Section § 1743

Explanation

Esta sección reconoce un problema actual con el acceso a la atención médica domiciliaria, señalando que muchas agencias han cerrado, lo que dificulta que quienes necesitan atención de enfermería especializada en el hogar la reciban. El modelo actual atiende principalmente a pacientes mayores de Medicare y no sirve eficazmente a niños y adultos con discapacidades.

La Legislatura de California tiene como objetivo asegurar que estos servicios sean accesibles, especialmente para personas con discapacidades, mediante la creación de una nueva categoría de licencia para agencias de enfermería privada que mantendrá sólidas protecciones al consumidor.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743(a)  La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1743(a)(1)  Actualmente existe una crisis en el acceso a la atención médica domiciliaria.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1743(a)(2)  Aproximadamente 300 agencias de atención médica domiciliaria han cerrado en los últimos dos años.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1743(a)(3)  La reducción en el número de agencias de atención médica domiciliaria ha dificultado que muchos niños y adultos que necesitan servicios de enfermería especializada proporcionados por turnos bajo exenciones basadas en el hogar y la comunidad reciban los servicios que necesitan, y también pone en peligro la capacidad de las personas con discapacidades y otras de permanecer en entornos basados en el hogar y la comunidad.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1743(a)(4)  Históricamente, las agencias de atención médica domiciliaria han sido diseñadas como un modelo de atención para beneficiarios de Medicare de edad avanzada, pero este modelo no es adecuado para el tipo de atención requerida por adultos y niños con discapacidades.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743(b)  Es la intención de la Legislatura al promulgar este capítulo garantizar un acceso adecuado a los servicios de enfermería especializada basados en el hogar y la comunidad, proporcionados por turnos, para las personas que necesitan estos servicios, incluidas las personas con discapacidades.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743(c)  Es la intención de la Legislatura, al adoptar una nueva categoría de licencia para agencias de enfermería privada, proporcionar atención de enfermería adecuada mientras se mantienen las mismas sólidas protecciones al consumidor aplicables a las agencias de atención médica domiciliaria bajo el Título 22 del Código de Regulaciones de California.

Section § 1743.11

Explanation

La ley establece que si una agencia de enfermería privada en California solicita una licencia por primera vez, inicialmente recibirá una licencia provisional en lugar de una permanente. Esta licencia provisional es válida por seis meses. Antes de que finalice este período, la agencia será sometida a una inspección exhaustiva. Si cumple con todos los estándares necesarios, recibirá una licencia regular. Si se logra un progreso significativo pero no se cumplen completamente los estándares, la licencia provisional puede renovarse una vez por otros seis meses.

Si la agencia no logra un progreso sustancial o no cumple con los requisitos durante estas inspecciones, no se emitirán más licencias. Si se deniega una solicitud de licencia provisional, el solicitante puede pedir una audiencia para impugnar esta decisión. Los estándares para otorgar licencias provisionales son tan estrictos como los de las licencias permanentes.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.11(a)  Si una agencia de enfermería privada o un solicitante de una licencia no ha sido previamente licenciado, el departamento solo podrá emitir una licencia provisional a la agencia según lo dispuesto en esta sección.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.11(b)  Una licencia provisional para operar una agencia de enfermería privada terminará seis meses después de la fecha de emisión.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743.11(c)  Dentro de los 30 días anteriores a la terminación de una licencia provisional, el departamento realizará una inspección completa y exhaustiva a la agencia, y, si la agencia cumple con todos los requisitos aplicables para la licencia, se emitirá una licencia regular. Si la agencia de enfermería privada no cumple con los requisitos para la licencia, pero ha logrado un progreso sustancial para cumplir con los requisitos, según lo determine el departamento, la licencia provisional inicial se renovará por seis meses.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1743.11(d)  Si el departamento determina que no ha habido un progreso sustancial para cumplir con los requisitos de licencia en el momento de la primera inspección completa prevista en esta sección, o, si el departamento determina, en su inspección realizada dentro de los 30 días posteriores a la terminación de una licencia provisional renovada, que hay una falta de cumplimiento total de los requisitos, no se emitirá ninguna licencia adicional.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1743.11(e)  Si a un solicitante de una licencia provisional para operar una agencia de enfermería privada se le ha denegado la licencia provisional por parte del departamento estatal, el solicitante podrá impugnar la denegación presentando una solicitud de audiencia de conformidad con la Sección 100171.
(f)CA Salud y Seguridad Code § 1743.11(f)  El departamento no aplicará criterios menos estrictos al otorgar una licencia provisional de conformidad con esta sección de los que aplica al otorgar una licencia permanente.

