo, si el código especifica que solo esa persona o junta puede hacerlo, entonces deben encargarse ellos mismos.

Siempre que se conceda una facultad o se imponga un deber a cualquier persona o junta por cualquier disposición de este código, podrá ser ejercida o cumplida por cualquier adjunto o persona autorizada por la persona o junta a quien se le concedió la facultad o a quien se le impuso el deber, a menos que se disponga expresamente que la facultad o el deber solo será ejercido o cumplido por la persona o junta a quien se le concedió la facultad o a quien se le impuso el deber.

Section § 8

Explanation
Esta ley establece que cualquier documento requerido por el código, como un aviso, informe o petición, debe estar escrito en inglés y debe poder entenderse leyéndolo con la vista.

Section § 9

Explanation
Esta sección significa que cuando una ley menciona cualquier parte de este código o de otra ley, incluye cualquier cambio y actualización realizados a esas leyes, tanto ahora como en el futuro.

Section § 10

Explanation

Esta sección de la ley aclara cómo entender ciertos términos en este código. Cuando se usa la palabra 'sección', se refiere a una sección dentro de este mismo código legal a menos que apunte a una ley diferente. De manera similar, 'subdivisión' significa una parte de la sección en la que aparece a menos que se refiera a una parte de otra sección.

«Sección» significa una sección de este código a menos que se mencione específicamente otro estatuto y «subdivisión» significa una subdivisión de la sección en la que aparece ese término a menos que se mencione expresamente otra sección.

Section § 11

Explanation
Esta regla significa que, al interpretar documentos legales, las referencias a acciones en tiempo presente también pueden aplicarse a esas acciones si ocurrieron en el pasado o ocurrirán en el futuro.

Section § 12

Explanation
Esta sección de la ley aclara que cuando las leyes se refieren al género masculino, también incluye referencias a los géneros femenino y neutro. Significa que la ley pretende ser inclusiva y no limitarse solo a los hombres.

Section § 12.2

Explanation

Esta ley establece que cada vez que se utiliza el término "cónyuge", también debe incluir a las "parejas de hecho registradas" de acuerdo con las normas de otra parte del Código de Familia.

"Cónyuge" incluye "pareja de hecho registrada", según lo exige la Sección 297.5 del Código de Familia.

Section § 13

Explanation

Esta sección significa que si algo en la ley está escrito en forma singular (por ejemplo, 'persona'), también debe entenderse en plural (como 'personas'), y viceversa. Asegura que el lenguaje legal sea flexible y pueda aplicarse tanto a una como a muchas cosas o personas.

El número singular incluye el plural, y el plural el singular.

Section § 14

Explanation

Esta sección de la ley define el término «ciudad» para abarcar varios tipos de áreas de gobierno local, tales como una ciudad incorporada, ciudad y condado, corporación municipal, municipalidad, pueblo y pueblo incorporado.

«Ciudad» incluye ciudad incorporada, ciudad y condado, corporación municipal, municipalidad, pueblo y pueblo incorporado.

Section § 15

Explanation

Esta sección explica que siempre que se usa la palabra 'condado', también significa 'ciudad y condado' juntos, no solo un condado por separado.

"Condado" incluye ciudad y condado.

Section § 16

Explanation

Esta sección de la ley establece que cuando se usa la palabra "deberá", significa que algo es requerido u obligatorio. Cuando se usa la palabra "podrá", indica que algo es opcional o permitido pero no requerido.

“Deberá” es obligatorio y “podrá” es permisivo.

Section § 17

Explanation

En esta ley, 'juramento' no solo se refiere a promesas verbales, sino también a declaraciones escritas que alguien firma, prometiendo decir la verdad. Firmar estas declaraciones bajo la amenaza de castigo por mentir se considera lo mismo que prestar juramento.

"Juramento" incluye afirmación y declaraciones escritas firmadas bajo pena de perjurio.

Section § 18

Explanation

Esta ley establece que cuando se utiliza el término "firma" o "suscripción", también incluye una marca hecha por una persona, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el Código Civil.

“Firma” o “suscripción” incluye marca. Dicha marca deberá hacerse según lo requerido en el Código Civil.

Section § 19

Explanation

Esta ley aclara que el término "persona" no se refiere únicamente a un individuo, sino que también incluye diversas entidades comerciales como empresas, sociedades y corporaciones. Específicamente, en ciertas divisiones de esta ley, "persona" también se extiende a roles involucrados en la gestión o distribución de activos, como fiduciarios o albaceas.

