Part 2.4
Section § 18897
Un “campamento organizado” es un lugar diseñado para actividades grupales al aire libre con objetivos como experiencias sociales, educativas o recreativas, que funciona por al menos cinco días cada año. No incluye moteles, parques de casas rodantes, campamentos de caza o instalaciones similares y no se aplica a instituciones de cuidado infantil. Además, las organizaciones benéficas o recreativas que cumplen con las regulaciones de parques de casas rodantes no se consideran campamentos organizados.
Section § 18897.1
La ley define a un 'Campista' como alguien que participa activamente en las actividades y la capacitación que ofrece un campamento organizado. Esta persona podría pagar una tarifa o participar de forma gratuita y también podría tener responsabilidades relacionadas con estos programas.
Section § 18897.2
Esta ley exige que el Director de Salud Pública de California establezca reglas y estándares para los campamentos organizados a fin de garantizar la salud y seguridad de los campistas. Estos campamentos también deben cumplir con las normas de construcción locales, a menos que estas entren en conflicto con los estándares adoptados por el estado. El Director es responsable de hacer cumplir estos estándares, los cuales se basan en las directrices de la American Camping Association. Además, el Director debe crear reglas específicas para los campamentos de corta duración, es decir, aquellos que operan por no más de 72 horas, administrados por ciudades o condados.
Section § 18897.3
Section § 18897.4
Esta ley exige a los funcionarios de salud locales que se aseguren de que los campamentos organizados de su área cumplan con las normas de construcción establecidas por el Código Estatal de Normas de Construcción. También deben hacer cumplir cualquier norma y reglamento adicional creado por el Director de Salud Pública.
Section § 18897.5
Section § 18897.6
Esta ley establece que los campamentos organizados en California están regulados principalmente por el Departamento de Salud Pública del Estado, las juntas regionales de calidad del agua, la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos y el Jefe de Bomberos del Estado. Otras agencias estatales, excepto las mencionadas, no regulan estos campamentos.
Sin embargo, el Departamento de Relaciones Industriales aún tiene la facultad de regular los salarios y las horas de trabajo de los empleados de los campamentos. Además, la ley no impide la aplicación de las normas de construcción estatales a las estructuras de los campamentos.
Section § 18897.7
Esta ley exige que cualquier campamento organizado en California cumpla con estándares específicos de seguridad y construcción. Estos estándares están establecidos en el Código de Normas de Construcción del Estado y son aplicados por el Director de Salud Pública y el Jefe de Bomberos del Estado. Si un campamento no cumple con estas reglas, la violación se considera un delito menor.