Section § 1248

Explanation

Esta ley define términos clave utilizados en un capítulo relacionado con los centros de atención médica ambulatoria. Explica que “División” se refiere a la Junta Médica de California. Un “centro ambulatorio” es cualquier instalación de atención médica fuera de un hospital de cuidados intensivos generales donde se realizan ciertas prácticas de anestesia, lo que podría poner a los pacientes en riesgo de perder los reflejos protectores. Incluye las instalaciones de fertilización in vitro, pero excluye los entornos que utilizan medicamentos suaves como los ansiolíticos, a menos que presenten riesgos similares. Una “agencia de acreditación” es un organismo aprobado para certificar estos centros ambulatorios.

A los efectos de este capítulo, se aplicarán las siguientes definiciones:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248(a) “División” significa la Junta Médica de California. Todas las referencias en este capítulo a la división, la División de Licencias de la Junta Médica de California, o la División de Calidad Médica se considerarán referencias a la Junta Médica de California de conformidad con la Sección 2002 del Código de Negocios y Profesiones.
(b)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248(b)
(1)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248(b)(1) “Centro ambulatorio” significa cualquier instalación, clínica, clínica sin licencia, centro, consultorio u otro entorno que no forme parte de una instalación de atención general de cuidados intensivos, según se define en la Sección 1250, y donde se utiliza anestesia, excepto anestesia local o bloqueos de nervios periféricos, o ambos, en cumplimiento con el estándar de práctica de la comunidad, en dosis que, al ser administradas, tienen la probabilidad de poner a un paciente en riesgo de perder los reflejos protectores que preservan la vida del paciente.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248(b)(2) “Centro ambulatorio” también significa instalaciones que ofrecen fertilización in vitro, según se define en el apartado (b) de la Sección 1374.55.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248(b)(3) “Centro ambulatorio” no incluye, entre otros entornos, ningún entorno donde se administran ansiolíticos y analgésicos, cuando se hace en cumplimiento con el estándar de práctica de la comunidad, en dosis que no tienen la probabilidad de poner al paciente en riesgo de perder los reflejos protectores que preservan la vida del paciente.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248(c) “Agencia de acreditación” significa una organización pública o privada que está aprobada para emitir certificados de acreditación a centros ambulatorios por la junta de conformidad con las Secciones 1248.15 y 1248.4.

Section § 1248.1

Explanation

En California, no se puede operar o gestionar un centro médico ambulatorio a menos que cumpla con una de estas categorías: Es un centro de cirugía ambulatoria certificado por Medicare, una clínica de una tribu indígena reconocida federalmente en tierras tribales, una clínica administrada por el gobierno de EE. UU., una clínica de atención primaria o quirúrgica con licencia, un hospital de cuidados agudos generales, un espacio utilizado por dentistas o médicos que cumplen con códigos profesionales específicos, un centro de atención ambulatoria acreditado, o una unidad móvil que trata a pacientes de instalaciones con licencia específicas. Aun así, debe cumplir con otras leyes aplicables, independientemente de esta sección.

Ninguna asociación, corporación, empresa, sociedad o persona operará, gestionará, dirigirá o mantendrá un centro de atención ambulatoria en este estado, a menos que el centro sea uno de los siguientes:
(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(a) Un centro quirúrgico ambulatorio que esté certificado para participar en el programa de Medicare conforme al Título XVIII (42 U.S.C. Sec. 1395 et seq.) de la Ley federal del Seguro Social.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(b) Cualquier clínica dirigida, mantenida u operada por una tribu indígena reconocida federalmente o una organización tribal, según se define en la Sección 450 o 1601 del Título 25 del Código de los Estados Unidos, y ubicada en tierras reconocidas como tierras tribales por el gobierno federal.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(c) Cualquier clínica directamente dirigida, mantenida u operada por los Estados Unidos o por cualquiera de sus departamentos, funcionarios o agencias.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(d) Cualquier clínica de atención primaria con licencia conforme a la subdivisión (a) y cualquier clínica quirúrgica con licencia conforme a la subdivisión (b) de la Sección 1204.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(e) Cualquier centro de salud con licencia como hospital de cuidados agudos generales conforme al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 1250).
(f)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(f) Cualquier centro de atención ambulatoria en la medida en que sea utilizado por un dentista o médico y cirujano en cumplimiento con el Artículo 2.7 (que comienza con la Sección 1646) o el Artículo 2.8 (que comienza con la Sección 1647) del Capítulo 4 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones.
(g)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(g) Un centro de atención ambulatoria acreditado por una agencia de acreditación aprobada por la división conforme a este capítulo.
(h)CA Salud y Seguridad Code § 1248.1(h) Un centro, incluyendo, entre otros, una furgoneta móvil, en el que se utiliza equipo para tratar a pacientes ingresados en un centro descrito en la subdivisión (a), (d) o (e), y en el que los procedimientos realizados son atendidos por el personal médico de, u otros profesionales de la salud con privilegios clínicos en, el centro y están sujetos al proceso de revisión por pares del centro, pero dicho centro no forma parte de un centro descrito en la subdivisión (a), (d) o (e).
Nada en esta sección eximirá a una asociación, corporación, empresa, sociedad o persona de cumplir con todas las demás disposiciones de la ley que sean aplicables.

Section § 1248.15

Explanation

Esta ley exige que la junta establezca estándares para acreditar los centros médicos ambulatorios, garantizando la seguridad y la calidad de la atención. Los estándares clave incluyen que el personal tenga las licencias adecuadas, la preparación para emergencias y sistemas para el cuidado del paciente y el mantenimiento de registros.

Las instalaciones deben tener planes para transferir pacientes a hospitales en emergencias, cooperar con las revisiones por pares y evaluar periódicamente los privilegios clínicos. Deben exhibir visiblemente los certificados de acreditación y las instrucciones para quejas, y establecer criterios para el alta del paciente.