“Persona” incluye a cualquier persona, empresa, sociedad, socio general de una sociedad, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad de responsabilidad limitada registrada, sociedad de responsabilidad limitada extranjera, asociación, corporación, compañía, sindicato, patrimonio, fideicomiso, fideicomiso mercantil, o cualquier tipo de organización. Según se utiliza en la División 2 (commencing with Section 6001), “persona” incluirá, además de los elementos de definición contenidos en la primera oración, fiduciario, síndico de quiebra, interventor, albacea, administrador o cesionario.

Section § 20

Explanation

Esta sección de la ley define el término “junta” para asuntos relacionados con impuestos en California. Normalmente, “junta” se refiere al Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California. Sin embargo, en lo que respecta a las apelaciones donde la autoridad ha sido transferida, “junta” significa la Oficina de Apelaciones Tributarias. En ciertos casos donde la autoridad se mantiene, “junta” se refiere a la Junta Estatal de Ecualización. Estas definiciones entraron en vigor el 1 de julio de 2017.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 20(a) Salvo lo dispuesto en las subdivisiones (b) y (c), y no obstante cualquier otra ley, “junta” significa el Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 20(b) A menos que el contexto requiera lo contrario, tal como se utiliza en este código o en cualquier otro código, “junta”, con respecto a una apelación, significa la Oficina de Apelaciones Tributarias si la autoridad para tramitar apelaciones ha sido transferida de la Junta Estatal de Ecualización a la Oficina de Apelaciones Tributarias de conformidad con la Parte 9.5 (que comienza con la Sección 15670) de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 20(c) A menos que el contexto requiera lo contrario, tal como se utiliza en este código o en cualquier otro código, “junta” significa la Junta Estatal de Ecualización donde la Junta Estatal de Ecualización ha conservado la autoridad de conformidad con la subdivisión (b) o (c) de la Sección 15600.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 20(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2017.

Section § 20.5

Explanation

Esta ley aclara que cuando se utilizan términos como “junta, en sí misma” o “Junta Estatal de Ecualización reunida como organismo público”, en realidad se refieren al Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California en los casos en que las responsabilidades se les han transferido, según lo establecido en otra sección del gobierno. De manera similar, términos como “director ejecutivo” o “funcionario ejecutivo de la junta” deben entenderse como el director del Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California cuando esas funciones han sido transferidas.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 20.5(a) A menos que el contexto requiera lo contrario, tal como se utiliza en este código o en cualquier otro código, “junta, en sí misma” o “Junta Estatal de Ecualización reunida como organismo público” significa el Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California para aquellas funciones, facultades y responsabilidades transferidas al Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California conforme a la Sección 15570.22 del Código de Gobierno.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 20.5(b) A menos que el contexto requiera lo contrario, tal como se utiliza en este código o en cualquier otro código, “director ejecutivo” o “funcionario ejecutivo de la junta” significa el director del Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California para aquellas funciones, facultades y responsabilidades transferidas al Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California conforme a la Sección 15570.22 del Código de Gobierno.

Section § 21

Explanation

Esta sección aclara que cada vez que se usa el término “Contralor”, se refiere al Contralor del Estado de California.

“Contralor” significa el Contralor del Estado.

Section § 22

Explanation

En una ciudad o condado, el término 'auditor' se refiere a la persona principal responsable de gestionar las cuentas, independientemente de su título de trabajo oficial.

“Auditor” de una ciudad o condado significa el principal funcionario de contabilidad, cualquiera que sea el título por el que se le conozca.

Section § 23

Explanation

Esta sección define el término «evaluado» como la persona a la que se le asigna la valoración de una propiedad o el pago de un impuesto.

«Evaluado» significa la persona a quien se le valora una propiedad o se le impone un impuesto.

Section § 24

Explanation

Esta ley significa que cuando el gobierno está recaudando impuestos, el proceso no puede considerarse ilegal solo por errores menores o porque tardó más de lo esperado.

Ningún acto en todos los procedimientos para la recaudación de ingresos mediante impuestos es ilegal por informalidad o por no haberse completado dentro del plazo requerido.

Section § 25

Explanation
Si necesita enviar un aviso a alguien según lo exige este código, puede hacerlo por correo siguiendo el método descrito en el Código de Procedimiento Civil, a menos que haya una instrucción específica que diga lo contrario.
A menos que se disponga expresamente lo contrario, cualquier aviso que deba darse a cualquier persona por cualquier disposición de este código podrá darse de la manera prescrita en el Código de Procedimiento Civil para la notificación por correo.

Section § 26

Explanation
Esta sección establece que si alguna parte de este código se considera inválida o inaplicable para una persona o situación específica, el resto del código sigue siendo válido y no se ve afectado.