Section § 1743.13

Explanation

Esta ley permite que una agencia de enfermería privada o un solicitante que previamente fue una agencia de atención médica domiciliaria con licencia reciba una licencia temporal. Esta licencia provisional puede otorgarse si la agencia cumple varias condiciones, como adherirse a los estándares, no tener violaciones que pongan en peligro la seguridad del paciente y tener un plan para solucionar cualquier problema existente. La licencia provisional solo es válida por hasta seis meses y no puede renovarse. Se deben aplicar los mismos criterios estrictos utilizados para las licencias permanentes a estas licencias provisionales.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.13(a)  No obstante las Secciones 1743.9 y 1743.15, si una agencia de enfermería privada o un solicitante de una licencia ha sido previamente licenciada como agencia de atención médica domiciliaria, el departamento puede emitir una licencia provisional a la agencia de enfermería privada si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1743.13(a)(1)  La agencia y el solicitante de la licencia cumplen sustancialmente con los estándares especificados por este capítulo y las regulaciones adoptadas de conformidad con este capítulo.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1743.13(a)(2)  No existe ninguna violación de este capítulo o de las regulaciones adoptadas bajo este capítulo en la agencia que ponga en peligro la salud o seguridad de los pacientes.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1743.13(a)(3)  El solicitante ha adoptado un plan de corrección para cualquier violación existente que sea satisfactorio para el departamento.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.13(b)  Una licencia provisional emitida bajo esta sección expirará a más tardar seis meses después de la fecha de emisión, o en un momento anterior según lo determine el departamento en el momento de la emisión, y no podrá ser renovada.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743.13(c)  El departamento no aplicará criterios menos estrictos al otorgar una licencia provisional de conformidad con esta sección de los que aplica al otorgar una licencia permanente.

Section § 1743.15

Explanation

Esta ley explica cómo obtener una licencia para una agencia de enfermería privada en California. Si presenta una solicitud y cumple con las reglas, el departamento le otorgará una licencia. Los centros de salud que ya tienen un tipo de licencia específico no necesitan una nueva, pero aun así deben cumplir con todos los requisitos y pagar una tarifa. Su aprobación funciona como una licencia temporal que vence cada año, y puede ser denegada o revocada por las mismas razones que una licencia regular. Además, una agencia de enfermería privada podría obtener su licencia bajo las reglas para agencias de atención médica domiciliaria, con condiciones específicas. Por último, una agencia de atención médica domiciliaria con una licencia actual puede cambiarla por una licencia de enfermería privada solicitándolo, y el departamento debe emitir esta nueva licencia rápidamente si está al día.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.15(a)  Al presentar una solicitud de licencia de agencia de enfermería privada según lo dispuesto en, y al cumplir plenamente con, las disposiciones de este capítulo y las normas y reglamentos promulgados bajo este capítulo por el departamento, el departamento emitirá una licencia de agencia de enfermería privada al solicitante.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.15(b)  No obstante la subdivisión (a), cualquier centro de salud, según se define en la Sección 1250 que tenga licencia bajo el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 1250) no está obligado a obtener una licencia. Para que un centro de salud establezca, dirija o mantenga una agencia de enfermería privada, deberá cumplir con todas las disposiciones de este capítulo y ser aprobado por el departamento. La aprobación se considerará una licencia y no se extenderá más allá de la medianoche del 31 de diciembre de cada año calendario. La tarifa establecida en la Sección 1743.17 deberá pagarse antes de que se otorgue la aprobación. La aprobación podrá ser denegada o retirada por el departamento por los mismos motivos previstos para la denegación, suspensión o revocación de una licencia de agencia de enfermería privada. El departamento podrá tomar la misma medida contra cualquier agencia de enfermería privada de un centro de salud aprobado que la que podría tomar contra cualquier agencia de enfermería privada con licencia bajo este capítulo.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743.15(c)  Como alternativa a la subdivisión (a), el departamento podrá emitir una licencia a una agencia de enfermería privada que cumpla con los requisitos para una agencia de atención médica domiciliaria según lo dispuesto en la subdivisión (a) de la Sección 1728.7, incluida la acreditación, excepto que la solicitud y las tarifas se presentarán de conformidad con este capítulo. Si el departamento emite una licencia de conformidad con esta subdivisión, las subdivisiones (b), (c) y (d) de la Sección 1728.7, tal como se aplican a las agencias de atención médica domiciliaria, se aplicarán a las agencias de enfermería privada.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1743.15(d)  Una agencia de atención médica domiciliaria con licencia vigente podrá solicitar la conversión de esa licencia a una licencia de enfermería privada presentando una solicitud por escrito al departamento. Si la agencia de atención médica domiciliaria posee una licencia válida y está al día, el departamento emitirá una licencia de agencia de enfermería privada a ese solicitante dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud.

