Chapter 9
Section § 32498.5
Esta ley establece el Distrito de Atención Médica de Pajaro Valley en los condados de Santa Cruz y Monterey. El distrito solo puede constituirse si la junta del condado correspondiente nombra una junta directiva inicial. El distrito abarca áreas que corresponden al Distrito Escolar Unificado de Pajaro Valley, con límites específicos detallados en el texto. Una vez constituido el distrito, cualquier cambio debe seguir las normas de la Ley de Reorganización del Gobierno Local Cortese-Knox-Hertzberg de 2000.
Section § 32498.6
Esta ley exige que la Junta Directiva del Distrito de Atención Médica de Pajaro Valley cree zonas dentro del distrito dentro de los cinco años siguientes a su primera reunión. Estas zonas deben reflejar la demografía y geografía del área, incluyendo la distribución de la población.
La junta debe celebrar una audiencia donde los votantes locales puedan compartir sus opiniones sobre las zonas propuestas, pero la decisión de la junta será final. Estas zonas se utilizarán luego para la próxima elección del distrito siempre que haya tiempo suficiente para prepararse en consecuencia.
Section § 32498.7
Esta ley exige que el distrito informe a la comisión de formación de agencias locales de Santa Cruz (LAFCO) si este o cualquier otro grupo adquiere el Hospital Comunitario de Watsonville. Si el distrito no ha adquirido el hospital a través de un proceso de bancarrota antes del 1 de enero de 2024, la LAFCO deberá disolver el distrito.
Section § 32498.8
Si el distrito que administra el Hospital Comunitario de Watsonville vende el hospital o deja de prestar servicios de salud allí, debe informar a la comisión de formación de agencias locales del Condado de Santa Cruz. Al recibir dicha notificación, la comisión está obligada a disolver el distrito.
Es importante destacar que este proceso de disolución está exento de ciertos procedimientos y requisitos gubernamentales que normalmente se aplican a los cambios organizativos, así como de ciertos requisitos del código tributario.
Section § 32498.9
Esta ley establece que, dentro de un año de su creación, la agencia local del Condado de Santa Cruz debe establecer una "esfera de influencia" para el distrito, a menos que este se disuelva antes. El distrito también debe presentar informes anuales sobre los servicios de atención médica dentro de su área antes de finales de 2023 y 2024.
Además, a partir del 31 de diciembre de 2025, y cada cinco años a partir de entonces, se debe realizar una revisión de servicios municipales sobre los servicios de atención médica en el distrito, a menos que el distrito se disuelva antes.