Section § 27

Explanation

Esta sección establece que el código y cualquier cambio realizado en él por leyes aprobadas durante la quincuagésima tercera sesión de la Legislatura entraron en vigor el 1 de febrero de 1941.

Este código, y cualquier enmienda al mismo realizada por cualquier estatuto promulgado en la quincuagésima tercera sesión de la Legislatura, entra en vigor el 1 de febrero de 1941.

Section § 28.5

Explanation
En esta sección, cuando se utiliza el término «sociedad», también se refiere a diferentes tipos de estructuras empresariales como las sociedades de responsabilidad limitada (LLC), las sociedades de responsabilidad limitada registradas y las sociedades de responsabilidad limitada extranjeras. Sin embargo, esto no se aplica si el contexto o las normas específicas indican lo contrario.

Section § 29

Explanation
Esta sección permite a un funcionario que inicia una acción legal relacionada con leyes fiscales o de ingresos elegir en qué condado se presentará y tramitará el caso, a menos que exista una ley específica que establezca lo contrario.

Section § 30

Explanation
Esta ley asegura que los tribunales de California reconocerán y harán cumplir las obligaciones fiscales que las personas deben a otros estados, siempre y cuando esos estados también reconozcan y hagan cumplir las obligaciones fiscales debidas a California.

Section § 31

Explanation

Esta ley permite que el Fiscal General de California o los funcionarios del gobierno local presenten demandas en otros estados para recaudar impuestos adeudados a California o a sus gobiernos locales. Si otros estados ofrecen la misma cortesía, sus funcionarios también pueden demandar en California para recaudar los impuestos que se les deben. Un certificado del Secretario de Estado de California servirá como prueba innegable de que los funcionarios tienen la autoridad para recaudar dichos impuestos. Esta sección no se aplica a partes específicas de impuestos bajo la División 2.

El Fiscal General o un funcionario apropiado de cualquier subdivisión política de este Estado podrá entablar demandas en los tribunales de otros estados para recaudar impuestos legalmente adeudados a este Estado o a cualquiera de sus subdivisiones políticas. Los funcionarios de otros estados que extiendan una cortesía similar a este Estado están facultados para demandar el cobro de dichos impuestos en los tribunales de este Estado. Un certificado del Secretario de Estado bajo el Gran Sello del Estado de que dichos funcionarios tienen autoridad para recaudar el impuesto es prueba concluyente de dicha autoridad. Esta sección no se aplica a Parts 8 y 9 de Division 2.

Section § 33

Explanation
Esta ley establece que la sangre humana, el plasma, los productos sanguíneos, los derivados sanguíneos y las partes del cuerpo humano almacenados con fines médicos no están sujetos a ningún tipo de impuesto.
La sangre humana entera, el plasma, los productos sanguíneos y los derivados sanguíneos, o cualquier parte del cuerpo humano conservada en un banco con fines médicos, estarán exentos de impuestos para cualquier fin.

Section § 34

Explanation
Esta ley establece que si alguien paga un impuesto al estado que debería haber ido directamente a un gobierno local, el estado puede entregar ese dinero a la autoridad local correcta e informar al pagador. Sin embargo, el gobierno local debe primero acordar, mediante una resolución formal, tratar cualquier impuesto recibido de esta manera como si se hubiera pagado a tiempo directamente a ellos. También deben procesar cualquier reclamación de pago como si hubieran recibido el dinero en primera instancia.

Section § 35

Explanation

Esta ley de California establece cómo se utilizan los números de población para asignar y distribuir fondos gubernamentales a las ciudades. Específicamente, para una ciudad en particular con una población de 38,925 en 1985, su recuento de población para fines de financiación permanece igual hasta que se certifique el Censo Federal de 1990. Cada año, a partir de 1986, esta cifra de población se ajusta en función del porcentaje de crecimiento poblacional general de California.

A partir de su base poblacional del 1 de enero de 1985 y continuando hasta la fecha de certificación del Censo Federal de 1990, la población que deberá ser utilizada por el Contralor y por todas las demás agencias estatales y del condado para todos los propósitos de asignación y distribución de fondos de subvención y subenciones, incluyendo, sin limitación, la asignación anual del Fondo de Bibliotecas Públicas y de la Cuenta de Tasas de Licencias de Vehículos Motorizados en el Fondo de Impuestos de Transporte, para cualquier ciudad de ley general ubicada en un condado de la 11.ª clase, cuya población al 1 de enero de 1985 era de 38,925 según una estimación validada por el Departamento de Finanzas, será de 38,925, ajustada anualmente, a partir del 1 de enero de 1986, por el porcentaje de crecimiento poblacional del Estado de California en su conjunto.