Section § 1743.17

Explanation
Al solicitar una licencia para operar una agencia de enfermería privada en California, debe pagar una tarifa del Programa de Licencias y Certificación. Esta tarifa se exige tanto para la oficina principal como para cualquier sucursal adicional que opere su agencia. Esta norma no se aplica a las solicitudes presentadas por entidades o funcionarios estatales. El monto de la tarifa sigue las pautas de otra sección, la 1266.

Section § 1743.19

Explanation
Esta ley establece que la licencia de una agencia de enfermería privada a domicilio en California es válida por 12 meses a partir de la fecha de su emisión. Para mantener la licencia activa, la agencia debe solicitar su renovación y pagar la tarifa requerida cada año. La renovación debe presentarse al menos 30 días antes de que la licencia expire. Si la agencia no renueva a tiempo, la licencia vencerá.

Section § 1743.2

Explanation
Esta sección define 'agencia de enfermería de servicio privado' como cualquier organización, ya sea privada o pública, que proporciona o gestiona servicios de enfermería de servicio privado. Estos servicios son atención de enfermería especializada proporcionada por enfermeros registrados o enfermeros vocacionales con licencia. Se brindan a pacientes que necesitan atención continua y pueden tener lugar en el hogar del paciente o en otro entorno comunitario, según las necesidades del paciente. Se requiere supervisión médica por parte de un profesional con licencia si se necesitan órdenes médicas.
(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.2(a)  “Agencia de enfermería de servicio privado” significa una organización privada o pública, incluyendo, entre otros, cualquier sociedad, corporación, subdivisión política del estado u otra agencia gubernamental dentro del estado, que proporciona, o gestiona la provisión de, servicios de enfermería de servicio privado, según se describe en la Sección 1743.3.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.2(b)  “Servicios de enfermería de servicio privado” significa servicios de enfermería especializada proporcionados por turnos para pacientes que requieren atención de enfermería individual y continua, y que cumplen con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1743.2(b)(1)  Son proporcionados por un enfermero/a registrado/a o un enfermero/a vocacional con licencia, excepto que cualquier persona aceptada para el servicio cuya atención requiera órdenes médicas estará bajo el cuidado de un médico, dentista, podólogo u otro profesional con licencia dentro de su ámbito de práctica.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1743.2(b)(2)  Son proporcionados al paciente en su lugar de residencia temporal o permanente u otro entorno comunitario e incluyen, una o ambas de las siguientes ubicaciones:
(A)CA Salud y Seguridad Code § 1743.2(b)(2)(A)  El hogar del paciente.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 1743.2(b)(2)(B)  Fuera del hogar del paciente, según lo requieran las actividades de la vida normal.

Section § 1743.21

Explanation

Esta ley exige que las agencias de enfermería privada a domicilio en California, que no están certificadas para participar en Medicare o Medicaid, sean inspeccionadas regularmente por representantes del estado. El propósito de estas inspecciones es asegurar que la agencia cumpla con las normas estatales y brinde atención de alta calidad según las órdenes del médico. Además, si una agencia no atiende a beneficiarios de Medicare, no necesita cumplir con las condiciones de participación específicas de Medicare.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.21(a) Toda agencia de enfermería privada a domicilio a la que se le haya emitido una licencia, excepto una instalación que esté certificada para participar ya sea en el programa de Medicare bajo el Título XVIII (42 U.S.C. Sec. 1395 et seq.) de la Ley federal del Seguro Social, o en el programa de Medicaid bajo el Título XIX (42 U.S.C. Sec. 1396 et seq.) de la Ley federal del Seguro Social, o en ambos, será inspeccionada periódicamente por un representante debidamente autorizado del departamento. Los informes de cada inspección serán preparados por el representante que la realice en formularios preparados y proporcionados por el departamento y presentados ante el departamento. Estas inspecciones tendrán como propósito asegurar que se cumplan las disposiciones de este capítulo y las normas y reglamentos del departamento. Se le indica al departamento que asegure, mediante estas inspecciones, que la agencia de enfermería privada a domicilio esté brindando atención de alta calidad a sus pacientes de acuerdo con las órdenes del médico del paciente.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.21(b) Nada en este capítulo se considerará que requiere que una agencia de enfermería privada a domicilio cumpla con las condiciones federales de participación de Medicare, si la agencia no está atendiendo a beneficiarios de Medicare.