Debe haber al menos dos miembros del personal calificados presentes cuando haya pacientes. La junta también puede establecer estándares adicionales, especialmente para la fertilización in vitro. Las agencias de acreditación deben investigar los antecedentes de los centros ambulatorios y de sus médicos propietarios para identificar cualquier problema de acreditación anterior.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a) La junta adoptará estándares para la acreditación y, al aprobar agencias de acreditación para realizar la acreditación de entornos ambulatorios, garantizará que el programa de certificación incluya, como mínimo, estándares para los siguientes aspectos de las operaciones de los entornos:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(1) El personal de salud auxiliar de los entornos ambulatorios deberá tener licencia o certificación en la medida requerida por la ley estatal o federal.
(2)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)
(A)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A) Los entornos ambulatorios deberán contar con un sistema para la seguridad de las instalaciones y los requisitos de capacitación para emergencias.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(B) Deberá haber equipo, medicamentos y personal capacitado en el lugar para facilitar el manejo de los servicios solicitados o proporcionados y para facilitar el manejo de cualquier emergencia médica que pueda surgir en relación con los servicios solicitados o proporcionados.
(C)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(C) Para que los procedimientos se realicen en un entorno ambulatorio según se define en la Sección 1248, el entorno ambulatorio deberá hacer una de las siguientes cosas:
(i)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(C)(i) Tener un acuerdo de transferencia por escrito con un hospital local de cuidados agudos acreditado o con licencia, aprobado por el personal médico de la instalación.
(ii)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(C)(ii) Permitir la cirugía solo por un titular de licencia que tenga privilegios de admisión en un hospital local de cuidados agudos acreditado o con licencia, con la excepción de que los titulares de licencia a quienes se les pueda impedir tener privilegios de admisión por su clasificación profesional u otras limitaciones administrativas, deberán tener un acuerdo de transferencia por escrito con titulares de licencia que tengan privilegios de admisión en hospitales locales de cuidados agudos acreditados o con licencia.
(iii)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(C)(iii) Presentar para aprobación por una agencia de acreditación un plan de procedimiento detallado para el manejo de emergencias médicas que será revisado en el momento de la acreditación. Ningún plan razonable será desaprobado por la agencia de acreditación.
(D)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(D) El entorno ambulatorio deberá presentar para aprobación por una agencia de acreditación en el momento de la acreditación un plan detallado, procedimientos estandarizados y protocolos a seguir en caso de complicaciones graves o efectos secundarios de la cirugía que pondrían a un paciente en alto riesgo de lesión o daño, o para regir situaciones de atención de emergencia y urgencia. El plan deberá incluir, como mínimo, que si un paciente es transferido a un hospital local de cuidados agudos acreditado o con licencia, el entorno ambulatorio deberá hacer todo lo siguiente:
(i)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(D)(i) Notificar a la persona designada por el paciente para ser notificada en caso de una emergencia.
(ii)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(D)(ii) Asegurar que el modo de transferencia sea consistente con la condición médica del paciente.
(iii)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(D)(iii) Asegurar que toda la información clínica relevante esté documentada y acompañe al paciente en el momento de la transferencia.
(iv)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(D)(iv) Continuar brindando atención adecuada al paciente hasta que se efectúe la transferencia.
(E)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(2)(A)(E) Todos los médicos y cirujanos que transfieran pacientes desde un entorno ambulatorio deberán aceptar cooperar con el proceso de revisión por pares del personal médico sobre el caso transferido, cuyos resultados serán remitidos al entorno ambulatorio, si el comité de revisión por pares del personal médico lo considera apropiado. Si el personal médico del centro de cuidados agudos determina que se brindó atención inapropiada en el entorno ambulatorio, el resultado de la revisión por pares del centro de cuidados agudos se informará, según corresponda, al organismo acreditador o de acuerdo con la ley existente.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(3) El entorno ambulatorio permitirá la cirugía por un dentista que actúe dentro de su ámbito de práctica según el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 1600) de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones o por un médico y cirujano, médico y cirujano osteópata, o podólogo que actúe dentro de su ámbito de práctica según el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 2000) de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones o la Ley de Iniciativa Osteopática. El entorno ambulatorio podrá, a su discreción, permitir el servicio de anestesia por un enfermero anestesista registrado certificado que actúe dentro de su ámbito de práctica según el Artículo 7 (que comienza con la Sección 2825) del Capítulo 6 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(4) Los entornos ambulatorios deberán contar con un sistema para el mantenimiento de registros clínicos.
(5)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(5) Los entornos ambulatorios deberán contar con un sistema para los procedimientos de atención y monitoreo del paciente.
(6)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(6)
(A)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(6)(A) Los entornos ambulatorios deberán contar con un sistema para la evaluación y mejora de la calidad.
(B)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(6)(A)(B)
(i)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(6)(A)(B)(i) Los miembros del personal médico y otros profesionales a quienes se les otorgan privilegios clínicos deberán estar profesionalmente calificados y debidamente acreditados para el desempeño de los privilegios otorgados. El entorno ambulatorio otorgará privilegios de acuerdo con las recomendaciones de profesionales de la salud calificados y los estándares de credencialización establecidos por el entorno ambulatorio.
(ii)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(6)(A)(B)(i)(ii) Cada titular de licencia que realice procedimientos en un entorno ambulatorio que requiera que el entorno ambulatorio esté acreditado deberá ser, al menos cada dos años, sometido a revisión por pares, lo cual será un proceso en el que se revisan las cualificaciones básicas, los privilegios del personal, el empleo, los resultados médicos o la conducta profesional de un titular de licencia para hacer recomendaciones para la mejora de la calidad y la educación, si es necesario, incluso cuando el entorno ambulatorio tenga solo un titular de licencia. La revisión por pares será realizada por titulares de licencia que estén calificados por educación y experiencia para realizar los mismos tipos de procedimientos, o similares. Los hallazgos de la revisión por pares se informarán al órgano de gobierno, que determinará si el titular de licencia continúa cumpliendo con los requisitos descritos en la cláusula (i). El proceso que resultó en los hallazgos de la revisión por pares será revisado por la agencia de acreditación en la próxima inspección para determinar si el entorno ambulatorio cumple con los estándares de acreditación aplicables de conformidad con esta sección.
(C)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(6)(A)(C) Los privilegios clínicos serán reevaluados periódicamente por el entorno ambulatorio. El alcance de los procedimientos realizados en el entorno ambulatorio será revisado y modificado periódicamente según corresponda.
(7)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(7) Los entornos ambulatorios regulados por este capítulo que tengan múltiples ubicaciones de servicio deberán tener todos los sitios inspeccionados.
(8)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(8) Los entornos ambulatorios deberán exhibir el certificado de acreditación en un lugar fácilmente visible para pacientes y personal.
(9)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(9) Los entornos ambulatorios deberán exhibir el nombre y número de teléfono de la agencia de acreditación con instrucciones sobre la presentación de quejas en un lugar fácilmente visible para pacientes y personal.
(10)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(a)(10) Los entornos ambulatorios deberán tener criterios de alta por escrito.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(b) Los entornos ambulatorios deberán tener un mínimo de dos personas de personal en las instalaciones, una de las cuales deberá ser un médico y cirujano con licencia o un profesional de la salud con licencia con certificación actual en soporte vital cardíaco avanzado (ACLS), siempre que haya un paciente presente que no haya sido dado de alta de la atención supervisada. La transferencia a un entorno sin licencia de un paciente que no cumpla con los criterios de alta adoptados de conformidad con el párrafo (10) de la subdivisión (a) constituirá conducta profesional inapropiada.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(c) Una agencia de acreditación podrá incluir estándares adicionales en su determinación para acreditar entornos ambulatorios si estos son aprobados por la junta para proteger la salud y seguridad públicas.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(d) Ningún estándar de acreditación adoptado o aprobado por la junta, y ningún estándar incluido en ningún programa de certificación de ninguna agencia de acreditación aprobado por la junta, servirá para limitar la capacidad de cualquier profesional de la salud auxiliar para proporcionar servicios dentro de su ámbito completo de práctica. No obstante esta o cualquier otra disposición de la ley, cada entorno ambulatorio podrá limitar los privilegios, o determinar los privilegios, dentro del ámbito de práctica apropiado, que se otorgarán a los médicos y profesionales de la salud auxiliar que practican en la instalación, de acuerdo con los estándares de credencialización establecidos por el entorno ambulatorio en cumplimiento con este capítulo. Los privilegios no podrán ser restringidos arbitrariamente basándose en la categoría de licencia.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(e) La junta adoptará los estándares que considere necesarios para los entornos ambulatorios que ofrecen fertilización in vitro.
(f)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(f) La junta podrá adoptar las regulaciones que considere necesarias para especificar los procedimientos que deben realizarse en un entorno ambulatorio acreditado para instalaciones o clínicas que estén fuera de la definición de entorno ambulatorio según se especifica en la Sección 1248.
(g)CA Salud y Seguridad Code § 1248.15(g) Como parte del proceso de acreditación, la agencia acreditadora deberá realizar una investigación razonable del historial previo del entorno ambulatorio, incluyendo a todos los médicos y cirujanos con licencia que tengan un interés de propiedad en el mismo, para determinar si se han emitido decisiones de acreditación adversas en su contra. Para los fines de esta sección, “realizar una investigación razonable” significa consultar a la Junta Médica de California y a la Junta Médica Osteopática de California para determinar si el entorno ambulatorio, o si sus propietarios son médicos y cirujanos con licencia, si esos médicos y cirujanos han sido objeto de una decisión de acreditación adversa.