Section § 36

Explanation
Esta ley establece que si se requiere que un aviso o mensaje sea enviado por correo certificado, enviarlo por correo con acuse de recibo también es aceptable y cumple con los requisitos legales.

Section § 36.5

Explanation

Esta sección de la ley requiere que el recaudador de impuestos publique cualquier aviso oficial que deba aparecer en un periódico también en el sitio web del recaudador. Este aviso en línea debe permanecer publicado al menos durante el mismo tiempo que la publicación en el periódico. El aviso se puede publicar de dos maneras: subiendo el artículo del periódico como un PDF o proporcionando un enlace al sitio web del periódico. En este contexto, el término 'periódico' se refiere a uno de amplia lectura y disponibilidad general.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 36.5(a) Siempre que este código requiera que el recaudador de impuestos publique un aviso en un periódico, el recaudador de impuestos también deberá proporcionar aviso en el sitio web de Internet mantenido regularmente por el recaudador de impuestos.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 36.5(b) Cualquier aviso proporcionado en el sitio web de Internet del recaudador de impuestos de conformidad con esta sección deberá estar disponible por al menos el mismo período de tiempo que se requiere que el aviso sea publicado en un periódico.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 36.5(c) El aviso requerido de conformidad con la subdivisión (a) deberá proporcionarse utilizando cualquiera de los siguientes métodos:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 36.5(c)(1) Mediante la publicación de una copia del periódico que contenga el aviso en un formato que se descargue en formato PDF.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 36.5(c)(2) Mediante la provisión de un enlace al sitio web de Internet del periódico que contenga el aviso.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 36.5(d) Para los fines de esta sección, "periódico" significa un periódico de circulación general.

Section § 37

Explanation

Esta ley establece que si pagó impuestos suplementarios sobre la propiedad no garantizada atrasados o montos de impuestos ajustados antes del 31 de diciembre de 1981, no tendrá que pagar intereses o multas adicionales por esos pagos atrasados. Los impuestos suplementarios sobre la propiedad no garantizada se refieren a impuestos adicionales del año fiscal 1978-79 para ciertos gravámenes municipales y de distrito, después de excluir las tasas de deuda aprobadas por los votantes, que exceden los $4 por cada $100 de valor de la propiedad. El 'monto reajustado' se refiere a las diferencias fiscales si se hubiera aplicado una determinada norma de impuesto a la propiedad a ese período de tiempo.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, todos los intereses y multas adeudados por el pago tardío de los gravámenes suplementarios del impuesto a la propiedad no garantizada serán cancelados, si dicho pago se realiza antes del 31 de diciembre de 1981.
No obstante cualquier otra disposición de la ley, todos los intereses y multas adeudados sobre el monto reajustado de cualquier otro impuesto resultante de los gravámenes suplementarios del impuesto a la propiedad no garantizada serán cancelados, si el pago de dicho impuesto reajustado se realiza antes del 31 de diciembre de 1981.
Según se utiliza en esta sección, “gravámenes suplementarios del impuesto a la propiedad no garantizada” significará aquella cantidad de impuesto a la propiedad gravada por cualquier ciudad, condado, ciudad y condado, y distrito especial que es atribuible a aquella porción de la tasa del impuesto a la propiedad gravada sobre el padrón no garantizado para el año fiscal 1978–79, menos la tasa por endeudamiento aprobado por los votantes, que excede los cuatro dólares ($4) por cada cien dólares ($100) de valor tasado.
Según se utiliza en esta sección, “el monto reajustado de cualquier otro impuesto resultante de los gravámenes suplementarios del impuesto a la propiedad no garantizada” significará la diferencia en cualquier otro gravamen fiscal entre la cantidad que se habría gravado si el Artículo XIII A se hubiera aplicado al padrón del impuesto a la propiedad no garantizada de 1978–79 y la cantidad gravada utilizando la tasa del impuesto a la propiedad del padrón garantizado de 1977–78.

Section § 38

Explanation

Esta ley exige que el Analista Legislativo prepare un informe para la Legislatura a más tardar el 1 de noviembre de 2004. El informe debe evaluar los posibles beneficios de consolidar ciertas funciones de la Junta de Impuestos de Franquicias, la Junta Estatal de Ecualización y el Departamento de Desarrollo del Empleo. Estas funciones incluyen el procesamiento de remesas, la gestión de caja y el procesamiento de correo.