Section § 1743.23

Explanation

Esta sección describe cómo el departamento a cargo debe regular las agencias de enfermería privada de manera similar a las agencias de atención médica domiciliaria. Se les exige usar las reglas actuales de las agencias de atención médica domiciliaria, pero pueden cambiar estas reglas más adelante según sea necesario para garantizar la salud y seguridad públicas. Esto incluye obtener recomendaciones de varios profesionales de la salud y cumplir con procedimientos gubernamentales específicos.

Para las agencias de enfermería privada, se aplican las mismas reglas sobre el manejo y transporte de dispositivos médicos que para las agencias de atención médica domiciliaria, particularmente en lo que respecta a los dispositivos que requieren una orden médica.

En general, el objetivo es que se apliquen los mismos tipos de regulaciones a ambos tipos de instalaciones, a menos que leyes específicas indiquen lo contrario.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.23(a)  El departamento aplicará sus regulaciones actuales que rigen las agencias de atención médica domiciliaria a las agencias de atención médica domiciliaria y a las agencias de enfermería privada y podrá posteriormente modificar, enmendar o rescindir reglas y regulaciones razonables para cumplir los propósitos de este capítulo, incluyendo la prohibición de conductas específicas, determinadas por el departamento como perjudiciales para la salud pública, la moral, el bienestar o la seguridad de la gente del Estado de California en el mantenimiento y operación de una agencia de servicios de enfermería privada para la cual se emite una licencia. Al adoptar, modificar, enmendar o rescindir las reglas y regulaciones, el departamento consultará con, y recibirá recomendaciones de, entre otros, médicos y cirujanos, farmacéuticos, enfermeras de salud pública y personas que representen a hospitales, agencias de atención médica domiciliaria y enfermería privada sin fines de lucro, agencias de atención médica domiciliaria y enfermería privada con fines de lucro, y condados cuyo departamento de salud u hospital tenga una agencia de atención médica domiciliaria o enfermería privada. El departamento también deberá cumplir con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.23(b)  El departamento aplicará las reglas y regulaciones actuales que rigen las agencias de atención médica domiciliaria con respecto a la compra, almacenamiento, suministro y transporte de dispositivos de leyenda para un paciente de una agencia de enfermería privada. Según se utiliza en esta subdivisión, “dispositivos de leyenda” significa cualquier dispositivo que lleve la etiqueta “Caución: la ley federal restringe la venta de este dispositivo a o por orden de un ____” o palabras de significado similar.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743.23(c)  Es la intención de la Legislatura que el departamento aplique las regulaciones actuales que rigen las agencias de atención médica domiciliaria a las instalaciones de enfermería privada que son similares a las que rigen las agencias de atención médica domiciliaria, incluyendo, pero no limitado a, aquellas regulaciones relacionadas con los servicios y el alcance y duración de los beneficios, excepto en la medida en que las regulaciones sean inconsistentes con la autoridad provista bajo, y las restricciones prescritas por, este capítulo.

