(a)CA Salud y Seguridad Code § 26250(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (c), un funcionario local que inspeccione una propiedad o negocio comercial para verificar el cumplimiento de un estatuto o reglamento estatal o una ordenanza local no deberá, durante la inspección, estar acompañado por una persona con un interés financiero potencial en el resultado de la inspección, a menos que la persona sea una de las siguientes:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 26250(a)(1) El propietario de la propiedad o negocio.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 26250(a)(2) El agente o representante del propietario de la propiedad o negocio.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 26250(a)(3) Una persona que tiene, o que opera bajo, un contrato existente con el gobierno local del funcionario local para proporcionar servicios de inspección, mitigación, legales o de remediación y ha sido instruida por un funcionario local para realizar servicios en esa propiedad o negocio inspeccionado en particular.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 26250(a)(4) Un contratista o consultor, o un agente designado de dicho contratista o consultor, que figure en una lista pública de licitadores cualificados que pueda proporcionar servicios de inspección, mitigación o remediación a, y recibir compensación por dichos servicios de, el gobierno local. Una persona que acompañe a un funcionario local de conformidad con este párrafo no deberá solicitar ni recibir compensación del propietario para remediar cualquier posible infracción de un estatuto o reglamento estatal o una ordenanza local encontrada durante el curso de la inspección.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 26250(b) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (c), una persona que haya celebrado un contrato con un gobierno local para servicios de inspección, mitigación o remediación, que inspeccione una propiedad o negocio comercial para verificar el cumplimiento de un estatuto o reglamento estatal o una ordenanza local sin la presencia de un funcionario local no deberá solicitar ni recibir compensación del propietario para remediar cualquier posible infracción de un estatuto o reglamento estatal o una ordenanza local encontrada durante el curso de la inspección.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 26250(c) Las subdivisiones (a) y (b) no se aplicarán a una inspección realizada después de que el funcionario local o su designado haya notificado por escrito al propietario de la propiedad o negocio identificando infracciones específicas de un estatuto o reglamento estatal o una ordenanza local existentes en la propiedad y las acciones específicas requeridas para corregir dichas infracciones.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d) Para los fines de esta sección, se aplicarán las siguientes definiciones:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d)(1) “Agente o representante” puede incluir, entre otros, un contratista con licencia que esté realizando trabajos en, o haya completado trabajos en, la propiedad o negocio comercial objeto de la inspección.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d)(2) “Gobierno local” significa una ciudad, incluyendo una ciudad autónoma, un condado, o una ciudad y condado.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d)(3) “Funcionario local” significa un agente de cumplimiento de códigos, según se define en la Sección 829.5 del Código Penal, de una ciudad, un condado, o una ciudad y condado, un funcionario de salud del condado descrito en el Artículo 1 (que comienza con la Sección 101025) del Capítulo 2 de la Parte 3 de la División 101, un funcionario de salud de la ciudad descrito en el Artículo 4 (que comienza con la Sección 101450) del Capítulo 4 de la Parte 3 de la División 101, o el agente designado de dichos funcionarios de salud.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d)(4) “Persona con un interés financiero potencial en el resultado de la inspección” es cualquiera de las siguientes:
(A)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d)(4)(A) Una persona que hace una oferta al propietario para remediar físicamente a cambio de una compensación posibles infracciones de un estatuto o reglamento estatal o una ordenanza local encontradas durante el curso de una inspección realizada por un funcionario local.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 26250(d)(4)(B) Una persona que ofrece o proporciona compensación a un funcionario local a cambio de recomendar los servicios de remediación de una persona específica, proporcionar la información de contacto de dichos servicios al propietario o agente del propietario de las instalaciones o negocio inspeccionado, o proporcionar el nombre del propietario de la propiedad o negocio o del agente o representante del propietario a la persona que ofrece los servicios de remediación.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 26250(e) Esta sección no afecta la capacidad de un gobierno local para recuperar los costos de cualquier mitigación o remediación realizada por o de conformidad con la autoridad del gobierno local de acuerdo con la ley aplicable.
(Added by Stats. 2018, Ch. 263, Sec. 1. (AB 2485) Effective January 1, 2019.)