Las agencias deben proporcionar los datos necesarios y asistir al Analista Legislativo, centrándose en los pros y contras financieros de dicha consolidación. El informe tiene como objetivo evaluar si la combinación de estas operaciones podría eliminar tareas duplicadas, aumentar la eficiencia con nueva tecnología y aumentar las ganancias por intereses del estado.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(a) El Analista Legislativo presentará un informe a la Legislatura con respecto a la posible consolidación de las funciones de procesamiento de remesas y caja, y las operaciones de procesamiento de correo, de la Junta de Impuestos de Franquicias, la Junta Estatal de Ecualización y el Departamento de Desarrollo del Empleo.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(b) La Junta de Impuestos de Franquicias, la Junta Estatal de Ecualización y el Departamento de Desarrollo del Empleo proporcionarán al Analista Legislativo todos los datos e información que el Analista Legislativo identifique como necesarios para completar el informe y asistirán al Analista Legislativo en la preparación del informe. La información proporcionada al Analista Legislativo incluirá, entre otros, una evaluación de las ventajas y desventajas fiscales y presupuestarias a corto y largo plazo que resultarían de la consolidación propuesta de las funciones de procesamiento de remesas y caja, y las funciones de procesamiento de correo, de la Junta de Impuestos de Franquicias, la Junta Estatal de Ecualización y el Departamento de Desarrollo del Empleo. Cualquier dato e información solicitados por el Analista Legislativo se presentarán a más tardar el 1 de julio de 2004.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(c) El propósito del informe requerido por esta sección es determinar, en la medida de lo posible y basándose en la información disponible y suposiciones razonables, si existen beneficios en la consolidación de la gestión y el control de estas operaciones basándose en todos los siguientes criterios:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(c)(1) La eliminación de funciones duplicadas y responsabilidades fragmentadas.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(c)(2) Mayores eficiencias operativas debido al uso de tecnologías mejoradas y economías de escala.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(c)(3) Ganancias adicionales por intereses para el estado.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(d) Para los fines de esta sección, “procesamiento de remesas y caja” significa recibir, agrupar, conciliar y depositar remesas.
(e)CA Ingresos Y Tributación Code § 38(e) El Analista Legislativo presentará a la Legislatura su informe y cualquier recomendación y consideración con respecto a la posible consolidación de estas funciones a más tardar el 1 de noviembre de 2004.

Section § 38.7

Explanation

Esta ley exige que la Oficina del Analista Legislativo prepare un informe antes del 1 de enero de 2016, evaluando el impacto económico y la administración de ciertos créditos fiscales relacionados con la industria cinematográfica. La oficina puede solicitar información específica a la Comisión de Cine de California, a la Junta de Impuestos de Franquicia y a otras agencias pertinentes para llevar a cabo esta tarea. Estas agencias deben proporcionar todos los datos necesarios. La información recopilada es confidencial, pero la oficina puede publicar informes estadísticos siempre que no se identifique a contribuyentes específicos.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a) A más tardar el 1 de enero de 2016, la Oficina del Analista Legislativo deberá proporcionar al Comité de Ingresos y Tributación de la Asamblea, al Comité de Gobernanza y Finanzas del Senado y al público un informe que evalúe los efectos económicos y la administración de los créditos fiscales permitidos conforme a las Secciones 6902.5, 17053.85 y 23685. Al investigar los informes, la Oficina del Analista Legislativo podrá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a)(1) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Comisión de Cine de California conforme a la subdivisión (g) de las Secciones 17053.85 y 23685.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a)(2) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Junta de Impuestos de Franquicia en relación con la venta o cesión de créditos conforme a la subdivisión (c) de las Secciones 17053.85 y 23685.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a)(3) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la junta conforme a las subdivisiones (c) y (g) de la Sección 6902.5.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(b) La Comisión de Cine de California, la junta, la Junta de Impuestos de Franquicia, el Departamento de Desarrollo del Empleo y todas las demás agencias estatales pertinentes deberán proporcionar información adicional, según lo especificado por la Oficina del Analista Legislativo, según sea necesario para investigar los informes requeridos por esta sección.
(c)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(c)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(c)(1) La información recibida por la Oficina del Analista Legislativo conforme a esta sección se considerará información confidencial del contribuyente sujeta a las Secciones 7056, 7056.5 y 19542 de este código y a la Sección 1094 del Código de Seguro de Desempleo, y estará sujeta a los requisitos de confidencialidad apropiados de la agencia estatal participante.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(c)(2) La Oficina del Analista Legislativo podrá publicar estadísticas junto con los informes requeridos por esta sección que se deriven de la información proporcionada a la Oficina del Analista Legislativo conforme a esta sección, si las estadísticas publicadas se clasifican para evitar la identificación de contribuyentes, informes y declaraciones de impuestos particulares y la publicación del porcentaje de dividendos pagados por una corporación que sea deducible por el beneficiario conforme a la Parte 11 (que comienza con la Sección 23001) de la División 2.