Section § 1248.2

Explanation

Si un centro médico ambulatorio desea ser reconocido oficialmente por cumplir con ciertos estándares de calidad, puede solicitar un certificado a una agencia de acreditación. Este certificado se basa únicamente en si cumplen con los estándares aprobados.

La junta mantendrá una lista actualizada de estos centros acreditados, hará pública esta lista en su sitio web y mostrará si el estado de un centro cambia, como la pérdida de la acreditación o una amonestación.

La lista también proporcionará detalles como el nombre y la dirección del centro, información del propietario, la agencia de acreditación y las fechas de acreditación. Las agencias responsables de la acreditación deben mantener a la junta informada sobre el estado de estos centros.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(a) Cualquier centro ambulatorio puede solicitar a una agencia de acreditación un certificado de acreditación. La acreditación será emitida por la agencia de acreditación únicamente sobre la base del cumplimiento de sus estándares según lo aprobado por la junta conforme a este capítulo.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(b) La junta obtendrá y mantendrá una lista de centros ambulatorios acreditados a partir de la información proporcionada por las agencias de acreditación aprobadas por la junta, y notificará al público, publicando la información en su sitio web de Internet, si un centro ambulatorio está acreditado o si la acreditación del centro ha sido revocada, suspendida o puesta en período de prueba, o si el centro ha recibido una amonestación por parte de la agencia de acreditación.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(c) La lista de centros ambulatorios incluirá todo lo siguiente:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(c)(1) Nombre, dirección y número de teléfono de cualquier propietario, y sus números de licencia médica.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(c)(2) Nombre y dirección de la instalación.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(c)(3) El nombre y número de teléfono de la agencia de acreditación.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(c)(4) Las fechas de vigencia y vencimiento de la acreditación.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1248.2(d) Las agencias de acreditación aprobadas por la junta notificarán a la junta y la mantendrán informada sobre todos los centros ambulatorios que estén acreditados.

