Section § 1799.200

Explanation

Esta ley exige que el Departamento Estatal de Servicios de Salud de California contrate a una organización experta para evaluar los sistemas de atención médica de emergencia pediátrica y cuidados críticos. La evaluación implicará consultas con diversas asociaciones profesionales y agencias.

Los objetivos principales incluyen desarrollar criterios para comprender cómo los cambios en estos sistemas afectan la atención de niños gravemente enfermos, comparar los sistemas en todo el estado y verificar si los datos necesarios están disponibles. Además, estimará los costos asociados con la recopilación de datos para los proveedores y recomendará estrategias de monitoreo efectivas.

(a)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(a)  El Departamento Estatal de Servicios de Salud contratará a una organización con experiencia en evaluación de programas, servicios médicos de emergencia pediátrica y cuidados críticos, para los fines especificados en la subdivisión (b).
(b)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(b)  El contratista, en consulta con una asociación pediátrica profesional, una asociación profesional de médicos de emergencia, una asociación profesional de directores médicos de servicios médicos de emergencia, la Autoridad de Servicios Médicos de Emergencia y el Departamento Estatal de Servicios de Salud, realizará un estudio que identificará los criterios de resultados que pueden utilizarse para evaluar los sistemas de cuidados críticos pediátricos. Este estudio incluirá, entre otros, todo lo siguiente:
(1)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(b)(1)  Desarrollo de criterios para identificar cómo los cambios en los sistemas de cuidados críticos pediátricos afectan el tratamiento de niños gravemente enfermos y lesionados.
(2)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(b)(2)  Desarrollo de criterios para comparar los sistemas existentes en varias áreas del estado.
(3)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(b)(3)  Determinación de si los datos necesarios están actualmente disponibles.
(4)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(b)(4)  Estimación del costo para los proveedores, como las agencias de servicios médicos de emergencia y los hospitales, de recopilar estos datos.
(5)CA Salud y Seguridad Code § 1799.200(b)(5)  Recomendaciones sobre el plan de monitoreo más confiable y rentable para uso de agencias e instalaciones a nivel estatal, regional y local.

Section § 1799.201

Explanation
A más tardar el 1 de enero de 1991, el contratista debe entregar los resultados del estudio tanto a la Legislatura como al Gobernador.