Section § 1568.15

Explanation

Esta ley describe las responsabilidades del Secretario de Servicios de Salud y Humanos de California en la gestión y coordinación de programas para personas con la enfermedad de Alzheimer y trastornos relacionados. Las funciones del Secretario incluyen proporcionar apoyo a nivel estatal a los programas pertinentes, formar un comité asesor sobre la enfermedad de Alzheimer y revisar las recomendaciones de informes anteriores y planes estatales, con la aportación de los departamentos estatales y el comité asesor.

El Secretario de Servicios de Salud y Humanos de California será responsable de la supervisión y coordinación de los programas que atienden a personas que viven con la enfermedad de Alzheimer y trastornos relacionados y a sus familias. Esta responsabilidad incluirá, entre otros:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 1568.15(a) Apoyo y asistencia a nivel estatal a todos los programas dentro de la Agencia de Servicios de Salud y Humanos y los departamentos miembros desarrollados para esta población objetivo.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1568.15(b) Establecimiento del Comité Asesor sobre la Enfermedad de Alzheimer y Trastornos Relacionados de conformidad con la Sección 1568.17.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1568.15(c) Revisión de las recomendaciones contenidas en el Informe del Grupo de Trabajo sobre la Enfermedad de Alzheimer de California de 1987 y planes estatales subsiguientes, en consulta con los departamentos estatales apropiados y el Comité Asesor sobre la Enfermedad de Alzheimer y Trastornos Relacionados.

Section § 1568.17

Explanation

La Agencia de Salud y Servicios Humanos de California debe formar un Comité Asesor sobre la Enfermedad de Alzheimer y Afecciones Relacionadas. Este comité tendrá entre 17 y 21 miembros de diversos campos como la investigación médica y social, la salud conductual y organizaciones centradas en el Alzheimer, entre otros. También se incluyen familiares y personas diagnosticadas con Alzheimer. Los miembros sirven a discreción del secretario de la agencia y no reciben pago, pero se les reembolsan los gastos de viaje.

