Part 13
Section § 53560
Esta ley establece el Programa de Implementación de Desarrollo Orientado al Tránsito para apoyar la construcción de viviendas asequibles e infraestructura cerca de las estaciones de tránsito en California. El programa es administrado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario, brindando apoyo a ciudades, condados, agencias de tránsito, solicitantes tribales y desarrolladores.
El departamento puede crear directrices adicionales para gestionar el programa, centrándose en la asequibilidad a largo plazo y priorizando los proyectos según varios criterios: primero, proyectos con un alto porcentaje de unidades para hogares de bajos ingresos; segundo, proyectos que mejoran la eficiencia de los viajes y que necesitan financiación adicional; y tercero, aquellos listos para iniciar la construcción.
También pueden evaluar cómo se pueden utilizar los terrenos de propiedad pública para apoyar estos proyectos, con el objetivo de maximizar los beneficios públicos y reducir los costos de desarrollo.
Section § 53561
El Fondo de Implementación de Desarrollo Orientado al Tránsito es un fondo creado en la Tesorería del Estado de California para apoyar proyectos de desarrollo orientado al tránsito. Este fondo recauda dinero de dos fuentes principales: dinero que la legislatura estatal le asigna, y cualesquiera otros fondos que el departamento reciba de otras fuentes. Además, cualquier ganancia, como intereses o dividendos, de las inversiones de este fondo también volverá al fondo.
Section § 53562
Esta sección de la ley explica cómo se pueden proporcionar fondos para ayudar a desarrollar viviendas asequibles que reduzcan las millas recorridas por vehículos (VMT). Se pueden otorgar subvenciones a ciudades, condados, tribus elegibles o agencias de tránsito para construir la infraestructura necesaria para dichos proyectos de vivienda. La financiación prioriza los proyectos que cumplen con ciertos estándares ambientales.
Los préstamos, ya sean reembolsables o condonables, también pueden apoyar la construcción de este tipo de viviendas. Solo son elegibles los proyectos que reservan un cierto porcentaje de unidades como asequibles para familias de bajos ingresos durante un período prolongado (al menos 55 años). La norma permite flexibilidad para proyectos de uso mixto y asegura la alineación con los planes de sostenibilidad locales. También deben cumplirse otros criterios establecidos por el departamento.
Para proyectos de viviendas de alquiler, la financiación puede coordinarse con los programas de viviendas multifamiliares existentes, y el proceso de solicitud es competitivo. Para viviendas ocupadas por el propietario, la coordinación se alinea con el Programa CalHome. Las decisiones sobre la asignación de fondos quedan a discreción del departamento, asegurando el cumplimiento de los requisitos preestablecidos. La infraestructura financiada bajo este estatuto incluye mejoras necesarias como carreteras, servicios públicos y mejoras que impulsan el acceso peatonal y ciclista.
Section § 53564
Esta sección explica que el departamento encargado puede utilizar hasta el 5% de los fondos asignados para cubrir sus costos administrativos relacionados con ciertos programas. Además, el departamento tiene permitido gestionar estos programas siguiendo directrices que no necesitan adherirse a algunas reglas administrativas usuales establecidas por el Código de Gobierno.
Section § 53565
Esta ley permite que ciertos fondos, originalmente reservados en Leyes de Presupuesto anteriores para fines relacionados con la vivienda, se utilicen hasta el 30 de junio de 2017. Estos fondos están vinculados a la Cuenta de Incentivos para la Planificación Regional, Vivienda y Relleno Urbano.
El Departamento de Vivienda de California es responsable de establecer hitos basados en el rendimiento que deben cumplirse para el uso continuado de estos fondos. Actualizarán las directrices con estos nuevos hitos para, potencialmente, extender los plazos de desembolso de los fondos.
El departamento evaluará cada proyecto individualmente para decidir si califican para extensiones de plazo basándose en estos hitos actualizados.
Section § 53566
Esta ley describe los términos y el uso de los préstamos dentro de ciertos programas de vivienda de California. Para las viviendas de alquiler, los términos de los préstamos deben ajustarse a los requisitos del Programa de Viviendas Multifamiliares. Para las viviendas ocupadas por el propietario, los términos deben coincidir con los estándares del Programa CalHome. El dinero de los reembolsos de los préstamos se utiliza para financiar aún más estos programas de vivienda. La ley permite al departamento reservar fondos (hasta el 1.5% de los fondos asignados) como una 'reserva para incumplimientos' para prevenir impagos de préstamos o ejecuciones hipotecarias en desarrollos de viviendas de alquiler. El departamento tiene discreción sobre su uso y los fondos utilizados aumentarán el monto del préstamo adeudado. Los fondos deben depositarse en cuentas específicas para su asignación continua. Esta regulación entró en vigor el 1 de enero de 2022.
Section § 53567
Esta ley se aplica a Los Ángeles y aborda situaciones en las que unidades de vivienda subsidiadas se arriendan a personas sin hogar que, posteriormente, se descubre que no cumplen con los requisitos de ingresos. Es importante destacar que, si un propietario o administrador de la propiedad corrige esta situación dentro de los 24 meses y se cumplen ciertas condiciones, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano no los penalizará.
Las condiciones clave incluyen verificar los ingresos del inquilino y trabajar con las autoridades de vivienda locales para encontrar viviendas asequibles para aquellos que no cumplen con los requisitos de ingresos. Durante un período de 24 meses, los inquilinos que autocertifiquen sus ingresos en no más del 30% de la mediana del área y se verifique que están por debajo del 50% pueden cumplir con los requisitos de ingresos, permitiendo ajustes de alquiler si es necesario. Esta sección permanece activa hasta el 31 de julio de 2025, o hasta que expiren las exenciones relacionadas, lo que ocurra más tarde.
Section § 53568
La Oficina de Uso del Suelo e Innovación Climática debe contratar a la Universidad de California para que estudie cómo los proyectos del Programa de Implementación de Desarrollo Orientado al Tránsito (TOD) están reduciendo las millas recorridas por vehículos. El estudio analizará varios métodos utilizados para disminuir el uso del automóvil, los tipos de proyectos que los emplean, y calculará los costos y el impacto de estas medidas, incluyendo las reducciones por persona.
El estudio también examinará cómo estos métodos se combinan con otras estrategias para reducir las millas recorridas por vehículos. Los resultados se formalizarán en un informe para la Legislatura de California a más tardar el 1 de julio de 2031.