Section § 38.7

Explanation

Esta ley exigió a la Oficina del Analista Legislativo que elaborara un informe antes del 1 de enero de 2016, evaluando el impacto económico y la gestión de ciertos créditos fiscales relacionados con la industria cinematográfica y otras áreas. Pueden recopilar datos de varias agencias como la Comisión de Cine de California y la Junta de Impuestos de Franquicia. La información que recopilen debe mantenerse confidencial. Sin embargo, pueden compartir estadísticas anonimizadas para asegurar que las identidades de los contribuyentes estén protegidas. Además, las agencias estatales involucradas deben ayudar a proporcionar cualquier información adicional necesaria para el informe.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a) A más tardar el 1 de enero de 2016, la Oficina del Analista Legislativo deberá presentar a la Comisión de Ingresos y Tributación de la Asamblea, a la Comisión de Gobernanza y Finanzas del Senado y al público un informe que evalúe los efectos económicos y la administración de los créditos fiscales permitidos conforme a las Secciones 6902.5, 17053.85 y 23685. Al investigar los informes, la Oficina del Analista Legislativo podrá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a)(1) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Comisión de Cine de California conforme a la subdivisión (g) de las Secciones 17053.85 y 23685.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a)(2) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Junta de Impuestos de Franquicia relacionada con la venta o asignación de créditos conforme a la subdivisión (c) de las Secciones 17053.85 y 23685.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(a)(3) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la junta conforme a las subdivisiones (c) y (g) de la Sección 6902.5.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(b) La Comisión de Cine de California, la junta, la Junta de Impuestos de Franquicia, el Departamento de Desarrollo del Empleo y todas las demás agencias estatales pertinentes deberán proporcionar información adicional, según lo especifique la Oficina del Analista Legislativo, según sea necesario para investigar los informes requeridos por esta sección.
(c)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(c)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(c)(1) La información recibida por la Oficina del Analista Legislativo conforme a esta sección se considerará información confidencial del contribuyente sujeta a las Secciones 7056, 7056.5 y 19542 de este código y a la Sección 1094 del Código de Seguro de Desempleo, y estará sujeta a los requisitos de confidencialidad apropiados de la agencia estatal participante.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.7(c)(2) La Oficina del Analista Legislativo podrá publicar estadísticas junto con los informes requeridos por esta sección que se deriven de la información proporcionada a la Oficina del Analista Legislativo conforme a esta sección, si las estadísticas publicadas se clasifican para evitar la identificación de contribuyentes, informes y declaraciones de impuestos particulares y la publicación del porcentaje de dividendos pagados por una corporación que sea deducible por el beneficiario bajo la Parte 11 (que comienza con la Sección 23001) de la División 2.

Section § 38.9

Explanation

Esta ley exige que la Oficina del Analista Legislativo prepare informes para comités gubernamentales específicos y para el público antes de ciertas fechas límite. Un informe, que debe presentarse a más tardar el 1 de mayo de 2023, evalúa los efectos económicos y la administración de ciertos créditos fiscales relacionados con la industria cinematográfica. El informe implica la recopilación de información de varias agencias estatales sobre los créditos fiscales.

El segundo informe, que debe presentarse a más tardar el 1 de mayo de 2025, se centrará en la diversidad de la fuerza laboral en la industria cinematográfica, evaluando la eficacia de los créditos fiscales para el cine en la promoción de la diversidad. Una vez más, la Oficina del Analista Legislativo puede solicitar información a las agencias pertinentes.

