Esta ley se llama la Ley de Seguridad de Literas de 1999, que es el nombre por el que debe ser referida.
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(Added by Stats. 1999, Ch. 920, Sec. 1. Effective January 1, 2000.)
Esta ley explica que actualmente no existen normas de seguridad estatales o federales específicas para las literas infantiles. Desde 1994, un gran número de literas han sido retiradas del mercado por ser peligrosas, con más de 500,000 que representaban riesgos para la salud, muchas de las cuales fueron fabricadas en California. Lamentablemente, al menos 54 niños han muerto por quedar atrapados en literas desde 1990.
La Legislatura encuentra y declara lo siguiente:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 24531(a) No existe ninguna ley estatal o federal que exija la seguridad de las literas destinadas al uso de niños.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 24531(b) Desde noviembre de 1994, la Comisión Federal de Seguridad de Productos del Consumidor ha retirado del mercado más de 500,000 literas que representaban graves peligros para la salud de los niños, incluyendo miles fabricadas en California.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 24531(c) Al menos 54 niños han muerto por atrapamiento de cabeza en literas desde 1990.
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(Added by Stats. 1999, Ch. 920, Sec. 1. Effective January 1, 2000.)
Esta sección define términos clave relacionados con la venta y distribución de literas en California.
'Venta' o 'vender' incluye diversas actividades como la remanufactura, el reacondicionamiento y el arrendamiento, no solo la venta directa. Por otro lado, un 'usuario comercial' se refiere a cualquier persona que se dedique a la venta o al comercio de literas como parte de su negocio u ocupación, o a alguien que se presente como conocedor de las literas.
(a)CA Salud y Seguridad Code § 24532(a) Para los fines de este capítulo, “venta” o “vender” significa remanufacturar, reacondicionar, vender, contratar la venta o reventa, arrendar, subarrendar, o de cualquier otra forma introducir en el flujo comercial.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 24532(b) Para los fines de este capítulo, “usuario comercial” significa cualquier persona que comercie o se dedique al negocio de la venta de literas o que, de cualquier otra forma, por su ocupación, se presente como poseedor de conocimientos o habilidades específicos de las literas, o cualquier persona que venda literas.
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(Added by Stats. 1999, Ch. 920, Sec. 1. Effective January 1, 2000.)
Esta ley establece que ningún vendedor comercial puede vender una litera que se considere insegura para los niños después del 19 de junio de 2000. Una litera se considera insegura si no cumple con los estándares de seguridad federales.
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(Amended by Stats. 2000, Ch. 6, Sec. 2. Effective March 28, 2000.)
Si un usuario comercial rompe intencionalmente las reglas establecidas en la Sección 24533, está cometiendo una infracción menor, conocida como una infracción, y puede ser multado con hasta $1,000.
Cualquier usuario comercial que infrinja deliberada y a sabiendas la Sección 24533 es culpable de una infracción y será sancionado con una multa que no exceda de mil dólares ($1,000).
sanciones a usuarios comerciales violación deliberada violación a sabiendas Sección 24533 infracción multa sanción económica multa de $1 000 incumplimiento intencional regulaciones comerciales castigo monetario delito menor cumplimiento empresarial sanción de la Sección 24534 infracción regulatoria violación intencional
(Amended by Stats. 2000, Ch. 6, Sec. 3. Effective March 28, 2000.)
Cualquiera puede iniciar una acción legal para impedir que un negocio venda una litera que no sea segura para los niños. Si ganan, también pueden recuperar sus gastos legales. Esta ley no afecta a hoteles o moteles hasta después del 1 de julio de 2003.
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(Amended by Stats. 2000, Ch. 6, Sec. 4. Effective March 28, 2000.)
Esta ley establece que si alguien ha sido perjudicado, puede utilizar los recursos de este artículo además de cualquier otra opción legal que tenga. Esto significa que los recursos legales mencionados aquí no son exclusivos, y se pueden seguir otras vías legales.
Los recursos disponibles conforme a este artículo serán adicionales a cualesquiera otros recursos o procedimientos conforme a cualquier otra disposición legal que puedan estar disponibles para una parte perjudicada.
recursos adicionales opciones de la parte perjudicada vías legales recursos legales acumulativos recursos no exclusivos continuación del recurso legal recursos y procedimientos opciones legales alternativas multiplicidad de recursos recursos legales combinados
(Added by Stats. 1999, Ch. 920, Sec. 1. Effective January 1, 2000.)
Esta ley establece que las literas fabricadas antes del 19 de junio de 2000 no tienen que cumplir con los estándares de la Ley de Seguridad de Literas de 1999. Sin embargo, cuando se venden estas literas más antiguas, deben llevar una etiqueta de advertencia clara que indique que no cumplen con las normas de seguridad y que los compradores deben tener precaución.
litera Ley de Seguridad de Literas estándares de seguridad declaración de divulgación fecha de fabricación advertencia de seguridad precaución del consumidor literas anteriores al 2000 cumplimiento de seguridad etiqueta de seguridad del producto advertencia al comprador divulgación de venta de producto requisitos de venta de literas
(Amended by Stats. 2000, Ch. 6, Sec. 5. Effective March 28, 2000.)
Esta ley establece que las regulaciones o normas de este capítulo no pueden anular ni reemplazar ninguna ley o reglamento federal existente que se haya establecido bajo la ley federal.
Nada en este capítulo prevalecerá sobre ninguna disposición de la ley federal o cualquier reglamento adoptado conforme a la ley federal.
ley federal conflicto de reglamentos prevalencia ley estatal versus ley federal reglamento de California jerarquía legal supremacía federal reglamentos estatales conflicto de leyes prelación federal cumplimiento legal autoridad reguladora reglamentos estatales versus ley federal cumplimiento de la ley de California interpretación estatutaria
(Added by Stats. 1999, Ch. 920, Sec. 1. Effective January 1, 2000.)