Chapter 2
Section § 38055
Esta ley establece una forma para que las organizaciones privadas sin fines de lucro de servicios humanos apelen formalmente cualquier desacuerdo que tengan sobre contratos de servicio directo con la Agencia de Salud y Bienestar o sus departamentos, excepto en algunos casos específicos mencionados en otra parte. Sin embargo, este proceso de apelación no se aplica a contratos relacionados con ciertos servicios de bienestar o atención médica definidos en otras partes de la ley.
Section § 38056
Esta sección de la ley establece que si hay algún conflicto con otras leyes, las normas de esta división específica tendrán prioridad y se aplicarán.
Section § 38057
La Oficina de Audiencias Administrativas se encarga de las apelaciones en disputas que involucran a agencias estatales. Llevan a cabo audiencias, emiten decisiones propuestas y pueden retrasar o modificar las acciones de esas agencias. El proceso de apelaciones es adaptable, ofreciendo varios niveles de revisión para ajustarse a las partes involucradas.
Una apelación solo puede ser considerada después de intentar resolver el problema a través de un procedimiento de quejas. Si no existe dicho procedimiento, la Oficina asume la jurisdicción de inmediato.