Toda la información obtenida debe mantenerse confidencial, aunque se pueden publicar estadísticas agregadas sin identificar a contribuyentes o corporaciones individuales. Las agencias estatales deben cooperar proporcionando los datos necesarios para completar estos informes.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(a) A más tardar el 1 de mayo de 2023, la Oficina del Analista Legislativo deberá presentar al Comité de Ingresos y Tributación de la Asamblea, al Comité de Gobernanza y Finanzas del Senado y al público un informe que evalúe los efectos económicos y la administración de los créditos fiscales permitidos conforme a las Secciones 6902.5, según enmendada por el Capítulo 8 de los Estatutos de 2020, 17053.95, 17053.98, 23695 y 23698. Al investigar los informes, la Oficina del Analista Legislativo podrá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(a)(1) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Comisión de Cine de California conforme a la subdivisión (g) de las Secciones 17053.95, 17053.98, 23695 y 23698.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(a)(2) Solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Junta de Impuestos de Franquicia relacionada con la venta o asignación de créditos conforme a la subdivisión (c) de las Secciones 17053.95, 17053.98, 23695 y 23698.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(a)(3) Solicitar y recibir toda la información proporcionada al Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California conforme a las subdivisiones (c) y (g) de la Sección 6902.5, según enmendada por el Capítulo 8 de los Estatutos de 2020.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(b) A más tardar el 1 de mayo de 2025, la Oficina del Analista Legislativo deberá presentar al Comité de Ingresos y Tributación de la Asamblea, al Comité de Gobernanza y Finanzas del Senado y al público un informe que resuma la información sobre diversidad de la fuerza laboral recopilada por la Comisión de Cine de California conforme a las Secciones 17053.95, 17053.98, 23695 y 23698, y que evalúe la eficacia de los créditos fiscales permitidos conforme a las Secciones 17053.98 y 23698, calculados utilizando cualquier porcentaje de crédito adicional aplicable, para aumentar la diversidad de la fuerza laboral de producción cinematográfica. Al investigar el informe, la Oficina del Analista Legislativo podrá solicitar y recibir toda la información proporcionada a la Comisión de Cine de California conforme a la subdivisión (g) de las Secciones 17053.95, 17053.98, 23695 y 23698.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(c) No obstante la Sección 19542, la Comisión de Cine de California, el Departamento de Administración de Impuestos y Tasas de California, la Junta de Impuestos de Franquicia, el Departamento de Desarrollo del Empleo y todas las demás agencias estatales pertinentes deberán proporcionar información adicional, según lo especifique la Oficina del Analista Legislativo, según sea necesario para investigar los informes requeridos por esta sección.
(d)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(d)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(d)(1) La información recibida por la Oficina del Analista Legislativo conforme a esta sección se considerará información confidencial del contribuyente sujeta a las Secciones 7056, 7056.5 y 19542 de este código y a la Sección 1094 del Código de Seguro de Desempleo, y estará sujeta a los requisitos de confidencialidad apropiados de la agencia estatal participante.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.9(d)(2) La Oficina del Analista Legislativo podrá publicar estadísticas junto con los informes requeridos por esta sección que se deriven de la información proporcionada a la Oficina del Analista Legislativo conforme a esta sección, si las estadísticas publicadas están clasificadas para evitar la identificación de contribuyentes, informes y declaraciones de impuestos particulares y la publicación del porcentaje de dividendos pagados por una corporación que es deducible por el beneficiario bajo la Parte 11 (que comienza con la Sección 23001) de la División 2.

Section § 38.10

Explanation

Cada año, a partir del 1 de enero de 2021, se debe realizar una revisión para evaluar la efectividad de ciertos créditos fiscales. El Analista Legislativo de California, junto con el Comité de Asignación de Créditos Fiscales y la Oficina de Preservación Histórica, analizará cómo se están utilizando estos créditos, quién los utiliza, qué proyectos apoyan, la creación de empleo a partir de estos créditos y su impacto económico general. Este requisito finalizará el 1 de enero de 2027.

(a)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.10(a) El Analista Legislativo deberá, anualmente a partir del 1 de enero de 2021, colaborar con el Comité de Asignación de Créditos Fiscales de California y la Oficina de Preservación Histórica para revisar la efectividad de los créditos fiscales permitidos por las Secciones 17053.91 y 23691. La revisión incluirá, pero no se limitará a, un análisis de la demanda del crédito fiscal, los tipos y usos de los proyectos que reciben el crédito fiscal, los empleos creados por el uso de los créditos fiscales y el impacto económico de los créditos fiscales.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 38.10(b) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2027, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 40

Explanation

Esta ley exige que la junta publique en línea opiniones escritas detalladas o resúmenes de cada decisión que involucre $500,000 o más, dentro de los 120 días. Estas opiniones deben incluir hallazgos de hecho, cuestiones legales, leyes aplicables, análisis, resultados de la decisión y nombres de los miembros de la junta. Los miembros de la junta que disientan o concurran también pueden publicar sus opiniones separadas. Las opiniones formales o de memorándum pueden servir como precedentes en casos futuros, pero no las decisiones sumarias. Las acciones del calendario de consentimiento no están cubiertas por estas reglas.