Section § 1248.25

Explanation
Si un centro médico ambulatorio no cumple con los estándares aprobados, no será acreditado y se le informará al centro el motivo. Pueden volver a solicitarla en cualquier momento después. La agencia de acreditación debe informar a la junta dentro de los tres días hábiles si se deniega la acreditación del centro.

Section § 1248.3

Explanation

Esta ley establece las reglas para la acreditación de centros ambulatorios por parte de agencias de acreditación. Primero, los certificados de acreditación son válidos por un máximo de tres años. Si hay un cambio importante, como una fusión o un cambio de nombre, el centro ambulatorio debe informar a la agencia de acreditación en un plazo de 30 días.

Además, aunque las agencias de acreditación recopilan información sobre pacientes, médicos o las instalaciones durante sus evaluaciones, generalmente no pueden compartirla ni usarla en los tribunales, excepto en circunstancias específicas como disputas de acreditación. Sin embargo, pueden optar por compartir información con el centro ambulatorio si es necesario.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.3(a)  Los certificados de acreditación emitidos a entornos ambulatorios por una agencia de acreditación serán válidos por no más de tres años.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.3(b)  El entorno ambulatorio deberá notificar a la agencia de acreditación dentro de los 30 días siguientes a cualquier cambio significativo en la propiedad, incluyendo, entre otros, una fusión, cambio en el interés mayoritario, consolidación, cambio de nombre, cambio en el alcance de los servicios, servicios adicionales o cambio de ubicación.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.3(c)  Excepto por las divulgaciones a la división o a la División de Calidad Médica bajo este capítulo, una agencia de acreditación no divulgará información obtenida en el desempeño de las actividades de acreditación bajo este capítulo que identifique individualmente a pacientes, profesionales médicos individuales o entornos ambulatorios. Ni los procedimientos ni los registros de una agencia de acreditación, ni los procedimientos y registros de un entorno ambulatorio relacionados con el desempeño de actividades de garantía de calidad o acreditación bajo este capítulo, estarán sujetos a descubrimiento, ni los registros o procedimientos serán admisibles en un tribunal de justicia. La prohibición relativa al descubrimiento y la admisibilidad de registros y procedimientos no se aplica a ningún entorno ambulatorio que solicite acreditación en caso de que se esté impugnando la denegación o revocación de la acreditación de dicho entorno ambulatorio. Nada en esta sección prohibirá que la agencia de acreditación realice divulgaciones discrecionales de información a un entorno ambulatorio relacionada con la acreditación de dicho entorno ambulatorio.

Section § 1248.35

Explanation

Esta ley describe los procedimientos de inspección y acreditación para los centros médicos ambulatorios. Los centros acreditados deben ser inspeccionados por su agencia de acreditación y también pueden ser inspeccionados por la Junta Médica de California. Las inspecciones se realizan al menos cada tres años y pueden ser sin previo aviso después de la inspección inicial. Si un centro no cumple con los estándares requeridos, se deben tomar medidas correctivas, y el incumplimiento puede llevar a amonestaciones o a la suspensión/revocación de la acreditación. La agencia de acreditación debe notificar a las juntas y agencias pertinentes si hay problemas, y en casos de riesgo inmediato, las inspecciones deben realizarse rápidamente.