Section § 1743.25

Explanation

Esta ley explica que el departamento puede denegar, suspender o retirar una licencia de enfermería de servicio privado por ciertas razones, como infringir leyes, ayudar a otros a infringir la ley o mentir en su solicitud de licencia. Si surge alguno de estos problemas, el departamento seguirá procedimientos específicos descritos en otra sección de la ley. Incluso si una licencia vence o el enfermero/a la entrega sin permiso, el departamento aún puede tomar medidas contra ellos, incluyendo medidas disciplinarias continuas, si tienen una buena razón legal.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(a) El departamento podrá denegar cualquier solicitud de, o suspender o revocar, cualquier licencia de enfermería de servicio privado expedida conforme a este capítulo por cualquiera de los siguientes motivos y de la manera prevista en este capítulo:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(a)(1) Violación por parte del titular de la licencia de cualquiera de las disposiciones de este capítulo o de cualquier otra ley de este estado o de las normas y reglamentos promulgados conforme a este capítulo.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(a)(2) Ayudar, instigar o permitir la comisión de cualquier acto ilegal.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(a)(3) Declaración falsa de un hecho material en la solicitud de una licencia.
(b)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(b)
(1)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(b)(1) Los procedimientos para la denegación, suspensión o revocación de licencias o la denegación o retirada de la aprobación conforme a este capítulo se llevarán a cabo de conformidad con la Sección 100171.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1743.25(b)(2) La suspensión, vencimiento o caducidad por ministerio de la ley de una licencia expedida por el departamento; su suspensión, caducidad o cancelación por orden del departamento o por orden de un tribunal de justicia; o su entrega sin el consentimiento por escrito del departamento, no privará al departamento de su autoridad para iniciar o continuar un procedimiento disciplinario contra el titular de la licencia por cualquier motivo previsto por la ley o para dictar una orden de suspensión o revocación de la licencia o para tomar cualquier otra medida disciplinaria contra el titular de la licencia por cualquier motivo previsto por la ley.

Section § 1743.27

Explanation

Esta sección explica cómo se puede recuperar una licencia que fue revocada o entregada. Si una licencia es retirada bajo las normas de este capítulo, puede ser devuelta siguiendo lo establecido en otra ley, la Sección 11522 del Código de Gobierno. Si alguien desea renunciar a su licencia, puede hacerlo con la aprobación del departamento para que esta sea suspendida o cancelada. Para recuperar una licencia suspendida o cancelada, la persona debe volver a solicitarla y cumplir con ciertas condiciones especificadas en la Sección 1743.7.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.27(a)  Cualquier licencia revocada conforme a este capítulo podrá ser restablecida conforme a la Sección 11522 del Código de Gobierno.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.27(b)  Cualquier titular de licencia podrá, con la aprobación del departamento, entregar su licencia para su suspensión o cancelación por parte del departamento. Cualquier licencia suspendida o cancelada conforme a esta sección podrá ser restablecida por el departamento al recibir una solicitud que demuestre el cumplimiento de los requisitos de la Sección 1743.7.

Section § 1743.29

Explanation
Esta ley establece que si usted pertenece a una iglesia o grupo religioso reconocido que cree en la curación a través de la oración o prácticas espirituales, las reglas de este capítulo no se aplican a usted cuando busca atención o tratamiento para una enfermedad de acuerdo con su religión.

Section § 1743.3

Explanation

Las agencias de enfermería privada en California deben seguir ciertas reglas. Necesitan crear un plan de tratamiento para cada paciente y mantener registros clínicos detallados. Las agencias deben realizar revisiones anuales de sus políticas de atención al paciente por un equipo profesional, incluyendo médicos y enfermeras registradas, y ajustar las políticas según sea necesario. Deben cumplir con todas las leyes federales, estatales y locales pertinentes. Además, deben establecer y revisar anualmente políticas relacionadas con el manejo de dispositivos médicos, lo cual requiere la supervisión de profesionales de la salud como médicos, farmacéuticos y enfermeras. Finalmente, deben cumplir con cualquier estándar adicional establecido por el departamento.

Cada agencia de enfermería privada que preste servicios deberá hacer todo lo siguiente:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.3(a)  Proporcionar un plan de tratamiento para los pacientes que reciben servicios de enfermería privada.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.3(b)  Mantener registros clínicos de todos los pacientes.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743.3(c)  Mantener políticas relativas a la prestación y supervisión de la atención al paciente que sean revisadas anualmente por un grupo de personal profesional que incluya un médico y cirujano y una enfermera registrada, y revisadas según sea necesario.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1743.3(d)  Cumplir con todos los requisitos federales, estatales y locales aplicables.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1743.3(e)  Mantener, y revisar según sea necesario, e implementar políticas relativas a la compra, almacenamiento, suministro y transporte de dispositivos de leyenda que sean revisadas anualmente por un grupo de personal profesional, incluyendo un médico y cirujano, un farmacéutico y una enfermera registrada. Tal como se utiliza en esta subdivisión, "dispositivos de leyenda" significa cualquier dispositivo que lleve la etiqueta "Precaución: la ley federal restringe la venta de este dispositivo a la venta por o bajo la orden de un ____" o palabras de significado similar.
(f)CA Salud y Seguridad Code § 1743.3(f)  Cumplir con otras normas, reglas y regulaciones adoptadas por el departamento para implementar este capítulo.

