Los hospitales y otros proveedores no están obligados a publicar, enviar, entregar o proporcionar de cualquier otra manera la declaración descrita en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 1363.02, el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 10604.1 del Código de Seguros, o el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 14016.8 del Código de Bienestar y de Instituciones.
Chapter 2.15
Section § 1339.80
Esta ley establece que los hospitales y otros proveedores de atención médica no están obligados a proporcionar declaraciones de información específicas mencionadas en ciertas secciones de otras leyes relacionadas.
hospitales proveedores de atención médica declaraciones de información Código de Seguros Código de Bienestar y de Instituciones obligaciones del proveedor 1363.02 10604.1 14016.8 requisitos de notificación de declaración exención de proporcionar declaraciones información del paciente cumplimiento de la atención médica exención de obligación legal regulaciones de salud de California
Section § 1339.81
Esta ley define el término "proveedor" para los fines de este capítulo. Un "proveedor" puede ser un profesional con licencia, una organización, un centro de salud o cualquier persona o institución autorizada por el estado para prestar servicios de atención médica.
Para los fines de este capítulo, “proveedor” significa cualquier persona profesional, organización, centro de salud u otra persona o institución con licencia del estado para prestar o proporcionar servicios de atención médica.
proveedor de atención médica profesional con licencia centro de salud servicios de atención médica autorización estatal institución de cuidado organización médica prestación de cuidados provisión de servicios profesional de la salud definición de proveedor de servicios centro de salud con licencia licencia de proveedor de cuidados proveedor de servicios médicos proveedor de cuidados con licencia estatal