Si se revoca o deniega la acreditación, esto debe comunicarse a otras agencias de acreditación, y el centro puede volver a solicitarla. Si se revoca la acreditación de un centro, este debe dejar de realizar procedimientos específicos y mostrar este cambio de manera destacada. Todos los informes de inspección y las acciones correctivas deben ser de acceso público, y la junta puede tomar medidas adicionales si es necesario.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(a) Todo centro de atención ambulatoria acreditado será inspeccionado por la agencia de acreditación y también podrá ser inspeccionado por la Junta Médica de California. La Junta Médica de California garantizará que las agencias de acreditación inspeccionen los centros de atención ambulatoria.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(b) Salvo que se especifique lo contrario, los siguientes requisitos se aplican a las inspecciones descritas en el apartado (a).
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(b)(1) La frecuencia de la inspección dependerá del tipo y la complejidad del centro de atención ambulatoria a inspeccionar.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(b)(2) Las inspecciones serán realizadas no menos de una vez cada tres años por la agencia de acreditación y con la frecuencia necesaria por la Junta Médica de California para garantizar la calidad de la atención proporcionada. Después de la inspección inicial para la acreditación, las inspecciones posteriores podrán ser sin previo aviso. Para las inspecciones rutinarias sin previo aviso, la agencia de acreditación notificará al centro de atención ambulatoria que la inspección se realizará dentro de los 60 días.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(b)(3) La Junta Médica de California o la agencia de acreditación podrán entrar e inspeccionar cualquier centro de atención ambulatoria que esté acreditado por una agencia de acreditación en cualquier momento razonable para asegurar el cumplimiento de, o investigar una presunta violación de, cualquier estándar de la agencia de acreditación o cualquier disposición de este capítulo.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(c) Si una agencia de acreditación determina, como resultado de su inspección, que un centro de atención ambulatoria no cumple con los estándares bajo los cuales fue aprobado, la agencia de acreditación podrá hacer cualquiera de lo siguiente:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(c)(1) Exigir la corrección de cualquier deficiencia identificada dentro de un plazo establecido. El incumplimiento resultará en que la agencia de acreditación emita una amonestación o suspenda o revoque la acreditación del centro de atención ambulatoria.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(c)(2) Emitir una amonestación.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(c)(3) Poner al centro de atención ambulatoria en período de prueba, durante el cual el centro deberá instituir y completar con éxito un plan de corrección, aprobado por la junta o la agencia de acreditación, para corregir las deficiencias.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(c)(4) Suspender o revocar la certificación de acreditación del centro de atención ambulatoria.
(d)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(d)
(1)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(d)(1) Salvo que se disponga lo contrario en este apartado, antes de suspender o revocar un certificado de acreditación bajo este capítulo, la agencia de acreditación deberá notificar al centro de atención ambulatoria sobre cualquier deficiencia y el centro de atención ambulatoria deberá acordar con la agencia de acreditación un plan de corrección que le otorgará un tiempo razonable para proporcionar información que demuestre el cumplimiento de los estándares de la agencia de acreditación de conformidad con este capítulo, así como la oportunidad de una audiencia sobre el asunto a solicitud del centro de atención ambulatoria. Durante el tiempo asignado para corregir las deficiencias, el plan de corrección, que incluye las deficiencias, deberá ser publicado de manera visible por el centro de atención ambulatoria en un lugar accesible a la vista del público. Dentro de los 10 días posteriores a la adopción del plan de corrección, la agencia de acreditación enviará una lista de deficiencias y la acción correctiva a tomar a la junta y a la Junta Estatal de Farmacia de California si un centro de atención ambulatoria tiene licencia de conformidad con el Artículo 14 (que comienza con la Sección 4190) del Capítulo 9 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones. La agencia de acreditación podrá suspender inmediatamente el certificado de acreditación antes de proporcionar aviso y una oportunidad de ser escuchado, pero solo cuando la falta de acción pueda resultar en un peligro inminente para la salud de un individuo. En tales casos, la agencia de acreditación deberá proporcionar aviso posterior y una oportunidad de ser escuchado.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(d)(2) Si un centro de atención ambulatoria no cumple con una acción correctiva dentro de un plazo especificado por la agencia de acreditación, la agencia de acreditación emitirá una amonestación y podrá poner al centro de atención ambulatoria en período de prueba o suspender o revocar la acreditación del centro de atención ambulatoria, y notificará a la junta de su acción. Esta sección no se considerará que prohíbe a un centro de atención ambulatoria que no pueda corregir las deficiencias, según lo especificado en el plan de corrección, por razones fuera de su control, de renunciar voluntariamente a su acreditación antes del inicio de cualquier procedimiento de suspensión o revocación.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(e) La agencia de acreditación deberá, dentro de las 24 horas, informar a la junta si el centro de atención ambulatoria ha recibido una amonestación o si la certificación de acreditación del centro de atención ambulatoria ha sido suspendida o revocada o si el centro de atención ambulatoria ha sido puesto en período de prueba. Si un centro de atención ambulatoria ha recibido una licencia de la Junta Estatal de Farmacia de California de conformidad con el Artículo 14 (que comienza con la Sección 4190) del Capítulo 9 de la División 2 del Código de Negocios y Profesiones, la agencia de acreditación también enviará este informe a la Junta Estatal de Farmacia de California dentro de las 24 horas.
(f)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(f) La agencia de acreditación, al recibir una queja de la junta de que un centro de atención ambulatoria representa un riesgo inmediato para la seguridad pública, inspeccionará el centro de atención ambulatoria e informará sus hallazgos de inspección a la junta dentro de los cinco días hábiles. Si una agencia de acreditación recibe cualquier otra queja de la junta, investigará el centro de atención ambulatoria e informará sus hallazgos de investigación a la junta dentro de los 30 días.
(g)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(g) Los informes sobre los resultados de cualquier inspección se mantendrán archivados en la junta y la agencia de acreditación junto con el plan de corrección y los comentarios del centro de atención ambulatoria. El informe de inspección podrá incluir una recomendación para una nueva inspección. Todos los informes finales de inspección, que incluyen las listas de deficiencias, los planes de corrección o los requisitos de mejoras y corrección, y la acción correctiva completada, serán registros públicos abiertos a la inspección pública.
(h)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(h) Si una agencia de acreditación deniega la acreditación, o revoca o suspende la acreditación de un centro de atención ambulatoria, esta acción se aplicará a todas las demás agencias de acreditación. Un centro de atención ambulatoria al que se le deniega la acreditación tiene permitido volver a solicitar la acreditación con la misma agencia de acreditación. El centro de atención ambulatoria también podrá solicitar la acreditación de otra agencia de acreditación, pero solo si divulga el informe completo de acreditación de la agencia de acreditación que denegó la acreditación. Cualquier centro de atención ambulatoria al que se le haya denegado la acreditación deberá divulgar el informe de acreditación a cualquier otra agencia de acreditación a la que presente una solicitud. La nueva agencia de acreditación deberá asegurarse de que todas las deficiencias hayan sido corregidas y realizar una nueva inspección in situ consistente con los estándares especificados en este capítulo.
(i)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(i) Si la certificación de acreditación de un centro de atención ambulatoria ha sido suspendida o revocada, o si la acreditación ha sido denegada, la agencia de acreditación deberá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(i)(1) Notificar a la junta de la acción.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(i)(2) Enviar una carta de notificación al centro de atención ambulatoria sobre la acción. La carta de notificación deberá indicar que el centro ya no está autorizado a realizar procedimientos que requieran acreditación de centro de atención ambulatoria.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(i)(3) Exigir al centro de atención ambulatoria que retire su certificación de acreditación y que publique la carta de notificación en un lugar visible, accesible a la vista del público.
(j)CA Salud y Seguridad Code § 1248.35(j) La junta podrá tomar cualquier acción apropiada que considere necesaria de conformidad con la Sección 1248.7 si la certificación de acreditación de un centro de atención ambulatoria ha sido suspendida o revocada, o si la acreditación ha sido denegada.

Section § 1248.4

Explanation

Esta ley trata sobre las agencias de acreditación que certifican centros médicos ambulatorios. Si una agencia fue acreditada antes del 1 de enero de 1995, o es parte de un programa conjunto temporal, no necesita volver a solicitar la acreditación por completo si cumple con ciertos estándares. Sus certificados temporales vencieron en 1998, por lo que tuvieron que renovarlos para seguir operando.

