Una entidad comercial que esté comercializando o vendiendo compensaciones voluntarias de carbono dentro del estado deberá divulgar en el sitio web de internet de la entidad comercial toda la siguiente información:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a) Detalles sobre el proyecto de compensación de carbono aplicable, incluyendo toda la siguiente información:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(1) El protocolo específico utilizado para estimar las reducciones de emisiones o los beneficios de eliminación.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(2) La ubicación del sitio del proyecto de compensación.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(3) El cronograma del proyecto.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(4) La fecha en que el proyecto comenzó o comenzará.
(5)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(5) Las fechas y cantidades en que una cantidad especificada de reducciones o eliminaciones de emisiones comenzó o comenzará, o fue modificada o revertida.
(6)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(6) El tipo de proyecto, incluyendo si las compensaciones del proyecto se derivan de una eliminación de carbono, una emisión evitada, o, en el caso de un proyecto con ambas eliminaciones de carbono y emisiones evitadas, el desglose de las compensaciones de cada una.
(7)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(7) Si el proyecto cumple con algún estándar establecido por ley o por una entidad sin fines de lucro.
(8)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(8) El período de durabilidad para cualquier proyecto que el vendedor sepa o deba saber que la durabilidad de las reducciones de gases de efecto invernadero o las mejoras en la eliminación de gases de efecto invernadero del proyecto es menor que la vida útil atmosférica de las emisiones de dióxido de carbono.
(9)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(9) Si existe validación o verificación independiente por expertos o terceros de los atributos del proyecto.
(10)CA Salud y Seguridad Code § 44475(a)(10) Emisiones reducidas o carbono eliminado anualmente.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 44475(b) Detalles sobre las medidas de rendición de cuentas si un proyecto no se completa o no cumple con las reducciones de emisiones o los beneficios de eliminación proyectados, incluyendo, pero no limitado a, detalles sobre qué acciones la entidad, ya sea directamente o por obligación contractual, deberá tomar bajo ambas de las siguientes circunstancias:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 44475(b)(1) Si los proyectos de almacenamiento de carbono se revierten.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 44475(b)(2) Si las futuras reducciones de emisiones no se materializan.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 44475(c) Los datos pertinentes y los métodos de cálculo necesarios para reproducir y verificar de forma independiente el número de créditos de reducción o eliminación de emisiones emitidos utilizando el protocolo.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 44475(d) Para los fines de esta parte, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(1) “Durabilidad” significa la duración del tiempo durante la cual un operador de proyecto de compensación se compromete a mantener sus reducciones de gases de efecto invernadero y mejoras en la eliminación de gases de efecto invernadero, según corresponda, excluyendo cualquier resultado aspiracional que exceda o se extienda más allá de los resultados obligatorios requeridos del proyecto de compensación de conformidad con su protocolo de compensación.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(2) “Protocolo” significa un conjunto documentado de procedimientos y requisitos para cuantificar las reducciones continuas de gases de efecto invernadero o las mejoras en la eliminación de gases de efecto invernadero logradas por un proyecto de compensación y para calcular la línea base del proyecto, incluyendo la especificación de procedimientos relevantes de recopilación de datos y monitoreo, factores de emisión y metodologías utilizadas para contabilizar de forma conservadora la incertidumbre y los riesgos de fuga por desplazamiento de actividad y desplazamiento de mercado asociados con un proyecto de compensación.
(3)Copy CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(3)
(A)Copy CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(3)(A) “Compensación voluntaria de carbono” significa cualquier producto vendido o comercializado en el estado que afirma ser una “compensación de emisiones de gases de efecto invernadero”, una “reducción voluntaria de emisiones”, una “compensación minorista”, o cualquier término similar, que connota que el producto representa o corresponde a una reducción en la cantidad de gases de efecto invernadero presentes en la atmósfera o que previene la emisión de gases de efecto invernadero a la atmósfera que de otro modo se habrían emitido.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(3)(A)(B) “Compensación voluntaria de carbono” no incluye productos que representan o corresponden a mandatos legales o regulatorios para cualquiera de los siguientes:
(i)CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(3)(A)(B)(i) Reducción de la cantidad de gases de efecto invernadero presentes en la atmósfera.
(ii)CA Salud y Seguridad Code § 44475(d)(3)(A)(B)(ii) Prevención de las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera.
(Added by Stats. 2023, Ch. 365, Sec. 1. (AB 1305) Effective January 1, 2024.)