(a)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 40(a)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 40(a)(1) La junta publicará en su sitio web de Internet una opinión formal escrita, una opinión de memorándum escrita o una decisión sumaria escrita para cada decisión de la junta en la que la cantidad en controversia sea de quinientos mil dólares ($500,000) o más, dentro de los 120 días siguientes a la fecha en que la junta emitió su decisión.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(a)(2) Una decisión de la junta no incluirá las acciones del calendario de consentimiento tomadas por la junta.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b) Cada opinión formal, opinión de memorándum y decisión sumaria, según se describe en el apartado (a), incluirá todo lo siguiente:
(1)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b)(1) Hallazgos de hecho.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b)(2) La cuestión o cuestiones jurídicas presentadas.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b)(3) Ley aplicable.
(4)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b)(4) Análisis.
(5)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b)(5) Resolución.
(6)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(b)(6) Nombres de los miembros de la junta que la adoptan.
(c)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 40(c)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 40(c)(1) Un miembro de la junta podrá presentar una opinión disidente exponiendo su razonamiento para discrepar con la opinión de memorándum o la opinión formal.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(c)(2) Un miembro de la junta podrá presentar una opinión concurrente exponiendo el razonamiento del miembro de la junta para estar de acuerdo con el resultado alcanzado en la opinión de memorándum o la opinión formal, si es diferente del razonamiento expuesto en la opinión de memorándum o la opinión formal.
(3)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(c)(3) Una opinión disidente y una opinión concurrente se publicarán de la misma manera que se prescribe en el apartado (a) para una opinión formal o una opinión de memorándum.
(d)CA Ingresos Y Tributación Code § 40(d) Una opinión formal o una opinión de memorándum adoptada por la junta podrá citarse como precedente en cualquier asunto o procedimiento ante la junta, a menos que la opinión haya sido despublicada, revocada o sustituida. Una decisión sumaria no podrá citarse como precedente en ningún asunto o procedimiento ante la junta.

Section § 41

Explanation

Esta ley exige que cualquier nueva exención o beneficio fiscal propuesto en California, a partir del 1 de enero de 2020, debe describir claramente sus objetivos y cómo se evaluará. Esto significa que el proyecto de ley debe especificar los objetivos que pretende lograr e incluir indicadores de desempeño detallados para seguir su éxito. Además, la ley establece requisitos para la recopilación de datos para evaluar qué tan bien se están cumpliendo estos objetivos, excepto en los casos en que no haya datos disponibles para ciertos tipos de ahorros fiscales denominados exclusiones de ingresos brutos.

La ley también define un 'gasto fiscal', que incluye créditos, deducciones, exclusiones y cualquier otro beneficio fiscal. Cualquier información del contribuyente recopilada debe cumplir con regulaciones de privacidad específicas.

(a)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 41(a)
(1)Copy CA Ingresos Y Tributación Code § 41(a)(1) No obstante cualquier otra ley, y salvo lo dispuesto en el párrafo (2), todo proyecto de ley, presentado a partir del 1 de enero de 2020, que autorice un nuevo gasto fiscal conforme a la Parte 10 (que comienza con la Sección 17001) de la División 2, la Parte 11 (que comienza con la Sección 23001) de la División 2, o ambas, o que autorice una exención de los impuestos establecidos por la Parte 1 (que comienza con la Sección 6001) de la División 2, deberá contener todo lo siguiente:
(A)CA Ingresos Y Tributación Code § 41(a)(1)(A) Metas, propósitos y objetivos específicos que el gasto fiscal logrará.
(B)CA Ingresos Y Tributación Code § 41(a)(1)(B) Indicadores de desempeño detallados para que la Legislatura los utilice al medir si el gasto fiscal cumple con las metas, propósitos y objetivos establecidos en el proyecto de ley.
(C)CA Ingresos Y Tributación Code § 41(a)(1)(C) Requisitos de recopilación de datos para permitir que la Legislatura determine si el gasto fiscal está cumpliendo, no cumpliendo o superando esas metas, propósitos y objetivos específicos. Los requisitos deberán incluir los datos específicos y las mediciones de referencia que se recopilarán y remitirán cada año que el gasto fiscal esté en vigor, para que la Legislatura mida el cambio en los indicadores de desempeño, y los contribuyentes específicos, agencias estatales u otras entidades obligadas a recopilar y remitir datos.
(2)CA Ingresos Y Tributación Code § 41(a)(2) Un proyecto de ley que autorice un nuevo gasto fiscal que sea una exclusión de ingresos brutos estará exento de incluir la información de los subpárrafos (B) y (C) del párrafo (1), si la Legislatura determina que no hay datos disponibles para recopilar e informar.
(b)CA Ingresos Y Tributación Code § 41(b) Para los fines de esta sección, “gasto fiscal” significa un crédito, deducción, exclusión, exención o cualquier otro beneficio fiscal según lo dispuesto por el estado.
(c)CA Ingresos Y Tributación Code § 41(c) La información del contribuyente recopilada conforme a esta sección está sujeta a las Secciones 7056.5 y 19542.