Las agencias aprobadas deben proporcionar a la división una lista de los centros acreditados y no acreditados. Para que la división las apruebe, las agencias deben cumplir requisitos como incluir estándares para centros ambulatorios y atención al paciente, presentar estándares regularmente, mantener programas de calidad y revisar los estándares de acreditación cada tres años. Necesitan un grupo de profesionales de la salud para los equipos de revisión, deben examinar y acreditar a los revisores, y no pueden poseer ni operar centros ambulatorios.

Las agencias deben notificar a la división cuando se deniegue o revoque una acreditación. Su certificación dura tres años y requiere procedimientos de renovación establecidos por la división.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(a)  Es la intención de la Legislatura que una agencia de acreditación que opere en o antes del 1 de enero de 1995, o su sucesora, o una agencia de acreditación que opere posteriormente como parte de un programa conjunto al que la división haya otorgado una certificación temporal como agencia de acreditación, ya sea que opere como parte de un programa conjunto o de forma independiente, y que cumpla con los estándares establecidos en este capítulo, según lo determine la división, no se le exija pasar por todo el proceso de solicitud ante la división. Por lo tanto, la división podrá otorgar un certificado de aprobación temporal a dicha agencia de acreditación. La aprobación temporal emitida a una agencia de acreditación bajo esta subdivisión vencerá el 1 de enero de 1998. Para mantener su estatus como agencia de acreditación, una agencia de acreditación aprobada por la división bajo esta subdivisión deberá solicitar la renovación de la aprobación por parte de la división en o antes del 1 de enero de 1998, y deberá demostrar que cumple con los estándares establecidos en este capítulo y cualquier reglamento adoptado de conformidad con el mismo.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(b)  Cada agencia de acreditación aprobada por la división deberá, a partir del 1 de enero de 1995, remitir prontamente a la división una lista de cada centro ambulatorio al que haya otorgado un certificado de acreditación, así como de los centros que hayan perdido la acreditación o a los que se les haya denegado la acreditación.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)  La división aprobará una agencia de acreditación que solicite la aprobación en un formulario prescrito por la división, acompañada del pago de la tarifa prescrita por este capítulo y pruebas de que la agencia de acreditación cumple con los siguientes criterios:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(1)  Incluya dentro de su programa de acreditación, como mínimo, los estándares para la acreditación de centros ambulatorios aprobados por la división, así como estándares para la atención y seguridad del paciente en el centro.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(2)  Presente sus estándares de acreditación actuales a la división cada tres años, o a solicitud de la división para la aprobación continua.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(3)  Mantenga programas internos de gestión de calidad para asegurar la calidad del proceso de acreditación.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(4)  Tenga un proceso mediante el cual los estándares de acreditación puedan ser revisados y modificados no menos de cada tres años.
(5)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(5)  Mantenga un grupo disponible de profesionales de la salud aliados para servir en los equipos de revisión de acreditación según corresponda.
(6)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(6)  Tenga equipos de revisión de acreditación que deberán hacer todo lo siguiente:
(A)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(6)(A)  Estén compuestos por al menos un médico y cirujano que ejerza en un centro ambulatorio; cualquier otro miembro deberá estar ejerciendo activamente en estos centros.
(B)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(6)(B)  Participen en programas formales de capacitación educativa proporcionados por la agencia de acreditación en la evaluación de los estándares de certificación al menos cada tres años.
(7)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(7)  La agencia de acreditación deberá demostrar que los miembros profesionales de su equipo de revisión tienen experiencia en la realización de actividades de revisión de centros ambulatorios independientes.
(8)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(8)  Los estándares de acreditación deberán desarrollarse con la aportación de la comunidad médica y la industria de cirugía ambulatoria.
(9)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(9)  Los revisores de acreditación deberán ser acreditados y examinados por la agencia de acreditación.
(10)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(c)(10)  La agencia de acreditación no deberá tener un interés de propiedad en, ni participar en la operación de un centro ambulatorio independiente, ni en la prestación de servicios de atención médica a los pacientes.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(d)  Las agencias de acreditación aprobadas por la división deberán remitir a la división copias de todos los certificados de acreditación y deberán notificar prontamente a la división cada vez que la agencia deniegue o revoque un certificado de acreditación.
(e)CA Salud y Seguridad Code § 1248.4(e)  Una certificación de una agencia de acreditación por parte de la división vencerá a la medianoche del último día de un período de tres años si no se renueva. La división establecerá por reglamento el procedimiento de renovación. Para renovar una aprobación no vencida, la agencia de acreditación deberá, en o antes de la fecha en que la certificación de otro modo vencería, solicitar la renovación en un formulario y pagar la tarifa de renovación, según lo prescrito por la división.

Section § 1248.5

Explanation
La junta tiene la obligación de revisar el desempeño de una agencia de acreditación aprobada al menos una vez cada tres años. Esta evaluación también se realiza antes si hay quejas sobre la agencia o sobre los centros ambulatorios acreditados por ella, lo que indica que no están cumpliendo con los estándares aprobados por la junta.

Section § 1248.55

Explanation

Esta ley describe cómo California gestiona la aprobación de las agencias de acreditación de atención médica. Si una agencia no cumple con criterios específicos, puede perder su aprobación. Antes de revocar la aprobación de una agencia, se le notificará sobre cualquier problema y se le dará la oportunidad de solucionarlos, incluyendo la posibilidad de una audiencia.