El comité asesora sobre las necesidades y políticas del programa relacionadas con la enfermedad de Alzheimer, revisa las prácticas estatales y sugiere mejoras, centrándose en comunidades diversas. Consideran factores como el apoyo comunitario, las opciones de cuidado, la gestión de la salud pública y la concienciación. El comité se reúne trimestralmente y colabora con diversas partes interesadas, incluidas las personas afectadas por el Alzheimer, los profesionales de la salud y los representantes de comunidades diversas. Las reuniones están abiertas al público con aviso adecuado.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a) La Agencia de Salud y Servicios Humanos de California establecerá un Comité Asesor sobre la Enfermedad de Alzheimer y Afecciones Relacionadas que represente la diversidad de California y que estará compuesto por al menos 17, pero no más de 21, miembros, que incluirá, entre otros, a todos los siguientes:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(1) Uno que represente el campo de la investigación médica académica.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(2) Uno que represente el campo de la investigación social.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(3) Uno que represente el campo de la salud conductual.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(4) Uno que represente a organizaciones que brindan servicios de cuidado diurno para adultos enfocados en personas que viven con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas.
(5)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(5) Uno que represente a los Centros de la Enfermedad de Alzheimer de California.
(6)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(6) Dos que representen a familias de personas directamente afectadas por la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas.
(7)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(7) Dos que representen a organizaciones que brindan servicios a personas que viven con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas.
(8)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(8) Uno que represente a una organización de consumidores que represente a personas con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas.
(9)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(9) Uno que represente a un miembro del Colegio de Abogados del Estado que esté familiarizado con los problemas legales que enfrentan las personas que viven con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas y sus familias.
(10)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(10) Dos personas a quienes se les haya diagnosticado la enfermedad de Alzheimer o una afección relacionada.
(11)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(11) El Director Ejecutivo de la Comisión de Envejecimiento de California o la persona designada por el director.
(12)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(12) El Secretario de Salud y Servicios Humanos de California o su designado.
(13)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(13) Dos miembros ex officio, sin derecho a voto, que consistirán en un Senador designado por el Comité de Reglas del Senado y un Miembro de la Asamblea designado por el Presidente de la Asamblea. Estos miembros participarán en las actividades del comité en la medida en que su participación no sea incompatible con sus respectivas posiciones como Miembros de la Legislatura.
(14)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(a)(14) Hasta cuatro miembros adicionales seleccionados por el Secretario de Salud y Servicios Humanos de California.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(b) Los miembros descritos en los párrafos (1) a (11), ambos inclusive, y el párrafo (14), de la subdivisión (a) servirán a discreción del Secretario de Salud y Servicios Humanos de California. Los miembros descritos en el párrafo (13) de la subdivisión (a) servirán a discreción de su autoridad nominadora. El secretario de la agencia podrá establecer mandatos fijos para la membresía del comité asesor. Para fines de continuidad, esos mandatos serán escalonados.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(c) Los miembros servirán sin compensación, pero recibirán reembolso por los gastos de viaje y otros gastos necesarios realmente incurridos en el desempeño de sus funciones oficiales.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(d) El Comité Asesor sobre la Enfermedad de Alzheimer y Afecciones Relacionadas realizará todo lo siguiente:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(d)(1) Proporcionar asesoramiento y asistencia continuos a la administración y a la Legislatura en cuanto a las necesidades y prioridades del programa de la población objetivo.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(d)(2) Proporcionar apoyo de planificación a la administración y a la Legislatura mediante el seguimiento, la supervisión y la consideración de las recomendaciones formuladas en el informe final del Grupo de Trabajo del Gobernador sobre la Prevención y Preparación de la Enfermedad de Alzheimer, y el Plan Maestro de California para el Envejecimiento, además de otros planes e informes estatales, incluido el Plan Estatal de California para la Enfermedad de Alzheimer, según sea necesario.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(d)(3) Nombrar un presidente y un vicepresidente.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(d)(4) Reunirse trimestralmente.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e) El Comité Asesor sobre la Enfermedad de Alzheimer y Afecciones Relacionadas realizará todo lo siguiente al formular recomendaciones de políticas y planes:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(1) Consultar con una amplia gama de partes interesadas, incluyendo, entre otros, a personas diagnosticadas con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas, familiares o cuidadores informales, proveedores comunitarios e institucionales, investigadores y académicos de la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas, la fuerza laboral de atención directa, la Asociación de Alzheimer, la Comisión de Envejecimiento de California y otras entidades estatales.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(2) Considerar los factores culturales y lingüísticos que afectan a las personas con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas y a sus familias que provienen de comunidades diversas.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(3) Revisar las políticas y prácticas estatales actuales relativas al cuidado y tratamiento relacionados con la enfermedad de Alzheimer y otras afecciones relacionadas, así como la reducción de riesgos, y desarrollar recomendaciones sobre todos los siguientes temas:
(A)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(3)(A) Apoyo comunitario para las personas racial, étnica, cultural y lingüísticamente diversas de California que viven con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas y sus familiares o cuidadores informales.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(3)(B) Opciones de cuidado y residencia para personas con la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas y sus familias.
(C)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(3)(C) Un enfoque integrado de gestión de la atención de salud pública para la enfermedad de Alzheimer o afecciones relacionadas en entornos de atención médica que haga pleno uso de las prácticas de cuidado de la demencia.
(D)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(3)(D) La capacitación y competencia en demencia de los profesionales de la salud.
(E)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(e)(3)(E) Reducción de riesgos, identificación temprana e intervención mediante el aumento de la conciencia pública sobre la enfermedad de Alzheimer y afecciones relacionadas, así como la salud cerebral.
(f)CA Salud y Seguridad Code § 1568.17(f) Todas las reuniones del comité asesor, y de cualquier subcomité del mismo, estarán abiertas al público y se proporcionará un aviso adecuado de conformidad con el Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.