Section § 1743.31

Explanation

En términos sencillos, si alguien incumple las normas establecidas en este capítulo, puede ser acusado de un delito menor. Si se le declara culpable, podría ser multado con hasta $1,000, encarcelado por hasta 180 días, o ambas cosas.

Cualquier persona que infrinja cualquiera de las disposiciones de este capítulo, o de las normas y reglamentos promulgados bajo este capítulo, es culpable de un delito menor y, tras su condena, será castigada con una multa que no exceda de mil dólares ($1,000), con prisión en una cárcel del condado por un período que no exceda de 180 días, o con ambas, la multa y la prisión.

Section § 1743.33

Explanation
Esta ley permite al director presentar una demanda en el tribunal superior local para impedir que alguien infrinja, o planee infringir, la Sección 1743. No necesitan probar que otros recursos legales no funcionarán o que existe un daño irreparable. El proceso legal para esto sigue reglas específicas, pero con estas excepciones para el director.

Section § 1743.35

Explanation
Esta ley permite a los funcionarios, empleados o agentes del departamento entrar e inspeccionar las instalaciones, registros o archivos de una agencia de enfermería privada. Pueden hacerlo en cualquier momento razonable para asegurarse de que la agencia está siguiendo las reglas o para prevenir cualquier violación.

Section § 1743.37

Explanation

Esta ley exige que el fiscal de distrito de cada condado inicie y dirija el enjuiciamiento de cualquier violación de este capítulo, pero solo si el departamento o un representante autorizado lo solicita.

El fiscal de distrito de cada condado deberá, previa solicitud del departamento o de su representante autorizado, iniciar y llevar a cabo el enjuiciamiento de cualquier acción por violación dentro del condado del fiscal de distrito o de cualquier disposición de este capítulo.

Section § 1743.7

Explanation
Esta ley exige que cualquier persona que desee obtener una licencia para ciertas actividades relacionadas con la salud, como operar una agencia de enfermería privada, debe solicitarla al departamento estatal utilizando un formulario específico. El formulario incluirá la información necesaria que el departamento requiere para asegurar una regulación y aplicación adecuadas.

Section § 1743.9

Explanation

Para obtener una licencia para una agencia de enfermería privada, se deben cumplir varias condiciones. Primero, los solicitantes y las personas clave involucradas deben demostrar buena conducta moral y la capacidad de seguir las reglas. También deben presentar sus huellas dactilares para una verificación de antecedentes penales. Individuos específicos, como propietarios y administradores, son responsables de esto.

Antes de contratar a cierto personal, una instalación debe asegurarse de que sus antecedentes penales estén limpios, lo que significa verificar su historial criminal y confirmar que son adecuados para el puesto. Si a una persona se le niega una autorización de antecedentes, puede solicitar una copia de la información de su historial criminal.