Si se revoca la aprobación de una agencia, los centros de atención ambulatoria acreditados por ella tienen 12 meses para encontrar una nueva agencia aprobada, a menos que se conceda una prórroga por una buena razón. Sin embargo, si la seguridad del paciente está en riesgo, la división puede exigir el cierre inmediato, notificando al centro y dándole la oportunidad de apelar. Después de seis meses, el centro puede volver a solicitar la acreditación y debe informar a la división sobre su nueva solicitud.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.55(a)  Si la agencia de acreditación no cumple con los criterios establecidos por la división, la división podrá revocar la aprobación de la agencia.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.55(b)  Antes de revocar la aprobación de una agencia de acreditación, la división deberá notificar a la agencia de acreditación sobre cualquier deficiencia y otorgarle un plazo razonable para presentar información que demuestre el cumplimiento de los requisitos de este capítulo, así como la oportunidad de una audiencia sobre el asunto en cumplimiento con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(c)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.55(c)
(1)Copy CA Salud y Seguridad Code § 1248.55(c)(1)  Si la división revoca la aprobación de la agencia de acreditación, la división notificará a los centros de atención ambulatoria acreditados por dicha agencia y, salvo lo dispuesto en el párrafo (2), se les autorizará a seguir operando por un período de 12 meses para buscar la acreditación a través de una agencia de acreditación aprobada, a menos que la división prorrogue el plazo por causa justificada.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.55(c)(2)  La división podrá exigir que un centro de atención ambulatoria, que haya sido acreditado por una agencia de acreditación cuya aprobación haya sido revocada por la división, cese sus operaciones de inmediato en caso de que la división posea información que indique que la operación continuada representa un riesgo inminente de daño para la salud de un individuo. En tales casos, la división deberá notificar al centro de atención ambulatoria su acción, la razón subyacente y una oportunidad posterior para una audiencia sobre el asunto. Un centro de atención ambulatoria al que se le ordene cesar sus operaciones conforme a este párrafo podrá volver a solicitar un certificado de acreditación después de seis meses y deberá notificar a la división sin demora su nueva solicitud.

Section § 1248.6

Explanation

Esta sección explica las cuotas relacionadas con la acreditación de agencias en California, especialmente aquellas que supervisan entornos ambulatorios. La División de Licencias establece una cuota de solicitud, con un límite de $5,000, para cubrir los costos de gestionar este proceso. También hay una cuota para un certificado de aprobación temporal, que no excede los $2,000, y una cuota de renovación basada en el número de centros ambulatorios revisados, limitada a $100 por cada uno.

Además, todas las cuotas recaudadas se depositan en un fondo especial conocido como el Fondo para Entornos Ambulatorios, utilizado únicamente para administrar los procesos de acreditación. Este fondo permanece separado y no puede fusionarse con el Fondo General del estado, asegurando que apoya exclusivamente las actividades regulatorias relacionadas con los entornos ambulatorios.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.6(a)  La División de Licencias establecerá por reglamento una cuota razonable para una solicitud de aprobación como agencia de acreditación en una cantidad que sea razonablemente necesaria para recuperar el costo de implementar y administrar este capítulo, y que no exceda de cinco mil dólares ($5,000). La división establecerá por reglamento una cuota razonable para un certificado temporal de aprobación, según lo establecido en el subapartado (a) de la Sección 1248.4, que no exceda de dos mil dólares ($2,000). La división también establecerá una cuota razonable para la renovación. La cuota de renovación será proporcional al número de entornos ambulatorios acreditados por el organismo acreditador aprobado que solicite la renovación, y no excederá de cien dólares ($100) por acreditación de entorno ambulatorio revisada.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.6(b)  Todas las cuotas pagadas y recibidas por la división o la Junta Médica de California conforme a este capítulo se ingresarán en la Tesorería del Estado y se acreditarán a un fondo especial que por la presente se crea como el Fondo para Entornos Ambulatorios de la Junta Médica de California. Los fondos del Fondo para Entornos Ambulatorios de la Junta Médica de California serán gastados por la junta con el propósito de implementar y administrar este capítulo previa asignación de fondos por la Legislatura. Ningún excedente del fondo se depositará o transferirá al Fondo General o a cualquier otro fondo.

Section § 1248.65

Explanation

Si un médico rompe intencionalmente las reglas de este capítulo, se considera un comportamiento poco profesional.

Constituirá conducta profesional indebida para un médico y cirujano violar deliberada y conscientemente este capítulo.

Section § 1248.7

Explanation

Esta ley permite a la junta investigar cualquier queja sobre infracciones de ciertas normas de salud y seguridad. Si descubren que un centro ambulatorio no cumple las normas, especialmente las de la Sección 1248.1, pueden trabajar con el fiscal de distrito local para impedir que el centro opere. También pueden emprender acciones legales en el tribunal local si ocurre una infracción o es probable que ocurra.

El tribunal debe ordenar a la persona o al centro que detenga la infracción si las acusaciones se demuestran verdaderas. Específicamente para las infracciones de la Sección 1248.1, si un centro está operando sin la acreditación adecuada, esto por sí solo es prueba suficiente para demostrar una infracción, y no se necesita más prueba para cerrarlo.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.7(a) La junta investigará todas las quejas relativas a una infracción de este capítulo. Con respecto a cualquier queja relacionada con una infracción de la Sección 1248.1, o al descubrir que un centro de atención ambulatoria no cumple con la Sección 1248.1, la junta investigará y, cuando sea apropiado, la junta, a través o en conjunto con el fiscal de distrito local, interpondrá una acción para prohibir la operación del centro de atención ambulatoria. La junta o el fiscal de distrito local podrán interponer una acción para prohibir una infracción o una infracción inminente de cualquier otra disposición de este capítulo en el tribunal superior en y para el condado en el que ocurrió o está a punto de ocurrir la infracción. Cualquier procedimiento bajo esta sección se ajustará a los requisitos del Capítulo 3 (que comienza con la Sección 525) del Título 7 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil, excepto que no se requerirá que la División de Calidad Médica alegue hechos necesarios para demostrar o que tiendan a demostrar la falta de un recurso legal adecuado o un daño o pérdida irreparable.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.7(b) Con respecto a todas y cada una de las acciones interpuestas de conformidad con esta sección que aleguen una infracción real o inminente de cualquier requisito de este capítulo, el tribunal, si encuentra que las alegaciones son verdaderas, emitirá una orden que prohíba a la persona o instalación continuar con la infracción. Para los fines de la Sección 1248.1, si un centro de atención ambulatoria está operando sin un certificado de acreditación, esto será prueba prima facie de que ha ocurrido una infracción de la Sección 1248.1 y no será necesaria prueba adicional para prohibir la operación del centro de atención ambulatoria.