Los solicitantes deben revelar cualquier condena o arresto anterior y confirmar que su información es precisa. Las declaraciones falsas pueden dar lugar a sanciones, incluida la denegación o revocación de la solicitud. Además, los solicitantes son responsables de los costos relacionados con la toma de huellas dactilares. Si hay una condena por delito grave o evidencia que sugiera inidoneidad, la licencia podría ser denegada, a menos que el individuo demuestre que ha sido rehabilitado.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a) Para calificar para una licencia de agencia de enfermería privada, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(1) Todo solicitante deberá cumplir las siguientes condiciones:
(A)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(1)(A) Ser de buena conducta moral. Si el solicitante es una empresa, asociación, organización, sociedad, fideicomiso mercantil, corporación o compañía, todos sus miembros directivos principales, y la persona a cargo de la agencia para la cual se solicita una licencia, deberán cumplir este requisito. Si el solicitante es una subdivisión política del estado u otra agencia gubernamental, la persona a cargo de la agencia para la cual se solicita una licencia deberá cumplir este requisito.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(1)(B) Poseer y demostrar la capacidad de cumplir con este capítulo y las normas y reglamentos adoptados bajo este capítulo por el departamento.
(C)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(1)(C) Presentar su solicitud de conformidad y en pleno cumplimiento con este capítulo.
(2)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(2)
(A)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(2)(A) Las siguientes personas deberán presentar al departamento una solicitud, y deberán presentar imágenes de huellas dactilares e información relacionada al Departamento de Justicia, para el suministro del historial criminal de la persona al departamento, a expensas de la persona según lo dispuesto en la subdivisión (b), con el propósito de una revisión de antecedentes penales:
(i)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(2)(A)(i) El propietario o propietarios de una agencia privada si los propietarios son individuos.
(ii)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(2)(A)(ii) Si el propietario de una agencia privada es una corporación, sociedad o asociación, cualquier persona que tenga un interés del 10 por ciento o más en dicha corporación, sociedad o asociación.
(iii)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(2)(A)(iii) El administrador de una agencia de enfermería privada.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(a)(3) Cuando se cumplan las condiciones establecidas en el párrafo (3) de la subdivisión (a) de la Sección 1265.5, el subpárrafo (A) del párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 1338.5, y el párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 1736.6, el programa de licencias y certificación emitirá una Carta para Todas las Instalaciones (AFL) informando a los titulares de licencias de instalaciones. Después de la emisión de la AFL, las instalaciones no permitirán que los administradores, directores de programas y funcionarios fiscales recién contratados tengan contacto directo con clientes o residentes de la instalación antes de la finalización de la autorización inicial de antecedentes. Una autorización de antecedentes penales se considerará completa cuando el departamento haya obtenido la respuesta de búsqueda de información de antecedentes penales del delincuente de la persona del Departamento de Justicia y haya determinado que la persona no está descalificada para participar en la actividad para la cual se requiere la autorización.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(b) No obstante cualquier otra disposición de la ley, el departamento podrá proporcionar a un individuo una copia de su respuesta de búsqueda de información de antecedentes penales a nivel estatal o federal, tal como la proporcionó el Departamento de Justicia a dicho departamento, si el departamento ha denegado una autorización de antecedentes penales basándose en esta información y el individuo presenta una solicitud por escrito al departamento para obtener una copia, especificando una dirección a la que debe enviarse. La respuesta de búsqueda de información de antecedentes penales a nivel estatal o federal no deberá ser modificada ni alterada en su forma o contenido tal como la proporcionó el Departamento de Justicia y deberá ser enviada a la dirección especificada por el individuo en su solicitud por escrito. El departamento conservará una copia de la solicitud por escrito del individuo y la respuesta y fecha proporcionadas.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(b)(4) Un solicitante y cualquier otra persona especificada en esta subdivisión, como parte del proceso de autorización de antecedentes, deberá proporcionar información sobre si la persona tiene condenas penales previas, ha tenido arrestos en los últimos 12 meses o tiene arrestos activos, y deberá certificar que, a su leal saber y entender, la información proporcionada es verdadera. Este requisito no tiene la intención de duplicar los requisitos existentes para las personas que deben presentar imágenes de huellas dactilares como parte de un proceso de autorización de antecedentes penales. Todo solicitante deberá proporcionar información sobre cualquier acción administrativa previa tomada en su contra por cualquier agencia gubernamental federal, estatal o local y deberá certificar que, a su leal saber y entender, la información proporcionada es verdadera. Un solicitante u otra persona que deba proporcionar información de conformidad con esta sección y que a sabiendas o voluntariamente haga declaraciones, representaciones u omisiones falsas podrá ser objeto de acciones administrativas, incluyendo, entre otras, la denegación de su solicitud o exención o la revocación de cualquier exención previamente concedida.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(c) Las personas especificadas en el párrafo (2) de la subdivisión (a) serán responsables de cualquier costo asociado con la captura o transmisión de las imágenes de huellas dactilares e información relacionada. La tarifa para cubrir los costos de procesamiento del Departamento de Justicia, sin incluir los costos asociados con la captura o transmisión de las imágenes electrónicas de huellas dactilares e información relacionada, no excederá los treinta y dos dólares ($32) por presentación.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1743.9(d) Si la revisión de antecedentes penales realizada de conformidad con el párrafo (2) de la subdivisión (a) revela una condena por un delito grave o cualquier delito que evidencie una incapacidad para proporcionar servicios de enfermería privada, la solicitud de licencia será denegada, o se prohibirá a la persona prestar servicio en la agencia de enfermería privada que solicita una licencia. Esta subdivisión no se aplicará para denegar una licencia o prohibir la prestación de servicio si la persona presenta pruebas satisfactorias al departamento de que ha sido rehabilitada y actualmente posee la buena conducta que justifica la emisión de la licencia o la prestación de servicio en la agencia de enfermería privada.