Section § 1248.75

Explanation

Esta ley describe los pasos que la División de Calidad Médica debe seguir antes de solicitar una medida cautelar contra un centro de atención ambulatoria por incumplimiento de las regulaciones. Primero, la División debe informar al centro ambulatorio sobre cualquier deficiencia y trabajar en un plan de corrección, otorgando un tiempo razonable para subsanarlas.

Si no se llega a un acuerdo o los problemas no se resuelven, la División puede tomar medidas correctivas como multas, revocar la acreditación o buscar medidas cautelares legales. Una agencia de acreditación también puede encargarse de las notificaciones e inspecciones si el centro está acreditado y la División lo permite.

Sin embargo, si existe un riesgo grave para la salud o la seguridad que no se pueda solucionar con un plan de corrección, la División puede iniciar de inmediato acciones legales para proteger a los pacientes.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.75(a)  Salvo que se disponga lo contrario en esta sección, antes de que la División de Calidad Médica pueda solicitar una medida cautelar según lo dispuesto en la Sección 1248.7, la División de Calidad Médica notificará al centro de atención ambulatoria todas las deficiencias en su cumplimiento de este capítulo, y de cualquier norma y reglamento adoptado de conformidad con este capítulo, y la División de Calidad Médica y el centro de atención ambulatoria llegarán a un acuerdo sobre un plan de corrección que otorgará al centro de atención ambulatoria un plazo razonable para corregir las deficiencias. La División de Calidad Médica también informará al centro de atención ambulatoria que la falta de acuerdo o la falta de corrección de las deficiencias puede dar lugar a medidas correctivas por parte de la División de Calidad Médica, lo que puede incluir la imposición de multas conforme a la Sección 1248.8. Si al final del plazo asignado la división y el centro de atención ambulatoria no han llegado a un acuerdo o el centro de atención ambulatoria no ha corregido las deficiencias, según lo revelado por la inspección, la División de Calidad Médica podrá tomar medidas correctivas que incluyan, según corresponda, solicitar una medida cautelar conforme a la Sección 1248.7, revocar o solicitar que la agencia de acreditación revoque la acreditación, o comunicarse con cualquier agencia que tenga autoridad de supervisión sobre el centro de atención ambulatoria, como el Departamento de Servicios de Salud u otra autoridad de licencias apropiada, para solicitar que la agencia tome medidas correctivas contra el centro de atención ambulatoria.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.75(b)  Para los fines de esta sección, y a la entera discreción de la División de Calidad Médica, cualquier notificación, inspección y plan de acción correctiva de la División de Calidad Médica relacionados con centros de atención ambulatoria que hayan sido acreditados por una agencia de acreditación podrán ser realizados o coordinados por la agencia de acreditación en lugar de por la División de Calidad Médica.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.75(c)  Si la División de Calidad Médica determina que un centro de atención ambulatoria representa un peligro inmediato y sustancial para la salud o seguridad del paciente, que no pueda corregirse razonablemente mediante un plan de corrección, la División de Calidad Médica podrá iniciar de inmediato procedimientos de medida cautelar de conformidad con la Sección 1248.7.

Section § 1248.8

Explanation

Si alguien rompe intencionalmente las reglas de este capítulo, puede ser acusado de un delito menor y multado con hasta $1,000 por cada día de infracción. Al decidir las sanciones, el tribunal considerará factores como si la infracción puso a las personas en riesgo de muerte o daño grave, cuán directamente afectó la salud y la seguridad, si la infracción fue deliberada y si hubo esfuerzos para prevenirla. El término "deliberadamente" significa que la persona hizo o dejó de hacer algo intencionalmente y estaba consciente de las circunstancias. Los fiscales de distrito de los condados deben procesar las infracciones a solicitud de la División de Calidad Médica.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(a)  Cualquier persona o entidad que infrinja deliberadamente este capítulo o cualquier norma o reglamento adoptado bajo este capítulo será culpable de un delito menor y estará sujeto a una multa que no exceda de mil dólares ($1,000) por día de infracción.
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(b)  Al determinar la pena a imponer bajo esta sección, el tribunal considerará todos los hechos relevantes, incluyendo, entre otros, los siguientes:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(b)(1)  Si la infracción expuso a un paciente u otro individuo al riesgo de muerte o daño físico grave.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(b)(2)  Si la infracción tuvo una relación directa o inmediata con la salud, seguridad o protección de un paciente u otro individuo.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(b)(3)  Evidencia, si la hubiere, de intencionalidad en la infracción.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(b)(4)  La presencia o ausencia de esfuerzos de buena fe por parte del centro de atención ambulatoria para prevenir la infracción.
(c)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(c)  Para los fines de esta sección, “deliberadamente” o “deliberado” significa que la persona que realiza un acto u omite realizar un acto tiene la intención del acto o la omisión, y conoce las circunstancias relevantes relacionadas con el acto o la omisión.
(d)CA Salud y Seguridad Code § 1248.8(d)  El fiscal de distrito de cada condado deberá, previa solicitud de la División de Calidad Médica o su representante autorizado, iniciar y llevar a cabo la persecución de cualquier acción o infracción dentro del condado de cualquiera de las disposiciones de este capítulo.

Section § 1248.85

Explanation
Esta ley permite a las agencias acreditadas añadir sus propias normas para las inspecciones, siempre que se ajusten a ciertas reglas ya existentes. También tienen la libertad de establecer procedimientos para las inspecciones en el lugar, elegir quién las llevará a cabo y cobrar tarifas razonables por ellas.